ACTA N.� 81-2022

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las catorce horas del veintitr�s de agosto de dos mil veintid�s, con asistencia de las se�oras Magistradas Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, Zetty Mar�a Bou Valverde y Mary Anne Mannix Arnold.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Consulta de resoluci�n de traslado definitivo de puesto a la Secci�n de Secci�n de Infraestructura Tecnol�gica. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resoluci�n n.� 0080-STSE-2022 de las once horas del once de agosto de dos mil veintid�s, mediante la cual literalmente manifiesta:

"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 15 de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, en atenci�n a lo solicitado por la se�ora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, y consider�ndolo oportuno para un mejor servicio p�blico, dispongo efectuar el siguiente traslado definitivo de puesto, a partir del 16 de agosto de 2022:

 

Oficina de origen

Oficina a la que se traslada

Clase

Puesto

N�mero

de

Puesto

Funcionario

Secci�n de Servicio al Cliente de TI

Secci�n de Infraestructura

Asistente Administrativo 1

Oficinista 1

72877

Vacante

 

Cons�ltese.".

Se dispone: Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de nombramiento en propiedad en la Direcci�n Ejecutiva. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-1816-2022 del 18 de agosto de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en el art�culo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en los oficios que se dir�, me permito proponer el siguiente nombramiento en propiedad conforme se indica a continuaci�n:

Funcionaria

Sunny Cascante Ortega

Puesto al� que se propone ascender

370838

Profesional Asistente 1, Profesional Asistente en Administraci�n 1 de la Direcci�n Ejecutiva

Clases entre la actual y la propuesta

3

Fecha de rige propuesta

1.� de setiembre de 2022

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-2081-2022 del 11 de agosto de 2022

Oficio de la jefatura

DE-2215-2022 del 5 de agosto de 2022

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Consulta de resoluci�n de ascensos en propiedad en la Direcci�n Ejecutiva. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resoluci�n n.� 0082-STSE-2022 de las trece horas del dieciocho de agosto de dos mil veintid�s, mediante la cual literalmente manifiesta:

"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 13 y 14 de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, as� como lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos en su oficio n.� RH-2081-2022 del 11 de agosto de 2022, consider�ndolo oportuno para un mejor servicio p�blico, dispongo efectuar los siguientes ascensos en propiedad:

Nombre de la funcionaria [sic]

Oficina

Clase

Puesto

N�mero de puesto

Fecha de rige

Luis Alejandro Barrantes Guti�rrez

Direcci�n Ejecutiva

Profesional Asistente 2

Profesional Asistente en Administraci�n 2

45599

1.� de setiembre de 2022

Annia Delgado Z��iga

Direcci�n Ejecutiva

Profesional Asistente 1

Profesional Asistente en Administraci�n 1

370824

1.� de setiembre de 2022

 

Cons�ltese al Superior.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADR�N NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualizaci�n al Padr�n Nacional Electoral de julio de 2022. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.� CE-264-2022 del 17 de agosto de 2022, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el art�culo 18 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.� PE-132-2022, el se�or Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Secci�n de Padr�n Electoral, remiti� a esta Contralor�a los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padr�n Nacional Electoral, correspondiente al mes de julio de 2022, seg�n el siguiente detalle:

PADR�N NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADR�N NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.554.463

 

TOTAL INCLUSIONES

11.742

 

TOTAL EXCLUSIONES

������� �����14.730��������������������������

 

VARIACI�N NETA

-2.988

 

PADR�N NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.551.475

 

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

53.149

 

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PA�S

3.498.326

 

 

Dichas cifras, en atenci�n al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de An�lisis y Control y de Padr�n Electoral, as� como con los informes diarios extra�dos del SICI sobre la producci�n diaria del centro de impresi�n de la Secci�n de C�dulas.

Adem�s, esa informaci�n se corrobor� con lo dispuesto en el oficio n.� DGRC-0550-2022, suscrito por el se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.�79-2022, celebrada el 16 de agosto de 2022, cuya verificaci�n result� satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; contin�ese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.

A) Lista de nuevos candidatos al Cuerpo Nacional de Delegados. Del se�or H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-826-2022 del 9 de agosto de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 18 de agosto de 2022, mediante el cual informa sobre nuevos candidatos al Cuerpo Nacional de Delegados, personas cuyo nombramiento no se recomienda, renuncias y defunciones de personas integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados, as� como la revocatoria del nombramiento de uno de sus miembros, seg�n detalla.

Se dispone: 1.- Aprobar conforme se solicita, en el caso de las personas que tienen su aval para formar parte del Cuerpo Nacional de Delegados, al igual que las personas que no se recomienda su nombramiento, en virtud de las razones que se detalla. 2.- Tener por presentadas las renuncias que se enlistan. 3.- Tomar nota de las defunciones se�aladas. 4.- Por las razones indicadas, revocar el nombramiento del se�or Castillo Barahona, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante setiembre de 2022. Del se�or Rui L�pez Gonz�lez, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-026-2022 del 17 de agosto de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en el acuerdo tomado por el Superior en sesi�n ordinaria N� 3-2019 del 8 de enero de 2019, referida al otorgamiento de una licencia sindical permanente para miembros de la Junta Directiva de este Sindicato, me permito adjuntar la calendarizaci�n y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomar�n la referida licencia durante el mes de setiembre.

 

D�A

NOMBRE

UNIDAD ADMINISTRATIVA

2 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

9 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

16 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

23 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

30 de setiembre

Jorge Murillo Vega

Direcci�n del Registro Electoral

Cindy Vega Figueroa

Departamento de Contadur�a

 

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposici�n de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposici�n el correo electr�nico del sindicato: [email protected].".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos y las inmediatas de los funcionarios indicados. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Resoluci�n que declara sin lugar recurso de habeas corpus contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce resoluci�n n.� 2022019003 de las nueve horas y treinta minutos del diecis�is de agosto de dos mil veintid�s, recibida el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante la cual declara sin lugar recurso de habeas corpus interpuesto por el se�or Richard Noguera Gal�n contra este Tribunal.

Se dispone: Tomar nota. H�gase del conocimiento de la Direcci�n General del Registro Civil, del Departamento Legal, de la Inspecci�n Electoral, de la Contralor�a de Servicios y de la Oficina de Seguridad y Vigilancia. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de "Ley para prevenir y sancionar el acoso laboral en el sector p�blico y privado anteriormente denominado Ley contra el acoso laboral en el sector p�blico y privado", expediente n.� 20.873. De la se�ora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas II del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPAS-0692-2022 del 18 de agosto de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 24, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N. � 20.873, �LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR EL ACOSO LABORAL EN EL SECTOR P�BLICO Y PRIVADO ANTERIORMENTE DENOMINADO LEY CONTRA EL ACOSO LABORAL EN EL SECTOR P�BLICO Y PRIVADO�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 30 de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 26 de agosto de 2022- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 25 de agosto de 2022. Tome nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 30 de agosto de 2022. ACUERDO FIRME.

C) Consulta sobre nombramiento en la Auditor�a Interna. De la se�ora Falon Stephany Arias Calero, Gerente �rea de Fiscalizaci�n para el Desarrollo de la Gobernanza de la Divisi�n de Fiscalizaci�n Operativa y Evaluativa de la Contralor�a General de la Rep�blica, se conoce oficio n.� 13359 (DFOE-GOB-0327 del 16 de agosto de 2022, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 22 de agosto de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se recibe el oficio n.� STSE-1479-2022 de fecha 30 de junio de 2022, en el que se informa el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 63-2022, celebrada el 30 de junio de 2022 por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), en donde se dispuso: �(...) que al se�or Jos� Andr�s Blanco Chaves (actual Subauditor interno) le corresponde asumir el cargo de Auditor Interno ad interim a partir del 1.� de julio de 2022, procede designar -tambi�n interinamente y hasta que regrese su titular al cargo- a la se�ora Nidia Elvira Aguilar Acu�a en el puesto n.� 97459 de Ejecutivo Funcional 2, como Subauditora interna ad interim a partir del 1.� de julio de 2022. 2.- Prorrogar el nombramiento interino del se�or Randall C�spedes Mar�n, en la plaza que ha venido ocupando en esa misma Auditor�a Interna en sustituci�n de la se�ora Aguilar Acu�a, por el mismo plazo (...)�.

Al respecto se requiri� informaci�n adicional, emiti�ndose el oficio n.� 11955 (DFOE-GOB-0304) del 18 de julio del a�o en curso; el cual fue atendido por la Instituci�n mediante oficio n.� RH-1910-2022 de fecha 21 de julio del mismo a�o.

Sobre el particular, reitera este �rgano Contralor la importancia de los se�alamientos realizados mediante oficios n.� 15163 (DFOE-PG-0471) y n.� 21500 (DFOE-GOB-0345), comunicados al TSE los d�as 1� de octubre de 2020 y 26 de noviembre de 2021, respectivamente, como respuesta a las situaciones expuestas mediante oficios recibidos n.� TSE-1822-2020 y STSE-2356-2021; por cuanto se observa que se mantiene tanto la decisi�n del permiso sin goce de salario como el plazo indefinido del mismo.

Al tratarse del Auditor Interno, la permanencia de una situaci�n como la descrita debe valorarse por la Instituci�n con especial cautela por sus posibles implicaciones, sobre la prestaci�n del servicio de auditor�a interna y el impacto en el Sistema de Control Interno en general. Una ausencia indefinida del titular de la plaza del auditor interno sin que ello provoque que dicha plaza quede vacante es una situaci�n at�pica, que puede tener efectos en aspectos promovidos de forma especial por la Ley General de Control Interno, tales como el principio de inamovilidad y fuero de protecci�n especial en los cargos de auditor y subauditor interno, el principio de independencia y la objetividad de las actuaciones de la Auditor�a Interna, la separaci�n de funciones de administraci�n activa y auditor�a interna, as� como la prevenci�n de conflictos o riesgos del titular de la plaza al momento de retornar a su puesto de auditor interno

Ese �ltimo aspecto mencionado, en el presente caso reviste alto inter�s pues la persona titular del puesto de auditor interno se encuentra ejerciendo funciones de Director Ejecutivo, �rgano encargado de la direcci�n, coordinaci�n y ejecuci�n de las actividades administrativas del TSE, entre otros, teniendo dentro de su �mbito Departamentos como el de Contadur�a, Proveedur�a, Recursos Humanos, Servicios Generales, Ingenier�a y Arquitectura, Servicios M�dicos y Archivo Central; es decir, se trata de funciones amplias de una alta jerarqu�a de la administraci�n activa que obliga no s�lo valoraci�n de riesgos y determinaci�n de medidas antes las situaciones indicadas en el p�rrafo precedente, sino tambi�n una valoraci�n de riesgos para el ejercicio del cargo de auditor interno una vez que finalice el permiso otorgado.

A partir de lo expuesto, es que se ha insistido en la responsabilidad que recae en el jerarca institucional de verificar que las decisiones adoptadas bajo ninguna circunstancia debiliten, impidan o pongan en riesgo el funcionamiento �ptimo de la auditor�a interna. Como parte de dicha valoraci�n, se ha se�alado que para los nombramientos interinos debe existir no solo una justificaci�n razonable y t�cnica para su uso, sino que adem�s sea s�lo por el tiempo estrictamente necesario e incluso para efectuar el respectivo nombramiento en propiedad, dado que tal figura es para resolver problemas temporales y asegure la prestaci�n del servicio de manera continua y eficiente; en el sentido que el interinato no puede servir como medio para lesionar el derecho al trabajo y la garant�a de estabilidad laboral prevista para los funcionarios p�blicos, derivado de la concepci�n del trabajo como un derecho fundamental del hombre (referenci�ndose a la resoluci�n n.� 00056-2015 de las 14:50 horas del 07/abril/2015, del Tribunal Contencioso Administrativo, Secci�n VI, as� como el Dictamen C-001-2012 del 02/enero/2012 de la Procuradur�a General de la Rep�blica y resoluci�n 00640-2002 de las 09:10 horas del 13/diciembre/2002 de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse en el plazo de diez d�as h�biles, pase al se�or Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE, Letrado Andrei Cambronero Torres, a quien se le remitir� copia del oficio DL-521-2021 del Departamento Legal, relacionado con este asunto. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa del proyecto de proyecto �Adici�n de un nuevo art�culo 30 bis al C�digo Municipal, Ley n� 7794 del 30 de abril de 1998. Ley para extender la cobertura de los seguros sociales a las personas regidoras y s�ndicas municipales y concejales municipales de distrito�, expediente n.� 22.325. De la se�ora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPGOB-0048-2022 del 10 de agosto de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Gobierno y Administraci�n, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto �ADICI�N DE UN NUEVO ART�CULO 30 BIS AL C�DIGO MUNICIPAL, LEY N� 7794 DEL 30 DE ABRIL DE 1998. LEY PARA EXTENDER LA COBERTURA DE LOS SEGUROS SOCIALES A LAS PERSONAS REGIDORAS Y S�NDICAS MUNICIPALES Y CONCEJALES MUNICIPALES DE DISTRITO�, Expediente N.� 22.325, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 24 [sic] de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.������

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos� electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente, el referido proyecto pretende sentar las bases legales para que las personas regidoras, s�ndicas municipales y concejales municipales de distrito, propietarias y suplentes, puedan tener cobertura y protecci�n de los seguros sociales de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) mientras permanezcan en el ejercicio del cargo, de conformidad con los principios derivados de los art�culos 73 y 74 de la Constituci�n Pol�tica y sin que esta medida implique un cambio de la naturaleza no laboral de la relaci�n que estos cargos de elecci�n popular mantienen con las corporaciones municipales.

III. Sobre el proyecto.

Se somete a consulta de este Tribunal el proyecto de ley tramitado en expediente legislativo n�mero 22.325, �ADICI�N DE UN NUEVO ART�CULO 30 BIS AL C�DIGO MUNICIPAL, LEY N� 7794 DEL 30 DE ABRIL DE 1998. LEY PARA EXTENDER LA COBERTURA DE LOS SEGUROS SOCIALES A LAS PERSONAS REGIDORAS Y S�NDICAS MUNICIPALES Y CONCEJALES MUNICIPALES DE DISTRITO�.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, se omite manifestar criterio alguno en los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.� ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto de �Reforma del art�culo 11 la Ley n.� 1758, de 19 de junio de 1954, Ley de Radio, y sus reformas�, expediente n.� 22.954. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas V del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPOECO-0134-2022 del 11 de agosto de 2022, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda y con instrucciones de la se�ora Diputada Vanessa de Paul Castro Mora, Presidenta de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Asuntos Econ�micos, le consulto el criterio a esa instituci�n sobre el texto base del expediente N�22954: �REFORMA DEL ART�CULO 11 LA LEY N.� 1758, DE 19 DE JUNIO DE 1954, LEY DE RADIO, Y SUS REFORMAS�, el cual se anexa.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vencen el 24 de agosto y, de ser posible enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 22.954, en esencia, aspira a modificar el art�culo 11 de la Ley de Radio (ley n.� 22.954) con el fin de actualizar los montos de las tarifas para importar cortos comerciales y de las multas por inobservancia de las reglas previstas en el citado numeral.

III.- Sobre el proyecto consultado. De una lectura del proyecto de ley, este Pleno concluye que, por su contenido, las normas propuestas �en su totalidad� no comportan materia electoral, por lo que no corresponde emitir pronunciamiento sobre el fondo de la iniciativa. La secci�n del numeral que concierne a esta instituci�n no se est� proponiendo cambiar.

El actual art�culo 11 de la Ley de Radio, en lo que refiere a este �rgano Constitucional, se�ala que �Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio [referido a los treinta minutos semanales que deben ceder las radioemisoras y televisoras al Ministerio de Educaci�n P�blica] ser� cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones sobre temas c�vico-culturales. Cada estaci�n indicar� al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.�. Sin embargo, ese enunciado normativo, en la lege ferenda, no se est� modificando.

Gracias a esa cesi�n gratuita este Tribunal ha podido implementar campa�as motivacionales (como la del empadronamiento de los votantes primerizos) e informativas (por ejemplo, la del procedimiento para emitir el voto), llevando mensajes de relevancia para la poblaci�n durante los per�odos de campa�a. Esa norma es un acierto de legislador de mediados del siglo XX cuyo impacto en promover una ciudadan�a activa y un voto informado es invaluable. Por ello, este Pleno celebra que el proyecto de ley mantenga la obligaci�n para las radioemisoras y las televisoras de ceder media hora semanal a la Autoridad Electoral luego de la convocatoria a elecciones.

La aspiraci�n de la promovente de ahormar los componentes tarifario y sancionatorio a la nueva realidad econ�mica del pa�s, con el fin de que los montos ya no sean nominales (lo que hace que se desactualicen r�pidamente) sino que respondan a un par�metro din�mico como lo es el �salario base�, podr�a complementarse con una modificaci�n al segmento del art�culo que alude a este Tribunal.

El vertiginoso avance en las formas de comunicar y de producir mensajes, as� como las necesidades de colocar temas variados que respondan a los comportamientos electorales y a los nuevos contextos en los que se desenvuelven los fen�menos comiciales hacen propicia la oportunidad para sugerir a la Asamblea Legislativa que se aproveche esta iniciativa para ajustar la redacci�n del p�rrafo segundo del citado art�culo 11 de repetida para que se lea: �Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio ser� cedido al Tribunal Supremo de Elecciones, �rgano que reglamentar� su uso. Cada estaci�n indicar� al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.�.

Esa variaci�n permitir�a una mayor versatilidad en el uso del espacio en pro del cumplimiento de objetivos de constitucional relevancia como lo son la promoci�n de una participaci�n activa, reflexiva e informada de la ciudadan�a en los comicios.

IV.- Conclusi�n. Por las razones expuestas, este �rgano Constitucional no objeta el proyecto de ley n.� 22.954. Sin perjuicio de lo anterior, respetuosamente se insta a la Asamblea Legislativa a tomar en consideraci�n la recomendaci�n realizada en el apartado anterior.� ACUERDO FIRME.

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

Sale del sal�n de sesiones la se�ora Magistrada Mannix Arnold.

A) Variaci�n en el organigrama de la Secretar�a General del TSE. Se dispone: De mejor acuerdo y en aras de fortalecer la independencia en el ejercicio de las delicadas funciones de fiscalizaci�n e instrucci�n de procedimientos administrativos y contencioso-electorales que ejercen, por su orden, la Auditor�a Interna y la Inspecci�n Electoral, tales repartos pasar�n a depender directamente de este Tribunal Supremo de Elecciones. En consecuencia, a partir de la firmeza de este acuerdo, las citadas oficinas no tendr�n relaci�n de dependencia jer�rquica con la Secretar�a General del despacho. Proceda la Direcci�n Ejecutiva a actualizar el organigrama institucional. El Departamento de Recursos Humanos tomar� nota del citado cambio de las jefaturas de la Auditor�a Interna y de la Inspecci�n Electoral. ACUERDO FIRME.

Reingresa al sal�n de sesiones la se�ora Magistrada Mannix Arnold.

B) Derogatoria del Reglamento de Disponibilidad. Se dispone: Los cambios en la estructura organizacional, en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos y en las condiciones sociojur�dicas que se han venido dando del a�o 2008 a la fecha, provocaron la extinci�n del motivo (como elemento objetivo del acto administrativo) con base en el que se fundament� la necesidad de reglar el pago de disponibilidad de los funcionarios electorales. En consecuencia, der�guese el �Reglamento del R�gimen de Disponibilidad en el Tribunal Supremo de Elecciones� y sus reformas, decreto n.� 6-2008 del 28 de octubre de 2008, publicado en La Gaceta n.� 220 del 13 de noviembre de 2008. ACUERDO FIRME.

A las diecis�is horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold