ACTA N.� 5-2022

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dieciocho de enero de dos mil veintid�s, con asistencia de los se�ores Magistrados Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado Le�n y Zetty Mar�a Bou Valverde.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Informe de revisi�n de los Acuerdos entre el TSE, Gobierno de la Rep�blica y la Organizaci�n de Estados Americanos relativos a la Observaci�n Electoral de las Elecciones de 2022. Del se�or Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-014-2022 del 14 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atenci�n al oficio n.� STSE-0056-2022 del 10 de enero de 2022, adjunto me permito remitir borradores del �Acuerdo entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Secretar�a General de la Organizaci�n de los Estados Americanos relativo al procedimiento de observaci�n de las elecciones presidenciales y legislativas a celebrarse el 6 de febrero de 2022� y del �Acuerdo entre la Secretar�a General de la Organizaci�n de los Estados Americanos y el Gobierno de la Rep�blica de Costa Rica relativo a los privilegios e inmunidades de la misi�n de observaci�n electoral y de los observadores para las elecciones presidenciales y legislativas a celebrarse el 6 de febrero de 2022�.

De la revisi�n de los citados acuerdos, no se advierte que su eventual suscripci�n implique o genere desde la perspectiva legal, obligaciones o compromisos que, de alg�n modo, en los t�rminos en que est�n redactados, representen la invasi�n de las competencias exclusivas del Tribunal o su independencia en materia electoral, de ah� que este Departamento estima procedente su firma en los t�rminos sugeridos. Asimismo, no omito manifestarle que los documentos sometidos a estudio, sufrieron algunos ajustes de forma, por lo que se remiten con el correspondiente control de cambios, ya que as� lo solicitaron las autoridades del Ministerio de Relaciones Electorales y Culto.

Ahora bien, considerando que el instrumento establece una serie de compromisos y deberes que en su ejecuci�n el Tribunal deber� observar, relativos a las garant�as m�nimas y facilidades que deber�n brindarse a la misi�n de observaci�n, corresponde a la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y sus diferentes programas, tomar las previsiones necesarias para cumplimentar dichas obligaciones.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Tomen nota para lo de sus respectivos cargos la referida Direcci�n General, el Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas y el propio Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Autorizaci�n de uso de sal�n comunal como centro de votaci�n en el cant�n de Mora. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-045-2022 del 13 de enero de 2022, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-014-2022 de fecha 07 de enero de 2022, el se�or Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remiti� a esta Direcci�n, nota suscrita por los se�ores Alex Benjam�n Gen Palma y Arturo Apu Bola�os, presidente y secretario, respectivamente, de la junta cantonal del cant�n de Mora de la provincia de San Jos�, en la que solicita autorizaci�n para utilizar el Sal�n Comunal Multiuso de Bajo Jorco del distrito electoral Bajo de Jorco (Parte Oeste), como centro de votaci�n, infraestructura que tambi�n fue utilizada en las pasadas Elecciones Municipales, ya que el distrito electoral carece de otras instalaciones que puedan ser utilizadas como centro de votaci�n.

Sobre el particular, cabe indicar que se cuenta con la autorizaci�n de la presidenta de la Asociaci�n de Desarrollo, Maria Gabriela Mar�n Portilla, para que se utilice el sal�n comunal como centro de votaci�n �ver nota adjunta-.

Por lo expuesto y en atenci�n a lo establecido en el art�culo 34 del C�digo Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que se autorice lo siguiente:

1.- Que se establezca al Sal�n Comunal de Bajo Jorco como centro de votaci�n en el distrito electoral de Bajo de Jorco (Parte Oeste) para instalar la junta receptora de votos n.� 1008, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 107003024.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse el citado sal�n comunal como centro de votaci�n por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, se recomienda comunicar dicho acuerdo al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Informaci�n 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los partidos pol�ticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la informaci�n en la p�gina web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Solicitudes para utilizar centros privados como centros de votaci�n en varios cantones. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-064-2022 del 17 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Sal�n Comunal de la ADI de Santa Rosa como centro de votaci�n en el distrito electoral Santa Rosa para instalar la junta receptora de votos n.� 6422, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 702003028.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-63-2022 del 17 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Sal�n Comunal de Estanquillos como centro de votaci�n en el distrito electoral Estanquillos (San Antonio) Parte Este para instalar la junta receptora de votos n.� 2782, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 205002017.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-033-2022 del 5 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Colegio Santa Ana como centro de votaci�n en el distrito electoral Barrio La Cruz para instalar las juntas receptoras de votos n.� 4889 a la 4891, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 501001013.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-048-2022 del 13 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Sal�n Comunal de San Pedro o Pedernal como centro de votaci�n en el distrito electoral Pedernal o San Pedro para instalar las juntas receptoras de votos n.� 833 a la 834, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 104006026.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-049-2022 del 13 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Sal�n Comunal de Playa Brasilito como centro de votaci�n en el distrito electoral Brasilito para instalar las juntas receptoras de votos n.� 5156 a la 5157, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 503008035.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-050-2022 del 13 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca al Sal�n Parroquial de la iglesia cat�lica de San Mart�n como centro de votaci�n en el distrito electoral San Mart�n para instalar la junta receptora de voto n.� 851, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 104009037.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-053-2022 del 13 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita que se establezca a la Universidad Americana como centro de votaci�n en el distrito electoral San Pedro para instalar las juntas receptoras de voto n.� 1638 a la 1653, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 115001001.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Autorizar conforme se solicita en cada caso. ACUERDO FIRME.

D) Solicitudes para trasladar juntas receptoras de votos en distintos cantones. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-034-2022 del 11 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita trasladar la junta receptora de votos n.� 3429 ubicada en la Escuela El Silencio al Sal�n Comunal El Silencio, que se encuentran en el distrito electoral Silencio, ambos de la provincia de Alajuela y que se establezca al Sal�n Comunal El Silencio como el centro de votaci�n asignado al distrito electoral Silencio, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 215001018.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-18-2022 del 6 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita trasladar la junta receptora de votos n.�639 en la que se ubica el Hogar de Larga Estancia C. G. Manantial de Vida, al distrito electoral de San Antonio o el Llano, del cant�n de Alajuelita, de la provincia de San Jos� y que se establezca el Hogar de Larga Estancia C. G. Manantial de Vida como el centro de votaci�n asignado al distrito electoral San Antonio o el Llano, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 103004040.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-038-2022 del 12 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita trasladar las juntas receptoras de votos n.�5567 a la 5575 ubicadas en la Escuela El Progreso al Colegio T�cnico Profesional de Puntarenas, que se encuentran en el distrito electoral El Progreso, ambos de la provincia de Puntarenas y que se establezca al Colegio T�cnico Profesional de Puntarenas como el centro de votaci�n asignado al distrito electoral El Progreso, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 601008100.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-041-2022 del 17 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual, por las razones que indica, solicita trasladar las juntas receptoras de votos n.�1803 a la 1812 del distrito electoral S�nchez a la Universidad Santa Paula, ubicada en la provincia de San Jos� y que se establezca a la Universidad Santa Paula como el centro de votaci�n asignado al distrito electoral S�nchez, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 118003003.

Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-052-2022 del 13 de enero de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 17 de enero de 2022, mediante el cual, por las razones que indica, solicita trasladar la junta receptora de votos n.�5652 del distrito electoral Bajo Caliente (Parte Oeste) al Sal�n Comunal de Bajo Caliente de la provincia de Puntarenas y que se establezca al Sal�n Comunal de Bajo Caliente como el centro de votaci�n asignado al distrito electoral Bajo Caliente (Parte Oeste), cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral vigente es 601016056.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Autorizar conforme se solicita en cada caso. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Consulta de resoluci�n de traslados definitivos de plazas. De los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resoluci�n n.� 0005-STSE-2022, dada a las doce horas del doce de enero de dos mil veintid�s, mediante la cual literalmente manifiestan:

"Los suscritos Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones y Director General del Registro Civil, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 15 de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, disponemos efectuar los siguientes traslados definitivos de plazas, a partir de la firmeza del acuerdo del TSE que as� lo apruebe, consider�ndolos oportunos para un mejor servicio p�blico:

Oficina de origen

Oficina a la que se traslada

Clase/Puesto

N�mero

de

Puesto

Funcionario

Depto. Financiamiento de Partidos Pol�ticos

Direcci�n Ejecutiva

Profesional Ejecutor 2 / Profesional Jur�dico en Financiamiento

368819

Vacante

Direcci�n Ejecutiva

Direcci�n General del Registro Civil

Asistente Funcional 2 / Asistente en Servicios Administrativos 2

76456

Vacante

 

Cons�ltese.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Tatiana Villegas Orozco de la Secci�n de Actos Jur�dicos. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-0054-2022 del 13 de enero de 2022, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

" Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideraci�n, nota suscrita por la se�ora Tatiana Villegas Orozco, c�dula de identidad 114290616, destacada en la secci�n de Actos Jur�dicos, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, dados los motivos que se sirve exponer, contados a partir 1� de febrero de los corrientes.

En virtud de ello, es menester rescatar que la se�ora Villegas Orozco labora para la instituci�n desde el 2 de setiembre de 2013 de forma interina; actualmente ocupa el puesto n�mero 72879, de Asistente en Estudio de Expedientes 1, de la clase Asistente Funcional 2, en la Secci�n de Actos Jur�dicos, cuyo propietario del puesto fue ascendido interinamente en una plaza de T�cnico Funcional 2, cargo que por la aplicaci�n supletoria del art�culo 11 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, pasar� de servicios especiales a cargos fijos este a�o, con lo que liberar� la plaza ocupada de manera interina por la se�ora Villegas Orozco, y por ende ser� una plaza de cargos fijos vacante que necesariamente deber� llenarse en propiedad, seg�n disposiciones del Superior.

Con respecto a la solicitud que nos ocupa, la funcionaria en cuesti�n, durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, misma que pudiera encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el art�culo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: �1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podr� ser prorrogada hasta por seis meses m�s en casos muy especiales a juicio del Ministro o m�ximo jerarca de la Instituci�n.� (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual trat�ndose de licencias sin goce de salario, la se�ora Villegas Orozco deber�a previamente disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:

D�as

Periodo

Tipo

0

2021-2022

Ordinarias

4

2021-2022

Proporcionales

 

Finalmente, puede apreciarse que la gesti�n cuenta con el visto bueno del se�or Germ�n Alberto Rojas Flores, jefe a.i. de la Secci�n de Actos Jur�dicos, as� como con el correspondiente al Director General del Registro Civil, se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os. Expuesto lo anterior, salvo superior criterio y previo a las indagaciones que se estimen pertinentes, bien puede aprobarse el permiso sin goce salarial pretendido y por el lapso que la funcionaria de cita requiere, en el entendido de que la plaza que actualmente ocupa de manera interina, al quedar vacante producto de lo expuesto en este memorial, en tesis de principio se quedar�a sin nombramiento alguno, lo cual se hizo de conocimiento a la interesada.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario de la se�ora Villegas Orozco, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia por pensi�n del funcionario V�ctor Manuel Quesada Campos de la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-0055-2022 del 13 de enero de 2022, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite a consideraci�n nota sin n�mero recibida en este departamento el 06 de enero de los corrientes, suscrita por el funcionario V�ctor Manuel Quesada Campos, c�dula de identidad 105220048, quien desempe�a un puesto de Auxiliar de Bodega, n�mero 104980, perteneciente a la clase de Asistente Administrativo 2, destacado en la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura, dependencia adscrita a la Direcci�n Ejecutiva, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo, para acogerse al beneficio de pensi�n estipulado por el R�gimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, puesto que ese ente de seguridad social le ha informado que cumple los requisitos.

Dicho funcionario labora para este organismo electoral desde el 2 de enero de 2002 de manera interina, a partir del 1� de abril de 2014 es nombrado en propiedad en el puesto de Auxiliar Operativo 1 y en ese mismo a�o, el 16 de noviembre es nombrado en el actual puesto. De su misiva se desprende que desea que su ultimo d�a laboral sea el 28 de febrero de 2022 y que la renuncia sea efectiva a partir del 1� de marzo de 2022, motivado en la comunicaci�n del cumplimiento de requisitos para optar a una pensi�n bajo el r�gimen de Invalidez, Vejez y Muerte, emitida por la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, el d�a 27 de diciembre de 2021.

En virtud de lo anterior, se recomienda el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislaci�n laboral vigente, as� como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro y de la jornada extraordinaria si la hubiere, tal y como lo solicita en su correo aclaratorio el se�or Quesada Campos. Aunado a lo anterior se permite remitir direcciones electr�nicas para notificaciones [...] As� las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia del se�or Quesada Campos, a partir de la fecha solicitada.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del se�or Quesada Campos, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, dese�ndole el mayor de los �xitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contadur�a, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Plan Operativo Institucional 2022. De la se�ora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente 2 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conoce oficio n.� CDIR-0011-2022 del 11 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 2-2022, celebrada el 11 de enero de 2022 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo; H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, que dice:

�Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-0028-2022 del 6 de enero de 2022, recibido el d�a siguiente en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es usual, me permito remitir para conocimiento del Consejo de Directores -con la respetuosa sugerencia de que sea elevado para aprobaci�n del Superior- el Plan Operativo Institucional (POI) 2022, en el que se incluyen, entre otros temas, los objetivos, productos, indicadores y metas que sustentan la programaci�n presupuestaria institucional para el a�o 2022.

No se omite indicar que, una vez aprobado el documento de referencia, la Direcci�n Ejecutiva proceder� a remitir un ejemplar al Centro de Documentaci�n, comunicarlo a las jefaturas institucionales y coordinar con el Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas su respectiva publicaci�n en el sitio web institucional.".

Se dispone: El�vese a conocimiento del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME.�.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorizaci�n para firmar certificaciones del Registro Civil. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0035-2022 del 14 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por labores propias de esta Direcci�n General, el suscrito respetuosamente solicita a las se�oras magistradas y se�ores magistrados, la autorizaci�n para firmar certificaciones del Departamento Civil, a los siguientes servidores:

Nombre

C�dula

Puesto

Catherine Vargas Gonz�lez

1-1315-0437

Asistente en informaci�n a las personas usuarias

Marvin Gustavo Zamora Garc�a

1-1308-0130

Asistente en informaci�n a las personas usuarias".

 

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el p�rrafo segundo del art�culo 110 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicaci�n en el Diario Oficial. Para esos efectos reg�strense las firmas y los sellos que utilizar�n. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS DEL PADR�N NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padr�n Nacional Electoral y de nuevas personas electoras para octubre de 2021, con referencia al art�culo 81 de la Ley Org�nica del TSE. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0030-2022 del 12 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual remite informe de la sumaria del Padr�n Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente a la apertura del mes de octubre 2021, con referencia al art�culo 81 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.

Se dispone: Tener por rendido el informe; contin�ese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Continuidad en el cargo del Secretario General de SETSE. Del se�or Rui L�pez Gonz�lez, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-003-2022 del 12 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como ustedes conocen, en resoluciones n.� 4678-P-2021 de las 11:30 horas del 17 de septiembre de 2021, n.� 5670-A1-2021 de las 14:15 horas del 26 de octubre de 2021 y auto de las catorce horas y cinco minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, dictadas dentro del expediente administrativo n.� 274-2021, el tribunal ad hoc conformado para estos efectos, dio por concluido el v�nculo laboral sin responsabilidad patronal que me un�a con estos organismos electorales desde el a�o 2004.

Como ustedes tambi�n saben, este arbitrario acto se encuentra en an�lisis en el Tribunal Contencioso Administrativo ante una medida cautelar que interpuse la semana pasada. El motivo de la presente misiva es hacer notar que, desde la firmeza de la decisi�n arriba se�alada, los documentos remitidos a nuestra organizaci�n est�n siendo dirigidos al Secretario Adjunto, se�or Jeffrey Salazar Montero.

Sin dem�rito de las atribuciones que tiene nuestro estimable compa�ero de luchas, debemos hacer notar que el acto de despido acordado en mi contra, de ninguna manera supone mi destituci�n del cargo que ostento como Secretario General y representante legal de SETSE, como parece inferirse de las comunicaciones remitidas a nuestra organizaci�n. Todo ello a partir de la independencia funcional y la particular naturaleza de estas organizaciones sociales (ver en este sentido el art�culo 342 del C�digo de Trabajo y resoluciones de la Sala Segunda, entre otras, la sentencia n� 2001-0177).

As� pues, les ruego, respetuosamente, tomar nota de esta importante aclaraci�n y hacerla extensiva a las diferentes jefaturas de la instituci�n. En otro orden de ideas, les solicito tambi�n, interpongan sus buenos oficios para conocer, en concreto, cu�les fueron las acciones finales que realizaron el Director General del Registro Civil, se�or Luis Bola�os Bola�os y la Jefa a.i. de Recursos Humanos, se�ora Kattia Varela G�mez, en torno a la situaci�n alertada por este sindicato en el oficio SETSE-066-2021. Para estos efectos, adjuntamos el citado oficio y una copia del documento n� RH-2331-2021 de 30 de noviembre de 2021.

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposici�n de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposici�n el correo electr�nico del sindicato: [email protected] .".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse en el plazo de diez d�as h�biles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de �Ley para la gesti�n de las reposiciones de las c�dulas de identidad�, expediente n�mero 22.822. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefa de �rea de la Sala de Comisiones Legislativas V de la Comisi�n Asuntos Econ�micos de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPECTE-C-541-2022 del 13 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda y con instrucciones del se�or diputado Wagner Jim�nez Z��iga, Presidente de la Comisi�n Permanente Especial de Ciencia, Tecnolog�a y Educaci�n, le comunico que este �rgano legislativo acord� consultar el criterio de esa instituci�n sobre el expediente 22822: �LEY PARA LA GESTI�N DE LAS REPOSICIONES DE LAS C�DULAS DE IDENTIDAD�, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles [�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 21 de enero de 2022- pase a los se�ores Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia y Tecnol�gica, Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 20 de enero de 2022. Tomen nota los referidos servidores y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 25 de enero de 2022. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de �Ley contra el uso abusivo de los cargos municipales�, expediente n.� 20.814. De la se�ora Erika Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� CPEM-091-2021 del 13 de enero de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moci�n 59, aprobada en sesi�n 18, en su tr�mite de mociones v�a art�culo 137, se solicita el criterio de esa instituci�n en relaci�n con el dictamen del proyecto �LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES�, expediente 20.814 el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el �rgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, esta Magistratura ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. La iniciativa sometida a consulta es un texto actualizado �v�a mociones� del proyecto de ley n.� 20.814, sobre el cual, en su versi�n original, ya esta Autoridad Electoral se hab�a pronunciado (ver acta de la sesi�n ordinaria de este Pleno n.� 92-2018 del 25 de setiembre de 2018, disponible en la p�gina web institucional).

El proyecto, en su formulaci�n actual, propone agregar un p�rrafo adicional en el art�culo 16 del C�digo Municipal, a fin de que las personas que desempe�en los cargos de alcalde o vicealcalde deban pedir un pedir un permiso sin goce de salario por �al menos� seis meses, si desean proponer su nombre al electorado con el objetivo de quedar electos para el per�odo inmediato siguiente al de su actual mandato (reelecci�n sucesiva).

III.- Sobre el proyecto consultado. El texto base de esta lege ferenda pretend�a modificar la legislaci�n municipal para obligar a que los alcaldes, vicealcaldes y regidores que deseaban optar por una reelecci�n sucesiva renunciaran a su cargo, previo a la inscripci�n de su candidatura.

Tal propuesta -en su oportunidad- fue objetada por este Tribunal, pues se consider� inconstitucional el exigir que los citados funcionarios municipales abandonaran su puesto para volverse a presentar al electorado; esa f�rmula era, seg�n se razon�, �una extralimitaci�n normativa que funciona como un condicionamiento excesivo para acceder a postulaciones lo que, finalmente, constituye una restricci�n al derecho de participaci�n pol�tica.� (pronunciamiento de este �rgano Constitucional sobre el texto base de este proyecto de ley).

Sin embargo, esta Magistratura tambi�n consider� fundamental incluir en la legislaci�n medidas que profundizaran la equidad en contienda, al tiempo que se establecieran nuevos mecanismos para garantizar que los actores pol�ticos disputen los puestos sin valerse de ventajas ileg�timas, como podr�a ser el uso del cargo en beneficio de una determinada tendencia.

De esa suerte, se recomend� a los se�ores legisladores la siguiente f�rmula: �Los funcionarios que ocupen los cargos de alcaldes, vicealcaldes y regidores que deseen inscribir una candidatura para optar a alguno de esos puestos en el per�odo inmediato siguiente a su mandato actual deber�n solicitar un permiso sin goce de salario o dietas, seg�n corresponda.� (inciso a. del art�culo sexto de la sesi�n ordinaria n.� 92-2018).

Esa previsi�n no solo favorece el sano alejamiento de la autoridad p�blica que aspira a la relecci�n de su cargo mientras compite por permanecer un nuevo per�odo en �l, sino que garantiza la tutela del derecho de participaci�n pol�tica y la estabilidad en el puesto para el que, en comicios anteriores, recibi� un mandato de sus conciudadanos.

Como puede apreciarse, en su texto actual, el proyecto de ley recepta -en lo esencial- la propuesta de esta Magistratura, por lo que corresponde levantar la objeci�n que se hab�a manifestado en su oportunidad. T�mese en consideraci�n que el �nico elemento diferente que aportan los legisladores a aquellos que recomend� este Tribunal es el lapso por el que, el funcionario reeleccionista, debe pedir el permiso sin goce de salario ya que, en la iniciativa, se puntualiza que este debe ser no menor a seis meses.

Ese componente del precepto por reformar se encuentra librado, por regla de principio, a la discrecionalidad legislativa; la duraci�n del obligado permiso solo podr�a cuestionarse si resultara desproporcionada, circunstancia que no ocurre en este caso. En efecto, las agrupaciones pol�ticas deben inscribir sus candidaturas cuatro meses antes de los respectivos comicios (numerales 147 y 148 del C�digo Electoral), pero la selecci�n de los correligionarios que integrar�n esas n�minas, seg�n la regla de experiencia, suele ocurrir �a lo interno de las agrupaciones� unos pocos meses antes del citado momento de inscripci�n; por ello, que el art�culo por reformar mande a que la duraci�n del permiso sea de un semestre antes de los comicios resulta razonable.

Sin perjuicio de lo expuesto, debe tomarse en consideraci�n que el C�digo Municipal vigente contempla las causales para conceder permisos sin goce de salario o dieta en el art�culo 32, con lo que, por conexidad, deber�a modificarse tal ordinal, aspecto que no se contempl� ni en la versi�n original del proyecto, ni en el texto que ahora se analiza. En consecuencia, se insta a la Asamblea Legislativa a prever la variaci�n de ese ordinal 32.

IV.- Conclusi�n. Este Tribunal no objeta, en su versi�n actual, el proyecto de ley que se tramita en el expediente n.� 20.814. Sin embargo, se recomienda a los se�ores legisladores y las se�oras legisladoras valorar la observaci�n que se hace en el p�rrafo final del apartado anterior. ACUERDO FIRME.

A las doce horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde