ACTA N.� 78-2023

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y veintid�s minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde, el se�or Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y la se�ora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:

������� Solicitud del Consejo de Directores de ampliaci�n a la tercera modificaci�n al presupuesto institucional.

������� Consulta de nombramientos a plazo fijo en el Departamento de Programas Electorales.

C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 77-2023.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud de encargo de funciones del se�or Director General del Registro Civil. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0643-2022 [sic] del 23 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud del disfrute de 5 d�as vacaciones por parte del suscrito, a partir del 04 de setiembre del a�o en curso, respetuosamente solicito gestionar lo que corresponda a efecto de que, durante ese periodo, se encarguen mis funciones en la se�ora Carolina Phillips Guardado, Oficial Mayor del Departamento Civil.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de pr�rroga de licencia sin goce de salario de la se�ora Silvia Fuentes Prado. De la se�ora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2603-2023 del 17 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite a consideraci�n nota recibida en este departamento, el d�a 9 de agosto de 2023, suscrita por la se�ora Silvia Fuentes Prado, c�dula de identidad 114580290, destacada en la Direcci�n General del Registro Electoral, mediante la cual solicita que se le conceda una nueva pr�rroga a la licencia sin goce salarial que actualmente disfruta, por espacio de seis meses adicionales, por los motivos que se sirve exponer, a partir del 6 de setiembre del a�o en curso, fecha en la que vence su actual licencia.����

Es menester rescatar que la se�ora Fuentes Prado durante su trayectoria laboral solamente ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, la cual actualmente disfruta y fue aprobada en sesi�n ordinaria n� 18-2023 de fecha 28 de febrero de 2023 y comunicada en oficio STSE-0481-2023 de igual data.

La presente solicitud pudiera encontrar su asidero de forma supletoria, en lo dispuesto en el art�culo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencias, lo siguiente: �1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podr� ser prorrogada hasta por seis meses m�s en casos muy especiales a juicio del Ministro o m�ximo jerarca de la Instituci�n.� (lo subrayado no corresponde al original).

Siendo as�, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la ampliaci�n pretendida por la citada funcionaria por espacio de seis meses adicionales, cuya nueva pr�rroga comprender�a el periodo del 6 de setiembre de 2023 al 6 de marzo de 2024.

Puede apreciarse que la gesti�n cuenta con el visto del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral. Para efectos de notificaciones aporta la siguiente cuenta de correo electr�nico [�].".

Se dispone: Conceder la pr�rroga de la licencia sin goce de salario conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Consulta de nombramientos a plazo fijo en el Departamento de Programas Electorales. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del TSE, se conoce oficio n.� STSE-2083-2023 del 28 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en el art�culo 25 del Reglamento de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE y RC y lo indicado en los oficios n.� RH-2684-2023 y RH-2686-2023 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobaci�n de los siguientes nombramientos a plazo fijo de las personas que ocupan el primer lugar de las respectivas ternas, para ser nombradas T�cnico Funcional 2 -SU-, T�cnico Electoral, todos a partir del 1.� de setiembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023:

1.- En la plaza n�mero 377894

Astrid Carolina Acu�a Novoa

2.- En la plaza n�mero 377903

Andrea de los �ngeles �lvarez S�nchez

3.- En la plaza n�mero 377904

Luis Enrique Araya Araya

4.- En la plaza n�mero 377905

Cindy Araya Calvo

5.- En la plaza n�mero 377906

Natalia Araya Mora

6.- En la plaza n�mero 377907

Fiorella Astorga Trejos

7.- En la plaza n�mero 377908

Dayana Badilla Hern�ndez

8.- En la plaza n�mero 377909

Mariela Badilla Rodr�guez

9.- En la plaza n�mero 377910

Jairo Iv�n Brenes Brenes

10.- En la plaza n�mero 377911

Cindy Mar�a Camacho Chac�n

11.- En la plaza n�mero 377912

Zaida Mar�a Castell�n Cambronero

12.- En la plaza n�mero 377913

Karen Magali Castillo Delgado

13.- En la plaza n�mero 377914

Rodolfo Antonio Castillo Monge

14.- En la plaza n�mero 377915

Luis Daniel Castro Rojas

15.- En la plaza n�mero 377916

Marlen Roc�o Castro Soto

16.- En la plaza n�mero 377917

Glenda Gaby Collado Gallo

17.- En la plaza n�mero 377918

Cindy Mar�a Coto Brenes

18.- En la plaza n�mero 377919

Julissa Curling Ch�vez

19.- En la plaza n�mero 377920

Wilson D�az Guerrero

20.- En la plaza n�mero 377921

Pablo Rafael Espinoza Chaves

21.- En la plaza n�mero 377922

Guillermo Fait Mctaggart

22.- En la plaza n�mero 377923

Eduardo Fern�ndez �lvarez

23.- En la plaza n�mero 377924

Kevin Fern�ndez Navarro

24.- En la plaza n�mero 377925

Luis Diego Hern�ndez Ovares

25.- En la plaza n�mero 377926

Yerling Marcela Ledezma Araya

26.- En la plaza n�mero 377927

Christian Alberto Madriz Ju�rez

27.- En la plaza n�mero 377928

Claudia Mar�n Quesada

28.- En la plaza n�mero 377929

Antonieta Mata Mata

29.- En la plaza n�mero 377931

Laura Meneses Fonseca

30.- En la plaza n�mero 377932

Alejandro Monge Bejarano

31.- En la plaza n�mero 377933

Marjorie Viviana Montano Granados

32.- En la plaza n�mero 377934

Jimmy Brian Morales Milan�s

33.- En la plaza n�mero 377935

Yuliana Morales Navarro

34.- En la plaza n�mero 377936

Glenn Anthony Moya Carpio

35.- En la plaza n�mero 377937

Carolina Mu�oz Ag�ero

36.- En la plaza n�mero 377938

Rodolfo Navarrete Navarrete

37.- En la plaza n�mero 377939

Kenneth Obando Davis

38.- En la plaza n�mero 377940

Andr�s Federico Obando L�scarez

39.- En la plaza n�mero 377945

Jilary Quesada Castro

40.- En la plaza n�mero 377946

Nancy Mayela Quesada Fallas

41.- En la plaza n�mero 377947

Michael Quesada Monge

42.- En la plaza n�mero 377949

Ana Laura Quintanilla Mart�nez

43.- En la plaza n�mero 377950

Amanda Gabriela Recio Fern�ndez

44.- En la plaza n�mero 377951

Karen Retana Villareal

45.- En la plaza n�mero 377952

Fabi�n Rodr�guez Gonz�lez

46.- En la plaza n�mero 377954

Jairo Rojas Rojas

47.- En la plaza n�mero 377955

Keilyn Natalia Sanabria Corrales

48.- En la plaza n�mero 377956

Ana Sof�a Solano G�mez

49.- En la plaza n�mero 377958

Roni T�llez Alonso

50.- En la plaza n�mero 377964

Fauricio Gerardo Vega Morales

51.- En la plaza n�mero 377965

Jessie Gisela Vega Palacios

52.- En la plaza n�mero 377967

Eric Z��iga Bola�os

Asimismo, la aprobaci�n del nombramiento interino de la se�ora Catherine Vargas Gonz�lez, en la plaza 377885, como T�cnico Funcional 2 -SU-, T�cnica Electoral en el Departamento de Programas Electorales, a partir del 1.� de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2023.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas del nombramiento interino deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Una pregunta �estas son personas externas, que vienen de afuera? �o son de los nuestros?�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �Son personas de afuera.�

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informes de estudios de dedicaci�n exclusiva de distintos puestos. De la se�ora Laura Brenes Ram�rez, Profesional Asistente 1 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conocen oficios n.� CDIR-0326-2023 Sustituir, CDIR-0327-2023 Sustituir, CDIR-0328-2023 Sustituir, CDIR-0334-2023 Sustituir y CDIR-0336-2023 Sustituir, todos del 24 de agosto de 2023, mediante los cuales transcribe lo acordado por el Consejo de Directores en su sesi�n ordinaria n.� 37-2023, celebrada el 24 de agosto de 2023, respecto del conocimiento de los informes de estudio de dedicaci�n exclusiva de los puestos que se enlistan a continuaci�n, concluyendo la conveniencia institucional de someterlos al r�gimen de dedicaci�n exclusiva y recomendando su aprobaci�n:

������� Puesto n.� 368728, Profesional Ejecutivo/a 1 (clase Profesional Ejecutor 3) ubicado en la Direcci�n Ejecutiva.

������� Puesto n.� 86308, Profesional en Seguridad Integral (clase Profesional Ejecutor 3) ubicado en la Oficina de Seguridad Integral.

������� Puesto n.� 86320, Profesional Asistente en Administraci�n 1 (clase Profesional Asistente en Administraci�n 1) ubicado en la Secci�n de Inscripciones.

������� Puestos n.� 45710 y 45793 de Encargado/a de Unidad de Procesos de Identificaci�n (clase Profesional Asistente 1).

������� Puestos n.� 45594 y 382344 Encargado/a de Unidad de Procesos Registrales Civiles (clase Profesional Asistente 1).

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda en cada caso. D�ctesen las correspondientes resoluciones. ACUERDO FIRME.

B) Justificaci�n de ausencias en sesi�n del Consejo de Directores. De la se�ora Laura Brenes Ram�rez, Profesional Asistente 1 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conocen oficios n.� CDIR-0332-2023 Sustituir, CDIR-0338-2023 Sustituir y CDIR-0339-2023 Sustituir, todos del 24 de agosto de 2023, mediante los cuales transcribe lo acordado por el Consejo de Directores en su sesi�n ordinaria n.� 37-2023, celebrada el 24 de agosto de 2023, respecto de la justificaci�n de ausencias de los se�ores Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, y Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, a la sesi�n de ese Consejo celebrada el 24 de agosto de 2023, las cuales se justifican en dicha sesi�n.

Se dispone: Tener por justificadas las referidas ausencias. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud del Consejo de Directores de ampliaci�n a la tercera modificaci�n al presupuesto institucional. De la se�ora Laura Brenes Ram�rez, Profesional Asistente 1 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conoce oficio n.� CDIR-0340-2023 del 28 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo �nico de la sesi�n extraordinaria n.� 38-2023, celebrada el 28 de agosto de 2023 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones�quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Gerardo Felipe Abarca Guzm�n, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia; Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica y Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, que dice:

De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-2294-2023 del 28 de agosto de 2023, mediante el cual remite ampliaci�n a la tercera modificaci�n al presupuesto institucional (agosto 2023, referencia H-006).

Se dispone: Aprobar conforme lo propone la Direcci�n Ejecutiva. Elevar a consideraci�n del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME..".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMIT�S INSTITUCIONALES.

A) Solicitud de la Comisi�n de �tica y Valores para nombramiento de integrante. Del se�or Alexander Mena Arce, Coordinador de la Comisi�n de �tica y Valores, se conoce oficio n.� CEV-022-2023 del 17 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesi�n ordinaria n.� 08-2023 del mes de julio del corriente, la Comisi�n de �tica y Valores institucional conoci� la renuncia presentada por la funcionaria Evelyn de los �ngeles T�llez Cuadra.

Debido a lo anterior y de acuerdo con el art�culo quinto del Reglamento de Funcionamiento de la Comisi�n, se le solicita respetuosamente designar a otro funcionario (a) para desarrollarse como representante propietario (a) de la Secretar�a [sic] del Tribunal Supremo de Elecciones ante el citado colegiado.

El nombramiento debe de estar de acuerdo con el citado reglamento, ya que la persona a considerar deber� cumplir con el perfil definido en su art�culo 7, que indica:

� Ser funcionario o funcionaria activo de la instituci�n.

� Solvencia moral (cualidades humanas que hace que una persona sea digna de confianza).

� No haber sido sancionado con amonestaci�n escrita o suspensi�n en los �ltimos cinco a�os, por haber cometido faltas disciplinarias.

� Mostrar un compromiso en el cumplimiento oportuno y eficiente de sus labores.

� Iniciativa y diligencia.

� Adecuadas relaciones interpersonales.

� Amplio conocimiento del accionar de la direcci�n que representa.

� Conocimiento de la Ley de Control Interno y dem�s normativa relacionada.

� Provenir de diferentes bagajes formativos, en lo posible, con grado profesional.

� Estar dispuesto a participar en las reuniones que se convoquen, a recibir formaci�n y capacitaci�n en gesti�n �tica y a asumir las responsabilidades inherentes a su participaci�n en la Comisi�n.

Ante ello se solicita designar a su criterio, un representante de la secretar�a [sic] que lo represente.".

Se dispone: Nombrar al efecto al se�or Ricardo Chavarr�a Barquero, funcionario de la Secretar�a General de este Tribunal.ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud de la UNEC para que el Departamento Legal rinda informe debido. De la se�ora Ilenia Ortiz Ceciliano y del se�or Julio C�sar Arroyo L�pez, Secretaria General y Secretario suplente, respectivamente, de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.� UNEC-017-2023 del 22 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Mediante el oficio n.� UNEC-013-2023 del 17 de julio de 2023, esta organizaci�n solicit� un pronto despacho de la gesti�n presentada, misma que fue remitida al Departamento Legal en oficio n.� STSE-1798-2023 del 20 de julio de 2023; no obstante, a pesar de que ha transcurrido un mes, a�n no hemos recibido respuesta, por lo que, solicitamos se asigne un plazo espec�fico para la atenci�n del asunto planteado.".

Se dispone: Proceda el Departamento Legal a rendir el informe requerido, dentro del plazo de quince d�as h�biles. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de informaci�n respecto de procedimientos de nombramientos en puestos de Asistente Funcional 3 -Secretaria 2- y Asistente Funcional 2 -Secretaria 1. Del se�or Julio C�sar Arroyo L�pez y de la se�ora Arlene Castro Jim�nez, Secretario Suplente y Secretaria General Adjunta, respectivamente, de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.� UNEC-016-2023 del 22 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con el fin de atender asuntos propios de esta organizaci�n y a efectos de que se d� tr�mite a la presente gesti�n, respetuosamente les solicitamos con un pronto despacho se nos facilite la siguiente informaci�n:

1.Copia del oficio n. � RH-1829-2023 del 29 de mayo de 2023, dirigido a la Direcci�n Ejecutiva.

2. �Se han hecho consultas de inopia para ocupar los puestos de Asistente Funcional 3 -Secretaria 2- y Asistente Funcional 2 -Secretaria 1- en la Instituci�n?

Respecto al punto inmediato anterior, favor indicar la fecha de publicaci�n de la convocatoria para la conformaci�n del Registro. En caso de encontrarse caduco indicar fecha de vencimiento del mismo y remisi�n del respectivo listado.

3. Aportar lista del Registro actual de personal elegible para ocupar los puestos de Asistente Funcional 3 -Secretaria 2- y Asistente Funcional 2 -Secretaria 1- en la Instituci�n.

4. Favor indicar, qu� procedimiento se utiliz� y el fundamento para nombrar interinamente el puesto de Secretaria 1, en el Consultorio de Servicios M�dicos de la Instituci�n.".

Se dispone: Para su oportuna atenci�n dentro del plazo de diez d�as h�biles, pase a la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

C) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de setiembre de 2023. De la se�ora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.� SETSE-054-2023 del 23 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito adjuntar la calendarizaci�n y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomar�n la referida licencia durante el mes de setiembre.

D�A

NOMBRE

UNIDAD ADMINISTRATIVA

01 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

08 de setiembre

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

22 de setiembre

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

29 de setiembre

Jeffrey Salazar Montero

Oficial�a Mayor Electoral

 

Asimismo, de conformidad con lo aprobado por esta Magistratura Electoral en la sesi�n ordinaria n.� 66-2023, celebrada el 20 de julio de 2023 y para el respectivo control se informa que, los funcionarios Paola Arguedas Castell�n y Guido Torres Serrano no utilizaron la licencia sindical el 11 y 18 de agosto del corriente.

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposici�n de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposici�n el correo electr�nico del sindicato [�].".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, as� como las inmediatas de la funcionaria y funcionario indicados. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud del SETSE de autorizaci�n de licencia sindical. De la se�ora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.� SETSE-055-2023 del 23 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Solicito su colaboraci�n con el prop�sito de conceder una licencia sindical a la funcionaria Ana Yenci Guti�rrez Espinoza, para atender asuntos propios de su labor sindical, para el 14 de setiembre del corriente, todo ello en el marco de la disposici�n prevista en el art�culo 61 del Reglamento Aut�nomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.� 3-1996 y sus reformas.

Ruego que, de ser aprobada la solicitud, se informe lo correspondiente a la jefatura de la Coordinaci�n de Servicios Regionales [sic], oficina en la que se encuentra destacada la referida representante sindical.

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposici�n de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposici�n el correo electr�nico del sindicato [�].".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, as� como la inmediata de la funcionaria Guti�rrez Espinoza. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitaci�n para participar en el �XX Encuentro del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estad�sticas Vitales (CLARCIEV)�. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0637-2023 del 21 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente hago de conocimiento del Superior, la invitaci�n suscrita por las Licenciadas Rebeca Oma�a Pe�aloza y Carmen Velarde Koechlin, Secretaria Ejecutiva del CLARCIEV y Jefa Nacional del RENIEC Per�, y el Licenciado Jorge Wheatley Fern�ndez, Presidente del Comit� Ejecutivo del CLARCIEV, recibida v�a correo electr�nico el d�a 23 de junio del a�o en curso, para participar en el �Encuentro XX Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estad�sticas Vitales � Gobernanza de la identidad para la democracia y el desarrollo en Am�rica Latina y el Caribe�, que se llevar� a cabo del 8 al 10 de noviembre de 2023 en la ciudad de Lima, Per�.

Seg�n se se�ala en la nota, dicho encuentro ��servir� como espacio para compartir pr�cticas y experiencias en registro e identificaci�n de los pa�ses miembros, especialmente en lo relacionado con identidad para las migraciones, tecnolog�a para identificar, identificaci�n para procesos democr�ticos y de la vida cotidiana, entre otros.�.

Asimismo, seg�n lo comunicado por la organizaci�n del evento, el CLARCIEV cubrir�a los gastos de alimentaci�n y alojamiento.

En virtud de ello, respetuosamente solicito al Superior, se autorice asistir ha dicho encuentro al se�or Nicol�s Prado Hidalgo, Secretario General del Registro Civil. Cabe se�alar que ser�a necesario cubrir los gastos por concepto de tiquetes a�reos, para lo cual, seg�n lo comunicado por la Direcci�n Ejecutiva mediante oficio DE-0242-2023 del 30 de enero del a�o en curso, esta Direcci�n General cuenta con un monto aprobado de ₡1.000.000 para gastos por concepto de �TRANSPORTE AL EXTERIOR� en el presente ejercicio econ�mico.

Finalmente, se solicita dejar sin efecto lo se�alado en el oficio DGRC-0550-2023 � SUSTITUIR� del 13 de julio del a�o en curso.".

Se dispone: Autorizar la participaci�n del se�or Nicol�s Prado Hidalgo, Secretario General del Registro Civil, conforme se solicita. Procedan la Direcci�n Ejecutiva y los departamentos de Proveedur�a y Contadur�a a gestionar lo necesario para la adquisici�n de los tiquetes a�reos, as� como la asignaci�n de los gastos de viaje necesarios para atender dicha invitaci�n.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relaci�n con el viaje en cuesti�n se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempe�a

Pa�s a visitar

Per�odo del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificaci�n

Gastos conexos y justificaci�n

Nicol�s Prado Hidalgo

Secretario General del Registro Civil

Rep�blica de Per�

Del 7 al 11 de noviembre de 2023

�XX Encuentro del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estad�sticas Vitales (CLARCIEV)�

Los necesarios para atender la actividad.

 

Tiquete a�reo necesario para atender la actividad.

 

ACUERDO FIRME.

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Perd�n, aqu� dice que se deber� cubrir los gastos por tiquete a�reo, pero vemos el acuerdo que dice tiquete a�reo y otros gastos.�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �No, se incluye siempre alg�n gasto adicional, por aquello que no lo contemple la organizaci�n pero, para este caso en particular, el CLARCIEV corre con el gasto de hospedaje, alimentaci�n y traslados internos y lo que le corresponde, �nicamente, al Tribunal, es la compra del tiquete. Sin embargo, siempre se prev� alg�n rubro adicional que tengamos que cubrir por alguna emergencia.�

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud de informaci�n para complementar un estudio sobre las plataformas tecnol�gicas del sector social. Del se�or Manuel Corrales Uma�a, Gerente de �rea de la Contralor�a General de la Rep�blica, se conoce oficio n.� DFOE-BIS-0782 del 24 de agosto de 2023, mediante el cual con el prop�sito de complementar un estudio sobre las plataformas tecnol�gicas del sector social, solicita colaboraci�n para conocer aspectos relacionados con la gesti�n de los beneficios sociales y bases de datos disponibles para el sector p�blico, para lo cual adjunta un enlace con un instrumento de consulta, el cual estar� disponible hasta el 8 de setiembre de 2023.

Se dispone: Para su oportuna atenci�n, pase a las direcciones generales del Registro Civil y de Estrategia Tecnol�gica. ACUERDO FIRME.

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Yo ten�a una duda ac�, porque -quiz� no sea necesario, porque est�n cubiertos por esos dos Registros- el IFED tambi�n, a trav�s de la p�gina web, otorga varios servicios de informaci�n a los usuarios. Pero bueno, ellos consultar�an, me imagino que ellos lo revisan con la DGET y con el Registro Civil.�

 

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �S�, se�ora. Como pasar�a por la plataforma de tecnolog�a.�

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Yo tengo una peque��sima inquietud en relaci�n con eso y es que, como tiene que ver con bases de datos, deber�amos valorar la pertinencia desde la perspectiva legal. Pero bueno, eso podr�amos asumir que lo har�an los abogados del Registro Civil.�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �Si. En buena instancia es dable de que el Registro Civil debe de contemplar todos los aspectos necesarios y vigentes para el resguardo de la informaci�n privada de todos y cada uno de los que est�n en estas bases de datos.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �De lo que yo entiendo de la petici�n es b�sicamente qu� beneficio social hay en informaci�n a los usuarios que brinden nuestras bases de datos. Yo lo entend� esa manera, no est�n pidiendo, pero habr�a que ver el enlace del documento consulado.�

Interviene la se�ora Magistrada Bou Valverde: �De hecho es un enlace con un instrumento de consulta.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Pero en todo caso podr�amos informarlo as�, a ambas direcciones.�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �En el cuerpo de la solicitud de la Contralor�a nos solicita, adem�s de los enlaces de disponibilidad de las bases de datos, si tenemos convenios suscritos con algunas instituciones, puede que dentro de esos y por el bien social puede que est� el IMAS, por ejemplo, cualquiera de estos que tambi�n tengamos que proveer esa informaci�n.�

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Bueno, en realidad como como es un tema que consulta la Contralor�a, no es que sea tan grave, lo del resguardo.�

ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de las se�oras Directora Ejecutiva y Directora General de Estrategia Tecnol�gica sobre la adopci�n de normas para la elaboraci�n de actas digitales. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-0243-2023 del 22 de agosto de 2023, mediante el cual rinde criterio solicitado por el Tribunal seg�n lo acordado en sesi�n ordinaria n.� 70-2023 del 3 de agosto de 2023, referente al informe remitido por las se�oras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, en oficio n.� DE-1907-2023, sobre la adopci�n de normas para la elaboraci�n de actas digitales.

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Yo preferir�a que lo discuti�ramos un poquito m�s. Porque hasta donde yo recuerdo ya hay un informe de Legal.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: ��A la elaboraci�n de actas digitales?�

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �El tema es que me parece que ya esto ha ido y venido, si no me equivoco, eso ya hab�a pasado por Legal, ya hay un pronunciamiento en ese sentido. Entonces prefiero que lo revisemos.�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �M�s o menos en contexto: el Departamento Legal, en el primer informe que brindan al Tribunal, lo que establece es que, es jur�dicamente procedente, que el Tribunal adopte las actas electr�nicas, pero no nos indica si debemos de adoptar la norma que nos est� indicando la Auditor�a. Entonces lo que vamos a enviar a Legal es: d�ganos, Departamento Legal, si jur�dicamente es viable o es procedente o conveniente que el Tribunal adopte estas normas que establece la Auditor�a para la ejecuci�n de las actas. Porque las normas tienen una serie de pautas a seguir, aparte de que son obligatorias, �nica y exclusivamente para el Poder Ejecutivo, pero por buenas pr�cticas en algunas instituciones, que no est�n dentro del Poder Ejecutivo, los han adoptado. Entonces lo que quer�amos es que el Departamento Legal emita un informe, diga si es procedente que nosotros las seguimos y cu�les ser�an sus ventajas.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Hay un tema que es que no estamos resolviendo, justamente lo mandamos a Legal antes de resolver.�

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Pero ese es el tema, que ya eso lo vio Legal.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �No la parte que nos est� diciendo don Luis, que es la de las normas que se est�n sugiriendo aplicar.�

Interviene la se�ora Magistrada Mannix Arnold: �Yo estoy un tanto dudosa de si al Departamento Legal, por algo ya se hab�a mandado a la Direcci�n Ejecutiva. Son normas t�cnicas, ya Legal dijo estas son, efectivamente, obligatorias para el Ejecutivo, son facultativas y un tema de buenas pr�cticas para el resto de la administraci�n. Me parece que lo que estamos es haciendo un reenv�o para que ellos se pronuncien sobre aspectos que son m�s bien t�cnicos y as� lo hab�amos considerado en su oportunidad, cuando lo hab�amos mandado a la Direcci�n Ejecutiva. Lo que pasa es que la Direcci�n Ejecutiva no se pronuncia, es muy ambigua en su respuesta. Por eso es que les pedir�a estudiarlo.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �S�, est� bien, no hay ning�n problema, si estamos de acuerdo dejar�amos entonces �pasar a estudio individual� antes de definir si lo vamos a consultar o no y a qu� Direcci�n. Para profundizar el estudio �Pasar a estudio de los se�ores Magistrados�, dado que no tenemos toda la informaci�n requerida para resolver.�

Interviene la se�ora Magistrada Bou Valverde: �Ahora s� tengo la duda, porque el Auditor env�a el oficio el 22 de agosto y rinde el criterio, de acuerdo con lo que se hab�a dicho, de acuerdo con el informe remitido por las se�oras tales y tales, en oficio sobre la adopci�n. Aqu� hay un elemento adicional que Legal no ha considerado, en ese sentido. Ya Sandra y Xenia lo ven en la Auditor�a. Yo no veo mal que se env�e y ah� Legal tendr� que decir ya nosotros nos pronunciamos o tomando en consideraci�n lo que indica Auditor�a, m�s los otros informes que ya tenemos, procedemos a rendir este informe. No veo que sobre.�

Interviene el se�or Secretario General Chinchilla Mora: �Yo rescato de esto de do�a Zetty, el �ltimo p�rrafo que env�a don Franklin Mora, que dice �esta Auditor�a Interna reitera lo indicado en el oficio AI-173-2023 de repetida cita, en el sentido de �establecer si es procedente la adopci�n de las referidas Normas en la elaboraci�n del sistema digital de libros de repetida cita, y como complemento a los requisitos del sistema de gesti�n archiv�stica, tecnol�gica, preservaci�n digital, lo estipulado en Reglamento para la autorizaci�n de Libros emitido por esta Auditor�a Interna, as� como otra normativa y mejores pr�cticas relacionadas.� La elaboraci�n de las de las actas a nivel electr�nico, tiene todo un formato y un procedimiento establecido que es el que se podr�a adoptar. Sandra y do�a Xenia, cuando emiten el informe de forma conjunta, dejan abierta esa posibilidad, pero no se refieren espec�ficamente si tenemos que adoptar las normas t�cnicas o no. Legal tampoco lo hizo porque lo �nico que Legal indic� fue que �Desde la perspectiva jur�dica y tecnol�gica, no existe impedimento alguno para que las actas del TSE, las del CDIR y las comisiones institucionales que al respecto se instauren, puedan ser levantadas o documentadas en formato electr�nico, en el tanto se cumplan con las formalidades y requisitos que establece la ley, a efecto de garantizar la inalterabilidad, integridad y conservaci�n del documento electr�nico.� La propuesta de acuerdo va orientada a que Legal diga si debemos adoptarlas s� o no. Si Legal dice que es procedente adoptarlas, podr�amos ver cu�les son las implicaciones que ellos tienen que valorar o si por el contrario, dice no, entonces lo har�amos de otra forma.�

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �Yo no tengo ning�n problema porque, salvo que nos haya dado un plazo espec�fico la Auditor�a, que es un tema que est� en curso, para m� est� claro, pero si hay alguna duda en el caso de do�a Mary Anne, pienso que no tenemos problema en pasarlo a estudio individual y tal vez que la Secretar�a nos recabe la informaci�n que do�a Mary Anne requiere para mejor tomar la decisi�n. Yo estoy en la misma l�nea que Zetty y que don Luis, en el sentido que creo que est� claro, pero si hay alguna duda, no tenemos un problema de plazos para evacuarla indebidamente.�

Se dispone: Pase a estudio individual de las se�oras y se�ores Magistrados del Tribunal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO NOVENO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa de la �Reforma del inciso c) y adici�n de un nuevo inciso d) al art�culo 95 del C�digo de Trabajo, Ley n.� 2 de 27 de agosto de 1943 y sus reformas, y reforma del art�culo 41 de la Ley marco del empleo p�blico, Ley n. � 10.159 de 8 de marzo de 2022 Ley para el reconocimiento de la licencia de comaternidad�, expediente n.� 23.715. De la se�ora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPASOC-1057-2023 del 23 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Sociales, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, dispuso consultar el criterio del Expediente N.� 23.715, �REFORMA DEL INCISO C) Y ADICI�N DE UN NUEVO INCISO D) AL ART�CULO 95 DEL C�DIGO DE TRABAJO, LEY N.� 2 DE 27 DE AGOSTO DE 1943 Y SUS REFORMAS, Y REFORMA DEL ART�CULO 41 DE LA LEY MARCO DEL EMPLEO P�BLICO, LEY N. � 10.159 DE 8 DE MARZO DE 2022 LEY PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA LICENCIA DE COMATERNIDAD�, el cual me permito copiar de forma adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 5 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

[�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 1.� de setiembre de 2023- pase a la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 31 de agosto de 2023. Tomen nota la referida funcionaria, el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 5 de setiembre de 2023. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de �Ley de protecci�n de la persona frente al tratamiento de sus datos neurales y biom�tricos�, expediente n.� 23.667. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPECTE-0102-2023 del 23 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Ciencia y Tecnolog�a, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23667 �LEY DE PROTECCI�N DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS NEURALES Y BIOM�TRICOS�, el cual se adjunta. ��

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 08 de setiembre del presente a�o; y de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

[�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 1.� de setiembre de 2023- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 31 de agosto de 2023. Tome nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 8 de setiembre de 2023. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de "Reforma al art�culo 14 del C�digo Municipal", expediente n.� 23.609. De la se�ora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPEMUN-0498-2023 del 17 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 02, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.�23.609 �REFORMA AL ART�CULO 14 DE LA LEY 7794, C�DIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998 Y SUS REFORMAS�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 30 de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

La Comisi�n ha dispuesto que, en caso de requerir una pr�rroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contar� con ocho d�as h�biles m�s, que vencer�n el d�a 11 de setiembre. Esta ser� la �nica pr�rroga que esta comisi�n autorizar� [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. La iniciativa sometida a consulta pretende modificar el art�culo 14 del C�digo Municipal, con el fin de atemperar las actuales limitaciones a la reelecci�n en los gobiernos locales.

Seg�n las reglas vigentes, las personas que, por segunda vez consecutiva, ocupan una alcald�a o una intendencia no pueden optar por el mismo cargo ni por ning�n otro puesto de municipal de elecci�n popular; para volverse a postular, esos ciudadanos deben esperar a que transcurran dos per�odos desde la finalizaci�n de su segundo mandato.

La lege ferenda, en esencia, se�ala que quienes se desempe�an como alcaldes o intendentes podr�n ser reelegidos de manera continua por una �nica vez, pero no podr�n ocupar el mismo cargo hasta tanto no haya transcurrido un per�odo desde que finaliz� su segundo mandato; sin embargo, s� podr�n postularse a otros puestos. Los regidores, s�ndicos y concejales municipales de distrito podr�n ser reelegidos -de manera continua- por una �nica vez, aunque no podr�n ocupar el mismo cargo o su suplencia hasta tanto no haya transcurrido un per�odo desde que finaliz� su segundo per�odo.

III.- Sobre el proyecto consultado. La Asamblea Legislativa -del 2005 a la fecha- ha consultado a esta Magistratura, en atenci�n a lo preceptuado en el ordinal 97 de la Constituci�n Pol�tica, varios proyectos de ley en los que, de alguna forma y por intermedio de modificaciones al art�culo 14 del C�digo Municipal, se pretend�a establecer l�mites a la reelecci�n en los diversos puestos del gobierno local. En esas audiencias se ha contestado que, ese t�pico, est� librado a la discrecionalidad legislativa.

En concreto, en la sesi�n n.� 92-2016 del 4 de octubre de 2016, este Tribunal, sobre el proyecto de ley n.� 19.896, indic�:

�Este proyecto, conforme a lo indicado en su exposici�n de motivos y en su articulado, procura -mediante la reforma de dos art�culos del C�digo Municipal (14 y 148) y la adici�n de uno m�s (149 bis)- incorporar en la normativa municipal acciones espec�ficas para que en los procesos electorales municipales se evite �la intromisi�n inadmisible del clientelismo y la corrupci�n en el manejo de las arcas p�blicas locales.�. Para tal fin, se propone limitar la reelecci�n sucesiva del alcalde y los vicealcaldes a solo un periodo; que soliciten, en caso de aspirar a la reelecci�n o a cualquier otro cargo de elecci�n popular, un permiso sin goce de salario desde la convocatoria hasta el d�a de la elecci�n y, adem�s, se plantea como soluci�n para el caso de que todos esos funcionarios se postulen para alg�n puesto de elecci�n popular que el sustituto para asumir el cargo de alcalde se escoja de entre los directores de la administraci�n municipal. De igual manera, se establece una prohibici�n para impedir que -seis meses antes de la elecci�n- los funcionarios municipales promuevan inversiones y obras que se salgan de la tendencia hist�rica, as� como la correspondiente sanci�n. Esta Autoridad Electoral, luego de analizar la referida propuesta, no observa que exista obst�culo, desde el punto de vista constitucional, en cuanto a: 1) que se limite la reelecci�n del cargo del alcalde y sus vicealcaldes a no m�s de un periodo sucesivo; esto es un aspecto que debe estar previsto en la ley y, adem�s, constituye una decisi�n pol�tica cuya valoraci�n -en cuanto a la conveniencia y oportunidad- es exclusiva del legislador, tal y como lo ha hecho ver este Tribunal en otras oportunidades (oficios n.� 4851-TSE-2005 del 4 de agosto de 2005 y TSE-1396-2015 del 4 de agosto de 2015)� (el subrayado no pertenece al original).

En similar sentido, esta Magistratura Electoral, en el tr�mite de la acci�n de inconstitucionalidad promovida por el se�or Alex Sol�s Fallas contra la reelecci�n indefinida y sucesiva de las autoridades locales, manifest�:

�� el instituto de la reelecci�n no resulta, per se, contrario al Derecho de la Constituci�n. Como consecuencia l�gica del citado precedente de la Sala Constitucional [referido a la sentencia n.� 2003-02771], que como antecedente es vinculante erga omnes por disposici�n legal expresa (numeral 13 de la Ley de la Jurisdicci�n Constitucional), se tiene que si la posibilidad de someter nuevamente el propio nombre para continuar en el cargo de elecci�n que se viene desempe�ando (o que, en alg�n momento, se ha desempe�ado) es un derecho humano, entonces este no podr�a ser, a su vez, violatorio del par�metro de legitimidad constitucional, en tanto a este incorpora �como es sabido� el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Ahora bien, la Comisi�n de Venecia, en su �Informe sobre los l�mites a la reelecci�n. Parte I-Presidentes�, tiene una postura diversa a la rese�ada en los p�rrafos anteriores, al considerar que la reelecci�n es una �cl�usula aut�noma vinculada al derecho de participaci�n pol�tica y al derecho de postularse en elecciones� (p�rrafo 85), sin que pueda consider�rsele un derecho humano, salvo que �exista un fundamento te�rico, internacional o constitucional para reconocerla� como tal (p�rrafo 85). Precisamente, en el supuesto de excepci�n se encuentra nuestro pa�s: la Sala Constitucional al atribuir, en la indicada sentencia n.� 2003-02771, el car�cter de derecho humano al instituto de repetida menci�n, gener� el reconocimiento al que hace alusi�n el foro de expertos europeos, debi�ndose tener como tal. T�ngase presente, adem�s, que a�n no existe un pronunciamiento espec�fico de alguna instancia supranacional que nos vincule en punto a este tema.

De esa suerte, la discusi�n debe centrarse acerca de si la forma en que est� prevista la reelecci�n para los cargos municipales (sucesiva e indefinida) contrar�a o no el referido bloque de constitucionalidad, ya que su existencia, incluso en el marco convencional, no resulta ileg�tima. Eso s�, desde ya conviene afirmar que, como todo derecho y seg�n se indic� en el apartado de antecedentes, la reelecci�n admite limitaciones razonables a su ejercicio mediante la promulgaci�n de una ley en sentido formal y material, correspondi�ndole al legislador decidir, dentro del marco constitucional, cu�les ser�n las modulaciones a ese derecho.� (el resaltado no pertenece al original) (oficio n.� TSE-0784-2019 del 10 de abril de 2019, remitido a la Sala Constitucional como respuesta a la audiencia conferida en el expediente n.� 19-000892-0007CO).��

Este Tribunal, como se ha insistido, no ve obst�culo para que se limite la reelecci�n sucesiva de los cargos municipales a una ocasi�n (como actualmente ocurre); esa regulaci�n constituye una decisi�n pol�tica cuya valoraci�n -en cuanto a la conveniencia y oportunidad- es exclusiva del legislador, m�xime cuando las limitaciones planteadas en el proyecto en consulta no se consideran irrazonables ni suponen un vaciamiento de los derechos pol�tico-electorales.

La propuesta ampl�a la posibilidad de postulaci�n de los funcionarios reeleccionistas; por ejemplo, contrario a lo preceptuado en las reglas vigentes, los alcaldes con dos per�odos sucesivos podr�n optar por otros cargos, inmediatamente despu�s de concluir su segundo mandato. Adem�s, el tiempo de espera para retornar al citado puesto ejecutivo de la municipalidad se reduce de dos a un per�odo, contado desde que se termin� el segundo mandato consecutivo (hoy el alejamiento del puesto es de ocho a�os; con la propuesta, ser�a de cuatro).

Este Tribunal reitera que el establecer condiciones para limitar la reelecci�n en los cargos municipales corresponde a los legisladores en ejercicio de su discrecionalidad legislativa; sin embargo, de aprobarse la iniciativa, su aplicaci�n quedar�a diferida a los comicios locales de 2028, puesto que los partidos pol�ticos ya han iniciado sus procesos internos de selecci�n de candidaturas con las normas vigentes (las incorporadas al art�culo 14 del C�digo Municipal por intermedio de la ley n.� 10.183).

En Derecho Electoral, un principio b�sico es que, una vez iniciado un proceso comicial (partidario o estatal), debe prevalecer la condici�n de �reglas ciertas y resultados inciertos�; esa manifestaci�n de la seguridad jur�dica es, en s� misma, una de las garant�as y de las fortalezas del sistema electoral costarricense.

No es dable que se var�en las condiciones de elegibilidad para los cargos municipales a aproximadamente un mes del inicio del per�odo de inscripci�n de candidaturas: los �rganos cantonales de varios partidos pol�ticos ya han nominado -ante a su asamblea superior- a correligionarios para que compitan por esos puestos.

IV.- Conclusi�n. La iniciativa, al tratar sobre condiciones para limitar la reelecci�n de las autoridades locales, supone materia librada a la discrecionalidad de la Asamblea Legislativa. En consecuencia, este Tribunal no objeta el proyecto de ley que se tramita en el expediente n.� 23.609. Eso s�, de aprobarse la iniciativa, su aplicaci�n quedar�a diferida hasta los comicios municipales de 2028. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa de la "Reforma y adici�n a la Ley de Radio", expediente n.� 23.673. De la se�ora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPGOB-0437-2023 del 22 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Gobierno y Administraci�n, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.673 �REFORMA A LOS ART�CULOS 11, 17, 18, 21, 22, 23 Y ADICI�N DE LOS ART�CULOS 23 BIS, 28 Y 29, A LA LEY N�1758, LEY DE RADIO, DE 19 DE JUNIO DE 1954�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 04 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

La Comisi�n ha dispuesto que, en caso de requerir una pr�rroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y enes [sic] caso, contar� con ocho d�as h�biles m�s que vencer�n el d�a 14 de setiembre de 2023. Esta ser� la �nica pr�rroga que esta Comisi�n autorizar� [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. El proyecto de ley n.� 23.673 aspira a modificar varios art�culos de la Ley de Radio (ley n.� 1758) con el fin de: a) precisar cu�les infracciones a las regulaciones de ese cuerpo normativo se consideran leves, graves y muy graves; b) ajustar los montos del impuesto anual de radiodifusi�n; c) asignar el destino y administraci�n de los dineros recaudados por la ley al Ministerio de Ciencia, Innovaci�n, Tecnolog�a y Telecomunicaciones (MICITT); d) desarrollar la forma de pago del impuesto anual de radiodifusi�n; e) especificar c�mo ser�n sancionados los incumplimientos a la ley; f) enlistar las causales de extinci�n de las concesiones de radio y televisi�n de acceso libre y gratuito; y, g) regular aspectos sobre la cesi�n, la fusi�n ylas alianzas (entre otros aspectos vinculados) con las concesiones.

III.- Sobre el proyecto consultado. De una lectura del proyecto de ley, este Pleno concluye que, por su contenido, las normas propuestas �en su totalidad� no comportan materia electoral, por lo que no corresponde emitir pronunciamiento sobre el fondo de la iniciativa. La secci�n del numeral que concierne a esta instituci�n no se est� proponiendo cambiar.

El actual art�culo 11 de la Ley de Radio, en lo que refiere a este �rgano Constitucional, se�ala que �Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio [referido a los treinta minutos semanales que deben ceder las radioemisoras y televisoras al Ministerio de Educaci�n P�blica] ser� cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones sobre temas c�vico-culturales. Cada estaci�n indicar� al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.�. Sin embargo, ese enunciado normativo, en la lege ferenda, no se est� variando; solamente se precisa, en la modificaci�n que se pretende para los numerales 17 y 23, que el incumplimiento a la referida obligaci�n ser� considerado como falta leve cuyo juzgamiento administrativo compete al Poder Ejecutivo.

Gracias a esa cesi�n gratuita, este Tribunal ha podido implementar campa�as motivacionales (como la del empadronamiento de los votantes primerizos) e informativas (por ejemplo, la del procedimiento para emitir el voto), llevando mensajes de relevancia para la poblaci�n durante los per�odos de campa�a. Esa norma es un acierto de legislador de mediados del siglo XX cuyo impacto en promover una ciudadan�a activa y un voto informado es invaluable. Por ello, este Pleno celebra que el proyecto de ley mantenga la obligaci�n para las radioemisoras y las televisoras de ceder media hora semanal a la Autoridad Electoral luego de la convocatoria a elecciones.

La aspiraci�n de los promoventes de ahormar los componentes tarifario y sancionatorio a la nueva realidad econ�mica del pa�s, con el fin de que los montos ya no sean nominales (lo que hace que se desactualicen r�pidamente) sino que respondan a un par�metro din�mico como lo es el �salario base�, podr�a complementarse con una modificaci�n al segmento del art�culo que alude a este Tribunal.

El vertiginoso avance en las formas de comunicar y de producir mensajes, as� como las necesidades de colocar temas variados que respondan a los comportamientos electorales y a los nuevos contextos en los que se desenvuelven los fen�menos comiciales hacen propicia la oportunidad para sugerir a la Asamblea Legislativa que se aproveche esta iniciativa para ajustar la redacci�n del p�rrafo segundo del citado art�culo 11 para que se lea: �Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio ser� cedido al Tribunal Supremo de Elecciones, �rgano que reglamentar� su uso. Cada estaci�n indicar� al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.�.

Esa variaci�n permitir�a una mayor versatilidad en el uso del espacio en pro del cumplimiento de objetivos de constitucional relevancia como lo son la promoci�n de una participaci�n activa, reflexiva e informada de la ciudadan�a en los comicios.

IV.- Conclusi�n. Por las razones expuestas, este �rgano Constitucional no objeta el proyecto de ley n.� 23.673. Sin perjuicio de lo anterior, respetuosamente se insta a la Asamblea Legislativa a tomar en consideraci�n la recomendaci�n realizada en el apartado anterior. ACUERDO FIRME.

A las once horas y dieciocho minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold