ACTA N.� 92-2023
Sesi�n solemne celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y veinte minutos del cuatro de octubre de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde, el se�or Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y la se�ora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold, acompa�ados en la mesa principal por los se�ores Presidentes de la Rep�blica, Rodrigo Chaves Robles, y de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre G�mez, y la se�ora Presidenta en ejercicio de la Asamblea Legislativa, Gloria Navas Montero; en presencia de altos personeros del Gobierno de la Rep�blica, del Cuerpo Diplom�tico acreditado en el pa�s, de representantes de los partidos pol�ticos inscritos y dem�s p�blico invitado.
ART�CULO PRIMERO.- La se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a procede a abrir la sesi�n solemne de Convocatoria a Elecciones Municipales 2024.
ART�CULO SEGUNDO.- El se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, procede a dar lectura al Decreto n.� 13-2023, que literalmente dice:
"DECRETO DE CONVOCATORIA A ELECCIONES
N.� 13-2023����
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES,
De conformidad con lo establecido en los art�culos 9, 99, 102 inciso 1), 169, 171, 172 de la Constituci�n Pol�tica; 52 inciso k), 147, 148, 150, 151, 166, 201, 202, 203, 204 y 205 del C�digo Electoral; 12, 14, 21, 54 y 55 del C�digo Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito,
DECRETA:
ART�CULO PRIMERO.- Se convoca a las ciudadanas y ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho fundamental al sufragio en votaci�n DIRECTA y SECRETA, concurran a las respectivas juntas receptoras de votos el d�a domingo cuatro de febrero de dos mil veinticuatro, a fin de que procedan a elegir alcald�as, vicealcald�as primeras y segundas, regidur�as propietarias y suplentes, sindicaturas propietarias y suplentes, integrantes propietarios y suplencias de los concejos de distrito, integrantes propietarios y suplencias de los concejos municipales de distrito en los lugares que corresponda, as� como a sus intendencias y viceintendencias, para el per�odo constitucional y legal comprendido entre el primero de mayo de dos mil veinticuatro y el treinta de abril de dos mil veintiocho. Las elecciones se efectuar�n en todo el territorio nacional, desde las seis hasta las dieciocho horas de ese d�a, ininterrumpidamente, seg�n lo establece el art�culo 166 del C�digo Electoral.
ART�CULO SEGUNDO.- De conformidad con lo que establece el art�culo 14 del C�digo Municipal, para cada una de las ochenta y cuatro municipalidades del pa�s se elegir�n una alcald�a, una vicealcald�a primera y una vicealcald�a segunda.
ART�CULO TERCERO.- En observancia de los art�culos 171 de la Constituci�n Pol�tica y 21 del C�digo Municipal, de acuerdo con la proyecci�n de poblaci�n por cantones elaborada por el Instituto Nacional de Estad�stica y Censos, comunicada a este Tribunal mediante oficio n.� INEC-GE-ASIDE-74-2023 del 24 de marzo de 2023 y seg�n lo que dispusiera este Tribunal en su decreto n.� 2-2023 del veintiuno de abril de dos mil veintitr�s, publicado en La Gaceta n.� 72 del veintis�is de abril de dos mil veintitr�s, se elegir�n regidur�as propietarias en cada cant�n �e igual n�mero de suplencias� de conformidad con el siguiente detalle:
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CANTIDAD
DE REGIDURIAS A ELEGIR POR CANT�N |
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PROVINCIA
DE SAN JOS� |
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CANT�N |
CANTIDAD |
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San Jos� |
11 (once) |
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Escaz� |
7 (siete) |
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Desamparados |
11 (once) |
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Puriscal |
5 (cinco) |
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Tarraz� |
5 (cinco) |
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Aserr� |
7 (siete) |
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Mora |
5 (cinco) |
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Goicoechea |
9 (nueve) |
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Santa Ana |
7 (siete) |
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Alajuelita |
7 (siete) |
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V�zquez de Coronado |
7 (siete) |
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Acosta |
5 (cinco) |
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Tib�s |
7 (siete) |
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Moravia |
7 (siete) |
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Montes de Oca |
7 (siete) |
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Turrubares |
5 (cinco) |
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Dota |
5 (cinco) |
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Curridabat |
7 (siete) |
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P�rez Zeled�n |
9 (nueve) |
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Le�n Cort�s |
5 (cinco) |
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PROVINCIA
DE ALAJUELA |
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Alajuela |
11 (once) |
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San Ram�n |
7 (siete) |
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Grecia |
7 (siete) |
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San Mateo |
5 (cinco) |
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Atenas |
5 (cinco) |
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Naranjo |
5 (cinco) |
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Palmares |
5 (cinco) |
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Po�s |
5 (cinco) |
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Orotina |
5 (cinco) |
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San Carlos |
9 (nueve) |
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Zarcero |
5 (cinco) |
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Sarch� |
5 (cinco) |
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Upala |
7 (siete) |
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Los Chiles |
5 (cinco) |
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Guatuso |
5 (cinco) |
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R�o Cuarto |
5 (cinco) |
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PROVINCIA
DE CARTAGO |
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Cartago |
9 (nueve) |
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Para�so |
7 (siete) |
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La Uni�n |
9 (nueve) |
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Jim�nez |
5 (cinco) |
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Turrialba |
7 (siete) |
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Alvarado |
5 (cinco) |
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Oreamuno |
5 (cinco) |
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El Guarco |
5 (cinco) |
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PROVINCIA
DE HEREDIA |
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Heredia |
9 (nueve) |
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Barva |
5 (cinco) |
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Santo Domingo |
5 (cinco) |
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Santa B�rbara |
5 (cinco) |
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San Rafael |
7 (siete) |
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San Isidro |
5 (cinco) |
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Bel�n |
5 (cinco) |
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Flores |
5 (cinco) |
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San Pablo |
5 (cinco) |
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Sarapiqu� |
7 (siete) |
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PROVINCIA
DE GUANACASTE |
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Liberia |
7 (siete) |
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Nicoya |
7 (siete) |
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Santa Cruz |
7 (siete) |
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Bagaces |
5 (cinco) |
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Carrillo |
5 (cinco) |
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Ca�as |
5 (cinco) |
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Abangares |
5 (cinco) |
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Tilar�n |
5 (cinco) |
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Nandayure |
5 (cinco) |
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La Cruz |
5 (cinco) |
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Hojancha |
5 (cinco) |
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PROVINCIA
DE PUNTARENAS |
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Puntarenas |
9 (nueve) |
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Esparza |
5 (cinco) |
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Buenos Aires |
7 (siete) |
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Montes de Oro |
5 (cinco) |
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Osa |
5 (cinco) |
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Quepos |
5 (cinco) |
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Golfito |
5 (cinco) |
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Coto Brus |
5 (cinco) |
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Parrita |
5 (cinco) |
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Corredores |
7 (siete) |
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Garabito |
5 (cinco) |
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Monteverde |
5 (cinco) |
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Puerto Jim�nez |
5 (cinco) |
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PROVINCIA
DE LIM�N |
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Lim�n |
7 (siete) |
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Pococ� |
9 (nueve) |
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Siquirres |
7 (siete) |
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Talamanca |
5 (cinco) |
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Matina |
5 (cinco) |
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Gu�cimo |
7 (siete) |
ART�CULO CUARTO.- Se elegir�n, adem�s, en cuatrocientos noventa y un distritos de la Divisi�n Territorial Administrativa, una sindicatura propietaria y una sindicatura suplente -exceptuando el distrito Isla del Coco que, al carecer de poblaci�n, no elegir� representantes-. De igual manera, para los distritos administrativos de Cervantes, C�bano, Colorado, Lepanto, Paquera, Pe�as Blancas y Tucurrique se elegir�n, adem�s, en cada uno de ellos, cuatro integrantes propietarios y cuatro suplencias de los respectivos concejos municipales de distrito, lo mismo que una intendencia y una viceintendencia. En los restantes cuatrocientos ochenta y cinco distritos administrativos, se elegir�n cuatro integrantes propietarios y cuatro suplentes de los concejos de distrito.
ART�CULO QUINTO.- El
plazo para la presentaci�n de solicitudes de inscripci�n de candidaturas ante
el Registro Electoral vence a las quince horas del d�a viernes veinte de
octubre de dos mil veintitr�s, seg�n lo establecido en el art�culo 148 del
C�digo Electoral.
ART�CULO SEXTO.- De acuerdo con lo dispuesto en el art�culo 202 del C�digo Electoral, en caso de que se presente un empate en la elecci�n de las alcald�as, intendencias y sindicaturas, se tendr� por elegida a la persona candidata de mayor edad y sus respectivas suplencias; de igual forma, en caso de empate en la elecci�n de regidur�as, integrantes de los concejos de distrito y de los concejos municipales de distrito, se aplicar� an�logamente la norma supra indicada, en orden a tener por electa a la persona candidata de mayor edad de entre las que estuvieren disputando el esca�o en situaci�n de empate y a su respectiva suplencia.
ART�CULO S�TIMO.- Independientemente de la escala en la que est�n inscritos los partidos pol�ticos, las designaciones de las personas candidatas a los puestos a que se refiere el art�culo primero del presente Decreto deber�n recaer en ciudadanos y ciudadanas que cumplan con los requisitos que establece el ordenamiento jur�dico, en cada caso, y de conformidad con lo que prescriban sus propios estatutos sobre el particular, debiendo ser ratificadas por la asamblea superior de cada agrupaci�n pol�tica, tal y como lo ordena el inciso k) del art�culo 52 del C�digo Electoral.
ART�CULO OCTAVO.- Comun�quese a los Poderes de la Rep�blica, a la Contralor�a General de la Rep�blica, a la Procuradur�a General de la Rep�blica, a la Defensor�a de los Habitantes y a los partidos pol�ticos inscritos. Publ�quese en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.
Dado en la ciudad de San Jos�, el cuatro de octubre de dos mil veintitr�s.".
Las se�oras Magistradas y los se�ores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones proceden con la suscripci�n del referido decreto.
ART�CULO TERCERO.- Los se�ores Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la Rep�blica de Costa Rica, Mario Enrique Zamora Cordero, Ministro de Seguridad P�blica y de Gobernaci�n y Polic�a, Luis Amador Jim�nez, Ministro de Obras P�blicas y Transportes, Marlon Cubillo Hern�ndez, Director General de la Fuerza P�blica, y Oswaldo Miranda V�quez, Director General de la Polic�a de Tr�nsito, trasladan en forma simb�lica el mando de la Fuerza P�blica y de la Direcci�n General de Polic�a de Tr�nsito, respectivamente, al Tribunal Supremo de Elecciones, entregando a la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a el estandarte de ambos cuerpos policiales.
ART�CULO CUARTO.- La se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a, pronuncia el siguiente discurso:
"Se�or Presidente de la Rep�blica, Rodrigo Chaves, se�ora Presidenta en ejercicio de la Asamblea Legislativa, Gloria Navas, se�or Presidente de la de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, se�or Ministro de Seguridad P�blica, Mario Zamora, distinguidos integrantes del cuerpo diplom�tico acreditado en Costa Rica, estimables representantes de los partidos pol�ticos, respetables profesionales de la prensa que nos acompa�an, amigas y amigos todos.
En nombre de mis compa�eros, el se�or Magistrado Vicepresidente, Max Esquivel, las se�oras magistradas Zetty Bou y Mary Anne Mannix, el se�or Magistrado Luis Diego Brenes, as� como de toda la familia electoral, sean bienvenidos al Tribunal Supremo de Elecciones, casa de la democracia costarricense.
Este es un d�a muy importante, porque el Tribunal emite el decreto que nos convoca a todos los ciudadanos y ciudadanas a las urnas, para escoger libremente y sin violencia a nuestras autoridades municipales, el domingo 4 de febrero de 2024. Es importante jur�dicamente, porque los plazos que empiezan a correr y los procedimientos que comenzamos a desarrollar a partir de hoy, nos llevar�n a la renovaci�n democr�tica de nuestros gobiernos locales en mayo pr�ximo. Pero es importante, sobre todo, porque se trata de una reafirmaci�n de aquello que m�s y mejor nos define a los y las costarricenses en el mundo: nuestra vocaci�n democr�tica, nuestro amor por la libertad y nuestra decisi�n hist�rica de convivir en paz respetando nuestras diferencias.
La democracia est� en horas bajas en todo el mundo, en franco retroceso en Am�rica Latina. Oscuras sombras se ciernen sobre el horizonte pol�tico de muchos pueblos. Y por eso este es, tambi�n, un d�a tan significativo para los costarricenses. Para recordar qui�nes somos y retomar el rumbo. Para recordar que aqu�, el �nico soberano es el pueblo. Que, en democracia, quien manda y tiene siempre la �ltima palabra, es el pueblo. Pueblo que, como tal, naturalmente es plural y diverso.� Por ello, nadie puede arrogarse su representaci�n ni hablar en su nombre excluyendo a ning�n segmento societario. Para recordar, por �ltimo, que desde que nuestros abuelos firmaron el Pacto de Concordia, los y las costarricenses hemos encontrado en el sometimiento a las leyes, empezando por quienes somos autoridades p�blicas, la mejor garant�a de nuestra igualdad y libertad republicanas.
Ser�n, sin duda, las elecciones m�s complejas de nuestra historia. Nunca tuvimos un padr�n electoral m�s grande, llamado a votar en tantas circunscripciones distintas, para designar una cantidad tan alta de cargos de representaci�n popular, propuestos por un n�mero tan elevado de partidos pol�ticos. M�s a�n, ser�n las primeras elecciones municipales de nuestra historia en las que regir� la paridad horizontal de g�nero en todos los cargos. El reto para la organizaci�n electoral es formidable, porque se trata, de hecho, de ochenta y cuatro elecciones absolutamente independientes, pero que ocurrir�n en simult�neo en todo el territorio nacional. Todo ello aumenta la complejidad del proceso de revisi�n e inscripci�n de candidaturas.
En el Tribunal Supremo de Elecciones estamos listos. Nos hemos preparado para este reto con cuidado y esmero, velando por cada detalle, para que todo, desde los casi 700 dise�os distintos de papeletas que utilizaremos, hasta los centros de votaci�n en los que ejerceremos nuestro derecho al sufragio, est� esperando a cada costarricense el d�a de la elecci�n.
Los partidos pol�ticos, por su parte, llevan meses escogiendo democr�ticamente a sus candidatos y candidatas, para proponerlos en las diversas papeletas. Pero son los ciudadanos y las ciudadanas la raz�n de ser de este ejercicio democr�tico. Porque es, a trav�s de las urnas, que cada comunidad puede tomar las riendas de su propio gobierno local y decidir qui�nes son los mejores hombres y mujeres para conducirlo desde las alcald�as, regidur�as, sindicaturas, intendencias y concejal�as municipales y de distrito.
Escoger bien es importante. Votar en estas pr�ximas elecciones es tan importante como importante es el bienestar del lugar en el que residimos. Compatriotas, que no nos enga�en: por m�s redes sociales digitales, clases virtuales o futuros desarrollos cibern�ticos, nuestros pies siguen sobre la tierra, nuestros pulmones siguen respirando ox�geno y el agua sigue calmando nuestra sed. No es cualquier tierra, ni cualquier aire, ni cualquier agua los que nos sustentan, sino la tierra, el aire y el agua de este, nuestro lugar en el mundo. Estos valles, monta�as, llanuras y costas, cerros y sabanas que llamamos Costa Rica.
S� que todos amamos a Costa Rica, a Costa Rica entera, de Pe�as Blancas a Sixaola, pero ninguno de nosotros vive en sus 51 mil kil�metros cuadrados. Todos vivimos en un lugar concreto de Costa Rica, en nuestro pedacito de Costa Rica. Nos une un mismo amor por este pa�s y compartimos el anhelo de que sea un lugar para ver crecer en paz y seguras a las futuras generaciones, pero los desaf�os, carencias y peligros que enfrentan cada cant�n y distrito son diferentes, y, por eso, esta es una oportunidad de oro para que, con nuestros vecinos, dialoguemos sobre las necesidades espec�ficas del lugar en el que vivimos y ejerzamos un voto informado, inteligente.
Concluyo se�alando dos condiciones adicionales que son imprescindibles para que nuestro ejercicio comicial transcurra en respeto a la mejor tradici�n democr�tica costarricense: abundante informaci�n y libertad irrestrictas, lo que supone, por una parte, el servicio c�vico m�s esforzado de la prensa y la academia, y, por la otra, la disciplinada abstenci�n, por parte del gobierno, de intentar incidir en el resultado de las urnas.
De la prensa esperamos amplia cobertura, que satisfaga el derecho a la informaci�n de los y las electoras y un an�lisis acucioso de los programas y candidaturas sometidas a votaci�n. Trabajo de clarificaci�n y cr�tica al que tambi�n se suman la academia y los centros de investigaci�n, y al que el propio Tribunal ha querido contribuir con el Fichero Cantonal, radiograf�a de la situaci�n de cada cant�n en �ndices y variables del mayor inter�s para sus habitantes, y que puede consultarse en nuestro sitio web.
De igual manera, la �imparcialidad por parte de las autoridades gubernativas� es uno de los principios cardinales que rige nuestros procesos electorales. Desde los albores del Siglo XX y m�s a�n a partir de los hechos de 1948, que tanto sufrimiento trajeron a todas las familias costarricenses, nuestros antepasados rubricaron un contundente �nunca m�s�, blindando la autonom�a de la autoridad electoral y proscribiendo cualquier tipo de injerencia gubernamental en los procesos electorales.
Consistente con la declaraci�n conjunta firmada por los presidentes de los supremos poderes, el pasado 22 de agosto, en la sede del Tribunal Supremo de Elecciones, nos comprometimos a �promover un clima de tolerancia y mutuo respeto entre los distintos actores pol�ticos y sociales� y �a modelar, en nuestra condici�n de Presidentes de los Supremos Poderes del Estado, la ejemplaridad c�vica esperable de quienes encabezamos los principales �rganos constitucionales, como corresponde en la mejor tradici�n democr�tica costarricense�.
Por eso, hacemos un llamado a todas y todos los servidores p�blicos y, en especial, al Gobierno de la Rep�blica que, en nuestro sistema presidencialista tiene especial relevancia, para que, respetando las reglas jur�dicas electorales, prudentemente evite que sus acciones, en especial las de comunicaci�n institucional, generen dudas respecto de su imparcialidad de cara a las elecciones municipales de febrero de 2024.�
Los y las ciudadanas estamos llamados a comportarnos a la altura del prestigio internacional de la emblem�tica democracia costarricense. Este pa�s no se merece menos de cada uno de sus hijos e hijas. Heredamos un aut�ntico milagro: una democracia estable, con altos niveles de bienestar para su poblaci�n, en una de las regiones m�s convulsas y empobrecidas del mundo. A quienes nos precedieron, los pasados dos siglos, les cost� mucho, much�simo, forjar ese milagro con sus manos callosas y su espalda cansada, pero con esa mirada generosa, valiente y amable con que so�aron lo que podr�amos llegar a ser. Quienes �habitamos cada pedacito de Costa Rica, en esta tercera d�cada del siglo XXI, no podemos, no debemos dejarles menos a las futuras generaciones. Ni un cent�metro menos de patria. Ni un �pice menos de democracia. Ese es nuestro compromiso.
Muchas gracias."
ART�CULO QUINTO.- La se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a levanta la sesi�n solemne.
A las once horas y cinco minutos termin� la sesi�n.
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Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Zetty Mar�a Bou Valverde |
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Luis Diego Brenes Villalobos |
Mary Anne Mannix Arnold |