ACTA N.� 84-2021
Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del cinco de octubre de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.
ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.
ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.
A) Solicitud para cambiar ubicaci�n del centro de votaci�n del Consulado en New York. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-704-2021 del 1.� de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio n.� DPE-466-2021 de fecha 27 de setiembre de 2021, la Licenciada Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, inform� sobre la imposibilidad de habilitar las instalaciones del consulado de Costa Rica en Nueva York, no s�lo porque el espacio de los �stos [sic] es reducido para atender la cantidad de electores empadronados, sino que ello representar�a un riesgo para el cumplimiento de la medidas sanitarias en el contexto de la pandemia generada por el COVID-19. Raz�n por la cual el C�nsul General de Costa Rica en Nueva York, Rolando Madrigal Guti�rrez, propone que se traslade el centro de votaci�n de Nueva York a la ciudad de Nueva Jersey, espec�ficamente en las instalaciones de la Universidad Union Country College, Elizabeth Campus, que cuenta con la [sic] condiciones necesarias para instalar la cantidad de juntas receptoras de votos.
Por lo expuesto, le solicito elevar lo anterior a conocimiento y aprobaci�n del Superior, con el fin de que el programa de Voto Costarricense en el Extranjero lleve a cabo los tr�mites presupuestarios, que permitan cubrir los anticipos por concepto de alquiler.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contrataci�n. ACUERDO FIRME.
B) Designaci�n de funcionarios para el Programa Voto Costarricense en el Extranjero. De los se�ores H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y la se�ora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.� DGRE-0710-2021 del 4 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Como es de su conocimiento, en la sesi�n ordinaria n� 62-2021 celebrada el 22 de julio del presente, el Superior aprob� el env�o de personas funcionarias a los consulados de Costa Rica en Estados Unidos, por lo que, se remite la lista con la propuesta de quienes asumir�n esta labor en el extranjero, y que tendr�n a su cargo la coordinaci�n de las funciones de las juntas receptoras de votos, as� como, otras tareas que les designen del Programa Voto Costarricense en el Extranjero. Las personas propuestas son las siguientes:
|
Consulado |
Persona (s) Designada (s) |
Unidad administrativa |
|
Atlanta |
Rudy
Tenorio Araya� |
Direcci�n
Ejecutiva |
|
Houston |
Tatiana
Allan [sic] G�mez |
Direcci�n ��� General
�� de ��� Estrategia
Tecnol�gica
|
|
Los �ngeles |
Gonzalo
Moreno Cruz |
Secci�n de
An�lisis |
|
Laura
Serrano Echeverr�a1 |
Oficina ��������� de
���������� Comunicaci�n Organizacional
|
|
|
Miami |
Julio
Ovares Carballo |
Oficina de
Seguridad Integral |
|
Astrid
Valverde Berm�dez |
Direcci�n
Ejecutiva |
|
|
Nueva York |
Paola
Alvarado Quesada |
Direcci�n
Ejecutiva |
|
Luis
Fernando Retana Rojas� |
Oficina
Regional de Corredores |
|
|
Ana
Cristina Vinocour Vargas |
Direcci�n ��� General
��� del ���� Registro
Electoral |
|
|
Vangie
Campos Montoya |
Departamento
de Registro de Partidos Pol�ticos |
|
|
Washington |
Julio
Vargas Rodr�guez� |
Direcci�n ��� General
��� del ���� Registro
Electoral |
Al respecto, consid�rese que para la selecci�n de las personas funcionarias de previa cita, se realiz� una convocatoria abierta a todo el personal de la instituci�n, en la cual participaron 322 personas tanto de la sede central como de oficinas regionales. Como parte de la metodolog�a aplicada, se valoraron aspectos como la experiencia en procesos electorales (labores de junta receptora de votos) y dominio del idioma ingl�s, el cual se comprob� por medio de la presentaci�n de certificados de conocimiento y de una entrevista oral, aplicada por funcionarias del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.�
�En punto a ello, esta Direcci�n coordin� oportunamente con el Departamento de Programas Electorales y con el Programa de Voto Costarricense en el Extranjero la conformaci�n de la propuesta que nos ocupa, por lo que se solicita, salvo superior criterio, que se apruebe la designaci�n de estas personas funcionarias. Cabe indicar, que en todos los casos se cuenta con el visto bueno de la jefatura respectiva, con el fin de evitar una afectaci�n en las oficinas donde se encuentran asignados.�
�Finalmente, se solicita la autorizaci�n para que estas personas puedan viajar a los lugares donde se est�n designando, de forma que se instruya a la Proveedur�a y la Contadur�a en lo que les corresponde, tanto para la compra de tiquetes como para los gastos de viaje conexos. Esta autorizaci�n ser�a para que las personas designadas viajen el d�a viernes 4 de febrero y vuelvan el d�a lunes 7 de febrero de 2021. Las fechas exactas para el c�lculo de los gastos de viaje los comunicar� el Programa de Voto Costarricense en el Extranjero a la Contadur�a una vez que se cuente con los tiquetes a�reos, puesto que depende de la disponibilidad de estos, la definici�n de horarios de viaje.
1Est� pendiente el visto bueno por parte de Andrea Fauaz Hirsch, Jefa del Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas, pero se convers� con Ana Mar�a Jim�nez Rodr�guez.
2De las 32 personas que participaron, 29 tienen experiencia en procesos electorales, 15 presentaron certificaci�n del dominio en el idioma ingl�s y 18 personas realizaron la entrevista.".
Se dispone:� 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se propone. Tomen nota las respectivas jefaturas, as� como los Departamento de Contadur�a y de Proveedur�a, cada uno para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Solicitud de investidura para entrega de c�dula de identidad en consulado. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0628-2021 del 30 de setiembre de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, la presente solicitud de investidura de Registrador Auxiliar de estos organismos, en el se�or Daniel Isa� Escobar Funes, C�nsul de El Salvador en Victoria, Australia, titular del pasaporte diplom�tico n�mero DA000568, con fundamento en lo estipulado en la normativa sobre la entrega de la c�dula de identidad, dispuesta en el art�culo 92 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones, que de seguido se transcribe:
�La entrega de la c�dula se har� personalmente al interesado previa identificaci�n del mismo, en el Registro o por el funcionario judicial, Oficina Regional o Delegado que el Tribunal designe (�)� El destacado es propio.
Con base en lo expuesto y como marco orientador, debe aclararse que tal solicitud obedece al inter�s de esta Direcci�n General, de atender lo requerido por el ciudadano costarricense �lvaro �lvarez Villarreal, titular de la c�dula de identidad n�mero 5-0087-0037, quien se encuentra radicado en la ciudad de Victoria, Australia y solicit� vehementemente cooperaci�n, pues por ser un adulto mayor y por la distancia que existe entre la ciudad de Victoria y el Consulado de Costa Rica en Canberra, Australia, no ha podido retirar su documento de identidad, ya que tal diligencia le implicar�a un elevado costo econ�mico y adem�s de la imposibilidad de viajar por las estrictas restricciones sanitarias de ese pa�s.
Al respecto, este despacho se dio a la tarea de contactar al Consulado de Costa Rica en Canberra, para coordinar la entrega de la c�dula de identidad a trav�s de un �Consulado Amigo� situado en la ciudad de Victoria, logrando as� contactar al se�or Escobar Funes. Dichas gestiones han sido realizadas con �xito y tanto ambos consulados como el se�or �lvarez Villarreal, se encuentran en total disposici�n de cooperar con las diligencias necesarias, a fin de que �ste �ltimo, pueda recibir su documento de identidad en el Consulado de El Salvador en Victoria. Cabe agregar que, el interesado costear�a los gastos de env�o de la c�dula de identidad de un Consulado a otro.
As� las cosas, para finalizar las gestiones preparatorias al retiro personal de la c�dula de identidad del se�or �lvarez Villarreal, se requiere investir al se�or C�nsul Daniel Isa� Escobar Funes, para ese acto espec�fico, por lo que, respetuosamente, se solicita la presente autorizaci�n.".
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ART�CULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de donaci�n de bienes muebles. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-2459-2021 del 30 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se hace de su conocimiento que esta Direcci�n se encuentra atendiendo el proceso de donaci�n de los insumos que se consideran ya no utilizables ni beneficiosos para la instituci�n debido a su obsolescencia, los cuales se encuentran ubicados en el almac�n de Las Brisas �San Rafael Arriba de Desamparados, San Jos� unidad administrativa a cargo del Departamento de Proveedur�a.
De acuerdo con lo que se establece en el Reglamento de Administraci�n de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones, en el art�culo n.� 34.- Del donatario, que dice: �Podr�n ser donatarios las instituciones p�blicas, las instituciones declaradas de inter�s p�blico, de inter�s social o sin fines de lucro��, se estar� designado a la instituci�n donataria que cumpla con los requisitos establecidos para tal fin y que expresen estar anuentes a recibir los bienes que se enlistaron en el oficio enviado por el Dpto. de Proveedur�a, iniciando y finalizando el grupo de estos con el n�mero de activo tal y como se indica en el listado infra adjunto.
En acatamiento al reglamento de cita, espec�ficamente lo que establece el inciso c) del art�culo n.� 35, que reza: �Recomendaci�n de donaci�n por parte de la Direcci�n Ejecutiva ante el Tribunal�, este Despacho recomienda realizar el tr�mite de donaci�n, sustentado en la informaci�n (lista de bienes) que remiti� el Departamento de la Proveedur�a, mediante el oficio n.� PROV-0582-2021 del 21 de setiembre de 2021; lo cual, se dio a la baja del inventario con base al oficio n.� DE-2458-2021 del 30 de setiembre del a�o en curso, acto fundamento en el inciso b) del art�culo n�mero 27 de la enunciada normativa.
Es importante se�alar que todo el material para donar se encuentra abarcando, en este momento, gran parte del espacio f�sico del almac�n, por lo que se hace necesario desocuparlo a corto plazo, con la finalidad de contar con las �reas suficientes para salvaguardar los materiales electorales y los insumos adquiridos por la instituci�n para solventar las necesidades diarias institucionales.
Por lo tanto, con fundamento en lo expuesto, esta direcci�n sugiere se avale el proceso de donaci�n de los recursos aqu� expuestos, tal como lo indica el art�culo n.� 33 de la mencionada reglamentaci�n.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. Contin�ese con el tr�mite de rigor. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud para comunicar a la Contralor�a General de la Rep�blica inter�s en gesti�n para aplicaci�n inform�tica. De los se�ores Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo y Esteban Dur�n Hern�ndez, Jefe de la Secci�n de Servicios Generales, se conoce oficio n.� SG-418-2021 del 1.� de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En aras de cumplir con los objetivos propuestos por estos servidores, entre los cuales se destacan la implementaci�n de mejoras en los servicios que se brinda a los diferentes usuarios de la instituci�n, as� como la optimizaci�n de los recursos institucionales; la Secci�n de Servicios Generales se ha dado a la tarea de establecer enlaces de comunicaci�n con oficinas hom�logas de algunas entidades p�blicas, con el fin de ejecutar un an�lisis de los procesos que en ellas se desarrollan, obtener retroalimentaci�n y aplicar los mecanismos y metodolog�as necesarias para la ampliaci�n de nuestros alcances como Secci�n.
Producto de lo anterior, el pasado mes de febrero del a�o en curso, se estableci� contacto con la Unidad de Servicios Generales de la Contralor�a General de la Rep�blica, oficina que de manera cordial nos facilit� informaci�n relativa al sistema inform�tico desarrollado por esa entidad para la gesti�n del servicio de transporte institucional; herramienta tecnol�gica que le permite a los funcionarios gestionar las solicitudes de veh�culos a trav�s de su computadora, as� como fortalecer los controles y facilitar la administraci�n y mantenimiento de toda la flotilla vehicular.
A partir de ello, se llevaron a cabo una serie de gestiones que derivaron en un apoyo por parte del Gerente de la Divisi�n de Gesti�n de Apoyo de la CGR, el Lic. Manuel Mart�nez Sequeira, para facilitar las herramientas necesarias que permitan la implementaci�n de dicho sistema en el TSE de forma gratuita. Entre ellas, las proporcionadas en reuni�n del pasado mes de mayo, realizada en conjunto con personal especializado de la Direcci�n [sic] de Estrategia Tecnol�gica del TSE, en la cual, profesionales de tecnolog�as de informaci�n de la CGR brindaron los detalles t�cnicos de la aplicaci�n, aportando un m�dulo de prueba, a efectos de que se ejecutaran los testeos de compatibilidad correspondientes.
Una vez efectuada la instalaci�n y pruebas t�cnicas pertinentes, mediante oficio DGET-290-2021 del pasado 23 de setiembre del a�o en curso, la se�ora Xenia Guerrero Arias, Directora [sic] de Estrategia Tecnol�gica (DGET), le indica a los suscritos que la citada aplicaci�n es compatible con la plataforma institucional. Asimismo, en reuni�n consignada el pasado 24 de setiembre, se identifica viable la posibilidad de que, a partir de la conclusi�n del proceso electoral de 2022, personal de la DGET con el acompa�amiento de personal especializado de la Contralor�a General de la Rep�blica puedan implementar la aplicaci�n en el TSE.
En virtud de lo anteriormente expuesto, respetuosamente le solicito interponer sus buenos oficios a efectos de que, salvo indicaci�n superior, se remita de parte de nuestro se�or Presidente, una nota formal a la se�ora Contralora, Marta Acosta Z��iga, esto con el fin de dar inicio con las gestiones administrativas necesarias para contar con la citada herramienta tecnol�gica, incluyendo en dicho documento la necesidad de un acompa�amiento por parte de los funcionarios de la CGR, que permita a los ingenieros del TSE se empoderen de la herramienta y puedan ajustarla a nuestros requerimientos actuales. Nuestra finalidad es contar con herramientas que se ajusten a las necesidades tecnol�gicas actuales, colaborando con el progreso de nuestra instituci�n.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de "Modificaci�n de l�mites entre los cantones de Atenas y San Mateo de la provincia de Alajuela, en los distritos de Jes�s y Desmonte", expediente n�mero 22.644. De la se�ora Erika Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CPEM-052-2021 del 30 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 11, se solicita el criterio de esa instituci�n en relaci�n con el proyecto �MODIFICACI�N DE L�MITES ENTRE LOS CANTONES DE ATENAS Y SAN MATEO DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA, EN LOS DISTRITOS DE JES�S Y DESMONTE�, expediente 22.644 el cual se anexa.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
La Comisi�n ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgar� una pr�rroga de 8 d�as h�biles adicionales por una �nica vez, que vencer� el pr�ximo 22 de octubre [�].".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 8 de octubre de 2021- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 7 de octubre de 2021. Tome nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 12 de octubre de 2021. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del proyecto de "Ley para garantizar la paridad de g�nero en la conformaci�n de los �rganos colegiados de los gobiernos locales", expediente n�mero 22.506. De la se�ora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa del �rea de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPEM-0546-2021 del 30 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n Permanente Especial de la Mujer, ha dispuesto consultar su criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.� 22.506, �LEY PARA GARANTIZAR LA PARIDAD DE GENERO EN LA CONFORMACION DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES�, el cual me permito copiar de forma adjunta.
Contar� con ocho d�as h�biles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el d�a 13 [sic] de octubre.
La Comisi�n ha dispuesto que, en caso de requerir una pr�rroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contar� con ocho d�as h�biles m�s, que vencer�n el d�a 25 de octubre. Esta ser� la �nica pr�rroga que esta comisi�n autorizar�.
[...]
De no confirmar el documento que se adjunta se tendr� por notificado a partir de su env�o, siendo este correo comprobante de la transmisi�n electr�nica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:
I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 22.506 aspira a modificar los art�culos 29 y 49 del C�digo Municipal (ley n.� 7794), con el fin de garantizar la paridad -en raz�n de g�nero- en la elecci�n del directorio de los concejos municipales y en la integraci�n de las comisiones municipales.
III.- Sobre el proyecto consultado. En materia municipal, esta Magistratura �en reiteradas ocasiones� ha precisado que su intervenci�n est� acotada a los aspectos relacionados con la organizaci�n, direcci�n y vigilancia de los procesos comiciales, as� como a la cancelaci�n de credenciales de esos funcionarios de elecci�n popular por las causales taxativamente previstas por la ley. Consecuentemente, solo refieren a la materia electoral, en el �mbito local, aquellas regulaciones que, directa o indirectamente, se relacionen con la selecci�n de las autoridades municipales, lo cual incluye, desde luego, la constituci�n, organizaci�n, direcci�n y funcionamiento en general de los partidos pol�ticos, la elecci�n de sus candidatos y el reconocimiento efectivo de su investidura como representantes populares.
Sobre esa l�nea, importa se�alar que las normas que regulan la elecci�n del directorio del concejo municipal y la forma de integrar las comisiones de ese �rgano, por regla de principio son ajenas el fen�meno electoral en los t�rminos que han sido expuestos. De hecho, esas tem�ticas, siempre respet�ndose los componentes del par�metro de constitucionalidad, est�n libradas a la discrecionalidad legislativa.
En ese sentido, este Tribunal, desde la sentencia n.� 4391-E8-2010 de las 9:10 horas del 15 de junio de 2010, ha indicado: �A la Autoridad Electoral no le corresponde examinar aspectos relativos a la escogencia del presidente o vicepresidente municipales por tratarse de cargos internos de una Corporaci�n Municipal y, por lo tanto, asuntos que no conciernen al Tribunal Supremo de Elecciones en la medida que no ata�en a un mandato y representaci�n populares, derivados del ejercicio del sufragio��.
De otra parte y en lo que a la integraci�n de comisiones respecta, los precedentes electorales han sido contestes en precisar que: �el adecuado ejercicio del cargo -que tutela este Tribunal como derecho fundamental de los representantes populares- incluye la posibilidad de que los regidores puedan participar de las instancias del gobierno local, seg�n las atribuciones que les confiere el ordenamiento jur�dico. Sin embargo, tal facultad no supone una habilitaci�n omn�moda para controlar los criterios pol�ticos que se aplican al momento de que la presidencia del �rgano local decida cu�l regidor integra una u otra comisi�n.� (resoluci�n n.� 2921-E1-2020 de las 9:00 horas del 12 de junio de 2020).
Sin perjuicio de lo anterior, se hace ver a los se�ores legisladores que, en la integraci�n de las comisiones, la Sala Constitucional ha determinado que tiene que respetarse el pluralismo pol�tico y, adem�s, debe reflejarse -en proporci�n- la din�mica de fuerzas representadas en la instancia plenaria (entre otras, pueden consultarse las resoluciones n.� 5969-98, 14253-2004, 1361-2011, 5596-2012 y 10281-2013).
En ese tanto y siendo que el resultado de la aplicaci�n de la f�rmula electoral puede provocar que no haya una integraci�n paritaria del �rgano deliberante como un todo, se sugiere prever que la presidencia del concejo municipal deber� integrar las comisiones respetando el principio de paridad, siempre que ello sea posible, seg�n la representaci�n proporcional que deben tener los partidos en tales instancias. T�mese en consideraci�n, por ejemplo, que pueden existir fracciones unipersonales que necesariamente deben participarse de las comisiones, lo cual podr�a, en ciertos escenarios, re�ir con la pretendida integraci�n paritaria.
De esa suerte, se entiende que habr� casos de excepci�n en los que la respectiva comisi�n no ser� paritaria, como resultado de atender la jurisprudencia constitucional antes citada: el pluralismo pol�tico y la obligada integraci�n ponderada seg�n el peso de cada fuerza pol�tica pueden llevar a que una instancia deliberante menor est� conformada por m�s regidur�as de un sexo que del otro, ya que no existe garant�a de que la conformaci�n del �rgano plenario sea paritaria.
IV.- Conclusi�n. En raz�n de que la iniciativa consultada, en tesis de principio, no comporta materia electoral, este Pleno no objeta el proyecto de ley que se tramita en el expediente n.� 22.506. ACUERDO FIRME.
C) Consulta legislativa del proyecto de �Ley de apoyo a la elaboraci�n de duelo por muerte gestacional�, expediente n�mero 22.170. De la se�ora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPAS-0457-2021 del 4 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultar su criterio sobre el texto dictaminado del proyecto de Ley, Expediente N.� 22.170, �LEY DE APOYO A LA ELABORACI�N DE DUELO POR MUERTE GESTACIONAL�, el cual me permito copiar de forma adjunta.�
Contar� con ocho d�as h�biles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el d�a 15 de octubre [sic].
La Comisi�n ha dispuesto que, en caso de requerir una pr�rroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contar� con ocho d�as h�biles m�s, que vencer�n el d�a 27 de octubre.� Esta ser� la �nica pr�rroga que esta comisi�n autorizar�. [...]".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 8 de octubre de 2021- pase a los se�ores Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal y Andrei Cambronero Torres, Letrado de este Tribunal. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 7 de octubre de 2021. Tomen nota los referidos servidores y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 14 de octubre de 2021. ACUERDO FIRME.
D) Consulta legislativa del proyecto de �Ley de responsabilidad de los partidos pol�ticos por deudas y condenas en perjuicio del erario p�blico�, expediente n�mero n.� 22.467. De la se�ora Flor S�nchez Rodr�guez, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas VI del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� HAC-551-2021-2020 del 24 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la se�ora Presidenta de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Luc�a Delgado Orozco, le comunico que la Comisi�n aprob� remitirles la consulta del Expediente N.� 22.467, �LEY DE RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS POL�TICOS POR DEUDAS Y CONDENAS EN PERJUICIO DEL ERARIO P�BLICO�, el cual le adjunto. Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho d�as h�biles, de acuerdo con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. [...]".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:
I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 22.467 aspira a introducir un art�culo 107 bis en el C�digo Electoral (Ley n.� 8765). Puntualmente, se pretende hacer obligatoria la retenci�n de los montos liquidados por gastos de campa�a o permanentes de organizaci�n y capacitaci�n, si la respectiva agrupaci�n pol�tica se encuentra morosa con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (FODESAF), el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) o el Instituto Nacional de Seguros (INS). Tambi�n ser�a motivo de retenci�n, el no haber cancelado una acci�n civil declarada con lugar en contra del partido.
Seg�n la l�gica del proyecto, los fondos se liberar�an una vez que se ha comprobado la extinci�n de la obligaci�n, la celebraci�n de un arreglo de pago o si son requeridos �los dineros� por una autoridad jurisdiccional.
III.- Sobre el proyecto consultado. Como se indica en la exposici�n de motivos, la l�gica de retener montos por deudas con la seguridad social como forma de instar al pago fue desarrollada por este Tribunal en la sentencia n.� 4114-E8-2009 de las 10:30 del 3 de setiembre de 2009, en la que, en lo conducente, se dispuso: �en caso de que existan partidos pol�ticos con derecho a financiamiento estatal morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social se dispondr�, cautelarmente, en la resoluci�n que determine el monto m�ximo de aporte estatal a los partidos pol�ticos (�), retener el giro correspondiente a la suma certificada que, por adeudos, haya indicado la citada instituci�n��.
Esa regla luego fue incorporada en el Reglamento para el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos (Decreto del TSE n.� 17-2009) y se viene aplicando desde entonces en cada una de las liquidaciones de gastos (de campa�a o trimestrales) en las que se detecta que el partido interesado tiene montos pendientes de pago con la CCSS.
Como puede concluirse, la propuesta legislativa positivizar�a -en el estrato legal- una medida creada jurisprudencialmente por este Pleno, por lo que no existen mayores observaciones acerca de la legitimidad de la retenci�n que se propone.
En este punto es importante mencionar que el proyecto incluye a otras instituciones con las que hay que estar al d�a para poder acceder a los montos liquidados, en tanto los precedentes electorales �nicamente refieren a la morosidad con la CCSS; no obstante, se entiende que forma parte de la discrecionalidad legislativa, siempre que se respete el Derecho de la Constituci�n, el puntualizar cu�les ser�n los supuestos para retener la entrega de la contribuci�n del Estado a los partidos pol�ticos.
Cuando se desarroll� la l�nea jurisprudencial, seg�n la cual era dable no hacer la entrega de las sumas liquidadas en el caso de deudas con la seguridad social, se fundament� que la citada Caja Costarricense y su r�gimen tienen sustento constitucional, por lo que era necesario encontrar un equilibrio entre el acceso al financiamiento p�blico (como derecho partidario previsto en el texto pol�tico fundamental) y la referida seguridad social; empero, de aprobarse la iniciativa, existir�a un fundamento normativo expreso para poder proceder a la retenci�n aunque se trate de obligaciones con instituciones no previstas constitucionalmente.
Sin perjuicio de lo anterior, debe hacerse ver que la formulaci�n amplia que utiliza el proyecto para habilitar la retenci�n en caso de deudas con el INS resulta inconstitucional. En efecto, es comprensible, dentro de la l�gica de la iniciativa y su exposici�n de motivos, el no hacer efectivo el pago hasta que la respectiva agrupaci�n demuestre estar al d�a con lo que corresponde a seguros de riesgos del trabajo, pues esto tiene que ver con un mecanismo para garantizar la protecci�n de los empleados partidarios como el extremo m�s sensible de una din�mica asim�trica como lo es la laboral; sin embargo, la redacci�n propuesta refiere a retenci�n por morosidad con el INS �por concepto de seguros�, ampliando los supuestos a aquellos productos de la instituci�n que no tienen que ver con el citado car�cter tuitivo y que, adem�s, se encuentran afectos a un r�gimen de competencia.
Si se aprobara la retenci�n en caso de deudas por cualquier tipo de seguro se estar�a dando una ventaja de recaudaci�n indebida al INS que no tendr�an otros oferentes de seguros, lo cual rompe con el piso de igualdad del que debe partirse en condiciones en las que hay varios oferentes que compiten por captar clientela para sus productos.�
De otra parte, importa se�alar que este Tribunal entiende, en una lectura literal, que el �ltimo p�rrafo del art�culo 107 bis que se pretende aprobar refiere a que, con los dineros p�blicos reservados para un fin espec�fico (reembolsar gastos de las agrupaciones), no se pueden cancelar deudas con las instituciones enlistadas en la propuesta ni tampoco pagar sentencias por condenatorias civiles. En otros t�rminos, no ser�a posible tomar de los montos separados, pero sin liquidar, sumas que se adeuden para honrar las obligaciones.
Tal criterio es el que justamente ha sostenido esta Magistratura Electoral, en tanto el traslado de fondos para pagar deudas sin que se hubiera dado el proceso de comprobaci�n del gasto (rasgo que caracteriza el sistema costarricense de �reembolso�) supone una violaci�n constitucional. Sobre esa l�nea, en la resoluci�n n.� 1180-E10-2016 de las 11:25 horas del 19 de febrero de 2016 se indic�: �Por ende, en el tanto la contribuci�n estatal se mantenga como reserva, no es susceptible de responder por obligaciones pecuniarias de la agrupaci�n, pues ello supondr�a contrariar el citado modelo constitucional y frustrar�a el destino que la legislaci�n expresamente le da a las reservas, lo cual resulta improcedente (ver resoluci�n n.� 6775-E8-2010 de las 15:35 horas del 08 de noviembre de 2010).�.
Eso s�, una vez que la agrupaci�n pol�tica ha liquidado sus gastos y se ha comprobado que procede el reembolso de los dineros (pues estos fueron erogados para el pago de bienes y servicios legalmente calificados como susceptibles de reconocimiento), el monto que se dispone reconocer pasa a ser parte del patrimonio de la respectiva agrupaci�n pol�tica que, como persona jur�dica privada, tiene la posibilidad de usar tales recursos en lo que estime conveniente.
En esa inteligencia, las deudas con instituciones u obligaciones pendientes con autoridades judiciales no pueden ser consideradas gastos susceptibles de ser liquidados, pero si al partido ingresan dineros de la contribuci�n del Estado por haberse acreditado gastos en otros rubros, no hay obst�culo para que esos dineros, al haberse convertido en privados con el dep�sito que hace el Ministerio de Hacienda en la cuenta partidaria, puedan utilizarse para cancelar cualquier tipo de deuda.
Precisamente, en la citada sentencia n.� 1180-E10-2016 se concluy�: �Sin embargo, cuando esos recursos sean aprobados para reembolsar los gastos trimestrales que se liquiden, pueden responder por las acreencias de la agrupaci�n pol�tica en virtud de que, en ese momento, se consolidan como parte integral de su patrimonio para todos los efectos.�.
IV.- Conclusi�n. Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal objeta, en los t�rminos y con los alcances del art�culo 97 constitucional, el texto del proyecto de ley que se tramita en el expediente n.� 22.467. Tal objeci�n se levantar�a si los legisladores precisan que la retenci�n por deudas con el INS ser�a dable siempre que la morosidad sea en relaci�n con seguros de riesgos del trabajo. ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TSE.
A) Solicitud de investigaci�n. Del se�or Rui L�pez Gonz�lez, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-053-2021 del 1.� de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual formula solicitud de investigaci�n por los hechos que describe.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para su estudio e informe, pase al se�or Richard Poveda Sol�rzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral. ACUERDO FIRME.
ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.
A) Consulta de resoluci�n de ascenso en propiedad. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resoluci�n n.� 0089-STSE-2021 de las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno, mediante la cual literalmente manifiesta:
"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 13 y 14 de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, as� como lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos en su oficio n.� RH-1860-2021 del 1.� de octubre de 2021, consider�ndolo oportuno para un mejor servicio p�blico, dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
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Nombre del funcionario |
Oficina |
Clase |
Puesto |
N�mero de puesto |
Fecha de rige |
|
Herlen Ruth Guti�rrez Umanzor |
Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica |
Asistente Administrativo 2 |
Oficinista 2 |
353568 |
A partir de la firmeza del acuerdo del Tribunal que as� lo apruebe. |
Cons�ltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Nombramientos interinos en el Departamento de Programas Electorales. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-2326-2021 del 4 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atenci�n a lo solicitado por la respectiva jefatura, seg�n lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, me permito proponer la aprobaci�n de los siguientes nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:
1.
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N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378135 |
Pablo Andr�s Castillo Jim�nez�
|
T�cnico Funcional 2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
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Mar�a Cristal Molina �lvarez� |
||||
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Karina Montero Tort�s� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige
el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales
-SU-. |
||||
2.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO /
OFICINA |
|
378140 |
Mar�a
Cristal Molina �lvarez� |
T�cnico Funcional
2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Karina
Montero Tort�s� |
||||
|
Naomy
Peraza Cuadra |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
3.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO /
OFICINA |
|
378444 |
Karina
Montero Tort�s� |
T�cnico Funcional
2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Naomy
Peraza Cuadra |
||||
|
Mar�a
Fernanda Segura Torres� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
|
4 |
|
|
|
|
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378445 |
Naomy Peraza Cuadra |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Mar�a Fernanda Segura Torres� |
||||
|
Carolina Chac�n Madrigal� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
5.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377964 |
Mar�a Fernanda Segura Torres� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Carolina Chac�n Madrigal� |
||||
|
Karina Goic Treguear |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que actualmente
no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera
interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el
Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales
-SU-. |
||||
6.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377965 |
Carolina Chac�n Madrigal� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Karina Goic Treguear |
||||
|
Mar�a Gabriela G�mez S�enz� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales
-SU-. |
||||
7.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377967 |
Karina Goic Treguear |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Mar�a Gabriela G�mez S�enz� |
||||
|
Susan Maricia Mendoza Herrera�
|
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
8.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377968 |
Mar�a Gabriela G�mez S�enz� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Susan Maricia Mendoza Herrera�
|
||||
|
Mar�a Auxiliadora Morera Sandoval�
|
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
9.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377970 |
Susan Maricia Mendoza Herrera�
|
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Mar�a Auxiliadora Morera Sandoval�
|
||||
|
Silvia Elena Obreg�n Aguilera�
|
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
10.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378008 |
Mar�a Auxiliadora
Morera Sandoval� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Silvia Elena Obreg�n
Aguilera� |
||||
|
|
Mar�a Fernanda P�rez
Rodr�guez� |
|||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que actualmente
no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera
interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el
Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales
-SU-. |
||||
11.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378012 |
Silvia Elena Obreg�n Aguilera�
|
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Mar�a Fernanda P�rez Rodr�guez�
|
||||
|
Michael Reyes Gonz�lez� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC
del 2021. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de
la terna. No se omite indicar que para este puesto se realiz� una consulta de
inter�s y disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado
que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
12.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378013 |
Mar�a Fernanda P�rez Rodr�guez�
|
T�cnico Funcional 2 - SU- |
T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Michael Reyes Gonz�lez� |
||||
|
Jonathan Rodriguez Li� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
13.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378044 |
Jonathan Rodriguez Li� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Sina� Rojas Carvajal� |
||||
|
Ronald Salazar Blanco� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
14.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
378064 |
Sina� Rojas Carvajal� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Ronald Salazar Blanco� |
||||
|
Fiorella Semeraro Jim�nez� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
15.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377940 |
Ronald Salazar Blanco� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Fiorella Semeraro Jim�nez� |
||||
|
Yerlin Solano Delgado� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
16.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377941 |
Fiorella Semeraro Jim�nez� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Yerlin Solano Delgado� |
||||
|
Eduardo Fern�ndez �lvarez |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
17.
|
N� PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
|
377942 |
Yerlin Solano Delgado� |
T�cnico Funcional 2 - SU- |
� T�cnico/a Electoral |
Departamento de Programas Electorales O-DPE-460-2021 |
|
Eduardo Fern�ndez �lvarez |
||||
|
Ed�viges Segura Gonz�lez� |
||||
|
Fecha de rige: A partir de la firmeza del acuerdo al 31-DIC del 2021. La jefatura
respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite
indicar que para este puesto se realiz� una consulta de inter�s y
disponibilidad a lo interno de la instituci�n, dando como resultado que
actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de
manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que
exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios
Especiales -SU-. |
||||
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar el nombramiento de quienes figuran en el primer lugar de las referidas ternas, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Sustituci�n del se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. El se�or Magistrado Esquivel Faerron, solicita se le conceda el disfrute de licencia con goce de salario, establecida en el art�culo 31 del Reglamento Aut�nomo de Servicios, para el d�a 12 de octubre de 2021.
Sale del sal�n de sesiones el se�or Magistrado Esquivel Faerron.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita; previo sorteo de rigor, para sustituirlo se designa al se�or Magistrado suplente Fernando del Castillo Riggioni. ACUERDO FIRME.
Reingresa al sal�n de sesiones el se�or Magistrado Esquivel Faerron.
A las doce horas termin� la sesi�n.
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Luis
Antonio Sobrado Gonz�lez |
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Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
Max
Alberto Esquivel Faerron |
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Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
Hugo
Ernesto Picado Le�n |