ACTA N.� 34-2022

 

Sesi�n extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las quince horas del cuatro de abril de dos mil veintid�s, con asistencia de los se�ores Magistrados Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado Le�n y Zetty Mar�a Bou Valverde.

 

ART�CULO �NICO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Corte de resultados del Programa Electoral de Transmisi�n de Datos para la segunda votaci�n de la elecci�n presidencial de las 12:00 horas del 4 de abril de 2022. Se dispone: Con vista en los resultados provisionales acreditados por el Programa Electoral de Transmisi�n de Datos para la segunda votaci�n de la elecci�n presidencial 2022, siendo que �El escrutinio consiste en el examen y la calificaci�n de la documentaci�n electoral a cargo del TSE, hecho con base en el definitivo conteo y la asignaci�n de votos realizados por las juntas electorales� (art. 197 del C�digo Electoral), habida cuenta de que tales resultados indican que no existe una diferencia menor a dos puntos porcentuales entre el caudal de votos obtenido por las dos agrupaciones pol�ticas participantes en esa segunda votaci�n y en atenci�n a lo establecido en el art�culo 23 del Reglamento para la celebraci�n de la segunda votaci�n del proceso electoral 2022, decreto n.� 4-2022, publicado en La Gaceta n.� 34 del 21 de febrero de 2022 y el art�culo 38 del Reglamento para el ejercicio del sufragio en la elecci�n nacional del 6 de febrero de 2022, decreto n.� 6-2021, publicado en el Alcance n.� 151 a La Gaceta n.� 149 de 5 de agosto de 2021, se dispone lo siguiente:

En el marco del escrutinio definitivo que inicia el martes 5 de abril de 2022, este Tribunal har�́ recuento de los sufragios �nicamente en los siguientes casos excepcionales:

a) Trat�ndose de juntas receptoras de votos contra cuyos resultados se presenten apelaciones o demandas de nulidad admisibles y esa diligencia a juicio del TSE sea necesaria para su resoluci�n.

b) Cuando los resultados de una junta sean manifiestamente inconsistentes.

c) Cuando, al momento del escrutinio preliminar, no est�n presentes al menos tres miembros partidarios, salvo el caso en que estando dos de ellos se encuentren acompa�ados del auxiliar electoral y as� conste en el padr�n registro, independientemente de si fungen o no como integrantes de la junta receptora de votos.

d) Respecto de las juntas receptoras de votos en las que se extrav�e el padr�n registro, no se haya utilizado o que consten en �l observaciones que ameriten el recuento.

H�gase del conocimiento de las Direcciones institucionales, del Departamento de Programas Electorales y del Programa Electoral de Escrutinio. Comun�quese a los partidos pol�ticos. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas con la divulgaci�n del presente acuerdo.� ACUERDO FIRME.

A las quince horas y veinte minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde