ACTA N.� 20-2023

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las catorce horas y veinte minutos del siete de marzo de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Buenas tardes. Como �nica excepci�n, hab�amos acordado sostener la sesi�n ordinaria de hoy de tarde, porque ten�amos la actividad de conmemoraci�n del D�a Internacional de la Mujer en el Poder Judicial. Nos hab�a invitado la Secretaria de G�nero. De manera que esa es la raz�n por la cual y nada m�s, en algunas ocasiones especiales, alteramos la hora de sesi�n.�

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorporan a la sesi�n los siguientes asuntos:

��� Correcciones a lo dispuesto en relaci�n con los informes t�cnicos MRC-10, Estudio Administrativo Integral de la Secci�n de An�lisis y MRC-11, Estudio Administrativo Integral del Departamento Electoral.

��� Informe de avance n.�1 de la Comisi�n Interdisciplinaria de la Implementaci�n de la Ley Marco de Empleo P�blico.

��� Consulta legislativa del proyecto de �Ley para fortalecer los mecanismos de protecci�n de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia en la pol�tica mediante una reforma y adici�n a la Ley n.� 10.235 de 17 de mayo de 2022�, expediente n.� 23.443.

��� Informe sobre la posibilidad de efectuar un nombramiento en propiedad de una funcionaria que a�n no concluye el periodo de prueba.

��� Consulta legislativa del proyecto de �Ley que declara el 30 de julio de cada a�o como el D�a Nacional del Primer Voto Femenino en Costa Rica�, expediente n.� 23.549.

��� Lineamientos para la entrada en vigencia de la �Ley Marco de Empleo P�blico�.

��� Consulta de nombramientos en propiedad de Oficinistas 1 en distintas unidades administrativas.

��� Consulta de nombramiento interino en la Secretar�a General del TSE y de pr�rrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas.

��� Consulta de resoluci�n de ascenso en propiedad en la Contralor�a Electoral.

��� Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas.

c) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 19-2023.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud para dejar sin efecto nombramientos en propiedad en plazas de Oficinista 1. De la se�ora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1158-2023 del 1� de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-1129-2023 de fecha 27 de febrero 2023, este departamento someti� a consideraci�n del Superior 4 n�minas para nombramientos en propiedad en plazas de Oficinista 1 de la clase Asistente Administrativo 1, destacadas en diferentes unidades administrativas de la instituci�n, las cuales fueron conocidas y aprobados en sesi�n ordinaria n.� 18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023 y comunicado mediante oficio STSE-0500-2023 de misma data.

No obstante, mediante correos electr�nicos recibidos en el buz�n de este departamento el d�a 1 de marzo de 2023 al ser las 8:02 am y 9:34 am, remitidos por las se�oras Jacqueline Chaves Sancho [sic] y Sonia Cristina Ramos Mora, adjuntan notas mediante las que expresan los motivos por los cuales solicitan dejar sin efecto los nombramientos en propiedad consignados en las plazas n.� 104995 y 382429, destacadas en el Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Registro de Partidos Pol�ticos respectivamente, con rige a partir del 1 de marzo de 2023, es importante mencionar que por tratarse de funcionarias destacadas en Oficina Regional el original de la nota no ha ingresado.

Las funcionarias solicitan la declinaci�n argumentando que est�n en espera que se nombren en propiedad los puestos de Asistente en Servicios Regionales (Asistente Funcional 3) concurso interno en el cual seg�n comunicado oportunamente se encuentran elegibles y considerando los factores de oportunidad y conveniencia, suscitan la solicitud realizada.

En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeci�n, se solicita dejar sin efecto la gesti�n realizada y comunicada mediante oficio STSE-0500-2023 para los nombramientos en propiedad a favor de las se�oras Chaves Sancho y Ramos Mora, dicha solicitud puede encontrar su asidero en el art�culo 30 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, en donde se exponen los motivos de exclusi�n de un registro de elegibles, entre los que est� el indicado en el inciso g) que la letra se lee as� � La declinaci�n de un nombramiento en propiedad que se ofrezca para ocupar un puesto, salvo que la persona interesada presente justificaci�n que, a juicio del Departamento de Recursos Humanos, le permita mantener su posici�n dentro del Registro�, por cuanto� las razones expuestas en sus notas pudieran considerarse justificables.".

Se dispone: Dejar sin efecto los indicados nombramientos, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud para dejar sin efecto nombramiento en propiedad de Oficinista 1. De la se�ora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1162-2023 del 2 de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-1129-2023 de fecha 27 de febrero 2023, este departamento someti� a consideraci�n del Superior 4 n�minas para nombramientos en propiedad en plazas de Oficinista 1 de la clase Asistente Administrativo 1, destacadas en diferentes unidades administrativas de la instituci�n, las cuales fueron conocidas y aprobados en sesi�n ordinaria n.� 18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023 y comunicado mediante oficio STSE-0500-2023 de misma data.

No obstante, mediante nota presentada ante este despacho, el d�a 2 de marzo de 2023, el se�or Luis Diego Achoy Padilla, expresa los motivos por los cuales solicita dejar sin efecto el nombramiento en propiedad consignado en la plaza n.� 382353, destacada en la Direcci�n General del Registro Electoral, con rige a partir del 1� de marzo de 2023.

El funcionario solicita la declinaci�n argumentando que� posee m�s de dos a�os desempe�ando el puesto interinamente de Profesional Asistente en Comunicaci�n 2 y que de conformidad con la solicitud realizada por el departamento de comunicaci�n que se realice concurso interno para el puesto que el desempe�a, tiene intenci�n de aplicar en cuanto salga publicado, finaliza indicando que en materia salarial al cambiar de una plaza profesional a una de oficinista 1 no podr�a sufragar los actuales compromisos y responsabilidades.

En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeci�n, se solicita dejar sin efecto la gesti�n realizada y comunicada mediante oficio STSE-0500-2023 para los nombramientos en propiedad a favor de las se�oras Chaves Sancho y Ramos Mora [sic], dicha solicitud puede encontrar su asidero en el art�culo 30 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, en donde se exponen los motivos de exclusi�n de un registro de elegibles, entre los que est� el indicado en el inciso g) que la letra se lee as� �La declinaci�n de un nombramiento en propiedad que se ofrezca para ocupar un puesto, salvo que la persona interesada presente justificaci�n que, a juicio del Departamento de Recursos Humanos, le permita mantener su posici�n dentro del Registro�, por cuanto� las razones expuestas en sus notas pudieran considerarse justificables.".

Se dispone: Dejar sin efecto el indicado nombramiento, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Vacaciones de Semana Santa. Se dispone: Con motivo de las celebraciones de la Semana Santa, se establece el disfrute general de vacaciones para los funcionarios de estos organismos electorales los d�as 3, 4 y 5 de abril de 2023. De conformidad con lo anterior, se laborar� hasta el viernes 31 de marzo y se reiniciar�n labores el martes 11 de abril -en virtud adem�s del feriado-. Se except�a de lo anterior a los funcionarios de la Oficina de Seguridad Integral necesarios para resguardar los bienes e instalaciones de estos organismos electorales, as� como a los que sean necesarios para el adecuado mantenimiento de los equipos y sistemas institucionales y en general, a los que, a criterio de los Directores institucionales, deban prestar sus servicios durante tales fechas. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas con la difusi�n del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.

D) Informe sobre la posibilidad de efectuar un nombramiento en propiedad de una funcionaria que a�n no concluye el periodo de prueba. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-94-2023 del 6 de marzo de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023, rinde informe a la posibilidad de efectuar un nombramiento en propiedad de una funcionaria que a�n no concluye el periodo de prueba como interina en la misma plaza y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"4. Conclusi�n.

Con fundamento en lo dicho anteriormente, se concluye que no existir�a impedimento para nombrar en propiedad a una persona que no ha finalizado el plazo del periodo de prueba en condici�n interina, ya sea en la misma plaza o en otra diferente, salvo que en la especie se trate de un ascenso de una clase a la inmediata superior, el cual, a la luz del art�culo 35 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, no se podr�a acordar si la persona no hubiere cumplido con el per�odo de prueba de tres meses en su puesto base.

Con respecto a la utilizaci�n del registro de elegibles que indica el Departamento de Recursos Humanos est� disponible, siendo que este fue elaborado para atender las necesidades de otra unidad administrativa, ser� el jerarca como decisor, quien, dentro de su �mbito discrecional, determine hacer nombramientos en propiedad utilizando otros mecanismos jur�dicamente viables, a partir de las propuestas que eleven el Director y Secretario Generales.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el informe, cuya conclusi�n se acoge. ACUERDO FIRME.

E) Consulta de nombramientos en propiedad de Oficinistas 1 en distintas unidades administrativas. De los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� STSE-0570-2023 del 6 de marzo de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Dado que existe al efecto registros de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.� RH-1178-2023 del Departamento de Recursos Humanos, nos permitimos someter a su consideraci�n las siguientes ternas, de la cuales proponemos nombrar en propiedad, a partir de la firmeza del acuerdo, a quienes figuran en el primer lugar de cada una de ellas:

Terna

1.- Lincy Acu�a Arce

2.- Lilliana Mar�a Gonz�lez Gonz�lez

3.- Carolina Isabel Chavarr�a Campos

Puesto en el que se propone nombrar

45733, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento Electoral

 

Terna

1.- Lilliana Mar�a Gonz�lez Gonz�lez

2.- Carolina Isabel Chavarr�a Campos

3.- Zeidy de los �ngeles Chavarr�a Quesada

Puesto en el que se propone nombrar

45770, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 de la Secci�n Documentos de Identidad

 

Terna

1.- Carolina Isabel Chavarr�a Campos

2.- Zeidy de los �ngeles Chavarr�a Quesada

3.- Mar�a Gabriela Molina Garc�a

Puesto en el que se propone nombrar

382353, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 de la Direcci�n General del Registro Electoral

 

Terna

1.- Zeidy de los �ngeles Chavarr�a Quesada

2.- Mar�a Gabriela Molina Garc�a

3.- Daniela Natalia G�mez Ja�n

Puesto en el que se propone nombrar

382429, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Registro de Partidos Pol�ticos

 

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1. Incorporar al orden del d�a. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

F) Consulta de nombramiento interino en la Secretar�a General del TSE y de pr�rrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� STSE-0572-2023 del 6 de marzo de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n a lo solicitado por las respectivas jefaturas, seg�n lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en sus oficios n.� RH-1174-2023 y RH-1182-2023 y de conformidad con lo estipulado en el art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobaci�n de lo siguiente:

1.- Del nombramiento interino que se detalla a continuaci�n:

No

Persona

�Propuesta

Dependencia y N� de Oficio solicitud de nombramiento interino �

N�mero, Clase, nombre del Puesto actual y Dependencia

N�mero, Clase, nombre del Puesto al que se le propone y Dependencia

 

Condici�n de la plaza

Fecha propuesta

de rige

Observaciones

1

Luis �ngel Rosales Rojas

Secretar�a General del Tribunal Supremo de Elecciones

 

STSE-0450-2023

45422

-Profesional Asistente 1,

-Encargado de la Unidad de Recepci�n y Mensajer�a,

-Plaza de cargos fijos.

-Secretar�a General del TSE

353730,

-Profesional Ejecutor 3

- Profesional en expedientes registrales civiles

-Plaza de cargos fijos interina

- Secretar�a General del TSE

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario

A partir de la firmeza del acuerdo y hasta el 30 de abril de 2023 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero.

Labora para la instituci�n desde el 1� de octubre de 2009

 

2.- La aprobaci�n de las pr�rrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuaci�n:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

N�MERO Y CLASE

DEL PUESTO

    1.   Rita Gamboa Masis

Secci�n de Documento de Identidad

76390, Asistente Funcional 3

    2.   Ronald Fabi�n Barrantes Villalobos

Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura

349942, Profesional Asistente 1

    3.   Carlos Rolando Calder�n Chavarr�a

Secci�n de Actos Jur�dicos

86326, Asistente Funcional 3

    4.   Geovanna Ventura Quir�s Barrantes

Secci�n de Actos Jur�dicos

104985, Asistente Funcional 2

    5.   Diana Mar�a Garc�a Soto

Secci�n de Archivo

97577, Asistente Funcional 2

    6.   Adriana Pacheco Madrigal

Secretar�a General del Tribunal

45420, Ejecutivo Funcional 1

    7.   Mar�a Amelia Guti�rrez Espinoza

Secretar�a General del Tribunal

368529, Ejecutivo Funcional 1

    8.   Mariela Valverde Solano

Secretar�a General del Tribunal

93970, Profesional en Gesti�n 2

    9.   Minor Antonio Solano Chac�n

Secci�n de Servicios Generales

45950, Auxiliar Operativo 2

   10.  Samuel Vindas Chaverri

Secci�n de Archivo

97661, Asistente Funcional 2

   11.  Mario Alberto Gudi�o Uma�a

Departamento de Contadur�a

361350, Ejecutivo Electoral 1

   12.  Jefferson Bernardo Vargas Salas

Direcci�n Ejecutiva

99732, Ejecutivo Electoral 1

   13.  Abraham Paniagua Gonz�lez

Departamento de Contadur�a

45436, Profesional Funcional 1

   14.  Marlon Araya Dur�n

Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura

45450, Asistente Funcional 1

   15.  Henry Rafael Valerio Santamar�a

Oficina de Seguridad Integral

45574, Auxiliar Operativo 2

   16.  Ronny Alexander Jim�nez Padilla

Departamento Legal

45478, Ejecutivo Electoral 1

   17.  Lucrecia Mora Mar�n

Departamento de Proveedur�a

45445, Profesional Funcional 1

   18.  Herminda Morales Arroyo

Departamento de Proveedur�a

93960. Profesional en Gesti�n 1

   19.  Orlando Gabriel Campos Centeno

Secci�n de An�lisis

45801, T�cnico Funcional 2

   20.  V�ctor Julio Rivera P�rez

Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales

45732, Asistente Funcional 1

   21.  Juan Pablo Salguero L�pez

Inspecci�n Electoral

45743, Profesional Funcional 2

   22.  Arlyn Marcela Barquero Rojas

Inspecci�n Electoral

86298, Profesional Ejecutor 3

   23.  Nidia Rebeca Mart�nez Peraza

Direcci�n General del Registro Civil

97464, Profesional Ejecutor 3

   24.  Karla Mendoza Quir�s

Secci�n de Opciones y Naturalizaciones

45688, Profesional Ejecutor 3

   25.  Freddy Pizarro L�os

Oficina Regional De Liberia

76410, T�cnico Funcional 2

   26.  Randall Gabriel Alp�zar Mu�oz

Inspecci�n Electoral

45701, Profesional Ejecutor 3

   27.  Sirlene Adriana V�quez Valverde

Secci�n de An�lisis

45804, T�cnico Funcional 2

   28.  Melissa Bagnarello Chaves

Secretar�a General del Tribunal

97503, Ejecutivo Funcional 1

   29.  Jos� Manuel Rojas Ram�rez

Secretar�a General del Tribunal

101884, Profesional en Gesti�n 2

   30.  Randall Alfonso Mar�n Badilla

Inspecci�n Electoral

93956, Profesional Funcional 2

   31.  Laura Sequeira Cort�s

Inspecci�n Electoral

104976, Profesional Ejecutor 3

   32.  Ana Cristina Ram�rez Le�n

Secci�n de Inscripciones

45633, Asistente Funcional 3

   33.  Jos� Manuel Mes�n Morales

Secci�n de Infraestructura

45482, T�cnico Funcional 1

   34.  Alexandra Mej�a Rodr�guez

Oficina Regional de San Ram�n

76407, Asistente Funcional 3

   35.  William Fabricio Ruiz Mu�oz

Oficina Regional de P�rez Zeled�n

45622, Asistente Funcional 3

   36.  Jonathan Chinchilla Chaves

Oficina Regional de San Carlos

46154, Asistente Funcional 3

   37.  Cristhian Morera Corrales

Oficina Regional de Coto Brus

45903, Asistente Funcional 3

   38.  Diego Armando �lvarez Jim�nez

Oficina Regional de San Ram�n

45645, Asistente Funcional 3

   39.  Noelia Morales Varela

Oficina Regional de Cartago

45456, Asistente Funcional 2

   40.  Carmen Adalie Brown Salazar

Departamento Electoral

101922, Asistente Administrativo 1

   41.  Bladimir Andrey Rivera Rodr�guez

Oficina de Seguridad Integral

90230, Auxiliar Operativo 2

   42.  Jessica Mar�a Garc�a D�az

Departamento de Financiamiento de Partidos pol�ticos

361380, T�cnico Funcional 2

   43.  Virginia M�ndez �lvarez

Secci�n de Personalizaci�n y Distribuci�n de Documentos de Identidad

45794, Asistente Funcional 2

   44.  Brayner Alban Chac�n Madrigal

�� 16-Mar al 31-Mar de 2023

Secretar�a General del Tribunal

45775, Asistente Administrativo 1

 

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Nombrar conforme se propone en el punto 1, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. 3.- Prorrogar conforme se solicita en el punto 2, con la observaci�n seg�n la cual eventuales nuevas pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

G) Consulta de resoluci�n de ascenso en propiedad en la Contralor�a Electoral. De los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resoluci�n n.� 0030-STSE-2023 de las ocho horas del siete de marzo de dos mil veintitr�s, mediante la cual literalmente manifiestan:

"Los suscritos Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones y Director General del Registro Civil, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 13 y 14 de nuestra Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, consider�ndolo oportuno para un mejor servicio p�blico, dispongo efectuar el ascenso en propiedad de la funcionaria Olga Marta Mart�nez Rojas, en la plaza 45455, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios Administrativos 3, Contralor�a Electoral, a partir de la firmeza del acuerdo.

Cons�ltese al Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de pr�rroga para rendir informe de advertencia. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-0562-2023 del 3 de marzo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.� 18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023, el Tribunal Supremo de Elecciones encarg� a esta Secretar�a General, en un plazo de tres d�as h�biles, la atenci�n de la advertencia formulada por la Auditor�a Interna, respecto de las grabaciones en video de las sesiones del Pleno.

Al respecto, a partir de ese encargo, esta Secretar�a General ha procurado la atenci�n de los aspectos indicados por la Auditor�a Interna en su informe, consultando aspectos t�cnicos modulares y atendiendo de inmediato algunas de sus recomendaciones, siempre en cumplimiento de la normativa que obliga a dichas grabaciones y a procurar la eficiencia en la atenci�n de la gesti�n administrativa del Tribunal.

Sin embargo, en atenci�n a las condiciones sensibles a que se refiere lo informado y por la necesidad de escuchar las consultas formuladas, me permito solicitar respetuosamente al Tribunal una pr�rroga del plazo concedido y que as� sea comunicado a esa Auditor�a Interna.".

Se dispone: Conceder la pr�rroga conforme se solicita. H�gase del conocimiento de la Auditor�a Interna y del Consejo de Directores.� ACUERDO FIRME.

B) Correcciones a lo dispuesto en relaci�n con los informes t�cnicos MRC-10, Estudio Administrativo Integral de la Secci�n de An�lisis y MRC-11, Estudio Administrativo Integral del Departamento Electoral. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-0572-2023 del 2 de marzo de 2023, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 6 de marzo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos administrativos correspondientes y en funci�n de los tr�mites subsiguientes como las resoluciones CLAYVA, entre otros, hago del conocimiento de esa Secretar�a los siguientes aspectos, con el fin de que se apliquen las correcciones que se estimen pertinentes.

1.- Acuerdo adoptado en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 12-2023, celebrada el 9 de febrero de 2023 y comunicado en oficio STSE-0303-2023 de misma fecha, relativo al Informe T�cnico MRC-10 Estudio Administrativo Integral de la Secci�n de An�lisis oficio DE-3391-2022 del 26 de octubre de 2022 y oficio DE-4057-2022 del 21 de diciembre de 2022.

Con respecto a la plazas n.� 45702 y n.� 45748: el Superior dispuso en el acuerdo supra indicado reclasificarlas a la clase Profesional Ejecutor 3, no obstante tanto en el informe rendido por esta Direcci�n Ejecutiva y en el propio acuerdo, se indica que las plazas en cuesti�n se encontraban vacantes, raz�n por la cual, lo que procede en este caso, es aplicar el mecanismo de transformaci�n, que seg�n el Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil en su Cap�tulo I sobre Disposiciones Generales y Art�culo 1, indica: �Por "Transformaci�n", acto administrativo mediante el cual, previo estudio administrativo de la Direcci�n Ejecutiva y criterio t�cnico del Departamento de Recursos Humanos, se modifican las tareas y clasificaci�n de un puesto vacante o que no tenga un nombramiento en propiedad. Notas: Reformado el art�culo 1 por el Decreto n.� 10-2017 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en el Alcance n.� 220 a La Gaceta n.� 173 del 12 de setiembre de 2017. Reformado el concepto de �persona meritoria� del art�culo 1por el Decreto n.� 3-2019 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en La Gaceta n.� 64 del 01 de abril de 2019.�.

2.- Acuerdo adoptado en el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.� 18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023, comunicado mediante oficio STSE-0485-2023 de misma fecha, relativo al Informe T�cnico MRC-11 Estudio Administrativo Integral del Departamento Electoral seg�n oficio DE-3881-2022 de fecha 8 de diciembre de 2022.

Con respecto a la plaza n.� 45733: la Direcci�n Ejecutiva en el Informe MRC-11, en anexo 10 espec�ficamente en Tabla sobre socializaci�n de resultados, realiz� la siguiente anotaci�n: �Procede para esta observaci�n en particular referirse a lo expuesto en T�tulo 4.1 del informe, en el cual se expone con meridiana claridad que la condici�n de incumplimiento de requisitos de la persona propietaria de la plaza n.� 45733, se mantiene. Esto inclusive superadas algunas consultas y adiciones coordinadas con la Direcci�n General del Registro Civil.�. El subrayado es propio.

Asimismo, en el cuerpo del Informe MRC-11, espec�ficamente en la p�gina 66 se consign� lo siguiente: �no result� posible dar curso a lo pretendido por el Departamento Electoral, en punto a disponer de la plaza 45733 para suplir la necesidad de un recurso de apoyo legal para esa dependencia a ubicarse en la clase Profesional en Gesti�n 2, como Profesional en Derecho 2. Por lo que se recomendar� que la dotaci�n del recurso de apoyo legal para ese departamento, est� supeditada a que la Direcci�n General del Registro Civil, facilite otra plaza para que pueda asumir estas labores, en el entendido de que durante el proceso de estudio se confirm� la conveniencia de suplir tal recurso y que forme parte de la estructura ocupacional que finalmente se recomendar� (ver figura 13 - organigrama final de puestos).�.

Se desprende de lo anterior, que el criterio vertido por la Direcci�n Ejecutiva en su oportunidad sea, oficio DE-3881-2022 de fecha 8 de diciembre de 2022, fue correcto.

Posteriormente, en sesi�n ordinaria n.� 11-2023, celebrada el 7 de febrero de 2023, comunicada mediante oficio STSE-0287-2023 de misma fecha, el Tribunal conoci� renuncia de la servidora Laura Priscilla Cascante Calder�n a su plaza en propiedad n.� 45733, acci�n que modific� la condici�n de dicha plaza al quedar vacante y por consiguiente, habilit� la posibilidad de que fuese considerada para los fines pretendidos seg�n la propuesta originalmente planteada en el Informe MRC-11, es decir, dotar al Departamento Electoral de un recurso de apoyo legal a ubicarse en la clase Profesional en Gesti�n 2 con la nomenclatura Profesional en Derecho 2.

Con fundamento en lo expuesto, respetuosamente se aclara que, para este escenario no aplica el apartarse del criterio de este Despacho, en su lugar ser�a, el acordar la transformaci�n de la plaza supra indicada por encontrarse vacante y suplir as� de un recurso de apoyo legal para el Departamento Electoral, en correspondencia con lo recomendado por la Direcci�n Ejecutiva, en el sentido de que la dotaci�n de dicho recurso se estimaba conveniente y necesaria.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por hechas las aclaraciones a las que se refiere la se�ora Directora Ejecutiva, las cuales se aprueban. ACUERDO FIRME.

C) Informe de avance n.�1 de la Comisi�n Interdisciplinaria de la Implementaci�n de la Ley Marco de Empleo P�blico. De la se�ora Sandra Mora Navarro, en su condici�n de Coordinadora de la Comisi�n Interdisciplinaria de la Implementaci�n de la Ley Marco de Empleo P�blico, se conoce oficio n.� CEP-0033-2023 del 6 de marzo de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe de avance n.�1 de esa Comisi�n, en el que expone con detalle las actividades de los equipos de trabajo conformados para la implementaci�n de la normativa indicada.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el informe, el cual esa misma Comisi�n divulgar� oportunamente. ACUERDO FIRME.

D) Lineamientos para la entrada en vigencia de la �Ley Marco de Empleo P�blico�. De las se�oras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, e Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, y de los se�ores Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, y Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE, se conoce oficio n.� DE-0603-2023 del 6 de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En virtud de que el pr�ximo 10 de marzo del a�o en curso entrar� en vigencia la �Ley Marco de Empleo P�blico�, consideramos pertinente recomendar al Tribunal Supremo de Elecciones varios lineamientos para su implementaci�n y, de mayor relevancia, para no entorpecer el funcionamiento de la instituci�n.

Las leyes, seg�n el art�culo 129 de la Constituci�n Pol�tica, surten efectos desde el d�a que ellas designen, reconociendo -el constituyente- la posibilidad de que el legislador ordinario introduzca cl�usulas que difieran, en el tiempo y la eficacia de las normas. La forma t�pica de hacer esa postergaci�n es fijando un plazo que va desde la promulgaci�n hasta una fecha cierta en la que, por regla de principio, el ordenamiento jur�dico, la institucionalidad y, en general, los habitantes estar�n listos para la implementaci�n de las nuevas reglas.

La vacatio legis, entendida como ese per�odo intersticial entre la publicaci�n del cuerpo legal y su entrada en vigor, supone un lapso para que se realicen los ajustes necesarios en las instituciones y en las din�micas p�blicas y privadas para poder afrontar, de la mejor manera, los novedosos preceptos normativos.

La Ley Marco de Empleo P�blico (ley n.� 10.159) estableci� una puesta en pr�ctica escalonada, seg�n la cual el grueso de las normas empezar� a surtir efectos doce meses despu�s de su aparici�n en el Diario Oficial, pero, tambi�n, se previeron otras vacancias como las previstas en los transitorios I, II, IV, V, VI, VII y IX que, valga decir, se computan con base en la citada �entrada en vigencia� y no con la publicaci�n. En esencia, la nueva legislaci�n tendr� plena eficacia hasta marzo de 2024, habida cuenta que, en ese momento, terminan las vacancias en temas como la forma de reclutamiento y selecci�n del personal.

Un punto importante por tomar en consideraci�n es que la referida ley estableci� que entrar�a en vigencia sin que hubiera llegado el t�rmino para que el Poder Ejecutivo la reglamentara; de hecho, el plazo para que ese titular p�blico norme empieza a computarse con la puesta en vigor. Puntualmente, el transitorio I de la ley en comentario se�ala: �El reglamento de esta ley deber� emitirse en el plazo m�ximo de seis meses posteriores a su entrada en vigencia.�.

En la doctrina del Derecho Administrativo, los llamados Reglamentos de Ejecuci�n son actos administrativos de alcance general que se emiten, en nuestro pa�s, con ocasi�n de la potestad otorgada al Presidente de la Rep�blica y al Ministro del ramo (Poder Ejecutivo en sentido estricto), seg�n el numeral 140.18 constitucional. Esa labor reglamentaria, como se sabe, es fundamental para precisar aspectos que, en la ley, han quedado indeterminados o que requieren de un desarrollo m�s profuso para su operacionalizaci�n.

De acuerdo con el plazo legalmente otorgado, la Presidencia de la Rep�blica tiene hasta setiembre pr�ximo para promulgar las normas reglamentarias sobre empleo p�blico, preceptos que, pese a gozar el Tribunal Supremo de Elecciones de independencia constitucional (numeral 9 del texto pol�tico fundamental), deber�n aplicarse, en lo conducente, en la instituci�n. Al haber se�alado la Sala Constitucional, en la sentencia n.� 2872-2022, que a los �rganos constitucionales les aplican las reglas generales de la Ley Marco, las pautas reglamentarias que las complementan tambi�n deben tomarse como fuente de derecho.

Ese panorama de normas con diferentes momentos de vigencia y la inexistencia del Reglamento de Ejecuci�n hacen que, si no se toman acciones transitorias, se pueda incurrir en una inobservancia de la Ley Marco, pero, de gran relevancia, se afectar�an principios cardinales como el de continuidad del servicio p�blico y, a su vez, se atentar�a contra el Inter�s P�blico; tambi�n, a menos de un a�o de los comicios municipales, es ineludible asegurar el �xito de las elecciones, lo cual, en mucho, se basa en una correcta gesti�n del capital humano, por el cual se alcanzan los compromisos de esta instituci�n.

En consecuencia, ante la entrada en vigor de la Ley Marco de Empleo P�blico el pr�ximo 10 de marzo de 2023, se recomienda al Tribunal:

1. Mantener los mecanismos actualmente vigentes �nicamente para los nombramientos interinos en la instituci�n, seg�n el marco normativo institucional que ha venido regulando esas designaciones. La Ley Marco de Empleo P�blico estableci�, entre otras, un plazo de un a�o (contado a partir de su entrada en vigor) para que se dise�en los instrumentos y pruebas t�cnicas por aplicar en los nuevos concursos de oposici�n. Durante ese lapso, se suscitar�n vacantes que deben ser llenadas en aras de mantener el servicio p�blico, por lo que no es posible �congelar� los movimientos del personal. Una vez dise�ados y aprobados los instrumentos, se iniciar� con la armonizaci�n de los procedimientos para el adecuado reclutamiento y selecci�n de personal que prescribe la ley; eso s�, a tenor de lo dispuesto por el legislador, ese cambio deber� estar listo a m�s tardar el 9 de marzo de 2024.

2. Determinar que, si esos movimientos de personal ocurren antes de que la Direcci�n Ejecutiva realice -en el plazo m�ximo de un mes- los estudios t�cnicos necesarios para que se sugiera un �salario global transitorio�, la remuneraci�n que devengar� la persona funcionaria durante ese per�odo ser� el equivalente al esquema de salario compuesto pero a modo de �salario global transitorio�. En todo caso, una vez aprobada la nueva columna salarial global, las personas nombradas a partir de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo P�blico, deber�n ser trasladadas y remuneradas conforme a esta.

3. Disponer que, hasta tanto no se promulgue un Reglamento de Ejecuci�n de la Ley Marco de Empleo P�blico o no se cuente con un criterio de la Procuradur�a General de la Rep�blica sobre el particular, aquellas personas que se encuentren en un puesto m�s alto que aquel en el que tienen propiedad, de tener que regresar a la plaza de la que son propietarios, no migrar�n al esquema de salario global. En ese supuesto, mantendr�n seg�n corresponda, su salario compuesto, siendo que cuando esas personas colaboradoras, resultaron nombradas en propiedad, el acto de designaci�n en el puesto espec�fico se hizo con una remuneraci�n compuesta.�

4. Mantener, hasta tanto no se promulgue un Reglamento de Ejecuci�n de la ley o no se tenga el salario global transitorio, el procedimiento y forma de pago de los recargos y sustituciones, de forma tal que no se entienda el reemplazo temporal del titular del puesto como una �promoci�n� que obliga a sujetarse al esquema de salario global. Lo anterior por cuanto al no haberse emitido el citado reglamento, a�n no hay claridad acerca de c�mo operar�n esas figuras (sustituciones temporales). Cuando, por ejemplo, una jefatura se encuentra de vacaciones, en licencia, con permiso, incapacitada o, por alguna otra raz�n, es decir, impedida de desempe�ar sus funciones, es fundamental que sea sustituida para que la Administraci�n, por intermedio del reemplazo, pueda seguir operando y pueda continuar con la funci�n p�blica, de emitir actos administrativos estrechamente vinculados a los servicios que presta la instituci�n y a la organizaci�n, direcci�n y vigilancia de los actos relativos al sufragio. T�mese en consideraci�n que las erogaciones por pago de recargos y sustituciones fueron presupuestas con el esquema previo a la ley en comentario (lo cual, adem�s, fue aprobado en la Ley de Presupuesto 2023), con lo que no se estar�a inobservando el Principio de Legalidad Presupuestaria.

5. Calificar como �salario global transitorio� el salario �nico previsto para las plazas temporales que, con ocasi�n de los comicios municipales 2024, pr�ximamente deber�n ser llenadas. Con base en lo presupuestado en el rubro �remuneraciones� para el ejercicio econ�mico 2023, no ser�a posible aplicar un c�lculo distinto para el pago de los salarios de esos funcionarios.

6. Reconocer que los concursos iniciados antes de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo P�blico se regir�n por las reglas anteriores, lo cual incluye la adjudicaci�n de la plaza, a quien corresponda, con el r�gimen de remuneraci�n antiguo, ello sin perjuicio de criterio contrario emitido con posterioridad por autoridad p�blica con car�cter vinculante.

7. Establecer que las designaciones de las actuales Direcciones Generales, como cargos calificados de �alta direcci�n p�blica�, lo son a plazo indefinido y est�n sujetas al r�gimen de nombramiento de confianza (seg�n acuerdo adoptado en la sesi�n n.� 19-2023), a tenor de lo que establece el p�rrafo segundo del art�culo 18 de la Ley Marco de Empleo P�blico.� En esta l�nea, se except�a a la Direcci�n General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia cuyo actual titular est� nombrado en propiedad.

8. Recordar a la Inspecci�n Electoral y a los Directores institucionales que, seg�n lo dispuesto en el p�rrafo final del art�culo 21 de la Ley Marco de Empleo P�blico, en la instituci�n se mantienen invariables los lineamientos procesales relacionados con la aplicaci�n del r�gimen disciplinario.

9. Aplicar, desde el pr�ximo 10 de marzo, el tope de vacaciones, las licencias (y su duraci�n) y los permisos establecidos en los art�culos 38 a 42 de la citada Ley Marco, pese a que el Reglamento Aut�nomo de Servicios no se encuentre reformado; al estar previstas -tales disposiciones- en una fuente con mayor entidad normativa que nuestro reglamento, deben ejecutarse conforme a lo dispuesto por el legislador.

Reiteramos al Tribunal la importancia de generar un r�gimen regulatorio de transici�n a fin de no poner en riesgo la prestaci�n de los servicios p�blicos que brinda la instituci�n, recomendamos acoger las sugerencias que se hacen en este documento.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se recomienda en cada caso, con las siguientes observaciones para las recomendaciones que se conocen:

Respecto de la recomendaci�n 1, agr�guese lo siguiente: Adicionalmente a lo indicado, se seguir�n tramitando con los mecanismos vigentes, los nombramientos en propiedad. El transitorio V de la Ley Marco de Empleo P�blico no resuelve qu� ocurre con aquellos funcionarios que, pese a no estar en un registro de elegibles, no son de nuevo ingreso, omisi�n que produce una laguna (ante la inexistencia del Reglamento de Ejecuci�n de la Ley) que debe ser llenada acudiendo a los Principios Generales de Derecho, como el de Plenitud Herm�tica.

El numeral 192 de la Constituci�n Pol�tica establece, como una garant�a del empleo p�blico, la estabilidad de los funcionarios, situaci�n que, adem�s, debe procurarse a partir de los componentes del Principio Protector (regente en materia laboral), seg�n los cuales deben buscarse la norma y la situaci�n m�s favorable al trabajador.

La existencia de un plazo de doce meses para que la Administraci�n adecue sus procesos de reclutamiento y selecci�n de personal (transitorio V) no puede interpretarse de forma que se entienda como un impedimento para que, mientras no se aprueben los nuevos lineamientos internos, se realicen designaciones en propiedad. Por el contrario, en ese lapso, atendiendo a los referidos principios, debe aplicarse una ultraactividad de las antiguas reglas en aras de viabilizar nombramientos del referido tipo (en propiedad), como forma de garantizar la continuidad del servicio p�blico y la seguridad laboral de los servidores de la instituci�n.

Respecto de la recomendaci�n 3, se leer� como se indica a continuaci�n: Disponer que las personas que se encuentren en un puesto m�s alto que aquel en el que tienen propiedad, de tener que regresar a la plaza de la que son propietarios, no migrar�n al esquema de salario global. En ese supuesto, mantendr�n seg�n corresponda, su salario compuesto, siendo que cuando esas personas colaboradoras, resultaron nombradas en propiedad, el acto de designaci�n en el puesto espec�fico se hizo con una remuneraci�n compuesta.

Respecto de la recomendaci�n 6, se leer� como se se�ala a continuaci�n: Reconocer que los concursos iniciados antes de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo P�blico se regir�n por las reglas anteriores, lo cual incluye la adjudicaci�n de la plaza, a quien corresponda, con el r�gimen de remuneraci�n antiguo.

Adem�s de las recomendaciones del informe que se conoce, tambi�n se dispone suspender, por los pr�ximos tres meses, la aplicaci�n de la regla dispuesta en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 77-2019 del 13 de agosto de 2019, seg�n la cual no es posible realizar nombramientos interinos o en propiedad si no se tiene aprobado el perfil del puesto.

En situaciones ordinarias, es lo propio aguardar a la definici�n de las tareas espec�ficas de la plaza, para designar en ella a un servidor; sin embargo, actualmente se est� ante un contexto sociojur�dico particular que impone medidas excepcionales, con tal de garantizar la continuidad en la prestaci�n del servicio p�blico y de asegurar la exitosa celebraci�n de los comicios municipales de 2024. La no adopci�n de acciones en esta materia podr�a poner en riesgo sensibles etapas del pr�ximo proceso y, con ello, el inter�s p�blico.

Hay varios cargos en los que, producto de estudios administrativos, se tiene identificada la clase de puesto, pero no se ha completado el perfil espec�fico, situaci�n que impedir�a, como se indic�, el respectivo nombramiento. Empero, esa falta de definici�n no lo es sobre los requisitos legales o acad�micos de la plaza, pues estos ya han sido definidos en los respectivos an�lisis t�cnicos.

Esa fijaci�n de las exigencias normativas y de formaci�n permite hacer una valoraci�n adecuada de la idoneidad de quien habr� de desempe�arse en el puesto, m�xime cuando la instituci�n opera con un Manual de Clases de Puestos, en virtud del cual hay una definici�n gen�rica de la naturaleza del trabajo, la preparaci�n necesaria para desempe�arlo y el estrato ocupacional. Ciertamente, la puntualizaci�n de las labores permite una mayor precisi�n en cuanto a las responsabilidades que se tendr�n, pero esa especificidad no desconoce que ya hay un marco general de acci�n al cual debe responder cualquier funcionario que se halle en la misma clase; puesto de otro modo, es esperable que todos los servidores de la misma clase puedan realizar tareas comunes de un determinado tipo, aunque luego aquellas puedan delimitarse seg�n cada cargo.

Ese par�metro permite llevar a cabo los nombramientos en un momento en el que la instituci�n debe prepararse para la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo P�blico, puesto que si se esperara a la aprobaci�n de los perfiles habr�a que incluir a esos cargos en el plan de empleo p�blico que debe elaborarse a tenor de lo que establece el transitorio VII de esa ley.

De aceptarse la imposibilidad de nombrar los puestos con clase definida antes del pr�ximo 10 de marzo de 2023, se colocar�a a la instituci�n en un escenario en el que las din�micas de reclutamiento (en esos cargos) se prolonguen m�s all� de los pr�ximos doce meses (plazo que legalmente tienen las Administraciones para adecuar sus din�micas concursales y de promoci�n a las nuevas reglas), circunstancia que evidentemente trastoca el cronograma electoral y la planificaci�n de los comicios: eventualmente se tendr�an que diferir las designaciones de plazas que se demandan en etapas pr�ximas del calendario electoral hasta el mes mismo de los comicios. Por ejemplo, el esperar la definici�n de los perfiles de puestos ya analizados administrativamente en el Registro Electoral generar�a que, plazas evaluadas como fundamentales para garantizar la celebraci�n de asambleas partidarias de designaci�n de candidaturas y para la inscripci�n de estas (en octubre pr�ximo) puedan entrar en funcionamiento hasta pasado el momento en el que, con mayor intensidad, se requieren.

De otra parte, el citado transitorio VII de la Ley Marco de Empleo P�blico, se�ala que las instituciones, en el plazo m�ximo de doce meses posteriores a la entrada en vigencia de ese cuerpo normativo, deben �elaborar sus planes de empleo p�blico y su oferta de empleo p�blico�, proceso de planificaci�n que tiene como base el inventario de puestos vacantes definitivamente disponibles. Sin embargo, ese diagn�stico ser�a impreciso si se hace con base en plazas que tienen ocupantes �nicamente a la espera de la definici�n del perfil o que, sin estar ocupadas, deben ser nombradas, por las exigencias del proceso comicial, antes de los citados doce meses.

En consecuencia, durante el citado plazo de tres meses, el Departamento de Recursos Humanos podr� tramitar nombramientos en las plazas cuya clase est� definida, aunque tengan pendiente su perfil; eso s�, no podr� hacerse ninguna designaci�n si los requisitos acad�micos o legales no est�n claros, ya que estos, seg�n la jurisprudencia administrativa, son de ineludible cumplimiento para el desempe�o de un cargo p�blico. ACUERDO FIRME.

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �No hay observaciones, don Max, do�a Zetty.�

Interviene la se�ora Magistrada Bou Valverde: �Creo que el documento recoge todas las inquietudes que nosotros hemos tenido y que hemos venido conversando estos d�as pasados�.

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Es correcto. Tal como lo dice la propuesta de la Secretar�a, estamos a siete meses de la convocatoria de las elecciones municipales, en febrero del 2024, elecciones que como hemos dicho, tanto ante la Corte Suprema de Justicia, como en otros espacios, ser�n las m�s complejas que hemos tenido en la historia, hasta la fecha. Cincuenta mil candidaturas para inscribirse. M�s de seis mil quinientos cargos. Ahora ochenta y cuatro cantones. Registro Electoral estima que ser�n m�s de seis mil fiscalizaciones, por parte del Departamento de Registro de Partidos Pol�ticos, de asambleas partidarias, ya sea de renovaci�n de estructuras o de elecci�n de candidaturas, posteriormente, a lo largo y ancho de todo el pa�s. De manera que ser� un reto comicial in�dito en la historia del pa�s. En el Tribunal necesitamos entrar con todos los recursos que podamos allegar para poder salir adelante y cumplir con nuestra obligaci�n constitucional. As� que yo estoy de acuerdo con el documento.�

Interviene el se�or Magistrado Esquivel Faerron: �Yo le agregar�a nada m�s que la falta de reglamentaci�n que tiene esta ley, hace impracticable, en tan poco plazo, poner en marcha todos los procesos que nosotros necesitamos, como dec�s bien, con urgencia para las elecciones. El esfuerzo que se hizo fue de tratar de llenar esos vac�os, provocados por la misma ley y asegurar con eso que se cumplan los fines que el Tribunal debe asegurar con miras a la pr�xima elecci�n. Totalmente de acuerdo.�

Interviene la se�ora Magistrada Bou Valverde: �En el caso, por ejemplo, de don H�ctor, �l nos ha se�alado como parte de esta complejidad, que las nuevas disposiciones que rigen para esta elecci�n, en particular, donde tienen que hacer cruces, aparte de toda la complejidad de la cantidad de cargos, cruces relacionados con la no reelecci�n, con las reglas de paridad y ahora con las nuevas reglas de paridad en elecciones uninominales, entonces requiere contar, en el caso de �l, con su refuerzo de personal, aparte de todo el personal que se requiere para los comicios. Y la otra parte, que yo creo que tambi�n es que en esta elecci�n, de la parte comunicacional y la parte de organizaci�n, el tema nuestro es fundamental, entonces se suman una serie de necesidades que hay que suplir y hay que suplirlas en medio de la aplicaci�n de la ley que, como mencionaba don Max, es omisa en muchos aspectos y un reglamento que todav�a no ha sido aprobado. Los procesos de la administraci�n en general y mucho menos de una administraci�n que se ve enfrentada al proceso electoral. Creo que a veces hay que tomar decisiones que son fundamentales para poder asegurar la continuidad del servicio y tambi�n los derechos de los funcionarios que durante a�os han venido trabajando para la instituci�n�.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Solicitud de informaci�n para atender audiencia de la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos. De la se�ora Natalia C�rdoba Ulate, Directora Jur�dica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.� DJO-154-23 del 28 de febrero de 2023, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 1� de marzo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Tengo el agrado de saludarla y, con la autorizaci�n del se�or canciller, Dr. Arnoldo Andr� Tinoco, as� como apelando a sus buenos oficios, me permito solicitar su colaboraci�n en el asunto que a continuaci�n procedo a detallar.

El 27 de febrero del presente a�o este Ministerio fue notificado por parte de la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de una comunicaci�n relacionada con la petici�n N� P-1708-20 (David Gaspar Z��iga y Francis P�rez S�enz), quienes en el a�o 2020 acudieron a dicha instancia internacional alegando que las actuaciones del Tribunal Supremo de Elecciones vulneraron los derechos civiles y pol�ticos de la poblaci�n trans, intersex, no binaria y queer en el contexto electoral (se adjunta petici�n).

Espec�ficamente, se�alan que el Tribunal Supremo de Elecciones emiti� la Resoluci�n 8764-E3-2019, en la que se declar� sin lugar un recurso de apelaci�n electoral presentado, alegando una necesidad de intervenci�n del Poder Legislativo para adaptar los mecanismos de participaci�n pol�tica a las personas cuya identidad de g�nero no concuerde con el sexo asignado al nacer.

Debido a lo anterior, a fin de que el Estado pueda brindar una respuesta detallada e integral a lo indicado por la parte peticionaria en la presente etapa de admisibilidad, solicito sus buenos oficios para que antes del pr�ximo viernes 14 de abril de 2023, se proporcione un informe detallado en relaci�n con lo alegado por la parte peticionaria junto con la documentaci�n de respaldo que se estime pertinente.

Asimismo, y de particular inter�s al proceso, agradezco su colaboraci�n a fin de saber si la parte peticionaria agot� de forma adecuada la v�a interna o si, por el contrario, contaba con alg�n recurso o instancia adicional para presentar su reclamo. En ese orden de ideas, resulta de especial importancia conocer las posibilidades que ten�an de interponer una acci�n de inconstitucionalidad.

Sin perjuicio de la remisi�n f�sica de la informaci�n aqu� solicitada, agradezco que el informe sea remitido en digital (formato Word) y sus anexos en formato pdf, a los correos electr�nicos [�] los se�ores Jos� Carlos Jim�nez Alp�zar, Coordinador del �rea de Derecho Internacional y Derechos Humanos de la Direcci�n Jur�dica y Steven Orozco Fonseca, Asesor Legal a cargo del presente asunto.

No omito en se�alar que mediante el Decreto Ejecutivo No. 41131, fueron declarados de inter�s p�blico las acciones en defensa del Estado costarricense, gestionadas por la Direcci�n Jur�dica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ante los �rganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, de ah� que se agradece la especial atenci�n a la presente solicitud. Aprovecho la oportunidad para renovarle, se�ora Magistrada, las muestras de mi alta consideraci�n y estima.".

Se dispone: Para su oportuna atenci�n, pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. ACUERDO FIRME.

B) Informe de participaci�n en la Misi�n de Observaci�n en las Elecciones de Ecuador. De la se�ora Luz de los �ngeles Retana Chinchilla, Magistrada suplente de este Tribunal, se conoce correo electr�nico del 1� de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual remite informe relativo a su participaci�n como parte de la Misi�n de Observaci�n del proceso electoral en la Rep�blica de Ecuador.

Se dispone: Tener por rendido el informe presentado por la magistrada Retana Chinchilla respecto de su participaci�n en la Misi�n de Observaci�n Electoral de las Elecciones Seccionales, Elecci�n de Consejeros del Consejo de Participaci�n Ciudadana y Control Social y Refer�ndum 2023 organizada por UNIORE en la Rep�blica del Ecuador. En relaci�n con las situaciones, que indica la se�ora Magistrada se suscitaron en el contexto de la reuni�n de AMEA, que se realiz� paralelamente en ese pa�s, trasl�dese las manifestaciones por ella expresadas a la Secretar�a T�cnica para su atenci�n y consiguiente adopci�n de medidas que resulten pertinentes para futuros encuentros. ACUERDO FIRME.

C) Informe de sumaria de actualizaci�n al Padr�n Nacional Electoral del mes de enero de 2023. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.� CE-044-2023 del 1� de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el art�culo 18 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.� PE-050-2023, el se�or Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Secci�n de Padr�n Electoral, remiti� a esta Contralor�a los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padr�n Nacional Electoral, correspondiente al mes de enero de 2023, seg�n el siguiente detalle:

PADR�N NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADR�N NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.572.987

TOTAL INCLUSIONES

16.228

TOTAL EXCLUSIONES

���������� ��10.037�������������� ������������

VARIACI�N NETA

6.191

PADR�N NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.579.178

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

54.072

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PA�S

3.525.106

 

Dichas cifras, en atenci�n al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de An�lisis y Control y de Padr�n Electoral, as� como con los informes diarios extra�dos del SICI sobre la producci�n diaria del centro de impresi�n de la Secci�n de C�dulas.

Adem�s, esa informaci�n se corrobor� con lo dispuesto en el oficio n.� DGRC-0107-2023, suscrito por el se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el art�culo octavo de la sesi�n ordinaria n.�18-2023, celebrada el 28 de febrero de 2023 cuya verificaci�n result� satisfactoria.".�

Se dispone: Tener por rendido el informe; contin�ese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de autorizaci�n para gestionar contrataci�n utilizando el art�culo 304 del C�digo Electoral. Del se�or H�ctor Fernandez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y la se�ora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.� DPE-068-2023 del 2 de marzo de 2023, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"De cara a las elecciones municipales que se llevar�n a cabo el domingo 4 de febrero de 2024, la Direcci�n General del Registro Electoral en conjunto con el Departamento de Programas Electorales y la Secci�n de Servicios Generales, han venido trabajando en la definici�n de los requerimientos necesarios para contratar el servicio de arrendamiento de los veh�culos por utilizar durante este proceso.

Como parte de las gestiones realizadas, se hizo un estudio de mercado tomando en consideraci�n, la calidad y experiencia de los posibles oferentes, aspectos que son indispensables por analizar en esta contrataci�n, tomando en consideraci�n las particularidades que se pueden presentar durante su desarrollo, debido a la capacidad de respuesta con que deben contar las empresas adjudicadas ante la necesidad de ajustarse a cronogramas de trabajo requeridos por la Instituci�n, as� como, a ventanas de ejecuci�n que demanden mucha agilidad y flexibilidad en donde un incumplimiento debe ser pr�cticamente inexistente.

Adicionalmente, como resultado de dicho estudio, es importante recalcar lo se�alado mediante oficio SG-119-2023 por el se�or Esteban Dur�n Hern�ndez, Jefe de la Secci�n de Servicios Generales, en donde indica que, �por las caracter�sticas del mercado y la alta demanda de veh�culos en temporada alta, se identific� un riesgo de que las empresas no tengan inter�s o capacidad para atender los requerimientos de la Instituci�n�, lo cual hace prioritario el inicio de este tr�mite con el fin de obtener formalmente, las ofertas de servicios por parte de los posibles proveedores.

En virtud de lo anterior, y con el fin de disminuir los riegos que se puedan presentar en el desarrollo de esta contrataci�n, respetuosamente solicitamos elevar a conocimiento de las se�oras y se�ores magistrados la presente solicitud, a efectos de que, salvo mejor criterio del Superior, la contrataci�n del servicio de arrendamiento de veh�culos para el proceso electoral 2023-2024, se realice bajo la figura de una contrataci�n directa concursada, utilizado la excepci�n contemplada en el art�culo 304, p�rrafo tercero del C�digo Electoral, a los efectos de poder establecer la oferta m�s ventajosa para el cumplimiento de los fines, objetivos y metas planteadas por el TSE.".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita, en el entendido que los procedimientos de contrataci�n indicados, incluyendo la determinaci�n de los eventuales oferentes y adjudicatarios, ser�n de exclusiva responsabilidad de las instancias gestionantes. ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto de ley de "Creaci�n del Cant�n XVII de la Provincia de Alajuela, Pe�as Blancas", expediente n�mero 23.406. Del se�or Arturo Aguilar Cascante, Jefe de �rea de Comisiones Legislativas VIII de la Comisi�n Especial de la Provincia de Alajuela, se conoce oficio n.� AL-CE23118-0029-2023 del 3 de marzo de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Especial de la Provincia de Alajuela, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.406 �CREACI�N DEL CANT�N XVII DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA, PE�AS BLANCAS�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 16 de marzo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

En caso de que la respuesta sea remitida v�a digital, la misma deber� ser enviada al correo electr�nico [email protected] Si necesita informaci�n adicional, le ruego comunicarse por medio de los tel�fonos 2243-2217, 2243-2445, 2243-2139 o al correo electr�nico citado.

De no confirmar el recibido de esta consulta se tendr� por notificado a partir de su env�o, siendo este correo comprobante de la transmisi�n electr�nica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas.".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 10 de marzo de 2023- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 9 de marzo de 2023. Tomen nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 16 de marzo de 2023. ACUERDO FIRME.

F) Consulta legislativa del proyecto de �Ley para fortalecer los mecanismos de protecci�n de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia en la pol�tica mediante una reforma y adici�n a la Ley n.� 10.235 de 17 de mayo de 2022�, expediente n.� 23.443. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPEMUJ-0131-2023 del 6 de marzo de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de La Mujer, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 27, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.�23.443 �LEY PARA FORTALECER LOS MECANISMOS DE PROTECCI�N DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN LA POLITICA MEDIANTE UNA REFORMA Y ADICION A LA LEY N.� 10.235 DE 17 DE MAYO DE 2022�

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el jueves 16 de marzo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 10 de marzo de 2023- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 9 de marzo de 2023. Tomen nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 17 de marzo de 2023. ACUERDO FIRME.

G) Consulta legislativa del proyecto de �Ley que declara el 30 de julio de cada a�o como el D�a Nacional del Primer Voto Femenino en Costa Rica�, expediente n.� 23.549. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPEMUJ-0150-2023 del 6 de marzo de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de la Mujer, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 27, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.549 �LEY QUE DECLARA EL 30 DE JULIO DE CADA A�O COMO EL D�A NACIONAL DEL PRIMER VOTO FEMENINO EN COSTA RICA�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 16 de marzo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 10 de marzo de 2023- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 9 de marzo de 2023. Tomen nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 17 de marzo de 2023. ACUERDO FIRME.

A las dieciocho horas y treinta y cinco minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde