ACTA N.� 93-2023

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cincuenta y nueve minutos del cinco de octubre de dos mil veintitr�s, con asistencia de la se�ora Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde, el se�or Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y la se�ora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste tambi�n la se�ora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se tienen por le�das y aprobadas las minutas de las sesiones ordinaria n.� 91-2023 y solemne n.� 92-2023.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Consulta de resoluci�n de traslados definitivos de plazas en la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resoluci�n n.� 0120-STSE-2023 de las catorce horas y diez minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintitr�s, mediante la cual literalmente manifiesta:

"El suscrito Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los art�culos 13, 14 y 15 de la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento y lo solicitado por la respectiva jefatura, seg�n lo indicado en los oficios n.� DE-2582-2023 y n.� DGET-278-2023 y consider�ndolo oportuno para un mejor servicio p�blico, dispongo efectuar los siguientes traslados definitivos de plazas, a partir de la firmeza del acuerdo del Tribunal que as� lo apruebe:

1- De la plaza n.� 45881, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, ocupada por la funcionaria Diana Aguirre Fallas, de la Secci�n de Riesgos y Seguridad a la Secci�n de Infraestructura Tecnol�gica.

2- De la plaza n.� 353568, Asistente Administrativo 2, Oficinista 2, ocupada por el funcionario Luis Felipe Ram�rez Vindas, del Departamento de Tecnolog�as y Comunicaciones a la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica.

Cons�ltese.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de pr�rroga para rendir informe sobre consulta respecto de asuntos sindicales. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-386-2023 del 2 de octubre de 2023, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 83-2023, celebrada el 14 de setiembre de 2023, solicita pr�rroga por un plazo de diez d�as h�biles, para presentar el estudio e informe sobre la consulta realizada por el se�or Oscar Mena Carvajal, Oficial Mayor del Departamento Electoral, respecto a los derechos y deberes funcionariales que ostentan los servidores de la instituci�n, cuando se encuentran con alg�n tipo de licencia sindical.

Se dispone: Conceder la pr�rroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Donaci�n de bienes muebles declarados en obsolescencia. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-2593-2023 del 28 de setiembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se hace de su conocimiento que esta Direcci�n se encuentra atendiendo el proceso de donaci�n de los bienes muebles que se consideran ya no utilizables ni beneficiosos para la instituci�n debido a su obsolescencia, los cuales se encuentran ubicados en el almac�n de Las Brisas �San Rafael Arriba de Desamparados, San Jos� unidad administrativa a cargo del Departamento de Proveedur�a.

Este proceso se establece de acuerdo con lo indicado en el Reglamento de Administraci�n de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones, en el art�culo n.� 34.- Del donatario, que dice: �Podr�n ser donatarios las instituciones p�blicas, las instituciones declaradas de inter�s p�blico, de inter�s social o sin fines de lucro��. As� como en lo tipificado en el inciso c) del art�culo n.� 35 del citado reglamento, que reza: �Recomendaci�n de donaci�n por parte de la Direcci�n Ejecutiva ante el Tribunal�. Es por lo anterior que ser� designada la instituci�n donataria que cumpla con los requisitos establecidos para tal fin y que expresen estar anuentes a recibir los bienes que se enlistaron en el oficio enviado por el Departamento de Proveedur�a, iniciando y finalizando el grupo de estos con el n�mero de activo tal y como se indica en el listado infra adjunto.

En apego al articulado anterior, este Despacho recomienda realizar el tr�mite de donaci�n, sustentado en la informaci�n (lista de bienes) que remiti� el Departamento de la Proveedur�a, mediante el oficio n.� PROV-0441-2023 del 29 de agosto de 2023, lo cual, se dio a la baja del inventario institucional con base al oficio n.� DE-2589-2023 del 28 de setiembre del a�o en curso, acto fundamentado en el inciso b) del art�culo n�mero 27 de la enunciada normativa.

Asimismo, se recomienda adjudicar este proceso bajo la figura supra indicada, siendo el beneficiario la Fundaci�n EcoTierra, c�dula jur�dica 3-006-816396, organizaci�n clasificada como de inter�s social, la cual aport� la documentaci�n que los acredita como Instituci�n Donataria. Adem�s, es importante indicar que, en conversaci�n telef�nica sostenida con personeros de dicha organizaci�n, se estableci� que se encuentran anuentes a recibir los bienes muebles en desuso mencionados anteriormente e indicados infra, as� como que cuentan con los medios de transporte suficientes para atender el retiro de esa donaci�n.

Es importante se�alar que todo el material para donar se encuentra abarcando, en este momento, gran parte del espacio f�sico del almac�n, por lo que se hace necesario desocuparlo a corto plazo, con la finalidad de contar con las �reas suficientes para salvaguardar los materiales electorales y los insumos adquiridos por la instituci�n para solventar las necesidades operativas diarias.

Por lo tanto, con fundamento en lo expuesto, esta Direcci�n sugiere se avale el proceso de donaci�n de los recursos en desuso aqu� expuestos, tal como lo indica el art�culo n.� 33 de la mencionada reglamentaci�n.".

Se dispone: Aprobar la donaci�n de los recursos en desuso, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de aprobaci�n de cronograma para atenci�n de recomendaciones del informe ICI-09-2014 de la Auditor�a Interna. De los se�ores H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, y Ronald Chac�n Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DFPP-820-2023 del 2 de octubre de 2023, mediante el cual solicitan la aprobaci�n del cronograma para la atenci�n de recomendaciones del informe ICI-09-2014, seg�n detallan.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Auditor�a Interna sobre lo solicitado por los se�ores Fern�ndez Mas�s y Chac�n Badilla. ACUERDO FIRME.

D) De la instauraci�n de la Comisi�n Especial de Reformas al Sistema Pol�tico y Electoral del Estado. Se dispone: Manifestar a la se�ora Presidenta en ejercicio del Directorio Legislativo de la Asamblea Legislativa, se�ora diputada Gloria Navas Montero, la complacencia de este Tribunal por la instauraci�n de la Comisi�n Especial de Reformas al Sistema Pol�tico y Electoral del Estado.

De igual manera, manifestar a los integrantes de dicha comisi�n, en la persona de su presidente, se�or diputado Fabricio Alvarado Mu�oz, nuestro deseo por una labor exitosa, as� como la disposici�n de este Tribunal de apoyar los trabajos t�cnicos que estimen pertinentes. ACUERDO FIRME.

E) Condolencias por el fallecimiento de Investigador del Organismo de Investigaci�n Judicial. Se dispone: Expresar al se�or Randall Zu�iga L�pez, Director General del Organismo de Investigaci�n Judicial, y, por su intermedio, a la familia del se�or Jeiner G�mez Guzm�n, as� como a los funcionarios de ese Organismo, nuestro m�s sentido p�same ante el fallecimiento del se�or G�mez Guzm�n, as� como tambi�n el deseo de una pronta recuperaci�n al se�or Henry Bustos Castro. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Felicitaci�n por asumir la Presidencia de la Asociaci�n de Magistradas de las Am�ricas (AMEA). Del se�or Rodrigo Arias S�nchez, Presidente de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-PRES-RAS-141-23/24 del 8 de setiembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"He recibido con gran regocijo la noticia de su designaci�n como Presidenta de la Asociaci�n de Magistradas Electorales de las Am�ricas (AMEA), en su quinta conferencia realizada en nuestro pa�s.

Este es un reconocimiento a su trayectoria profesional y a su liderazgo en la construcci�n de una democracia inclusiva, sin violencia de g�nero en el �mbito pol�tico electoral, que son parte de los m�ritos que enaltecen su magistratura.

Gracias por promover la igualdad de g�nero.

Un cordial abrazo.".

Se dispone: Agradecer la atenta felicitaci�n del se�or Presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias S�nchez. ACUERDO FIRME.

B) Resoluci�n que declara sin lugar acci�n de inconstitucionalidad contra ley que modifica el C�digo Municipal. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resoluci�n n.� 2023-008157 de las diez horas y veinte minutos del doce de abril de dos mil veintitr�s, mediante la cual declara sin lugar acciones de inconstitucionalidad interpuestas por el se�or Carmen Modesto Alp�zar Luna, la se�ora Iris Cristina Arroyo Herrera y el se�or Wilberth Mart�n Aguilar Gatjens, contra el Articulo �nico, de la ley N� 10183, que reforma al articulo 14, del C�digo Municipal.

Se dispone: Tomar nota. H�gase del conocimiento del Departamento Legal y del cuerpo de letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Felicitaci�n con motivo de la designaci�n como Presidenta de la Asociaci�n de Magistradas Electorales de las Am�ricas (AMEA). De la se�ora Paulina Ram�rez Portuguez, Diputada a la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-FPLN-PRP-OFI-480-2023 del 27 de setiembre de 2023, dirigido a la se�ora Magistrada Presidenta de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito expresarle mi felicitaci�n con motivo de su reciente designaci�n como Presidenta de la Asociaci�n de Magistradas Electorales de las Am�ricas (AMEA). Deseo que su gesti�n responda con iniciativa y compromiso a los nuevos y futuros retos que se presentan para las mujeres en la pol�tica.

Quisiera resaltar que es un hecho hist�rico el que, por primera vez, una mujer centroamericana ocupe tan prestigioso puesto. La lucha por los derechos pol�ticos de las mujeres empieza desde el auto empoderamiento y la capacidad de entender que podemos y debemos asumir puestos de liderazgo, de manera que podamos generar cambios y resultados desde todos los espacios.

Aprovecho la oportunidad para poner a las �rdenes el trabajo que hacemos desde mi despacho. Para m�, siempre ser� un gusto colaborar con ustedes en lo que requieran.".

Se dispone: Agradecer la atenta felicitaci�n de la se�ora Diputada Ram�rez Portuguez. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS ELECTORALES

A) Consulta legislativa del proyecto de "Modificaci�n de l�mites del Cant�n de Montes de Oro", expediente n.� 23.892. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CE23120-0330-2023 del 29 de setiembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Especial de Puntarenas, en virtud de la moci�n aprobada en la sesi�n 19, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23892: �MODIFICACI�N DE L�MITES DEL CANT�N DE MONTES DE ORO�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vencen el 13 de octubre y, de ser posible enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 11 de octubre de 2023- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 10 de octubre de 2023. Tome nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 13 de octubre de 2023. ACUERDO FIRME.

B) Respuesta a la consulta legislativa del proyecto de �Ley de licencia menstrual para las mujeres y personas menstruantes trabajadoras y d�a de descanso para las estudiantes con dolores menstruales.�, expediente n.� 23.706. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPEMUJ-2226-2023 del 25 de setiembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de la Mujer, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 04, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.706 �LEY DE LICENCIA MENSTRUAL PARA LAS MUJERES Y PERSONAS MENSTRUANTES TRABAJADORAS Y D�A DE DESCANSO PARA LAS ESTUDIANTES CON DOLORES MENSTRUALES�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 5 de octubre de 2023 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.������

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesoselectorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto, establecer el derecho a un d�a de licencia menstrual con goce de salario por dismenorrea o dolores menstruales, prorrogable hasta los tres d�as en casos de s�ntomas agudos, a todas las mujeres y personas menstruantes que laboren en el sector p�blico o privado. Asimismo, establecer un d�a libre al mes por dismenorrea o dolores menstruales, prorrogable hasta los tres d�as en casos de s�ntomas agudos, a todas las mujeres y personas menstruantes que estudien en el sistema p�blico o privado.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

No obstante lo anterior, para este Tribunal, como jerarca institucional y �rgano integrante de la Administraci�n P�blica, y entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad pol�tico-parlamentaria, no existe observaci�n alguna que hacer respecto del texto consultado.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

C) Respuesta a la consulta legislativa del proyecto de �Ley de reducci�n de la jornada laboral por cuidados dom�sticos, para hombres y mujeres.�, expediente n.� 23.632. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefe de �rea de Comisiones Legislativa I de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPEMUJ-2168-2023 del 25 de setiembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de la Mujer, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 04, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.632 �LEY DE REDUCCI�N DE LA JORNADA LABORAL POR CUIDADOS DOM�STICOS, PARA HOMBRES Y MUJERES�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 5 de octubre de 2023 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.������

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesoselectorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto conceder a los trabajadores y las trabajadoras el derecho de atender las necesidades de cuido de sus hijos e hijas menores de edad o con alguna discapacidad, personas adultas mayores o familiares con alguna enfermedad grave, mediante una solicitud de reducci�n de la jornada laboral, sin que ello afecte su estabilidad en el empleo.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

No obstante lo anterior, para este Tribunal, como jerarca institucional y �rgano integrante de la Administraci�n P�blica, y entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad pol�tico-parlamentaria, no existe observaci�n alguna que hacer respecto del texto consultado.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

A las once horas y veintid�s minutos termin� la sesi�n.

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold