ACTA N.� 104-2024

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cincuenta y dos minutos del quince de octubre de dos mil veinticuatro, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, del se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y de la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorpora al orden del d�a el siguiente asunto:

������� Informe del Estudio Administrativo de Salud Ocupacional.

C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 103-2024.

ART�CULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SE�ORES MAGISTRADOS.

A) Informe de participaci�n en Misi�n de Observaci�n Electoral en las Elecciones Municipales de la Rep�blica Federal de Brasil. Del se�or Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado suplente de este Tribunal, se conoce nota del 10 de octubre de 2024, mediante la cual rinde informe sobre su designaci�n para participar en el Programa de Invitados Internacionales del Tribunal Superior Electoral de Brasil con ocasi�n de las elecciones municipales, celebradas el pasado 6 de octubre, formando parte de la misi�n de observaci�n electoral de la Uni�n Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE).

Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretar�a General de este Tribunal a cursar los agradecimientos que se proponen. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud de rectificaci�n de perfiles de la Unidad T�cnica de �tica y Valores. De las se�oras Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), y Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� RH-2444-2024 del 7 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Mediante acuerdo STSE-1973-2023, la estimable Magistratura aprob� la modificaci�n al Manual Descriptivo de Clases de Puestos con el ajuste a la descripci�n de Profesional Asistente en Administraci�n 1 y la inclusi�n del Coordinador /a de la Unidad T�cnica de �tica y Valores de las clases Profesional Asistente 1 y Profesional Funcional 1, respectivamente.

Previo a su publicaci�n en la p�gina web se aplic� una revisi�n a los documentos seg�n la t�cnica empleada en el �rea de An�lisis Ocupacional, durante la cual se detecta la conveniencia de realizar unas mejoras para que guarden uniformidad con las descripciones contenidas en el citado instrumento t�cnico.

Las adecuaciones, que no trascienden en el fondo sino en su forma, se consideran indispensables para mantener un orden seg�n los criterios que se han establecido en la construcci�n de la descripci�n de los perfiles; siendo que se adjuntan las nuevas versiones, con la solicitud de su rectificaci�n.

Por su parte, los documentos cuentan con el aval de los gremios sindicales seg�n reuni�n preliminar, siendo que la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) desea dejar constancia de lo siguiente:

��En raz�n de lo expuesto y a la naturaleza propia de la �tica, considera esta organizaci�n que no deber�a haber limitaci�n en el requisito acad�mico, dado que, al estar la �tica presente en el entorno y actuaciones del ser humano, los profesionales de cualquier �rea pueden desarrollarse como encargados de la citada unidad.�

Es fundamental se�alar que el art�culo 157 de la Ley General de la Administraci�n P�blica permite, en cualquier tiempo, rectificar errores materiales o de hecho y los aritm�ticos.".

Se dispone: Tener por realizadas las modificaciones que se indican. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de licencia con goce de salario del funcionario Steven Guti�rrez Z��iga para participar en evento internacional. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2387-2024 del 4 de octubre de 2024, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por el funcionario Steven Guti�rrez Z��iga, destacado en la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, con la cual solicita que se le conceda una licencia con goce de salario, seg�n las razones y condiciones que expone.

Se dispone: Conceder la licencia con goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia por pensi�n del funcionario Geovanny Sol�s Angulo de la Oficina Regional de Puriscal. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2417-2024 del 4 de octubre 2024, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por el funcionario Geovanny Sol�s Angulo, destacado en la Oficina Regional de Puriscal, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia por pensi�n al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del se�or Sol�s Angulo, a quien se les agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales, dese�ndole el mayor de los �xitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos los departamentos de Contadur�a, Legal y el propio de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Comunicaci�n del Departamento de Recursos Humanos respecto de plaza vacante en la Oficina de Seguridad Integral. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2466-2024 del 8 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-2366-2024 del 27 de setiembre de 2024, este departamento someti� a consideraci�n de la Magistratura Electoral, la situaci�n especial del puesto n�mero 45488, dada la declinaci�n del nombramiento en propiedad del funcionario Ellioth Silva Montes, lo que fue conocido en sesi�n ordinaria n.� 99-2024, celebrada el 1.� de octubre de 2024, comunicado en oficio STSE-2056-2024 de misma data, en el que se dispuso �Dejar sin efecto el nombramiento del se�or Silva Montes, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. Proceda el Departamento Legal con la solicitud de criterio al respecto para que, dentro del plazo de cinco d�as h�biles, se rinda el informe correspondiente. ACUERDO FIRME.� (Lo subrayado no corresponde al original)

En virtud de lo anterior es deber indicar que el pasado 4 de octubre se recibe documentaci�n del se�or Chaves Miranda, haciendo constar que la Caja Costarricense del Seguro Social aprueba su pensi�n por invalidez con base en el oficio RH-2302-2024 en el cual se le comunica su cese de funciones, por lo que solicita la certificaci�n de cesant�a de sus labores, como �ltimo requisito para atender su gesti�n ante dicho ente de salud. As� las cosas, la plaza queda vacante para ser llenada de manera interina atendiendo las �ltimas disposiciones del Superior, mientas se definen los nuevos mecanismos de selecci�n para las plazas de cargos fijos, a la luz de lo que establece la Ley Marco de Empleo P�blico y su reglamento.".

Se dispone: Tener por recibida la comunicaci�n que hace el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

E) Nombramiento interino en la Oficina de Seguridad Integral. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-2156-2024 del 14 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento a lo dispuesto en el art�culo 37 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro y el art�culo 13 de la Ley Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro y al criterio t�cnico del Departamento de Recursos Humanos -seg�n oficio n.� RH-2487-2024-, me permito proponer la aprobaci�n del nombramiento interino del se�or Heriberto Ruiz N��ez en el puesto n.� 45488, como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia en la Oficina de Seguridad Integral, del 16 de octubre de 2024 al 15 de enero de 2025.

La designaci�n podr� finalizar antes del plazo indicado, en el caso que la persona propietaria regrese al puesto, o se conforme el registro de elegibles para dicho cargo seg�n los sistemas de selecci�n dispuestos en la Ley Marco de Empleo P�blico

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Estudio �Actualizaci�n integral de los Sistemas Civiles, Padr�n Nacional Electoral y Divisi�n Territorial Electoral�. De la se�ora Laura Brenes Ram�rez, Profesional en Derecho 2 de la Secretar�a General del TSE, se conoce oficio n.� CDIR-0269-2024 del 10 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 43-2024, celebrada el 10 de octubre de 2024 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica y Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, que dice:

�De la se�ora Viviana Alfaro Vargas, Directora a. i. de la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica, se conoce nuevamente oficio n.� DGET-328-2024 del 18 de setiembre de 2024, mediante el cual remite el estudio de �Actualizaci�n integral de los Sistemas Civiles, Padr�n Nacional Electoral y Divisi�n Territorial Electoral� y, con fundamento en una serie de consideraciones, en lo conducente manifiesta:

��Respecto a lo anterior, para el cumplimiento de esta actividad la PTE remiti� el estudio a esta direcci�n, el cual fue aprobado; estando pendiente hacerlo de conocimiento del CDIR. Por tanto, se adjunta a este oficio el estudio correspondiente, asimismo se solicita audiencia a este estimable consejo para la presentaci�n de los aspectos principales del estudio, siendo que, si a bien lo tienen, posteriormente pueda ser aprobado y elevado a conocimiento del Superior�

Mediante audiencia conferida por este Colegiado al personal de la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica, el 1.� de octubre de 2024, en la cual fue presentado el proyecto en estudio y su cronograma, se recomend� al Superior declarar el referido proyecto como prioridad institucional.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Este Consejo se permite recomendar al Superior, declarar este proyecto como prioridad institucional. ACUERDO FIRME.�.".

Se dispone: Declarar este proyecto como prioridad institucional, de conformidad con los t�rminos recomendados por el Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

B) Informe de divulgaci�n de tareas del Consejo de Directores. De la se�ora Laura Brenes Ram�rez, Profesional en Derecho 2 de la Secretar�a General del TSE, se conoce oficio n.� CDIR-0269-2024 del 10 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 43-2024, celebrada el 10 de octubre de 2024 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, Hugo Ernesto Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica y Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, que dice:

�Del se�or Iv�n Mora Barahona, Secretario General a. i. de la Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, se conoce oficio n.� DEGP-0157-2024 del 30 de setiembre de 2024, mediante el cual, en cumplimiento de lo dispuesto por el Superior en el art�culo �nico de la sesi�n extraordinaria n.� 16-2023, celebrada el 22 de febrero de 2023, informa a este Colegiado sobre la divulgaci�n realizada a nivel institucional de las tareas del Consejo de Directores, seg�n se sirve exponer y, solicita tener por atendida dicha instrucci�n.

Se dispone: 1.-Tomar nota de lo informado por el se�or Mora Barahona, a qui�n se le agradece. 2.- H�gase de conocimiento del Superior. ACUERDO FIRME.�.".

Se dispone: Tener por recibida la comunicaci�n de lo acordado por ese Consejo. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de aprobaci�n del documento POL-TSE-05-V04, Pol�tica Institucional de Seguridad de la Informaci�n. De la se�ora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, se conoce oficio n.� DGET-354-2024 del 8 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo establecido en los requerimientos, las leyes y dem�s regulaciones y con el prop�sito de mantener actualizados los lineamientos que permiten regir las actividades en materia de seguridad de la informaci�n interna, para la debida aprobaci�n del Superior, adjunto el documento denominado �POL-TSE-05-v04 Pol�tica Institucional de Seguridad de la Informaci�n�, elaborado por la Secci�n de Riesgos y Seguridad de la Informaci�n (RSI) y validada por la suscrita; con la recomendaci�n de que �ste se tenga por actualizado y que la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica -a trav�s de la RSI- proceda con su implementaci�n.

Resulta importante considerar que este documento en su tercera versi�n, fue aprobado en el art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n� 106-2020 celebrada el 29 de octubre de 2020 y comunicada mediante oficio n� STSE-2114-2020.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse dentro del plazo de diez d�as h�biles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Cumplimiento de recomendaci�n 7.12 de Informe MRC-13 �Estudio Administrativo Integral de la Direcci�n General del Registro Civil�. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-2508-2024 del 10 de octubre de 2024, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 69-2022, celebrada el 14 de julio de 2022, solicita tener por atendida la recomendaci�n n.� 7.13 del informe t�cnico MRC-13 �Estudio Administrativo Integral de la Direcci�n General del Registro Civil�, seg�n expone.

Se dispone: Tener por atendida la recomendaci�n del informe t�cnico referido, en los t�rminos indicados por la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

C) Informe confidencial de la Auditor�a Interna. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio confidencial n.� AI-440-2024 del 11 de octubre de 2024, mediante el cual remite advertencia sobre gestiones presentadas ante la Auditor�a Interna.

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse dentro del plazo de tres d�as h�biles, pase a la Direcci�n Ejecutiva. H�gase del conocimiento de la Inspecci�n Electoral, para lo que corresponda. Agr�guese al expediente respectivo en estudio de las se�oras Magistradas y de los se�ores Magistrados. ACUERDO FIRME.

D) Informe del Estudio Administrativo de Salud Ocupacional. Del se�or Vinicio Mora Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-298-2024 del 28 de junio de 2024, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo s�timo de la sesi�n ordinaria n.� 61-2024, celebrada el 6 de junio de 2024, rinde informe relativo al �Estudio Administrativo de Salud Ocupacional� y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"VI. Conclusi�n

Con base en lo se�alado, este despacho arriba a las siguientes conclusiones:

1.- Que el Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional, Decreto Ejecutivo N� 39408-MTSS del 23 de noviembre de 2015, viene a desarrollar el mandato del numeral 300 del C�digo de Trabajo por lo que es de naturaleza ejecutiva y como tal, de orden p�blico y de aplicaci�n general, entre ellas lo dispuesto en su art�culo 2, referido a que la persona empleadora es la principal responsable de la Salud Ocupacional de la empresa, por lo que la oficina o departamento creada para tales efectos depender� del nivel superior jer�rquico en el sector p�blico.

2- Que la Ley Marco de Empleo P�blico, en su art�culo 13, vino a establecer que las instancias de salud ocupacional depender�n administrativamente de manera directa del jerarca, norma que armoniza con lo dispuesto en el citado Decreto Ejecutivo N� 39408-MTSS.

3.- Que de acuerdo con el Consejo de Salud Ocupacional, �rgano rector en la materia, la oficina o departamento en materia de salud ocupacional depender� del nivel superior jer�rquico o gerencial; sin embargo, no existe norma legal o reglamentaria que determine su ubicaci�n f�sica, por lo que nada obsta para que se encuentre en cualquier otra ubicaci�n, siempre y cuando est� subordinada al superior jerarca y se respeten las competencias, funciones y dem�s derechos y deberes de qui�n ostenta la responsabilidad de dicha oficina de salud ocupacional, seg�n lo estipulado en el art�culo 2 del Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional vigente, el art�culo 300 del C�digo de Trabajo y el art�culo 13 de la Ley Marco de Empleo P�blico.

4.- Que la Direcci�n Ejecutiva propone como instancia adscrita a su estructura, la conformaci�n de una nueva unidad administrativa denominada �Salud y Seguridad Laboral� en la que se integra lo referido a Salud Ocupacional, y que para ello el Tribunal le delegue la funci�n o competencia en esa materia; no obstante, de conformidad con lo establecido en la Ley General de la Administraci�n P�blica, la delegaci�n de competencias debe satisfacer una serie de requisitos para que esta pueda operar correctamente, y en el caso de �rganos colegiados est�n impedidos para delegar sus funciones, sean �stas esenciales o no, pudiendo �nicamente delegar su instrucci�n en el Secretario.

5.- En el caso del Tribunal Supremo de Elecciones, por tratarse de un �rgano colegiado, no es posible la delegaci�n de la competencia en materia de Salud Ocupacional tal y como lo propone la Direcci�n Ejecutiva.

6.- Que a partir del informe conjunto rendido mediante oficio DL-028-2008 del 16 de enero de 2008, con ocasi�n de la conformaci�n del �rea de Prevenci�n y Salud Laboral en el Departamento de Recursos Humanos a partir del a�o 2007, se dej� claro que dicho departamento ser�a el responsable de velar por el funcionamiento del �rea de Prevenci�n y Salud Laboral en lo que a aspectos administrativos se refiere, pues las decisiones finales en materia de salud ocupacional continuaban siendo competencia del Tribunal como jerarca, quien en su rol de empleador o patrono es el principal responsable de la salud ocupacional dentro de la organizaci�n.

7.- La disposici�n respecto a la ubicaci�n de la unidad administrativa denominada �Salud y Seguridad Laboral� y la determinaci�n de sus funciones, recae en el Superior como parte de su potestad discrecional, a partir del criterio t�cnico y de las razones de conveniencia y oportunidad que advierta en funci�n de la eficiencia y eficacia que demanda la atenci�n de la labor que le es endilgada como patrono y jerarca en materia de salud ocupacional. En tal sentido, como se indic� anteriormente, independientemente de la ubicaci�n de dicha dependencia dentro del organigrama institucional, la articulaci�n, desarrollo y promoci�n t�cnica que dicha unidad realice como subordinado, no supone una transferencia o sustracci�n de las competencias legalmente atribuidas al Superior, como encargado de las labores esenciales de definici�n, actualizaci�n y aprobaci�n de las pol�ticas internas en materia de salud ocupacional.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el informe. 3.- Este Tribunal, en esencia, comparte los razonamientos expuestos por la instancia de asesor�a jur�dica, seg�n los cuales no existe norma que expresamente obligue a adscribir lo relativo a Salud Ocupacional a este Pleno; sin embargo, es menester exponer por qu�, sin que se trate de una delegaci�n en sentido estricto, este Superior puede encargar administrativamente el tema a una de las Direcciones Generales.

El Decreto Ejecutivo n.� 39408-MTSS del 23 de noviembre de 2015 establece, en su art�culo 2, que la instancia encargada de la Salud Ocupacional �depender� del nivel superior jer�rquico�, norma que debe complementarse con el numeral 13 de la Ley Marco de Empleo P�blico (norma jur�dica de superior rango y aprobada en un momento posterior al citado reglamento). El legislador, en el mencionado ordinal, prescribi� que la referida instancia �depender� administrativamente de manera directa del jerarca�, sin que se precisara cu�l tipo de jerarca.

En el Derecho Administrativo existe una importante distinci�n que no puede obviarse en este tema: por una parte se tiene al Jerarca Superior Supremo o M�xima Autoridad y, por otro lado, est� el Jerarca Ejecutivo. La primera de esas categor�as corresponde al �rgano superior que dirige el �rgano (normalmente es colegiado), mientras que el Jerarca Ejecutivo es un �rgano unipersonal, subordinado al jerarca supremo, responsable de la operaci�n y funcionamiento cotidiano de la respectiva instituci�n (ver, entre otros, dictamen de la Procuradur�a General de la Republica n.� 244 del 6 de diciembre de 2010).

Seg�n el dise�o administrativo y organizacional del Tribunal Supremo de Elecciones como �rgano constitucional, el Pleno de Magistraturas es el Jerarca Superior Supremo, mientras que las Direcciones institucionales son jerarcas ejecutivos en los t�rminos expuestos. De hecho, t�mese en consideraci�n que en otros t�picos (como el de contrataci�n p�blica) esos funcionarios -reunidos en el Consejo de Directores- tienen atribuciones de jerarca administrativo que agota la v�a administrativa.

Por ello, este Tribunal entiende que la Direcci�n Ejecutiva, en su dimensi�n de Jerarca Ejecutivo de esta Administraci�n, es la instancia a la que corresponde adscribir lo relativo a Salud Ocupacional. Esa medida no solo permite satisfacer la exigencia jur�dica de que tal materia est� en una instancia que dependa directamente de un jerarca (en este caso, como se insiste, de la Direcci�n Ejecutiva como Jerarca Ejecutivo), sino que permite ubicar tal dependencia en el reparto que seg�n los criterios t�cnicos tiene mayor competencia t�cnica sobre el particular (ver oficio n.� DE-1310-2024, puntualmente lo relativo al �Mapa de Calor� del criterio de Ingenier�a Industrial). Importa decir que tomar en consideraci�n ese respaldo t�cnico, en los t�rminos de los numerales 16.1 y 158.4 de la Ley General de la Administraci�n P�blica, es un imperativo so pena de nulidad del acto.

En definitiva, la Unidad de Salud y Seguridad Laboral (que se encargar� de lo relativo a Salud Ocupacional) estar� adscrita a la Direcci�n Ejecutiva. Sin perjuicio de ello, las directrices generales y la pol�tica institucional sobre Salud Ocupacional seguir� siendo aprobada por este Pleno. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitaci�n para participar en las Elecciones Judiciales en Bolivia. Del se�or Oscar A. Hassenteufel Salazar, Presidente del Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia, se conoce oficio n.� TSE-PRES-UPRl-N�560/2024 del 30 de setiembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En representaci�n de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, tengo el agrado de dirigirme a usted, para comunicarle que esta Instituci�n ha convocado a la "Elecci�n de Autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y consejo de la Magistratura 2024" para el domingo 1 de diciembre de 2024.

El Tribunal Supremo Electoral considera fundamental la presencia de misiones de acompa�amiento electoral bajo el principio de desarrollar el conjunto de las tareas electorales con transparencia, como elemento fundamental de resultados confiables para los actores pol�ticos y la ciudadan�a. Por ello, le invitamos a usted o a un integrante del Pleno de su Instituci�n, a acompa�ar la "Elecci�n de Autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de Magistratura 2024". El Tribunal Supremo Electoral correr� con los gastos de los pasajes a�reos internacionales, hospedaje, alimentaci�n y transporte interno de una persona. El arribo de las delegaciones est� programado para el jueves 28 de noviembre y la salida el martes 3 de diciembre de 2024. En caso de aceptar la invitaci�n, le solicito enviar su confirmaci�n al correo electr�nico de Littzy Pacheco [�].".

Se dispone:� Agradecer al se�or Hassenteufel Salazar la invitaci�n que cursa, para atenderla se autoriza la participaci�n del se�or Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado suplente de este Tribunal, conforme se solicita.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relaci�n con el viaje en cuesti�n se detalla lo siguiente:

 

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempe�a

Pa�s a visitar

Per�odo del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificaci�n

Gastos conexos y justificaci�n

Luis Diego Brenes Villalobos

Magistrado suplente del TSE

Estado Plurinacional de Bolivia

Del 28 de noviembre al 3 de diciembre de 2024

Misi�n de acompa�amiento electoral

Ninguno.

Ninguno.

 

ACUERDO FIRME.

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Designaci�n de enlace institucional que integrar� la Red de Comunicaci�n de la Pol�tica Nacional de la Ni�ez y la Adolescencia 2024-2036. De la se�ora Kennly Garza S�nchez, Presidenta del Consejo Nacional de la Ni�ez y la Adolescencia, se conoce oficio n.� CNNA-OF-079-2024 del 1.� de octubre de 2024, mediante el cual remite el acuerdo tomado en la sesi�n ordinaria CNNA 05-2024 del 24 de setiembre de 2024, referente a la aprobaci�n de la Estrategia de Comunicaci�n de la Pol�tica Nacional de la Ni�ez y la Adolescencia 2024-2036 (PNNA 2024-2036), para la designaci�n de la persona o personas enlace de la Unidad de Comunicaci�n y Prensa de este Tribunal, que integrar�n la Red de Comunicaci�n de la PNNA 2024-2036.

Se dispone: Designar a la se�ora Paola Alvarado Quesada, Encargada a. i. de la Unidad de G�nero de la Direcci�n Ejecutiva, como enlace institucional de estos organismos electorales, de conformidad con lo solicitado por la se�ora Garza S�nchez. ACUERDO FIRME.

ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa del proyecto del texto sustitutivo de la �Ley para fortalecer el acceso, la equidad y el control del financiamiento de los partidos pol�ticos�, expediente n.� 23.883. De la se�ora Cinthya D�az Brice�o, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas IV de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CE23949-838-2024 del 10 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La COMISI�N ESPECIAL DE REFORMAS AL SISTEMA POL�TICO Y ELECTORAL DEL ESTADO, QUE TIENE POR OBJETO ESTUDIAR, ANALIZAR, PROPONER Y DICTAMINAR PROYECTOS DE LEY RELACIONADOS A LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL, AL SISTEMA POL�TICO Y ELECTORAL COSTARRICENSE, AS� COMO LAS QUE CONSIDERE OPORTUNAS. N.� 23949, en virtud de la moci�n aprobada en la sesi�n N.� 18, ha dispuesto solicitarles criterio sobre el TEXTO SUSTITUTIVO �LEY PARA FORTALECER EL ACCESO, LA EQUIDAD Y EL CONTROL DEL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POL�TICOS�, expediente N.� 23883.

De conformidad con lo que se establece en el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vencen el 23 de octubre de 2024 y, de ser posible, enviar la informaci�n en forma digital [�].".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 18 de octubre de 2024- pase al se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 11:15 horas del 17 de octubre de 2024. Tome nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 23 de octubre de 2024. ACUERDO FIRME.

B) Respuesta a consulta legislativa del proyecto de �Sexto presupuesto extraordinario de la Rep�blica para el ejercicio econ�mico 2024 y quinta modificaci�n legislativa de la ley 10.427, Ley de presupuesto ordinario y extraordinario de la rep�blica para el ejercicio econ�mico 2024, de 4 de diciembre de 2023�, expediente n.� 24.603. De la se�ora Flor S�nchez Rodr�guez, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas VI de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPAHAC-305-2024-25 del 4 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente de Asuntos Hacendarios ha dispuesto remitirles la consulta sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 24.603, �SEXTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REP�BLICA PARA EL EJERCICIO ECON�MICO 2024 Y QUINTA MODIFICACI�N LEGISLATIVA DE LA LEY 10.427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REP�BLICA PARA EL EJERCICIO ECON�MICO 2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023�, el cual le adjunto.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en un plazo de ocho d�as h�biles, el cual vence el 15 de octubre de 2024; por tratarse de un presupuesto extraordinario no es posible otorgar pr�rroga [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.��

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos� electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto conformar un presupuesto extraordinario y una modificaci�n presupuestaria, que requiere aprobaci�n legislativa. Desde la perspectiva de los ingresos y el financiamiento, el presupuesto extraordinario incorpora ingresos corrientes, contempla rebajos y aumentos en el financiamiento interno e incorpora recursos externos. Su abordaje se separa a efectos de identificar los recursos que el numeral 10 del art�culo 7 de la Ley 10.427 destin� para el Ministerio de Seguridad Publica y el Servicio de Investigaci�n Judicial del Poder Judicial, y los recursos por concepto de aporte del gobierno que completa la asignaci�n que este debe presupuestar para el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) en el 2024.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

No obstante, lo anterior, para este Tribunal como �rgano integrante de la Administraci�n, al que, en los t�rminos del art�culo quinto de la propuesta, resultar�an aplicable tales disposiciones, no objeta la iniciativa consultada. En este sentido, cabe agregar que para este �rgano electoral tal como lo se�ala el proyecto de ley en consulta, se dispuso la devoluci�n de ₡2.082.000.000,00 (Dos mil ochenta y dos millones de colones exactos), que corresponden a remanentes de contrataciones infructuosas, contrataciones adjudicadas a un menor monto o l�neas presupuestarias desestimadas en el menor de los casos, diferencias cambiarias en contrataciones realizadas en d�lares y la petici�n gestionada por el Ministerio de Hacienda a este Tribunal.

VI. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

A las once horas y veinti�n minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde