ACTA N.� 36-2023
Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas y veinte minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, y los se�ores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Fernando del Castillo Riggioni. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.
B) Se incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:
��� Estudio que remite la Direcci�n Ejecutiva para la definici�n del salario global transitorio para el TSE.
��� Comunicaci�n del Ministerio de Hacienda sobre definici�n del gasto presupuestario m�ximo para el ejercicio 2024 del TSE.
C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 34-2023 y la de la extraordinaria n.� 35-2023.
ARTICULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.
A) Proyecto de decreto de modificaci�n al Reglamento Aut�nomo de Servicios del TSE y Registro Civil. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-149-2023 del 14 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atenci�n a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la resoluci�n n.� 1359-A1-2023 de las 9:40 horas del 13 de marzo del a�o en curso, mediante el cual comision� a este Departamento proponer un texto de reforma normativa que contemple el momento procesal en el que intervendr�a la Junta de Relaciones Laborales en los asuntos disciplinarios de los funcionarios adscritos directamente a ese �rgano electoral, adjunto remito proyecto de decreto relativo a modificaci�n al Reglamento Aut�nomo de Servicios del TSE y Registro Civil.".
Se dispone: De previo a resolver, se concede audiencia a la Junta de Relaciones Laborales para que, en el plazo de diez d�as h�biles, se refiera al proyecto de reforma reglamentaria propuesto por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre la gesti�n de varios funcionarios para el reconocimiento de complementos salariales. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-164-2023 del 20 de abril de 2023, mediante el cual seg�n lo ordenado en la sesi�n ordinaria n.� 107-2022, celebrada el 10 de noviembre de 2022, rinde informe relativo a la gesti�n presentada por varios funcionarios de la Secci�n de Servicio al Cliente de Tecnolog�as de la Informaci�n (SCTI) y de la Oficina de Proyectos Tecnol�gicos, en la cual solicitan el reconocimiento del complemento salarial del 25% por concepto de tener �Especialidad en Computaci�n�, seg�n expone.
Se dispone: Pase a estudio individual de la se�ora Magistrada y de los se�ores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de ampliaci�n de plazo para rendir informe sobre gesti�n de funcionario. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-0978-2023 del 20 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En el oficio STSE-0849-2023 recibido en este despacho el 14 de abril de 2023, se le solicit� a la Direcci�n Ejecutiva rendir informe en un plazo de 10 d�as h�biles sobre gesti�n presentada por el se�or Jeffrey Salazar Montero relativa a una serie de consideraciones respecto del cargo que dicho servidor ha ocupado en los �ltimos a�os.
Dicho informe se encuentre en elaboraci�n; no obstante, dada la naturaleza de la petitoria y de la antig�edad de los antecedentes asociados, ser� necesario contar con mayor tiempo para culminarlo, raz�n por la cual respetuosamente solicito se apruebe una pr�rroga para su presentaci�n por 10 d�as h�biles adicionales.".
Se dispone: Conceder la pr�rroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Estudio administrativo para la transformaci�n de puesto en la Contralor�a Electoral. De la se�ora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.� CDIR-0125-2023 del 18 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 17-2023, celebrada el 18 de abril de 2023 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Jefferson Vargas Salas, Secretario General a. i. de la Direcci�n Ejecutiva en representaci�n de la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; H�ctor Enrique Fern�ndez Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia; Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica e Iv�n Mora Barahona, Secretario General a. i. de la Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional en representaci�n del se�or Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�ticoInstitucional, que dice:
�De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-0886-2023 del 12 de abril de 2023, recibido el mismo d�a en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual remite estudio administrativo para la transformaci�n del puesto n.� 361432 de la Contralor�a Electoral y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente recomienda:
"8. Recomendaciones de la Direcci�n Ejecutiva
8.1 Que se transforme el puesto n.� 361432, de manera que pase de su clasificaci�n actual, Asistente Administrativo /a 2, Oficinista 2 al Profesional Asistente 1, Profesional Asistente en Geograf�a, lo que cuenta con el criterio t�cnico del Departamento de Recursos Humanos, y a lo que se le dar�a contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 �Sueldos para cargos fijos� del subprograma 850-01; para esto, la Secretar�a General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos, deber�n preparar el proyecto de redacci�n de la resoluci�n respectiva, para que se remita a la Direcci�n General de Presupuesto Nacional, a efecto de que a esta modificaci�n se le d� contenido econ�mico, de manera que pueda regir a partir del 01 de mayo de 2023.
8.2 Que la jefatura de la Contralor�a Electoral proceda a tramitar �si as� lo considera- la dedicaci�n exclusiva del puesto n.� 361432, objeto del presente estudio o se aplique lo correspondiente de conformidad con lo establecido en la Ley Marco de Empleo P�blico y su Reglamento.
8.3 Que el Departamento de Recursos Humanos proceda con la actualizaci�n del Manual Descriptivo de Clases de Puestos, incorporando la descripci�n del puesto Profesional Asistente en Geograf�a.
8.4 Que el Departamento de Recursos Humanos en un periodo de un a�o proceda a brindar seguimiento ocupacional al puesto n.� 361432.
8.5 Que la Direcci�n Ejecutiva, tome nota para los efectos de la actualizaci�n de la Relaci�n de Puestos.
8.6 Que el Departamento de Recursos Humanos previo al nombramiento del ocupante del puesto 361432, verifique el cumplimiento de requisitos incluido los aspectos relacionados con el esquema de vacunaci�n contra el Covid-19 de conformidad con lo ordenado por la Magistratura Electoral comunicado en oficio n.� STSE-0085-2022, las definiciones del reglamento n.� 41564-MIDEPLAN-H y el acuerdo del memorial n.� STSE-1196-2022.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone y el�vese a conocimiento del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME.�.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre estudio de dedicaci�n exclusiva de puesto. De la se�ora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.� CDIR-0126-2023 del 18 de abril de 2023, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 17-2023, celebrada el 18 de abril de 2023 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Jefferson Vargas Salas, Secretario General a. i. de la Direcci�n Ejecutiva en representaci�n de la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; H�ctor Enrique Fern�ndez Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia; Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica e Iv�n Mora Barahona, Secretario General a. i. de la Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional en representaci�n del se�or Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, que dice:
�Del se�or Jefferson Vargas Salas, Secretario General a. i. de la Direcci�n Ejecutiva, la se�ora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y el se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DE-0827-2023 del 28 de marzo de 2023, recibido en la Coordinaci�n de este Consejo el 13 de abril de 2023, mediante el cual rinden informe en el que se concluye la conveniencia institucional de someter el puesto n.� 382432, Profesional Asistente en Dise�o Gr�fico (Profesional Asistente 1) ubicado en la Oficina de Comunicaci�n Organizacional, al r�gimen de dedicaci�n exclusiva.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. El�vese a conocimiento del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME.�".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de mayo de 2023. De la se�ora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-025-2023 del 21 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en el acuerdo tomado por el Superior en sesi�n ordinaria N� 3-2019 del 8 de enero de 2019, referida al otorgamiento de una licencia sindical permanente para dos miembros de la Junta Directiva de este Sindicato, me permito adjuntar la calendarizaci�n y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomar�n la referida licencia durante el mes de mayo.
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D�A |
NOMBRE |
UNIDAD ADMINISTRATIVA |
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05 de mayo |
Carlos Arce Fern�ndez |
Secci�n Documentos de Identidad |
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Jeffrey Salazar Montero |
Oficial�a Mayor Electoral |
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12 de mayo |
Carlos Arce Fern�ndez |
Secci�n Documentos de Identidad |
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Yoryina Coto Rivel |
Archivo del Registro Civil |
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19 de mayo |
Jeffrey Salazar Montero |
Oficial�a Mayor Electoral |
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Yoryina Coto Rivel |
Archivo del Registro Civil |
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26 de mayo |
Guido Torres Serrano |
Secci�n de Actos Jur�dicos |
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Jeffrey Salazar Montero |
Oficial�a Mayor Electoral |
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29 de mayo |
Carlos Arce Fern�ndez |
Secci�n Documentos de Identidad |
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Yoryina Coto Rivel |
Archivo del Registro Civil |
Para el respectivo control se informa que, la se�ora Julieta Jim�nez Ovares no utilizar� el d�a 28 de abril del corriente, aprobado por esta Magistratura Electoral en la sesi�n ordinaria n.� 30-2023, celebrada el 30 de marzo de 2023.".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, as� como las inmediatas de las funcionarias y de los funcionarios indicados. ACUERDO FIRME.
ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Observaciones sobre los Estados Financieros al Cierre del 2022. Del se�or Errol Sol�s Mata, Director de Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce oficio n.� MH-DGCN-DIR-UCC-0171-2023 del 31 de marzo de 2023, recibido en esta Secretar�a General, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Hemos concluido el proceso de revisi�n y consolidaci�n de EEFF correspondiente al IV Trimestre 2022, primero queremos agradecer la ayuda brindada por su representada en la presentaci�n de los Estados Financieros con base en las plantillas del M�dulo Gestor, as� como la presentaci�n de los archivos anexos solicitados mediante el oficio enviado por la Direcci�n General de Contabilidad SUBDCN-1353-2022 Presentaci�n de Estados Financieros al cierre 2022.
Como parte de nuestra premisa de mejora continua, hacemos de su conocimiento algunas oportunidades de progreso para que sean consideradas en el siguiente cierre contable; esto con la finalidad de entregar a los usuarios de la informaci�n de los Estados Financieros Consolidados, una base m�s s�lida y enriquecedora para la toma de decisiones.".
Se dispone: Para su oportuna atenci�n, pase a la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
B) Definici�n del gasto presupuestario m�ximo para el ejercicio 2024 del TSE. De la se�ora Priscilla Zamora Rojas, Ministra a. i. de Hacienda, se conoce oficio n.� MH-DM-OF-0562-2023 del 13 de abril de 2023, mediante el cual comunica la definici�n del gasto presupuestario m�ximo para el ejercicio 2024 de este Tribunal, seg�n expone.
Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Quisi�ramos se�alar lo siguiente: de mejor acuerdo, en virtud de la urgencia que tiene este Tribunal de tener claro el disponible presupuestario para las contrataciones que corresponden a este a�o y, particularmente, a las contrataciones electorales de cara al a�o 2024, hemos resuelto incorporar una adici�n al inciso B), del art�culo cinco de esta sesi�n, correspondiente a �Asuntos externos�, sobretodo� tomando en cuenta que a�n no hemos declarado la firmeza de los acuerdos, de manera que se adiciona, reitero, el inciso B), del art�culo quinto de esta sesi�n, sobre �Asuntos externos�, en el sentido de que el Tribunal Supremo de Elecciones autoriza a la se�ora Presidenta a que, en paralelo a la solicitud de audiencia al se�or Ministro, pueda enviar un oficio al se�or Presidente de la Rep�blica, exponiendo el impacto que tendr�, sobre el proceso electoral, la reducci�n que est� comunicando el Ministerio de Hacienda a esta instituci�n. Con la Secretar�a voy entonces a trabajar este texto de esta misiva, que les har� circular a sus correos electr�nicos, apenas est� lista y remitida.�
Se dispone: De previo a resolver, se autoriza a la se�ora Magistrada Presidenta Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, a solicitar audiencia al se�or Ministro de Hacienda, para tratar el impacto de las medidas de reducci�n del gasto presupuestario para el ejercicio econ�mico 2024 en la gesti�n institucional y las medidas presupuestarias necesarias para garantizar la correcta organizaci�n de las elecciones municipales 2024.
Autorizar adem�s a la se�ora Magistrada Presidenta a que, en paralelo a la solicitud de audiencia al se�or Ministro, pueda enviar un oficio al se�or Presidente de la Rep�blica, exponiendo el impacto que tendr�, sobre el proceso electoral, la reducci�n que est� comunicando el Ministerio de Hacienda a esta instituci�n. ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Estudio para la definici�n del salario global transitorio para el TSE. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-0914-2023 del 12 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En acatamiento a lo acordado por el Superior, comunicado mediante oficio n.� oficio STSE-0596-2023 del 07 de marzo de 2023, en el que dispuso: ��que la Direcci�n Ejecutiva realice -en el plazo m�ximo de un mes- los estudios t�cnicos necesarios para que se sugiera un �salario global transitorio� ��, se env�a el presente estudio, para el an�lisis correspondiente y posterior remisi�n al Superior. Cabe se�alar que tiene como objetivo establecer la escala salarial global transitoria de la Instituci�n, seg�n se detalla en las siguientes conclusiones y recomendaciones:
Conclusiones
��� La Ley n.� 10159 denominada: Ley Marco de Empleo P�blico y su Reglamento, establecen la obligatoriedad de definir un salario global transitorio por seis meses a partir del 10 de marzo de 2023.
��� Desde el a�o 2018 y hasta la fecha del presente informe, la Instituci�n cuenta con dos reg�menes de salarios, uno para plazas temporales electorales y otro para plazas de cargos fijos, por lo que los salarios globales transitorios deben definirse de forma separada para cada uno de los reg�menes, a fin de no afectar el equilibrio financiero y presupuestario.
��� Las plazas electorales a tiempo definido se deber�n mantener bajo la modalidad de salario �nico, mientras se establece la escala salarial definitiva, esto debido a la imposibilidad presupuestaria para atender las eventuales diferencias econ�micas.
��� La propuesta de escala salarial transitoria para los puestos de cargos fijos, se estableci� con base en los pluses actuales, pero sin tomar en cuenta anualidades o puntos de carrera profesional, tal y como se establece en la Ley.
��� La metodolog�a para la definici�n de la escala salarial definitiva se proyecta ser� diferente a la utilizada en la transitoria, esto por cuanto se debe trabajar con base a puntos, tal y como se establece en la LMEP.
Recomendaciones
Que se apruebe la escala salarial global transitoria definida en el punto 5.1 del presente informe, para plazas electorales a plazo definido (Salario �nico) y la indicada en el punto 5.2 para plazas de cargos fijos.
Que se mantengan ambos reg�menes salariales (salario �nico y cargos fijos), mientras se establece la escala salarial global definitiva, a fin de no afectar el presupuesto Institucional, pero ambos bajo el nombre de salario global transitorio.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el informe. 3.- Aprobar la escala salarial global transitoria definida en el punto 5.1 del presente informe, para plazas electorales a plazo definido (salario �nico). 4.- En cuanto a la recomendaci�n indicada en el punto 5.2, respecto de la escala salarial global transitoria, para las plazas de cargos fijos, pase a estudio individual de la se�ora Magistrada y de los se�ores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Solicitud de la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos para gestionar contrataci�n utilizando el mecanismo del art�culo 304 del C�digo Electoral. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Pol�ticos y la se�ora Alejandra Peraza Retana, Jefa Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.� DPE-093-2023 del 18 de abril de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Como parte de las acciones relacionadas con la planificaci�n de los comicios municipales a celebrarse el domingo 4 de febrero de 2024, tanto la Direcci�n General del Registro Electoral como el Departamento de Programas Electorales ha venido trabajando en la definici�n de los requerimientos para ofrecer a la ciudadan�a los servicios de informaci�n necesarios.
Raz�n por la cual, desde el a�o anterior se inici� con un estudio de mercado donde se consult� a las operadoras de telecomunicaciones del pa�s (Instituto Costarricense de Electricidad, Claro Costa Rica y Liberty), sobre los requerimientos t�cnicos del sistema de informaci�n 1020 y 800 elector por medio de un IVR, as� como, el servicio de mensajer�a de texto. Al respecto consid�rese que, en el marco de dicha consulta no fue posible obtener repuesta de la empresa Claro.
Por parte de Liberty, al no conocer bien los requerimientos que solicita el TSE, la oferta que remitieron no cumpl�a con lo solicitado, por lo que, se les convoc� a una reuni�n para explicarles con detalle, sin embargo, la cancelaron en dos oportunidades y, por ende, no remitieron nuevamente la oferta. Ahora bien, en el caso del Instituto Costarricense de Electricidad, si remiti� una oferta preliminar que se ajusta a lo presupuestado en el POA 2024.
As� las cosas, me permito detallar a continuaci�n el desglose de los servicios a contratar con sus respectivos plazos y costos:
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En virtud de lo anterior, y siendo que solamente una empresa de telefon�a mostr� inter�s en la consulta, le solicito respetuosamente interponer sus buenos oficios para elevar lo anterior a conocimiento de las se�oras y se�ores magistrados, a efectos de que, salvo mejor criterio del Superior, los servicios necesarios para el funcionamiento de los sistemas de informaci�n 1020 y 800 elector, as� como, lo correspondiente a mensajer�a de texto, se realice bajo la figura de una contrataci�n directa, utilizando la excepci�n contemplada en el art�culo 304, p�rrafo tercero del C�digo Electoral.".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita, en el entendido que los procedimientos de contrataci�n indicados, incluyendo la determinaci�n de los eventuales oferentes y adjudicatarios, ser�n de exclusiva responsabilidad de las instancias gestionantes. ACUERDO FIRME.
B) Atenci�n de la consulta legislativa del proyecto de �Traslado del distrito d�cimosexto, Arancibia, del cant�n Central de Puntarenas al cant�n de Montes de Oro�, expediente n.� 22.688. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CE23120-0210-2023 del 13 de abril de 2023, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n Especial de Puntarenas, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 13, ha dispuesto consultar el criterio a esa instituci�n sobre el texto dictaminado del expediente N�22688: �TRASLADO DEL DISTRITO DECIMOSEXTO, ARANCIBIA, DEL CANT�N CENTRAL DE PUNTARENAS AL CANT�N DE MONTES DE ORO�, el cual se anexa.
De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vencen el 26 de abril y, de ser posible enviar el criterio de forma digital.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:
I.- Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 22.688 aspira a trasladar el distrito n.� 16 (denominado �Arancibia�) del cant�n Puntarenas, provincia Puntarenas, al cant�n Montes de Oro, provincia Puntarenas.�
III.- Sobre el proyecto de ley objeto de consulta. Este Tribunal, en dos ocasiones anteriores, se ha pronunciando acerca de este proyecto de ley; de hecho, hace aproximadamente mes y medio, en la sesi�n ordinaria n.� 21-2023 del 9 de marzo del a�o en curso, se atendi� la consulta legislativa que, en ese momento, formul� la Comisi�n Especial de Puntarenas, al haber recibido la iniciativa de la Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo (a este �rgano legislativo, valga se�alar, tambi�n se le hab�a respondido sobre el particular, seg�n acuerdo adoptado por este Pleno en la sesi�n ordinaria n.� 94-2021 del 2 de noviembre de 2021).
Por ello y al no observarse que el texto de la iniciativa haya sufrido alg�n cambio en relaci�n con el documento acerca del cual ya esta Magistratura Electoral se pronunci�, lo procedente es reproducir a los se�ores legisladores la respuesta que se brind�:
�Este Tribunal, con base en la Ley sobre la Divisi�n Territorial Administrativa y el principio de inderogabilidad singular de las normas, ha sostenido la tesis seg�n la cual solo el Poder Ejecutivo tiene facultades para crear nuevos distritos; sin embargo, tal criterio no resulta aplicable a este proyecto de ley.
La iniciativa no aspira a crear un nuevo distrito sino, m�s bien, supone el traslado de una circunscripci�n administrativa ya existente del cant�n al que actualmente pertenece a otro, pero siempre dentro de la misma provincia. En otras palabras, el distrito Arancibia dejar�a de ser un territorio del cant�n Puntarenas para formar parte del cant�n Montes de Oro, cambio que debe entenderse como una redefinici�n de l�mites cantonales.
En ese sentido, debe indicarse que la Constituci�n Pol�tica se�ala que es una atribuci�n del Poder Legislativo la creaci�n de nuevos cantones (numeral 168), precepto que debe complementarse con el art�culo 11 de la citada de ley sobre la Divisi�n Territorial que indica �S�lo por ley podr�n ser alterados los l�mites de los cantones.�.
De esa suerte, este Tribunal entiende que la lege ferenda que se conoce comporta un tema que est� librado a la discrecionalidad legislativa, por lo que no tiene objeci�n en punto a lo pretendido por la diputada promovente.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace ver que, en lo que respecta a la fecha de entrada en vigencia de la eventual ley (ordinal 4 del proyecto), el plazo que se prev� para que surta efectos el cambio de adscripci�n del distrito Arancibia debe corregirse.
En efecto, la iniciativa se�ala que la ley, de ser aprobada, entrar� en vigencia un a�o despu�s de las elecciones generales de 2022, seg�n se resuelvan estas en primera o en segunda votaci�n. No obstante, lo cierto es que la variaci�n de l�mites cantonales podr� operar hasta transcurrido el proceso comicial 2024.
De acuerdo con el art�culo 1 de la ley n.� 6068 y lo dispuesto por este Tribunal en la resoluci�n n.� 1883-E-2001 de las 9:15 horas del 7 de setiembre de 2001, el 3 de diciembre de 2022 fue el �ltimo d�a para aprobar modificaciones -a la Divisi�n Territorial Administrativa del pa�s- que surtir�n efecto en las pr�ximas elecciones municipales. Para que los ciudadanos de Arancibia pudieran participar en la selecci�n de las autoridades cantonales de Montes de Oro y no en la elecci�n de los gobernantes del cant�n Puntarenas (como actualmente lo hacen), el traslado de la circunscripci�n tuvo que haberse dado antes de los catorce meses previos a las votaciones de febrero de 2024.
En otros t�rminos, el cambio en la adscripci�n del distrito Arancibia, si se deseaba hacer efectivo en las elecciones municipales de 2024, debi� aprobarse entre abril de 2022 y el 3 de diciembre de ese a�o, m�xime que la variaci�n del cant�n de pertenencia incide en relevantes aspectos como la determinaci�n de por cu�l territorio inscribir�n candidaturas los ciudadanos del citado distrito y c�mo deber�n organizar los procesos de renovaci�n de estructuras principalmente los partidos cantonales de la zona.
Al estar congelada la Divisi�n Territorial Administrativa, si el proyecto de ley en consulta se aprueba, se entender�a que, para efectos administrativos y de otra �ndole, Arancibia pertenecer�a a Montes de Oro a partir del 5 de febrero de 2024, pero, para fines pol�ticos y de gobierno, mantendr�a su condici�n de distrito de Puntarenas hasta pasados los comicios de 2028.
Esa particularidad hace que, en las elecciones de 2024, este Tribunal convoque a los electores del referido territorio a elegir s�ndicos (propietario y suplente) y concejales de distrito, cual si pertenecieran al cant�n Puntarenas. Los intereses de los vecinos de Arancibia -en lo que a la adscripci�n cantonal respecta- seguir�an transitoriamente a cargo de la Municipalidad de Puntarenas y a ese �rgano local deber�n asistir las sindicaturas que resulten electas en los comicios municipales venideros.
Por tal motivo y para no generar distorsiones entre los efectos administrativos del cambio y sus consecuencias pol�ticas y de gobierno, se sugiere a la Asamblea Legislativa ajustar el plazo de entrada en vigencia de la ley.�.
IV.- Conclusi�n. Por lo expuesto, este Tribunal no objeta el proyecto de ley n.� 22.688. Sin perjuicio de lo anterior, se sugiere a la Asamblea Legislativa tomar en consideraci�n la sugerencia que se hace en el apartado anterior. ACUERDO FIRME.
A las doce horas y cinco minutos termin� la sesi�n.
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Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Fernando del Castillo Riggioni |