ACTA N.� 102-2025

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y un minutos del nueve de diciembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:

������ Solicitud de licencia sin goce de salario de Karen Tatiana Venegas Amador.

������ Criterio relativo al incumplimiento de la implementaci�n de acciones de mejora de la advertencia n.� AD-02-2018.

C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 101-2025.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud para dejar sin efecto nombramiento interino. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2445-2025 del 3 de diciembre de 2025, mediante el cual solicita dejar sin efecto el nombramiento del se�or Andrey Mena Retana, en el puesto n.� 386167, como Oficinista 1 Electoral, Asistente Administrativo 1 S.U. en el Departamento de Programas Electorales, aprobado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 100-2025, celebrada el 2 de diciembre de 2025, seg�n las razones que expuso ante ese Departamento.

Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento interino del se�or Mena Retana, de conformidad con lo expuesto por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de pr�rroga de licencia sin goce de salario. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2365-2025 del 2 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por el se�or Manuel Eduardo Valverde Jim�nez, destacado en la Secci�n de Infraestructura, con la cual solicita que se le conceda pr�rroga a la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, seg�n las razones y condiciones que expone.

Se dispone: En tanto no se verifican las condiciones legales requeridas, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos, denegar la pr�rroga de la licencia sin goce de salario. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia de la funcionaria Nelsy Lorena Barrientos Brenes del Departamento de Programas Electorales. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2435-2025 del 2 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la funcionaria Nelsy Lorena Barrientos Brenes, destacada en el Departamento de Programas Electorales, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la funcionaria Barrientos Brenes, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los t�rminos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Renuncia de la funcionaria Wendy Segura Navarro del Departamento de Programas Electorales. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2432-2025 del 2 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la funcionaria Wendy Lidieth Segura Navarro, destacada en el Departamento de Programas Electorales, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la funcionaria Segura Navarro, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los t�rminos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

E) Pr�rrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� STSE-2910-2025 del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n a lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos -en oficio n.� RH-2401-2025- y de conformidad con lo estipulado en el art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobaci�n de las pr�rrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuaci�n:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

N�MERO Y CLASE

DEL PUESTO

1.        Hannia Araya Dur�n

Auditor�a Interna

353414, Profesional Ejecutor 3

2.        Mar�a Reina Fallas Araya

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

361383, T�cnico Funcional 2

3.        Jenniffer Ast�a Barahona

Secci�n de Actos Jur�dicos

95552, Asistente Funcional 2

4.        Jorge Alejandro Berm�dez P�rez

Archivo del TSE

45946, Asistente Funcional 2

5.        Leonela �vila Torres

Oficina Regional de Grecia

46142, T�cnico Funcional 2

6.        Emanuel Rojas Carvajal

Oficina Regional de Grecia

101924, Asistente Funcional 3

7.        Francisco Javier Morales Ballestero

Secci�n de Servicios Generales

47876, Auxiliar Operativo 1

8.        Ronny Adri�n Villalta Jim�nez

Departamento de Contadur�a

353508, Profesional Ejecutor 3

9.        Mar�a Fernanda Carazo Garc�a

Departamento de Contadur�a

368547, Profesional Ejecutor 3

10.     Nathalie Jim�nez Gonz�lez

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

361406, Profesional Asistente 1

11.     Fernanda Fallas Rodr�guez

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

370754, T�cnico Funcional 2

12.     Fabricio Mu�oz Fonseca

Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales

45942, Asistente Funcional 3

13.     Leonel G�mez Garita

Secci�n de Servicios Generales

382384, Auxiliar Operativo 2

14.     Steven Guti�rrez Z��iga

Direcci�n General del Registro Electoral

368595, T�cnico Funcional 2

15.     Johan Guill�n Mar�n

Oficina Regional de Talamanca

45427, Profesional en Gesti�n 1

16.     Zeidy Chavarr�a Quesada

Oficina Regional de Lim�n

45616, Asistente Funcional 3

17.     Carolina Gonz�lez Soto

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

382429, Asistente Administrativo 1

18.     Ana Yancy V�squez Villalobos

Inspecci�n Electoral

368541, Profesional Ejecutor 3

19.     Ana Elena Lizano Castro

Secci�n de Opciones y Naturalizaciones

45876, Profesional Ejecutor 3

20.     Johan Anthony Morales Cordero

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

361390, T�cnico Funcional 2

21.     Karla Vanessa Rodr�guez Vega

Direcci�n General del Registro Electoral

382348, Asistente Administrativo 1

22.     Annia Lorena Rodr�guez Villegas

Departamento de Recursos Humanos

349932, Profesional en Gesti�n 1

23.     Denia Jim�nez D�az

Departamento de Recursos Humanos

54394, Profesional Ejecutor 3

24.     Diana Carolina G�mez C�spedes

Departamento de Recursos Humanos

76629, Profesional Ejecutor 3

25.     Marcos Vinicio Guido Rojas

Departamento de Recursos Humanos

368545, Profesional Asistente 2

26.     Daniel Alonso Uma�a Vindas

Departamento de Recursos Humanos

370835, T�cnico Funcional 2

27.     Nuria Isabel Barboza Torres

Secci�n de Opciones y Naturalizaciones

45764, Asistente Funcional 2

28.     Jacqueline Sancho Chaves

Oficina Regional de Orotina

382373, T�cnico Funcional 2

29.     Paola Patricia Ledezma Rodr�guez

Oficina Regional de San Ram�n

361338, Asistente Funcional 3

30.     Manuel Francisco Arley Navarro

Inspecci�n Electoral

45904, Profesional Ejecutor 3

31.     Natalia Cascante Rojas

Oficina Regional de Tarraz�

47860, T�cnico Funcional 2

32.     Danny Gerardo Ure�a Chac�n

Oficina Regional de Tarraz�

370672, Asistente Funcional 3

33.     Berny Alejandro Carvajal Hern�ndez

Secci�n de Inscripciones

45548, Profesional Ejecutor 3

34.     Carlos Alberto Camacho Fern�ndez

Departamento Civil

45654, Profesional Asistente 1

35.     Johanna Rodr�guez Badilla

Departamento Civil

45798, T�cnico Funcional 2

36.     Nabila Rojas Segura

Inspecci�n Electoral

104975, Profesional Funcional 2

37.     Adri�n Andr�s Mora Delgado

Secci�n de Ingenier�a de Software

45767, Profesional Ejecutor 3

38.     Marisol Ja�n Arrieta

Secci�n de Archivo

76626, Profesional Asistente 1

39.     Mery Jeannette Angulo G�mez

Oficina Regional de Santa Cruz

104986, T�cnico Funcional 2

40.     Francisco Javier Araya Madriz

Secci�n de Servicio al Cliente de TI

76357, T�cnico Funcional 1

41.     Roberto Jes�s Gonz�lez Monge

Secci�n de Servicio al Cliente de TI

76359, T�cnico Funcional 1

42.     H�ctor Alfredo Aguirre Aguirre

Oficina Regional de Nicoya

353431, Asistente Funcional 3

43.     Katterin Sabor�o Cordero

Secci�n de An�lisis

45751, Asistente Funcional 2

44.     Mar�a Antonieta Navarro Brenes

Departamento de Programas Electorales

353575, Asistente Administrativo 1

45.     Tatiana Vanessa Quesada Jara

Secci�n de Personalizaci�n y Distribuci�n y de Documentos de Identidad

353731, Asistente Administrativo 1

46.     Alisson Denisse Solano Carrillo

Oficina de Seguridad Integral

90230, Auxiliar Operativo 2

47.     Marjorie Uma�a Ag�ero

Secci�n de Servicios Generales

86312, Auxiliar Operativo 1

48.     Jos� Alexander Monge Mora

Secci�n de Servicios Generales

349935, Auxiliar Operativo 1

49.     Luis Fernando Zamora Cort�s

Secci�n de Servicios Generales

353739, Auxiliar Operativo 1

50.     Elsa Vanessa Calder�n Lascarez

Departamento de Contadur�a

382356, Conserje Electoral

51.     Mauren Gait�n Montiel

������� Del 16/12/2025 al 31/12/2025

Oficina Regional de Siquirres

55716, T�cnico Funcional 2

52.     Jos� Alfonso Cordero Cerdas

������� Del 16/12/2025 al 31/12/2025

Oficina Regional de Siquirres

76582, Asistente Funcional 3

53.     Juan Jos� Calvo Araya

������� Del 16/12/2025 al 31/12/2025

Oficina Regional de Turrialba

76409, Asistente Funcional 3

 

En el caso de quienes se ubican en las l�neas de la 1 a la 50 ser�a a partir del 16 de diciembre de 2025, por un lapso de 3 meses, seg�n lo dispuesto en el art�culo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el tr�mite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (seg�n sea el caso), y en consideraci�n al acuerdo adoptado en el art�culo �nico de la sesi�n extraordinaria n� 28-2024, celebrada el 08 de marzo de 2024 comunicado mediante el oficio STSE-0612-2024. Para el caso de las l�neas 51 a la 53 se solicita prorrogar seg�n se indica.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

F) Renuncia de la se�ora Luc�a Arias Arias. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2466-2025 del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la funcionaria Luc�a Arias Arias, destacada en el Departamento de Recursos Humanos, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la funcionaria Arias Arias, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los t�rminos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

G) Solicitud de licencia sin goce de salario de Karen Tatiana Venegas Amador. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2335-2025 del 5 de diciembre 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la funcionaria Karen Tatiana Venegas Amador, destacada en la Secci�n de Documentos de Identidad, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario, seg�n las razones y condiciones que expone.

Se dispone: 1- Incorporar al orden del d�a. 2.- Conceder la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informes sobre estudio de dedicaci�n exclusiva de puestos varios. De la se�ora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conocen oficios n�meros CDIR-0364-2025, CDIR-0365-2025 y CDIR-0366-2025, del 3 de diciembre de 2025, mediante los cuales transcribe lo acordado por ese Consejo respecto a las solicitudes de pr�rroga al r�gimen de dedicaci�n exclusiva de los puestos: n.� 101879, Encargado/a del �rea de Servicios Regionales (clase Profesional en Gesti�n 1), adscrito al Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales, n.�s 361343 y 55702, Encargado/a de �rea Administrativa (clase Profesional Ejecutor 3), n.� 353472 Profesional en Recursos Humanos (clase Profesional Ejecutor 3), estos tres �ltimos adscritos al Departamento de Recursos Humanos; y n.� 93975, Estad�stico/a (clase Profesional en Gesti�n 2), adscrito a la Direcci�n Ejecutiva, recomendando la pr�rroga de los referidos puestos bajo dicho r�gimen.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. D�ctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Propuesta �Adenda n.�1 a la Carta de Entendimiento N�mero 10 al Convenio Marco de Cooperaci�n entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Facultad Latinoam�rica de Ciencias Sociales -FLACSO Costa Rica-�. De los se�ores Hugo Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, y Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� IFED-390-2025 del 26 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En noviembre de 2024, al amparo del anterior Convenio Marco de Cooperaci�n que mantendr� su vigencia hasta el 07 diciembre de 2025, se suscribi� la Carta de Entendimiento n�mero 10 entre el TSE y FLACSO Costa Rica. El plazo de la referida Carta se extiende hasta ese mismo d�a, debido a que hasta esa fecha lo permit�a el anterior Convenio Marco. En octubre de 2025 se suscribi� un nuevo Convenio Marco de Cooperaci�n, que entr� en vigor el 15 de octubre y que ampl�a las posibilidades de dar continuidad a la sinergia entre ambas instituciones hasta el 15 de octubre de 2030.

Considerando los compromisos mutuamente adquiridos Carta de Entendimiento n.�10, as� como los productos que se obtendr�n para el proyecto �Votante Informado�, resulta conveniente prorrogar la vigencia de esa carta hasta mayo de 2026. Esta ampliaci�n permitir� dar continuidad a la relaci�n de colaboraci�n interinstitucional, hasta la efectiva finalizaci�n de las actividades vinculadas al proceso electoral 2026.

Cabe se�alar que esta pr�rroga no supone ning�n costo econ�mico adicional.

En consecuencia, respetuosamente solicitamos elevar a conocimiento del Tribunal esta propuesta, la cual cuenta con el aval de FLACSO Costa Rica, de esta Direcci�n y del Departamento Legal del TSE, para que �de aprobarlo- quede habilitada la se�ora Magistrada Presidenta para su firma.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Autorizar a la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a para que suscriba la respectiva adenda al convenio que se indica. ACUERDO FIRME.

B) Acuerdo Comisi�n Institucional de Implementaci�n de las NICSP sobre cumplimiento de objetivos al cierre de 2024. Del se�or Jefferson Vargas Salas, en su condici�n de Coordinador de la Comisi�n institucional de Implementaci�n de las Normas Internacionales de Contabilidad Nacional para el Sector P�blico (NICSP) en el TSE, se conoce oficio n.� CNIC-007-2025 del 4 de diciembre de 2025, mediante el cual informa que, en sesi�n ordinaria n.� 02-2025 de esa Comisi�n, efectuada el pasado 16 de octubre de 2025, en el art�culo tercero, una vez conocido el Informe de los auditores externos, se abord� el tema del cumplimiento de funciones de la Comisi�n en el tanto se logr� el objetivo de dirigir y coordinar acciones para obtener un cumplimiento del 100% al 31 de diciembre de 2024, as� establecido por el ente rector sea la Direcci�n General de Contabilidad Nacional, seg�n expone, y ante lo cual concluye literalmente lo siguiente:

"Con vista en todos los elementos expuestos, se determina comunicar al Superior que el objetivo de la Comisi�n de Implementaci�n de las NICSP, conforme los requerimientos y tiempos establecidos por el marco jur�dico que lo rige, se logr� satisfactoriamente; en el mismo orden de ideas, y salvo mejor criterio, se solicita que se mantenga en funcionamiento dicha Comisi�n, la cual sesionar�a ya no de forma peri�dica sino para atender requerimientos espec�ficos solicitados por los entes rectores, manteniendo su conformaci�n actual con excepci�n del representante del Departamento Legal que se sugiere sea sustituido por una persona del �rea Legal de la Direcci�n Ejecutiva, a elecci�n de la jerarca de esa dependencia.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusi�n se acoge. Este Tribunal reconoce los esfuerzos de los integrantes de la comisi�n, para alcanzar el satisfactorio resultado que ac� se conoce. H�gase del conocimiento de la Auditor�a Interna. ACUERDO FIRME.

C) Informe relativo a Convenio PSI con el Ministerio de Cultura y Juventud. De los se�ores Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, y Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, y de la se�ora Armenia Mas�s Soto, Jefa a. i. del Departamento de Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones, se conoce oficio n.� DL-451-2025 del 2 de diciembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.� 94-2025, celebrada el 13 de noviembre de 2025, rinden informe relativo al Convenio para la utilizaci�n de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI), para el Sector P�blico entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Cultura y Juventud y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen y recomiendan:

"IV. Conclusi�n y recomendaci�n.

A partir de lo dispuesto por el Superior en la sesi�n ordinaria n.� 13-2025, celebrada el 11 de febrero de 2025 y comunicado en oficio STSE-0249-2025 de esa misma fecha y, en concordancia con lo establecido en la Ley n.� 8968, los suscritos estimamos viable, desde la perspectiva jur�dica, t�cnica y en materia de protecci�n de datos personales, la solicitud presentada por la se�ora Mar�a Gabriela Garc�a Garro, Jefa de la Asesor�a Jur�dica del Ministerio de Cultura y Juventud, a efecto de suscribir el citado convenio interinstitucional para que esa instituci�n pueda acceder a las bases de datos p�blicos y privados que resguarda el Tribunal Supremo de Elecciones, siempre y cuando se establezcan las garant�as necesarias para salvaguardar los derechos de las personas involucradas, se respete de manera estricta el deber de confidencialidad y, que al generar las consultas por medio de dicha herramienta, no se divulguen datos que permitan identificar a las personas involucradas, ni se utilice para fines y condiciones distintas a las que se recab�.

En consecuencia, se remite la presente solicitud al Tribunal Supremo de Elecciones a fin de que, en caso de aprobarse, se habilite a la se�ora Magistrada Presidenta para proceder con su firma y como es usual de acuerdo a sus competencias, se encargue al Departamento Legal la debida gesti�n de formalizaci�n, con el prop�sito de asegurar que dicho instrumento jur�dico se formule en estricto apego a las disposiciones normativas aplicables y que, a la vez, garantice la adecuada salvaguarda de los intereses institucionales.

V. Consideraci�n adicional.

El Tribunal Supremo de Elecciones, en la sesi�n ordinaria n.� 13-2025, celebrada el 11 de febrero de 2025 y comunicado en oficio n.� STSE-0249-2025 de esa misma fecha, aprob� el acuerdo adoptado por el Consejo Directores en la sesi�n n.� 06-2025 del 5 de febrero de 2025 en la cual dispuso lo siguiente:

��2.- Toda solicitud de suscripci�n de convenio PSI ser� evaluada caso por caso, conforme a los siguientes pasos: a) Validaci�n jur�dica del Departamento Legal para determinar la elegibilidad de la instituci�n solicitante. b) Aval de la Direcci�n General del Registro Civil, como responsable de la base de datos, ante la Agencia de Protecci�n de Datos de los Habitantes (PRODHAB). c) Evaluaci�n t�cnica del Departamento de Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones para verificar el cumplimiento de los est�ndares de seguridad. 3.- Instruir a las Direcciones General del Registro Civil y de Estrategia Tecnol�gica para que ajuste los procedimientos internos y gestione la formalizaci�n de convenios conforme a este nuevo criterio. 4.- Elevar el presente acuerdo al Superior, con la recomendaci�n de aprobar. 5.- Desc�rguese de los asuntos pasados a estudio individual de los se�ores Directores y las se�oras Directoras�. (El subrayado no es del original) Por consiguiente, de manera respetuosa se sugiere que, en lo sucesivo, toda gesti�n cuya finalidad sea la suscripci�n de un acuerdo clausulado para la utilizaci�n de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI) en el Sector P�blico, sea remitida para la atenci�n conjunta de las instancias suscribientes del presente informe.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Autorizar a la se�ora Magistrada Presidenta a suscribir el respectivo convenio conforme se propone. H�gase del conocimiento de la se�ora Mar�a Gabriela Garc�a Garro, Jefa de la Asesor�a Jur�dica del Ministerio de Cultura y Juventud. En lo relativo a la consideraci�n adicional y en lo sucesivo, de previo a ser conocido por este Tribunal, la Secretar�a General de este Tribunal remitir� este tipo de gestiones a las instancias suscribientes del presente informe, conforme a lo indicado. ACUERDO FIRME.

D) Atenci�n de ajuste al cronograma de la advertencia n.� AD-AI-08-2025. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-3291-2025 del 3 de diciembre de 2025, mediante el cual, en relaci�n con el criterio de la Auditor�a Interna sobre el plazo establecido en el cronograma para la implementaci�n de las acciones de mejora derivadas de la advertencia n.� AD-AI-08-2025, remitido por esa Direcci�n Ejecutiva, formula las aclaraciones del caso y adjunta un nuevo cronograma que incorpora lo solicitado por la propia Auditor�a Interna.

Se dispone: Para lo que corresponda, h�gase de conocimiento de la Auditor�a Interna. ACUERDO FIRME.

E) Consulta sobre las condiciones de teletrabajo en la Secci�n de Opciones y Naturalizaciones. De la se�ora Carolina Phillips Guardado, Oficial Mayor a. i. del Departamento Civil, y de los Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, y German Rojas Flores, Jefe de la Secci�n de Opciones y Naturalizaciones, se conoce oficio n.� DC-0546-2025 del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual, en atenci�n al art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 101-2025, celebrada el 4 de diciembre de 2025, relativo a la consulta sobre las condiciones de teletrabajo en la Unidad de Cartas de la Secci�n de Opciones y Naturalizaciones del Departamento Civil, rinden el respectivo criterio.

Se dispone: Tener por rendido el criterio, el cual se acoge. En consecuencia, y con sustento en las consideraciones indicadas por la se�ora Phillips Guardado y los se�ores Bola�os Bola�os y Rojas Flores, la Unidad de Cartas de la Secci�n de Opciones y Naturalizaciones laborar� en la modalidad mixta (presencial y virtual), conforme a lo recomendado. H�gase de conocimiento de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO FIRME.

F) Informe confidencial de la Auditor�a Interna. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-0607-2025 CONFIDENCIAL del 3 de diciembre de 2025, mediante el cual remite el informe especial n.� IES-006-2025 (CONFIDENCIAL).

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse dentro del plazo de diez d�as h�biles, pase a la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

G) Criterio relativo a la Advertencia sobre incumplimiento de la implementaci�n de acciones de mejora de la advertencia n.� AD-02-2018. Del se�or Franklin Mora Gonzalez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-00612-2025 del 4 de diciembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 79-2025, celebrada el 30 de setiembre de 2025, rinde criterio sobre el oficio n.� DE-2552-2025, relativo a la Advertencia sobre incumplimiento de la implementaci�n de acciones de mejora de la advertencia n.� AD-02-2018.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el criterio de la Auditor�a Interna, el cual se acoge. H�gase del conocimiento de los despachos concernidos. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Resoluci�n de la Sala Constitucional que declara parcialmente con lugar recurso de amparo contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resoluci�n n.� 2025039458 de las nueve horas veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, mediante la cual se declara parcialmente con lugar el recurso de amparo contra este Tribunal.

Se dispone: H�gase del conocimiento de las jefaturas de los Departamentos de Recursos Humanos y Legal. ACUERDO FIRME.

B) Manifestaci�n de la Asociaci�n de Pensionados del TSE en respaldo a funciones de estos organismos electorales. Del se�or Fabio Jos� G�mez Paniagua, Presidente de la Asociaci�n de Pensionados del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se conoce nota del 2 de diciembre de 2025, mediante la cual informa que, en la sesi�n n.� 788, celebrada el 19 de noviembre de 2025, la Junta Directiva de esa Asociaci�n acord� manifestar su respaldo firme y p�blico a la labor que esta digna instituci�n ha desempe�ado hist�ricamente en favor de la democracia costarricense, as� como rechazar categ�ricamente cualquier intento de desprestigiar su nombre, cuestionar su honorabilidad o sembrar dudas infundadas sobre la integridad del funcionariado electoral.

Se dispone: Tener por recibida la comunicaci�n, la cual se agradece. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de permiso para atenci�n de asuntos sindicales. De la se�ora Fanny Sequeira Mata, Secretaria General de la Confederaci�n de Trabajadoras y Trabajadores Rerum Novarum, se conoce oficio n.� CTRN N�292-2025 del 3 de diciembre de 2025, mediante el cual solicita autorizaci�n para que el funcionario Julio Arroyo L�pez, participe en la actividad sindical que se indica.

Se dispone: Autorizar la participaci�n del se�or Arroyo L�pez en la actividad indicada. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, as� como la jefatura inmediata del funcionario. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Solicitud de aval para cambio en la ubicaci�n de los centros de votaci�n de los Consulados en Francia, Reino Unido, Los �ngeles, Miami, Nueva York, Colombia y Per�. Del se�or Gerardo Abarca Guzm�n, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce el oficio n.� DGRE-1030-2021, del 4 de diciembre de 2025, mediante el cual solicita el aval para realizar cambios en la ubicaci�n de los centros de votaci�n en las sedes consulares de Francia, Reino Unido, Los �ngeles, Miami, Nueva York, Colombia y Per�, de conformidad con las razones que expone en cada caso. Asimismo, detalla los costos y anticipos correspondientes a los locales que se propone utilizar, para la aprobaci�n de los tr�mites presupuestarios que permitan cubrirlos y, con ello, proceder a informar de dichos cambios a la ciudadan�a empadronada en cada sede consular.

Se dispone: Aprobar las modificaciones propuestas en la ubicaci�n de los centros de votaci�n en las sedes consulares indicadas, en los t�rminos expuestos por el se�or Abarca Guzm�n. ACUERDO FIRME.

B) Autorizaci�n de traslado de centro de votaci�n en el distrito electoral Calle San Jos�, cant�n de Grecia. Del se�or Gerardo Abarca Guzm�n, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-1018-2025 del 2 de diciembre del 2025, mediante el cual, por las razones que expone, solicita autorizaci�n para establecer el gimnasio comunal como centro de votaci�n en el distrito electoral Calle San Jos�, cant�n de Grecia, provincia de Alajuela, a efectos de instalar las juntas receptoras de votos n.� 2781 y n.� 2782, cuya codificaci�n en la Divisi�n Territorial Electoral (DTE) vigente es 20303033. Asimismo, requiere que el acuerdo que se adopte se comunique al Programa Electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Informaci�n 1020, al Cuerpo Nacional de Delegados y a todos los partidos pol�ticos que participan en este proceso, y que se actualice la informaci�n en la p�gina web del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Consulta del texto actualizado del proyecto de "Ley Marco de las Asociaciones P�blico Privadas", expediente n.� 24.009. Del se�or Edel Reales Noboa, Gerente del Departamento de Secretar�a del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-DSDI-OFI-0185-2025 del 8 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE N� 24.009 LEY MARCO DE LAS ASOCIACIONES P�BLICO PRIVADAS, que se adjunta.

De conformidad con el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho d�as h�biles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumir� que no existe objeci�n por el asunto. [�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta �el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 12 de diciembre de 2025� h�gase del conocimiento del se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 11 de diciembre de 2025. Tome nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 18 de diciembre de 2025. ACUERDO FIRME.

D) Respuesta a consulta del texto actualizado del proyecto de �Establecimiento de causales de inelegibilidad para optar a la Presidencia y a una Diputaci�n de la Rep�blica en el mismo proceso electoral; adici�n de un inciso 9) al art�culo 109 y de un inciso 6) al art�culo 132, de la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica ee Costa Rica�, expediente legislativo n� 23.401. Del se�or Edel Reales Noboa, Gerente del Departamento de Secretar�a del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-DSDI-OFI-0175-2025 del 27 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto actualizado del EXPEDIENTE LEGISLATIVO N� 23.401. ESTABLECIMIENTO DE CAUSALES DE INELEGIBILIDAD PARA OPTAR A LA PRESIDENCIA Y A UNA DIPUTACI�N DE LA REP�BLICA EN EL MISMO PROCESO ELECTORAL; ADICI�N DE UN INCISO 9) AL ART�CULO 109 Y DE UN INCISO 6) AL ART�CULO 132, DE LA CONSTITUCI�N POL�TICA DE LA REP�BLICA DE COSTA RICA, que se adjunta.

De conformidad con el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho d�as h�biles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumir� que no existe objeci�n por el asunto. [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I.- Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral�, la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellas iniciativas en las que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Sobre esa l�nea y en lo que respecta a reformas parciales a la Constituci�n Pol�tica, la Sala Constitucional, en la sentencia n.� 6548-2018 de las 12:04 horas del 24 de abril de 2018, fue enf�tica en se�alar que el referido numeral 97 era plenamente aplicable, por lo que el Parlamento, actuando como Poder Reformador, deb�a -tambi�n en estos casos- hacer la consulta preceptiva a esta Autoridad Electoral.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de repetida cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Magistratura, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II.- Objeto del proyecto. La Asamblea Legislativa somete a consideraci�n de este Tribunal el �texto actualizado con mociones aprobadas por el Plenario Legislativo� del proyecto de reforma constitucional n.� 23.401. En concreto, se pretende impedir que una persona se inscriba �simult�neamente� como candidata a la Presidencia o las Vicepresidencias de la Rep�blica y como postulante a una diputaci�n.

Para ello, se aspira a variar el contenido de los art�culos 109 y 132 del texto pol�tico fundamental, con el objetivo de introducir un nuevo impedimento y nueva causal de inelegibilidad -respectivamente- para los citados cargos de los �rganos del gobierno nacional (Presidencia, Vicepresidencias y diputaciones).

III.- Sobre el fondo del proyecto. Este Pleno, en la sesi�n ordinaria n.� 54-2025 del 3 de julio de 2025, atendi� la consulta formulada por la Asamblea Legislativa sobre el texto base de esta iniciativa. En esa oportunidad, esta Magistratura Electoral precis� que el objeto de esta reforma constitucional es materia librada a la discrecionalidad legislativa; sin embargo, se hicieron dos observaciones sobre el articulado y su redacci�n.

En el texto actualizado que ahora se conoce, las se�oras legisladoras y los se�ores legisladores incorporaron las sugerencias realizadas por este �rgano Constitucional, por lo que no hay ning�n comentario adicional sobre el particular.

As� las cosas, �nicamente corresponde reiterar lo se�alado en julio anterior, en punto al amplio margen de acci�n legislativo en este campo y sobre la necesidad de que la Sala Constitucional eval�e el procedimiento seguido:

La propuesta de cambio constitucional que se somete a consulta -por su tem�tica- es de car�cter pol�tico-electoral y no electoral en sentido estricto. La definici�n de las reglas para el acceso a cargos, si bien impacta en la organizaci�n del proceso electoral como un todo, es una decisi�n -en tesis de principio- que ata�e al �rgano legislativo como instancia pol�tica deliberante.

En otros t�rminos, considera que corresponde al legislador (actuando como Poder Reformador de la Constituci�n Pol�tica) definir, respetando los par�metros convencional y constitucional, cu�les ser�n las condiciones de inelegibilidad para acceder a los puestos de gobierno, categor�a dentro de la que est� incluida la imposibilidad de doble postulaci�n; sea, este es un tema que se encuentra librado a la discrecionalidad legislativa.

De otra parte, importa insistir en que este Tribunal Supremo de Elecciones, desde el a�o 2001 y con base en la jurisprudencia de la Sala Constitucional, ha se�alado que, en esta materia, aplica el principio de reserva de Constituci�n en aquellos cargos cuya creaci�n y condiciones de acceso se prevean directamente en esa Norma Suprema.

Como derecho humano, la participaci�n pol�tica solo admite las limitaciones que expresamente determine el ordenamiento jur�dico; eso s�, no cualquier tipo de norma puede establecer tales restricciones, pues la jerarqu�a que requiere la cl�usula limitativa est� �ntimamente relacionada con el tipo de puesto.

Trat�ndose de los cargos del gobierno nacional (Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y diputaciones a la Asamblea Legislativa), la Constituci�n Pol�tica s� previ� expresamente cu�les ser�an las condiciones personales que deb�an cumplir los aspirantes a esos puestos, as� como quienes no podr�an presentar candidaturas a ellos (art�culos 108, 109, 111, 112, 131 y 132); en ese sentido, est� vedado al legislador ordinario imponer m�s restricciones de las que se contemplan en la citada norma fundamental.

En esa l�nea, este Pleno, en la resoluci�n n.� 2108-E-2001 de las 11:15 horas del 12 de octubre del 2001, se�al�:

�En relaci�n con los impedimentos y limitaciones que se imponen a la elecci�n y ejercicio de los cargos p�blicos, la Sala Constitucional se�al� en el voto N� 2128-94 de las 14:51 minutos del 3 de mayo de 1994, que �... las excepciones a la igualdad electoral s�lo deber�an admitirse cuando la propia Constituci�n las imponga y esto, interpret�ndolas restrictiva y razonablemente de acuerdo con todo el Derecho de la Constituci�n, que incluye tambi�n los principios y normas de �sta y del Derecho Internacional.��.

El proyecto en an�lisis establece un supuesto de inelegibilidad para los cargos de Presidencia, Vicepresidencias y diputaciones que no fue previsto por el constituyente costarricense; esa limitaci�n al derecho al sufragio pasivo resulta viable, como se indic�, por intermedio de una reforma constitucional como la que se tramita actualmente.

Eso s�, debe tomar en consideraci�n la Asamblea Legislativa que la Sala Constitucional, en la sentencia n.� 2771-2003 de las 11:40 horas del 4 de abril de 2003, estableci� que hay ciertas t�picos cuyo abordaje solo puede hacerlos una Asamblea Constituyente. En ese sentido, el citado Tribunal Constitucional precis�:

�� se deduce que la Asamblea Legislativa carece de competencia para hacer una reforma parcial que afecte los derechos fundamentales y las decisiones pol�ticas fundamentales, por el procedimiento establecido en el art�culo 195 de la Constituci�n Pol�tica. La Asamblea Nacional Constituyente estableci� en el numeral 132 de la Constituci�n regulaciones a los derechos pol�ticos de quienes aspiren al cargo de Presidente o Vicepresidente de la Rep�blica. En el caso que nos ocupa en esta decisi�n judicial, el inciso 1) prohib�a la reelecci�n �nicamente para aquellos que hubieren ejercido la Presidencia en cualquier lapso dentro de los ocho a�os anteriores al per�odo para cuyo ejercicio se verificare la elecci�n. La reforma operada por ley No.4349 prohibi� en forma total la reelecci�n presidencial, afectando negativamente derechos pol�ticos de los ciudadanos y al actuar as�, la Asamblea Legislativa, en ejercicio del Poder Constituyente de reforma parcial, excedi� los l�mites de su competencia. La Asamblea Legislativa como poder reformador derivado, est� limitada por el Poder Constituyente en su capacidad para reformar la Constituci�n: no puede reducir, amputar, eliminar, ni limitar derechos y garant�as fundamentales, ni derechos pol�ticos de los ciudadanos, ni los aspectos esenciales de la organizaci�n pol�tica y econ�mica del pa�s. �nicamente mediante el procedimiento de reforma general, regulado en el art�culo 196 de la Constituci�n Pol�tica y en estricto apego a lo all� dispuesto, se podr�a intentar una reforma de tal naturaleza. Habiendo llegado a este punto del razonamiento judicial, es pertinente aclarar que la reforma parcial o total de la Constituci�n Pol�tica no se refiere a la cantidad de normas reformadas, sino que apunta a un aspecto cualitativo.�.

A la luz de lo expuesto, es fundamental que, en la consulta preceptiva de constitucionalidad (que se realice a tenor del numeral 96 inciso a. de la Ley de la Jurisdicci�n Constitucional), haya un pronunciamiento de la Sala Constitucional acerca de si se mantiene vigente el criterio jurisprudencial vertido en el precedente anteriormente transcrito. Al versar la reforma que ahora se conoce sobre la limitaci�n a un derecho pol�tico vigente (posibilidad de postulaci�n doble o simult�nea) podr�a estarse en el supuesto que desarrollaron -en 2003- las Magistraturas Constitucionales de entonces, por lo que es fundamental verificar que el procedimiento que se est� siguiendo es el correcto.�.

IV.- Conclusi�n. Al ser el objeto de la reforma constitucional materia librada a la discrecionalidad legislativa, este Tribunal Supremo de Elecciones no objeta, en su versi�n actual, el proyecto que se tramita en el expediente legislativo n.� 23.401. ACUERDO FIRME.

E) Recordatorio de la tregua navide�a.

Se dispone: Recordar a los partidos pol�ticos y medios de comunicaci�n colectiva que, de conformidad con lo estipulado en el C�digo Electoral, del 16 de diciembre de 2025 al 1.� de enero de 2026 (ambos d�as inclusive) rige la �tregua navide�a�, la cual tiene los siguientes alcances:

1.- De acuerdo con el p�rrafo cuarto del art�culo 136 de ese C�digo, est� prohibido �difundir propaganda pol�tica en medios de comunicaci�n colectiva�, es decir, publicar espacios pagados en prensa, radio, televisi�n e Internet. La �nica excepci�n autorizada es la posibilidad que tienen los candidatos a la Presidencia de la Rep�blica de �divulgar tres mensajes navide�os, seg�n la reglamentaci�n que al efecto dictar� el TSE�; reglamento que puede ser consultado en la siguiente direcci�n: http://www.tse.go.cr/pdf/normativa/difusiondelosmensajesnavidenos.pdf

2.- En lo que concierne a la difusi�n prohibida de propaganda por Internet, en sesi�n n.� 127-2009 del 17 de diciembre de 2009, este Tribunal aclar� que lo que se encuentra vedado en tal per�odo es �� la publicaci�n de espacios pagados en Internet, como lo son, por ejemplo, �banners� de los partidos pol�ticos o de sus candidatos en sitios web; �sta es la �nica restricci�n que pesa en relaci�n con el uso de Internet por parte de los partidos ��. T�mese en consideraci�n que las pautas fijadas en la resoluci�n n.� 4190-E8-2025 �nicamente aplican a mensajes de las instituciones p�blicas y no a las agrupaciones pol�ticas, tendencias o candidaturas; en consecuencia, los partidos pol�ticos y aspirantes, durante la tregua navide�a, pueden seguir haciendo uso de sus redes sociales y plataformas digitales, mientras que no medie pago en sus publicaciones (solo es permitido el contenido org�nico).

3.- Seg�n el inciso d) del art�culo 137 del C�digo, durante el mismo lapso los partidos pol�ticos tampoco podr�n celebrar reuniones o m�tines en zonas p�blicas.

4.- La trasgresi�n de esas reglas lleva aparejada la aplicaci�n de las sanciones establecidas en los art�culos 286 y 289 del mencionado C�digo.

Notif�quese a los partidos pol�ticos. Proceda con la divulgaci�n de este acuerdo la Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional. ACUERDO FIRME.

A las once horas y nueve minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s