ACTA N.� 114-2023

 

 

Sesi�n extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diecisiete horas y un minuto del once de diciembre de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, del se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde, del se�or Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y de la se�ora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste tambi�n la se�ora Adriana Pacheco Madrigal, Secretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO �NICO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Manual general relativo a la implementaci�n de papeleta �nica electr�nica. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-1157-2023 SUSTITUIR del 6 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo dispuesto en el art�culo 186 del C�digo Electoral y 32 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Municipales del 4 de febrero de 2024, Decreto n�mero 9-2023 y en lo referente a la utilizaci�n de la papeleta �nica electr�nica, esta Direcci�n procede a remitir la propuesta manual que detalla el tipo de dispositivo, las Juntas Receptoras de Votos en las que se utilizar� y el procedimiento de votaci�n.".

Se dispone por mayor�a: Aprobar conforme a lo remitido por la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, de conformidad con el siguiente texto:

"MANUAL GENERAL RELATIVO A LA IMPLEMENTACI�N DE PAPELETA �NICA ELECTR�NICA

De conformidad con lo dispuesto en los art�culos 186 del C�digo Electoral y 32 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Municipales del 4 de febrero de 2024, Decreto n�mero 9-2023 y en lo referente a la implementaci�n y utilizaci�n de la papeleta �nica electr�nica, este Tribunal Supremo de Elecciones procede a dictar el manual que detalla el tipo de dispositivo, las Juntas Receptoras de Votos (JRV) en las que se utilizar� y el procedimiento de votaci�n:

Primero. - Sobre el dispositivo.- Los dispositivos electr�nicos o m�quinas de votaci�n por utilizar solo funcionar�n como instrumentos para facilitar la emisi�n del sufragio y su posterior contabilizaci�n, pero no para el registro y acreditaci�n del voto emitido por cada elector.

Segundo. - Tipo de dispositivo. - La m�quina de votaci�n por utilizar consiste en un dispositivo electr�nico para la emisi�n del sufragio e impresi�n de la papeleta donde constar� el voto del elector, la cual lleva inserto un elemento electr�nico o chip donde se registrar� de manera id�ntica la informaci�n impresa. En ese chip solo se almacena el voto emitido para cada uno de los tipos de elecci�n, sin que consten otros datos que puedan identificar la selecci�n con una persona electora espec�fica, lo cual asegura la secretividad del voto.

Para activar el dispositivo o m�quina de votaci�n, la persona electora debe introducir la papeleta que le ser� entregada por los miembros de la JRV; cuando la papeleta est� correctamente colocada, se desplegar� en la pantalla la oferta electoral con las agrupaciones pol�ticas participantes para cada tipo de elecci�n de la circunscripci�n en la que se encuentra inscrita la persona votante.

El dispositivo cuenta con tecnolog�a de pantalla t�ctil, por lo que solo debe tocarse la casilla del partido de preferencia, con lo cual se escoger� la opci�n pol�tica, que se tenga a bien, en cada caso.

El sistema brinda la opci�n de que se modifique, por parte de la persona electora, la opci�n escogida o se reinicie el proceso de selecci�n.

Una vez que se est� conforme con las opciones seleccionadas, la persona electora deber� tocar el bot�n �imprimir� y, acto seguido, se imprimir� la selecci�n en la papeleta y, simult�neamente, se registrar� en el chip adherido a esta. Al extraerse la papeleta con las opciones seleccionadas impresas, en el dispositivo no quedar� registro alguno de la elecci�n realizada, pues esta solo constar� en la papeleta de manera impresa y electr�nica (en el chip adherido a la papeleta). La m�quina de votaci�n no tiene la capacidad de registrar internamente (de ninguna forma) el voto emitido por cada persona ciudadana.

El equipo posibilita que la misma persona electora pueda verificar, dentro del recinto secreto de votaci�n, que la informaci�n impresa coincide �ntegramente con la registrada de manera electr�nica en el chip adherido a la papeleta.

Una vez realizada esa verificaci�n, la persona votante doblar� la papeleta, saldr� del recinto de votaci�n y depositar�, su papeleta, en la urna dispuesta para ese fin.

La m�quina de votaci�n tiene la capacidad de ser habilitada para realizar el conteo de votos (una vez cerrada la jornada electoral), as� como para confeccionar e imprimir las respectivas actas con el resultado de la votaci�n.

Tercero. - De las Juntas Receptoras de votos en las que se utilizar� la papeleta �nica electr�nica. - Las JRV donde se implementar� la papeleta �nica electr�nica son las que se encuentran en la tabla que se detalla a continuaci�n. Estas juntas fueron seleccionadas teniendo como base los siguientes criterios: mayor participaci�n en las �ltimas elecciones municipales (2016 y 2020); distritos electorales con la mayor cantidad de JRV; criterios de oportunidad y conveniencia asociados a la log�stica; y, cobertura de todas las provincias del pa�s, tomando en cuenta zonas urbana y rural:

Cant�n / Distrito electoral

Cantidad de JRV

JRV inicial

JRV final

SAN JOSE

ALAJUELITA

110001001 ALAJUELITA

15

1133

1147

CURRIDABAT

118001001 CURRIDABAT

11

1590

1600

ESCAZU

102001001 ESCAZU

21

356

376

102002002 SAN ANTONIO

22

377

398

MONTES DE OCA

115002003 SABANILLA

12

1525

1536

MORA

107001001 COLON

15

879

893

MORAVIA

114001001 SAN VICENTE

25

1425

1449

PURISCAL

104001001 SANTIAGO

14

700

713

SANTA ANA

109003004 POZOS

14

1087

1100

VAZQUEZ DE CORONADO

111001001 SAN ISIDRO

18

1215

1232

ALAJUELA

GRECIA

203001001 GRECIA

20

2438

2457

SAN RAMON

202001001 SAN RAMON

17

2307

2323

CARTAGO

CENTRAL

301001002 ORIENTAL

22

3249

3270

301002001 OCCIDENTAL

16

3271

3286

301006007 GUADALUPE O ARENILLA

18

3390

3407

EL GUARCO

308001001 EL TEJAR

19

3923

3941

LA UNION

303001001 TRES RIOS

20

3558

3577

OREAMUNO

307001001 SAN RAFAEL

19

3860

3878

PARAISO

302001001 PARAISO

28

3470

3497

HEREDIA

CENTRAL

401002003 MERCEDES NORTE

18

4012

4029

SAN PABLO

409001001 SAN PABLO

15

4458

4472

SAN RAFAEL

405001001 SAN RAFAEL

14

4304

4317

GUANACASTE

LIBERIA

501001016 SAN ROQUE

18

4616

4633

NICOYA

502001001 NICOYA

15

4665

4679

SANTA CRUZ

503001001 SANTA CRUZ

21

4774

4794

PUNTARENAS

ESPARZA

602001001 ESPARZA

15

5356

5370

LIMON

GUACIMO

706001001 GUACIMO

16

6412

6427

POCOCI

702001001 GUAPILES

21

6045

6065

Total general

499

 

Cuarto. - De la obligatoriedad de emitir el sufragio haciendo uso de los dispositivos o m�quinas de votaci�n. - En las JRV que cuenten con dispositivos o m�quinas de votaci�n solo se podr� emitir el sufragio utilizando esa tecnolog�a, de manera que la persona electora no podr� optar por sufragar en papeletas tradicionales.

Si por motivos de fuerza mayor, caso fortuito u otra circunstancia que lo justifique no es posible utilizar la tecnolog�a de la papeleta �nica electr�nica, previa autorizaci�n del Tribunal Supremo de Elecciones, se dispondr� el uso papeletas tradicionales para la emisi�n del voto en la respectiva JRV.

Quinto. - De los centros de votaci�n. - Los centros de votaci�n, en los que se ubicar�n las juntas receptoras de votos antes se�aladas, ser�n aquellos que, en los cantones y distritos correspondientes, sean ratificados por las respectivas juntas cantonales, de acuerdo con los plazos establecidos para tales fines.

Sexto. - Procedimiento de habilitaci�n de la m�quina de votaci�n (inicio de la jornada de votaci�n). - El procedimiento de habilitaci�n (inicio de la jornada) de la m�quina de votaci�n ser� el siguiente:

1.                      La presidencia de la JRV deber� mostrar a los agentes electorales presentes el DVD que contiene el software oficial de votaci�n, el cual se encuentra en la respectiva bolsa termosellada y en el sobre con etiqueta de seguridad.

2.                      Se abre la tapa superior de la m�quina de votaci�n (presionando en sus dos costados) y, posteriormente, presionar� el bot�n de encendido.

3.                      Inmediatamente se mostrar� la pantalla de arranque de la m�quina y se encender�n las luces de la impresora, del lector y del auricular.

4.                      Se deber� verificar que la luz del puerto del auricular encienda. Si la luz es de color rojo, la m�quina est� conectada al fluido el�ctrico; si se ilumina de color azul, est� utilizando la bater�a interna del dispositivo.

5.                      Se deber� insertar el disco (con la car�tula hacia el frente) en el lector que est� ubicado en la parte superior de la m�quina de votaci�n; esto har� que cargue el sistema.

6.                      Una vez cargado el software, se deber� cerrar la tapa; seguidamente, la pantalla se apagar� por unos segundos y, luego, se encender� nuevamente mostrando la interfaz para calibraci�n. En ese momento, se debe calibrar la pantalla.

7.                      Se deber� pasar la credencial por el lector e ingresar los siguientes datos: n�mero de JRV y PIN de verificaci�n de n�mero de junta.

8.                      Llenado del acta de apertura de la votaci�n:

a)                      Se deber� completar el acta de apertura de la votaci�n adherida al padr�n registro. Adicionalmente, se deber� ingresar en la ranura ubicada en la parte superior del dispositivo, el documento o boleta que se identifica como acta de apertura de la votaci�n que se encuentra en la respectiva bolsa termosellada. Despu�s, se deben completar los siguientes datos:

-                          Hora y minutos del inicio de la votaci�n.

-                          Apellidos, nombre, n�mero de c�dula y siglas de la agrupaci�n pol�tica de los miembros de la JRV y los apellidos, nombre y c�dula de los auxiliares electorales presentes. Una vez completada la informaci�n, se deber� verificar que los datos son correctos.

b)                      Se imprimir� el Acta de apertura de la votaci�n, la cual deber� ser firmada por los integrantes de junta y por los auxiliares electorales presentes. Adem�s, se deber� registrar manualmente, en el recuadro correspondiente, los datos de las personas fiscales presentes y su firma.

S�timo. - Procedimiento de votaci�n. -El procedimiento de votaci�n mediante papeleta �nica electr�nica ser� el siguiente:

1.  Una vez verificada su identidad, a la persona electora se le entregar� una papeleta que, al dorso, tendr� las firmas de los integrantes de la JRV presentes (ese procedimiento de firma en el momento de la entrega de la papeleta es el mismo que en el mecanismo de votaci�n tradicional); por el frente, la papeleta estar� en blanco.

2.  Acto seguido, la persona votante deber� dirigirse al recinto secreto para introducir la papeleta en la ranura que se encuentra en la parte superior de la m�quina de votaci�n.

3.  Al introducirse correctamente la papeleta, se activar� el sistema de votaci�n, despleg�ndose (en la pantalla del dispositivo) la lista de partidos pol�ticos participantes para cada tipo de elecci�n (alcald�a, regidur�as, sindicaturas y concejal�as de distritos) de acuerdo con la posici�n que obtuvieron en el respectivo sorteo, llevado a cabo el 1.� de noviembre de 2023.

4.  La votaci�n se realizar� tocando u oprimiendo con el dedo la pantalla t�ctil en la casilla correspondiente al partido de preferencia. Se inicia con la escogencia de la opci�n correspondiente a la elecci�n de alcald�as, luego la de regidur�as y por �ltimo la de sindicaturas y concejal�as de distrito.

5.  Al finalizar la selecci�n de las opciones partidarias de preferencia o de voto en blanco para cada uno de los tipos de cargo en disputa, aparecer�n -en la pantalla- las opciones escogidas. En la parte inferior de cada una, la persona electora tendr� la posibilidad de modificar la selecci�n realizada, en cuyo caso (de oprimir esa opci�n) volver� a aparecer, en pantalla, la imagen de la respectiva papeleta para que se modifique la selecci�n inicial. Tambi�n tiene la opci�n de reiniciar la votaci�n, en cuyo caso se deber�n volver a seleccionar las opciones de voto en los tres tipos papeletas (alcald�a, regidur�as y sindicaturas con concejal�as de distrito). En el momento en que est� conforme con las opciones escogidas, la persona electora podr� oprimir o tocar el bot�n de imprimir que aparece al lado derecho de la pantalla, con lo cual se imprimir� la papeleta con las opciones escogidas para los tres tipos de elecci�n; simult�neamente, esa misma informaci�n se registrar� en el chip inserto en la papeleta.

6.  El voto �nicamente quedar� registrado en la papeleta, por lo que la persona electora tendr� la posibilidad de verificar, antes de salir del recinto de votaci�n, que la informaci�n impresa concuerde con la registrada en el chip; para ello, solo debe acercar la papeleta a la m�quina.

7.  La persona electora deber� doblar la papeleta por la mitad de forma tal que, en todo momento, se preserve el secreto del voto. Las firmas de los miembros de la JRV deben quedar visibles.

8.  Despu�s, la persona votante deber� depositar la papeleta en la urna.

Octavo. - Formas de votar para las personas con discapacidad. -

a)                      Personas con baja visi�n: La presidencia de la JRV entregar� la papeleta a la persona electora y le consultar� si identifica la flecha que tiene impresa; si su respuesta es negativa, se acompa�ar� a la persona votante al recinto secreto y se le indicar� d�nde puede seleccionar la opci�n para visualizar la pantalla con �Vista alto contraste�.

b)                      Persona no vidente: La presidencia de la JRV deber� seguir los siguientes pasos:

a.                      Entregar� la papeleta �nica electr�nica, explic�ndole d�nde se ubica la �muesca� prevista en esta para ingresar la papeleta de forma correcta en la ranura.

b.                      Indicar� que deber� utilizar los aud�fonos para escuchar las instrucciones del proceso de votaci�n y que la elecci�n la realiza con el uso de la plantilla num�rica.

c.                      Acompa�ar� a la persona electora al recinto secreto y le indicar� d�nde se ubica la ranura de la impresora para que la persona electora la pueda tactar.

d.                      Pasar� la credencial por el lector y elegir� la opci�n �Cambiar Modo de Votaci�n� e ingresar� al m�dulo �Votaci�n discapacidad visual�.

e.                      Instalar� la plantilla acr�lica y los auriculares en la m�quina de votaci�n.

f.                        Abandonar� el recinto secreto para que la persona electora pueda emitir su voto de forma secreta, siguiendo las instrucciones que se le indican a trav�s de los auriculares.

En todo caso, las personas a que se refieren las anteriores disposiciones o cualquier otra a quien se le dificulte votar a solas en el recinto secreto (lo cual deber� ser valorado por las personas integrantes de la JRV en cada caso) contar�n con las alternativas de voto asistido o voto p�blico establecidas en el art�culo 33 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Municipales del 4 de Febrero de 2024.

Noveno. � Motivos de sustituci�n de papeleta.� La papeleta deber� ser sustituida en las siguientes circunstancias:

-                  Cuando no se imprime del todo la informaci�n del voto realizado por la persona electora.

-                  Cuando la papeleta no activa el m�dulo de votaci�n y es expulsada por la m�quina de votaci�n.

-                  Cuando la papeleta impresa por la m�quina de votaci�n dice "PAPELETA DE VOTO INV�LIDO".

Si ocurriera alguna de las circunstancias descritas anteriormente u otra que as� lo justifique a criterio de la JRV, la papeleta sustituida deber� ser separada y colocada en el sobre de �papeletas sobrantes�; adem�s, esa situaci�n deber� registrarse como incidencia en el respectivo Padr�n Registro.

D�cimo. - Motivos de nulidad - Adem�s de los motivos de nulidad se�alados en los art�culos 194 del C�digo Electoral y 39 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Municipales del 4 de Febrero de 2024, ser�n causales de nulidad las siguientes:

-                      Cuando la persona electora vota y al salir del recinto de votaci�n rompe la papeleta para sustraer el CHIP.

-                      Papeleta con la impresi�n de �Papeleta de voto inv�lido� que haya sido depositado en la urna.

-                      Papeleta con informaci�n impresa ilegible.

-                      Cuando la papeleta depositada en la urna no est� impresa.

Und�cimo. - Procedimiento de escrutinio preliminar. -

1.                      Ubicar la m�quina de manera que las personas fiscales puedan ver la pantalla.

2.                      Con la credencial correspondiente, el encargado ingresar� y acercar� el Acta de apertura de la votaci�n al lector del dispositivo para que se carguen los datos de esa junta.

3.                      El encargado deber� seleccionar el m�dulo �Cierre de JRV y escrutinio�.

4.                      Revisar� y actualizar� los datos solicitados para la conformaci�n del Acta de cierre y resultados de la elecci�n.

5.                      Deber� mostrar a los agentes electorales presentes que la m�quina tiene los contadores en cero.

6.                      Iniciar� el conteo de los votos. El encargado deber� leer en voz alta el contenido de la papeleta seg�n el tipo de votaci�n y, de seguido, la pasar� por el lector; se deber� verificar que se haya efectuado la lectura correcta de la papeleta. El sistema mostrar� en pantalla el avance del proceso del conteo.

7.                      Si intenta computar m�s de una vez la misma papeleta, saldr� un mensaje indicando �Papeleta repetida� y, en ese caso, el sistema no contabilizar� esa papeleta repetida.

8.                      Si la papeleta, a pesar de tener el texto impreso, no puede ser le�da, en la pantalla aparecer� en mensaje �Error de lectura�. De ocurrir esto, se deber� separar la papeleta y se clasificar� como �voto para revisi�n�.

9.                      Una vez finalizado el conteo de votos, la presidencia de la JRV seleccionar� la opci�n de confirmar totales, agregar� los votos nulos y los sufragios para revisi�n.

10.  Una vez finalizado el conteo de votos, el encargado deber� elegir la opci�n de imprimir actas y deber� confirmar su intenci�n de imprimir el documento.

11.  Deber� ingresar los formatos en blanco del acta de cierre y resultados de la elecci�n, el mensaje de transmisi�n de datos y la certificaci�n de votos.

12.  En caso de ingresar otro documento el dispositivo lo alertar�.

Duod�cimo. - Agentes electorales de apoyo para la implementaci�n del proyecto.

A efectos de brindar un apoyo, supervisi�n y control directo de las JRV donde se utilizar�n dispositivos electr�nicos de votaci�n, en los respectivos centros de votaci�n, se acreditar�n dos nuevos agentes electorales, a quienes la Administraci�n Electoral le definir� los respectivos roles.

Estas personas ser�n �Encargado (a) T�cnico (a) de Centro de Votaci�n� (una persona funcionaria de planta del TSE) y �Encargado (a) de m�quina de votaci�n�, quienes ser�n personas ciudadanas reclutadas y capacitadas por el programa de Asesores Electorales para que auxilien a las JRV indicadas en este manual y para que colaboren con las personas encargadas t�cnicas de centro de votaci�n.

A las personas Encargadas de m�quina de votaci�n se les reconocer� de la misma forma y por el mismo monto que a los auxiliares electorales destacados en cada JRV; esa retribuci�n lo ser� para cubrir los gastos por concepto de vi�ticos. Estos agentes electorales estar�n sujetos al deber de la neutralidad pol�tica.

D�cimo Tercero. - De los manuales t�cnicos y de capacitaci�n. - En el marco de la implementaci�n de la votaci�n electr�nica se emiten los siguientes manuales espec�ficos: Manual para el Funcionamiento de la M�quina de Votaci�n y Manual para la Instrucci�n de Junta Receptora de Votos.

La Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tica-Institucional los divulgar� oportunamente. H�gase del conocimiento de los partidos pol�ticos. ACUERDO FIRME.

Los se�ores Magistrados Brenes Villalobos y Mannix Arnold salvan el voto y lo emiten en los siguientes t�rminos:

Los suscritos somos respetuosos de la decisi�n adoptada por la mayor�a de este cuerpo colegiado y en forma alguna pretendemos interferir con la adecuada implementaci�n del plan piloto de voto electr�nico, sin embargo, por coherencia y en los mismos t�rminos expresados en nuestro voto salvado del art�culo �nico de la sesi�n extraordinaria n.� 90-2023 del 2 de octubre de 2023, reiteramos: �Los suscritos magistrados Mary Anne Mannix Arnold y Luis Diego Brenes Villalobos coincidimos en la aprobaci�n del Plan General de las Elecciones 2024, salvo en lo referido a la implementaci�n del plan piloto para el voto electr�nico. Si bien respetamos la decisi�n del Tribunal adoptada en el Decreto n.� 9-2023, aprobada en sesi�n n.� 70-2023 del 3 de agosto del 2023, y seg�n lo hemos expuesto, en mayor detalle, ante el propio Pleno del Tribunal, considerando razones operativas, presupuestarias, de oportunidad pol�tica, la tercerizaci�n de servicios y la administraci�n de confianza consustancial a la labor de estos organismos electorales, nos oponemos a la implementaci�n de ese plan piloto y en su respecto salvamos el voto. Aclaramos que nuestra oposici�n lo es, en concreto, al voto electr�nico propuesto, no as� a otros avances y apoyos tecnol�gicos que permitan un mejor desempe�o del proceso electoral, por ejemplo, la identificaci�n biom�trica en el registro inicial de electores, entre otros.�. Por lo expuesto, no concurrimos con la aprobaci�n de los instrumentos jur�dicos que hoy se someten a conocimiento del pleno y salvamos el voto.

A las diecisiete horas y veinticuatro minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold