ACTA N.� 91-2021

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintis�is de octubre de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Renuncia del funcionario Osvaldo Gonz�lez Chaves de la Secci�n de Ingenier�a de Software. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1962-2021 del 18 de octubre de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 20 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite notas de fecha 15 de octubre de 2021, recibidas en este departamento el mismo d�a, mediante las cuales el se�or Osvaldo Gonz�lez Chaves, presenta su renuncia al cargo que ostenta a la fecha, por los motivos que se sirve exponer. El funcionario de cita ocupa el puesto en propiedad n�mero 368571 de Profesional en Tecnolog�as de Informaci�n 2, clase Profesional Ejecutor 3-, destacado en la Secci�n de Ingenier�a de Software, y labora para la instituci�n desde el 15 de mayo de 2017. Seg�n se desprende de la misiva, el citado funcionario desea que la separaci�n del cargo antes indicado, se haga efectiva a partir del 15 de noviembre del corriente, siendo este su �ltimo d�a laboral.

Para la fecha prevista de su cese de funciones, acumula m�s de cuatro a�os laborados para la instituci�n, por lo que ha presentado su renuncia con un mes de antelaci�n, raz�n por la cual estar�a cumpliendo con el preaviso correspondiente, de acuerdo con el art�culo 28 del C�digo de Trabajo, iniciando con el mismo el d�a 15 de octubre del corriente.

As� las cosas, salvo superior criterio, bien la Magistratura Electoral puede aprobar la renuncia a partir de la fecha solicitada por el se�or Gonz�lez Chaves. En cuanto a las vacaciones proporcionales pendientes de disfrute, tal y como se desprende de una de sus notas, solicita el pago de las mismas, de igual forma deber� solicitar por escrito el pago de cualquier otro rubro que se le adeude, para la cual cuenta con un a�o a partir del momento en que solicit� fuera separado de su cargo, a fin de proceder como en Derecho corresponde y en cuanto al d�a de asueto, valorar si le resulta aplicable o no, en virtud de las razones que esboza en la nota.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse en el plazo de tres d�as h�biles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Renuncia por pensi�n de la funcionaria Patricia Chac�n Jim�nez, Jefa del Departamento de Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1959-2021 del 18 de octubre de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 20 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite a consideraci�n nota recibida en este despacho hoy, 18 de octubre de 2021, suscrita por la� funcionaria Patricia Chac�n Jim�nez, quien desempe�a el puesto de Jefatura, destacada en el Departamento de Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones, perteneciente a la clase Ejecutivo Electoral 2, mediante la cual presenta renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensi�n por el R�gimen General de Pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).

La se�ora Chac�n Jim�nez labora para este organismo electoral desde el 17 de octubre de 1988 y desea que su cese de funciones se haga efectivo a partir del 1� de noviembre de 2021, motivada para ello en la resoluci�n DNP-RRE-702-2021, que emiti� la Direcci�n Nacional de Pensiones a las 14:00 horas del 02 de setiembre de 2021.

De igual manera, solicita el pago, tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislaci�n laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro. As� las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia de la se�ora Chac�n Jim�nez, a partir de la fecha solicitada. Es importante manifestar que la citada funcionaria debe presentar el informe final de gesti�n ante su superior, con copia a este departamento, as� como rendir declaraci�n jurada final ante la Contralor�a General de la Rep�blica, seg�n las directrices que este ente ha establecido.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la se�ora Chac�n Jim�nez, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, dese�ndole el mayor de los �xitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contadur�a, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADR�N NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padr�n Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondientes a setiembre de 2021. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0665-2021 del 18 de octubre de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 20 de octubre de 2021, mediante el cual remite informe de la sumaria del Padr�n Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondientes a setiembre de 2021.

Se dispone: Tener por rendido el informe; contin�ese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Respuesta a audiencia sobre modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De las se�oras Arlene Castro Jim�nez e Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano, Secretaria General Adjunta y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.� UNEC-034-2021 del 19 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n a los oficios STSE-2092-2021 y STSE-2292-2021, de fechas 14 y 30 de setiembre del a�o en curso, respectivamente; y en vista de que, se trata de 27 perfiles en estudio para la posible modificaci�n del Manual Descriptivo de Clases de Puestos, conllevando un an�lisis minucioso y objetivo, no es posible para esta organizaci�n en el en el [sic] corto plazo asignado emitir el criterio solicitado, por lo que, nos reservamos el derecho de presentar a futuro aquella las observaciones que resulten procedentes.".

Se dispone: 1.-Tener por atendida la audiencia conferida por parte de la UNEC, no as� por parte del SETSE. 2.- Aprobar las modificaciones conforme lo propuso la Direcci�n Ejecutiva, en su oficio n.� DE-2266-2021. ACUERDO FIRME.

B) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de noviembre de 2021. Del se�or Rui L�pez Gonz�lez, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-062-2021 del 22 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en el acuerdo tomado por el Superior en sesi�n ordinaria N� 3- 2019 del 8 de enero de 2019, referida al otorgamiento de una licencia sindical permanente los d�as mi�rcoles de cada semana para dos miembros de la Junta Directiva de este Sindicato, me permito adjuntar la calendarizaci�n y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomar�n la referida licencia durante el mes de noviembre.

D�A

NOMBRE

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 de

noviembre

Yoryina Coto Rivel

Secci�n de Solicitudes Cedulares

Cindy Vega Figueroa

Secci�n de Solicitudes Cedulares

10 de

noviembre

Yoryina Coto Rivel

Secci�n de Solicitudes Cedulares

Cindy Vega Figueroa

Secci�n de Solicitudes Cedulares

17 de noviembre

Yoryina Coto Rivel

Secci�n de Solicitudes Cedulares

Cindy Vega Figueroa

Secci�n de Solicitudes Cedulares

24 de

noviembre

Yoryina Coto Rivel

Secci�n de Solicitudes Cedulares

Cindy Vega Figueroa

Secci�n de Solicitudes Cedulares

 

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposici�n de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposici�n el correo electr�nico del sindicato: [email protected]".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de las funcionarias indicadas. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de "Traslado del distrito decimosexto, Arancibia, del Cant�n Central de Puntarenas al Cant�n de Montes de Oro", expediente n�mero 22.688. De la se�ora Erika Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CPEM-075-2021 del 21 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 14, se solicita el criterio de esa instituci�n en relaci�n con el proyecto �TRASLADO DEL DISTRITO DECIMOSEXTO, ARANCIBIA, DEL CANT�N CENTRAL DE PUNTARENAS AL CANT�N DE MONTES DE ORO�, expediente 22.688 el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

La Comisi�n ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgar� una pr�rroga de 8 d�as h�biles adicionales por una �nica vez, que vencer� el pr�ximo 12 de noviembre.".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase a los se�ores H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 28 de octubre de 2021. Tomen nota los referidos servidores y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 2 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de "Adici�n de un p�rrafo final al transitorio XIII del C�digo Electoral, Ley n.� 8765 de 2 de setiembre de 2009, para garantizar el acceso de las agrupaciones pol�ticas a la contribuci�n estatal en casos de imposibilidad de renovaci�n de estructuras, previo a los comicios electorales de 2022, debido a la emergencia nacional por Covid 19", expediente n�mero 22.549. Del se�or Jorge Carvajal Rojas del �rea de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CJ-22549-0996-2021 del 21 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Jur�dicos tiene para su estudio el proyecto N.� 22.549: �ADICI�N DE UN P�RRAFO FINAL AL TRANSITORIO XIII DEL C�DIGO ELECTORAL, LEY N.�8765 DE 02 DE SETIEMBRE DE 2009 PARA GARANTIZAR EL ACCESO DE LAS AGRUPACIONES POL�TICAS A LA CONTRIBUCI�N ESTATAL EN CASOS DE IMPOSIBILIDAD DE RENOVACI�N DE ESTRUCTURAS, PREVIO A LOS COMICIOS ELECTORALES DE 2022, DEBIDO A LA EMERGENCIA NACIONAL POR COVID 19�. En sesi�n N.� 18 del 05 de octubre de 2021, se acord� consultar el texto base a su representada, publicado en La Gaceta N� 136, del 15 de julio de 2021; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: �� Si [sic] transcurridos ocho d�as h�biles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este art�culo, se tendr� por entendido que el organismo consultado no tiene objeci�n que hacer al proyecto� [...] ".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase a los se�ores Ronald Chac�n Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 28 de octubre de 2021. Tomen nota los referidos servidores y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 2 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de �Reforma al art�culo 148 del C�digo Electoral, Ley n.� 8765 de 2 de setiembre de 2009 y sus reformas�, expediente n�mero 22.649. Del se�or Jorge Carvajal Rojas, del �rea de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CJ-22649-1042-2021 del 21 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Jur�dicos tiene para su estudio el proyecto N.� 22.649: �REFORMA AL ART�CULO 148 DEL C�DIGO ELECTORAL, LEY N� 8765 DE 2 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUS REFORMAS�. En sesi�n N.� 18 del 05 de octubre de 2021, se acord� consultar el texto base a su representada, publicado en La Gaceta N� 169, del 02 de setiembre de 2021; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: �� Si [sic] transcurridos ocho d�as h�biles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este art�culo, se tendr� por entendido que el organismo consultado no tiene objeci�n que hacer al proyecto� [...]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 28 de octubre de 2021. Tome nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 2 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

D) Respuesta a solicitud de colaboraci�n para el desarrollo de herramienta tecnol�gica para la gesti�n del servicio de transporte en el TSE. Del se�or Manuel Alberto Mart�nez Sequeira, Gerente de la Divisi�n de Gesti�n de Apoyo de la Contralor�a General de la Rep�blica, se conoce oficio n.� 16257 (DGA-0138) del 22 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con la anuencia superior, damos respuesta a su oficio No. TSE-2332-2021, de 5 de octubre en curso, mediante el cual se solicita nuestra colaboraci�n para que se facilite al Tribunal Electoral, la implementaci�n y uso del sistema inform�tico del servicio de transporte desarrollado por esta Contralor�a General.

Sobre el particular, nos permitimos hacer de su conocimiento que se ha dispuesto la concesi�n de una licencia gratuita y perpetua sobre el sistema inform�tico en menci�n, para ser utilizada de manera exclusiva por el Tribunal Supremo de Elecciones; concesi�n sujeta a las siguientes consideraciones:

�     La licencia que se brinda le permitir� al TSE reutilizar el c�digo y las estructuras de datos para cualquier prop�sito, incluso para su uso comercial. Sin embargo, no se podr� compartir con terceros el c�digo, ni las obras derivadas, sin el permiso expreso y por escrito de la Contralor�a General de la Rep�blica, a quien siempre se le deber� proporcionar el cr�dito de su creaci�n.

�     S� el TSE as� lo desea, podr� utilizar el c�digo ofrecido y sus estructuras de datos y modificarlas de manera que se ajusten a los requerimientos particulares de la instituci�n, sin que para ello se requiera de ning�n permiso de parte de este �rgano contralor.

�     La licencia se brinda libre de responsabilidad, tanto sobre defectos de desarrollo como sobre reclamos de terceros en materia de propiedad intelectual.

�     Se aclara que esta Contralor�a General se encuentra materialmente imposibilitada para acompa�ar la entrega de la licencia con alg�n tipo de soporte t�cnico en aspectos de desarrollo, instalaci�n o actualizaci�n a nuevas versiones del software mencionado.

�     No obstante lo anterior, esta entrega incluye seis horas de asesor�a inicial de nuestros profesionales en tecnolog�as con la finalidad de lograr que el personal del TSE a cargo del proyecto, se empodere de la herramienta y pueda ajustarla a sus propios requerimientos.

Para la entrega del c�digo, las estructuras de datos y la inducci�n antes indicada, favor coordinar con el se�or Jorge Le�n Rodr�guez, Jefe de la Unidad de Tecnolog�as de Informaci�n, para lo correspondiente.".

Se dispone: Agradecer al se�or Mart�nez Sequeira la atenci�n a la solicitud formulada y su generoso gesto de colaboraci�n. Para su atenci�n, pase a las direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnol�gica, as� como a la Secci�n de Servicios Generales. ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto de �Ley para prohibir la doble postulaci�n de candidatos a los puestos de alcalde y regidor�, expediente n�mero 22.655. De la se�ora Marcia Valladares Berm�dez, del �rea de Comisiones Legislativas IV del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CJ-22.655-0929-2021 del 15 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Jur�dicos, tiene para su estudio el proyecto: El Expediente N� 22.655: �LEY PARA PROHIBIR LA DOBLE POSTULACI�N DE CANDIDATOS A LOS PUESTOS DE ALCALDE Y REGIDOR�.

En sesi�n No. 18, del 05 de octubre de 2021 se aprob� moci�n para consultar el texto base del proyecto a su representada; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: �� Si [sic] transcurridos ocho d�as h�biles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este art�culo, se tendr� por entendido que el organismo consultado no tiene objeci�n que hacer al proyecto� [...]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 22.655 aspira, seg�n su exposici�n de motivos, a modificar el art�culo 148 del C�digo Electoral con el fin de prohibir la doble postulaci�n en los comicios municipales. En concreto, se pretende impedir que una persona se inscriba �simult�neamente� como candidata a una alcald�a y como postulante a una regidur�a.

No obstante, como efecto colateral y por la forma en la que quedar�a redactado el citado numeral 148, la iniciativa tambi�n eliminar�a la obligaci�n de que los partidos pol�ticos, como requisito de inscripci�n de sus candidaturas, presenten un Plan de Gobierno (trat�ndose de la f�rmula presidencial) y la hoja de vida y fotograf�a de quienes aspiren a las diputaciones a la Asamblea Legislativa.

III.- Sobre el proyecto consultado. La descentralizaci�n territorial del Estado y el dise�o de los gobiernos locales se encuentran previstos en el t�tulo XII de la Constituci�n Pol�tica, normas que refieren a que las municipalidades estar�n a cargo de un cuerpo deliberante integrado por regidores municipales de elecci�n popular (concejo municipal) y de un funcionario ejecutivo que designar� la ley (alcalde); sin embargo, el constituyente no puntualiz� cu�les ser�an los requisitos, los impedimentos y las condiciones de inelegibilidad para acceder a tales puestos.

Esa falta de desarrollo de la tem�tica en comentario en el texto pol�tico fundamental debe ser entendida como una delegaci�n para que sea la ley ordinaria la que regule tales circunstancias; en otras palabras, pese a que los puestos de alcalde y regidores son creaci�n constitucional, sus atribuciones, exigencias por cumplir si se desea acceder a ellos y otras especificidades son tem�ticas libradas al quehacer legislativo.

Sobre esa l�nea, la Sala Constitucional, en la sentencia n.� 2128-94 de las 14:51 minutos del 3 de mayo de 1994, precis�:

�� en materias no reguladas, pero s� delegadas en el legislador por la Constituci�n, este puede establecer condiciones de desigualdad real o aparente cuando sus excepciones est�n absoluta y claramente justificadas en raz�n de otros principios o valores constitucionales y sobre todo, de los derechos y libertades de la persona humana. En consecuencia, las excepciones, limitaciones, requisitos o impedimentos que regir�n en materia electoral, definidos por el legislador en funci�n de la responsabilidad delegada por la propia Constituci�n, deben sustentarse en razones objetivas y claramente motivadas por los requerimientos propios del sistema electoral y del ejercicio del cargo. En otras palabras, pueden admitirse las restricciones que fortalezcan el sistema democr�tico y los procesos electorales, aun cuando una persona o un grupo sufra la limitada consecuencia de aqu�lla reglamentaci�n.�.

Este Pleno, a la luz de lo expuesto, considera que corresponde al legislador definir, respetando el Derecho de la Constituci�n, cu�les ser�n las condiciones de inelegibilidad para acceder a cargos municipales, categor�a dentro de la que est� incluida la imposibilidad de doble postulaci�n; sea, este es un tema que se encuentra librado a la discrecionalidad legislativa.

Sin perjuicio de lo anterior, este Tribunal advierte que la reforma que se somete a consulta, como efecto colateral y aparentemente no deseado, elimina la obligatoriedad de que las agrupaciones presenten un plan de gobierno (cuando contienden por la Presidencia de la Rep�blica) y las hojas de vida (junto con la respectiva fotograf�a) de quienes aspiran a cargos de elecci�n en los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

En efecto, mediante Ley n.� 10.018 (conocida como Ley de Votante Informado), se previ� en el art�culo 148, como requisito de inscripci�n de candidaturas, que las agrupaciones aportaran informaci�n esencial para que la ciudadan�a conozca qui�nes integran la oferta electoral partidaria y, de gran relevancia, para que tengan claridad acerca de cu�l ser�a la hoja de ruta que tomar�a una determinada fuerza pol�tica de resultar ganadora de los comicios presidenciales.

Para este Pleno es de vital importancia que la ciudadan�a cuente con m�s y mejores herramientas para un voto responsable; en esa l�gica, desde hace varios procesos electorales se cre� el programa �votante informado�, l�nea de acci�n que permiti�, entre muchas otras actividades, el �Debate de todos� (durante la campa�a presidencial de 2018), as� como la creaci�n de un espacio en nuestra p�gina web institucional (como vitrina para la ciudadan�a) en la que se �colgaba� la hoja de vida de candidatos y sus principales ejes de acci�n ante un eventual gobierno. Adicionalmente, para el proceso electoral que se avecina se est� trabajando en torno al concepto de �alfabetizaci�n digital� para que los electores sepan distinguir y cribar la informaci�n que, a trav�s de redes sociales y otros medios cibern�ticos, reciben y recibir�n con motivo de la campa�a pol�tica.

La legislaci�n actual vino a fortalecer los componentes de acceso a la informaci�n y transparencia como insumos necesarios para que el Colegio Electoral tome su decisi�n pol�tica de manera sopesada y con base en propuestas concretas que le permitan conocer cu�l es la postura de las diversas fuerzas en contienda sobre temas clave para el buen gobierno y, sobre todo, para mejorar las condiciones de vida de los habitantes del pa�s.

Por ello, una iniciativa que elimine la obligatoriedad de presentar un plan de gobierno y las hojas de vida de los candidatos ser�a un retroceso en el inacabable proceso de perfeccionamiento del sistema democr�tico, consecuencia con la que este Tribunal no est� de acuerdo y por la que corresponde objetar el proyecto de ley en consulta.

IV.- Conclusi�n. En lo que respecta a las condiciones de inelegibilidad aplicables a los candidatos que aspiran a cargos municipales de elecci�n popular, la iniciativa supone materia librada a la discrecionalidad de la Asamblea Legislativa. Sin embargo, en raz�n de que la propuesta elimina requisitos de inscripci�n de candidaturas a la Presidencia de la Rep�blica y a las diputaciones a la Asamblea Legislativa que han sido recientemente introducidos para mejorar los est�ndares de transparencia y de acceso a datos para un voto informado, este Tribunal, en los t�rminos y con los alcances del art�culo 97 constitucional, objeta el proyecto de ley que se tramita en el expediente n.� 22.655. Tal objeci�n se levantar�a si los legisladores mantienen en el art�culo 148 el texto que, en la versi�n actual de la ley electoral, se�ala: �Junto con las f�rmulas es obligatorio que el comit� ejecutivo presente una biograf�a y una fotograf�a vigente de las personas candidatas a diputaciones y a la presidencia y vicepresidencias de la Rep�blica. En el caso de las candidaturas a la presidencia de la Rep�blica deber�n presentar, adem�s, el programa de gobierno de su partido pol�tico respectivo. La informaci�n referida en este p�rrafo deber� ser entregada con el contenido y en los formatos que se definan reglamentariamente. Asimismo, obligatoriamente deber� ser publicada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) por los medios oficiales y en otros que estime convenientes, en cumplimiento del derecho de la ciudadan�a a ejercer un voto informado.�. Respetuosamente, se recuerda que �Dentro de los seis meses anteriores y los cuatro posteriores a la celebraci�n de una elecci�n popular, la Asamblea Legislativa no podr� (�) convertir en leyes los proyectos (�) respecto de los cuales el Tribunal Supremo de Elecciones se hubiese manifestado en desacuerdo� (numeral 97 constitucional). ACUERDO FIRME.

F) Consulta legislativa del proyecto de �Reforma integral a la Ley 6043, Ley sobre la zona mar�timo terrestre del 2 de marzo de 1977 y sus reformas�, expediente n�mero 22.553. De la se�ora Erika Ugalde Camacho, Jefa del �rea de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CG-068-2021 del 25 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Gobierno y Administraci�n, y en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 18, se le solicita el criterio en relaci�n con el texto dictaminado del expediente 22.553 �REFORMA INTEGRAL A LA LEY 6043, LEY SOBRE LA ZONA MAR�TIMO TERRESTRE DEL 02 DE MARZO DE 1977 Y SUS REFORMAS�, el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [...]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Letrado de este Tribunal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 28 de octubre de 2021. Tome nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 4 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

G) Consulta legislativa del proyecto de �Reforma de leyes en materia de anticorrupci�n, para atender recomendaciones del grupo de trabajo sobre el soborno en las transacciones comerciales internacionales de la organizaci�n para la cooperaci�n y el desarrollo econ�micos�, expediente n�mero 22.428. De la se�ora Erika Ugalde Camacho, Jefa del �rea de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CG-071-2021 del 25 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Gobierno y Administraci�n, y en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 8, se le solicita el criterio en relaci�n con el proyecto 22.428 �REFORMA DE LEYES EN MATERIA DE ANTICORRUPCI�N, PARA ATENDER RECOMENDACIONES DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE EL SOBORNO EN LAS TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES DE LA ORGANIZACI�N PARA LA COOPERACI�N Y EL DESARROLLO ECON�MICOS�, el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. La Comisi�n ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgar� una pr�rroga de 8 d�as h�biles adicionales por una �nica vez, la cual vencer� el pr�ximo 15 de noviembre. [...]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase al se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:15 horas del 28 de octubre de 2021. Tome nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 4 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

H) Consulta legislativa del proyecto de �Reforma del C�digo Electoral, Ley n.� 8765, de 19 de agosto de 2009, para el fortalecimiento del financiamiento estatal de los partidos pol�ticos�, expediente n�mero 22.620. De la se�ora Marcia Valladares Berm�dez, Jefa del �rea de Comisiones Legislativas IV del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CJ-22.620-1062-2021 del 25 de octubre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Jur�dicos, tiene para su estudio el proyecto: El Expediente N� N� [sic] 22.620: REFORMA DEL C�DIGO ELECTORAL, LEY N.� 8765, DE 19 DE AGOSTO DE 2009, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL FINANCIAMIENTO ESTATAL DE LOS PARTIDOS POL�TICOS�.

En sesi�n No. 18, del 05 de octubre de 2021 se aprob� moci�n para consultar el texto base del proyecto a su representada; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: �� [sic] Si transcurridos ocho d�as h�biles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este art�culo, se tendr� por entendido que el organismo consultado no tiene objeci�n que hacer al proyecto� ...� [...]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 29 de octubre de 2021- pase a los se�ores Ronald Chac�n Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 11:30 horas del 28 de octubre de 2021. Tomen nota los referidos servidores y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 2 de noviembre de 2021. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Reforma a la ley contra hostigamiento sexual. Se dispone: En atenci�n a la ley n.� 10.029, �Reforma de los art�culos 29 y 38 de la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, de 3 de febrero de 1995�, publicada en el Alcance n.� 213 a La Gaceta n.� 202 del 20 de octubre de 2021, para su estudio e informe conjunto, el cual habr� de rendirse en el plazo de diez d�as h�biles, pase al Departamento Legal y a la Inspecci�n Electoral. ACUERDO FIRME.

A las doce horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado Gonz�lez

 

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n