ACTA N.� 104-2025

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y diecinueve minutos del diecis�is de diciembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n la se�ora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 103-2025.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre dedicaci�n exclusiva de los puestos n.� 370760, 370757, 86899 y 45522. De la se�ora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.� CDIR-0373-2025 del 10 de diciembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de los informes relativos a las solicitudes de pr�rroga del r�gimen de dedicaci�n exclusiva de los puestos n.�s 370760 y 370757, correspondientes a Profesional Asistente Electoral 1 (clase Profesional Asistente 1) adscritos al Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; del puesto n.� 86899, correspondiente a Profesional en Gesti�n de Planillas (clase Profesional Ejecutor 3) adscrito al Departamento de Contadur�a; y del puesto n.� 45522, correspondiente a Subjefe/a de Recursos Humanos (clase Profesional Funcional 1), adscrito al Departamento de Recursos Humanos; recomendando aprobar dichas pr�rrogas.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. D�ctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Criterio sobre la respuesta del seguimiento de la advertencia n.� AD-002-2025. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-0610-2025 del 4 de diciembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.� 100-2025, celebrada el 2 de diciembre de 2025, rinde criterio sobre lo manifestado por la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos mediante oficio n.� DGRE-0994-2025 del 25 de noviembre anterior, relativo al seguimiento efectuado al servicio preventivo de advertencia n.� AD-002-2025 (oficio n.� AI-0233-2025) del 22 de mayo del presente a�o, sobre aspectos de control interno de la Papeleta �nica Electr�nica (PUE).

Se dispone: Tener por rendido el criterio, el cual se aprueba. En consecuencia, se acoge el servicio de advertencia n.� AD-002-2025: sobre aspectos de control interno de la Papeleta �nica Electr�nica. Para su atenci�n en el plazo de diez d�as h�biles pase a la Direcci�n General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos para que ampl�e el cronograma para su implementaci�n, as� como la definici�n de los responsables, a fin de proponer a este Pleno las actividades de control interno y las acciones espec�ficas y estructuradas que se realizar�n para minimizar los riesgos se�alados en dicho servicio de advertencia. ACUERDO FIRME.

El Magistrado Fern�ndez Mas�s se abstiene de votar este asunto.

B) Informe relativo a viabilidad jur�dica de convenio PSI con el Ministerio de Ciencia, Innovaci�n, Tecnolog�a y Telecomunicaciones. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-457-2025 del 9 de diciembre de 2025, mediante el cual rinde informe en relaci�n con el oficio n. � MICITT-ANGD-OF-000004-2025, del 14 de octubre del a�o en curso, suscrito por el se�or Erickson Alexander �lvarez Calonge, Gerente de la Agencia Nacional de Gobierno Digital del MICITT, en el que solicita acceso a la informaci�n p�blica contenida en la base de datos del TSE, con el prop�sito de integrarla al �Portal Pura Vida Digital�; y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"IV. Conclusi�n y recomendaci�n.

Con base en lo expuesto y, en concordancia con lo establecido en la Ley n.� 8968, este Departamento Legal, considera viable desde la perspectiva jur�dica, la solicitud presentada por el se�or Erickson Alexander �lvarez Calonge, Gerente de la Agencia Nacional de Gobierno Digital del MICITT, a efecto de suscribir un convenio interinstitucional para que esa instituci�n pueda acceder mediante conexi�n VPN a las bases de datos p�blicos que resguarda el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones, siempre y cuando se establezcan las garant�as necesarias para salvaguardar los derechos de las personas involucradas, se respete de manera estricta el deber de confidencialidad y, que al generar las investigaciones e intervenciones correspondientes, no se divulguen datos que permitan identificar a las personas involucradas, ni se utilice para fines y condiciones distintas a las que se recab�.

Ahora bien, no obstante que el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante sesi�n ordinaria n.� 13-2025, celebrada el 11 de febrero de 2025 y comunicado en oficio n. � STSE-0249-2025 de esa misma fecha, defini� claramente cu�l es el orden establecido para la tramitaci�n de estos casos, es lo cierto que en la especie ya constan tanto el aval correspondiente del Responsable de la Base de Datos como la validaci�n t�cnica por parte del DTIC, la cual mediante oficio n. � DTIC-311-2025 del 17 de octubre de 2025, manifest� su anuencia para acceder a ese banco de informaci�n por medio de conexi�n v�a internet, tipo VPN punto a punto entre ambas instituciones.

En consecuencia y atendiendo a las consideraciones expuestas, lo procedente es remitir la solicitud de la AGND del MICITT al Tribunal Supremo de Elecciones, a fin de que, en caso de que el Superior la apruebe, se habilite a la se�ora Magistrada Presidenta para proceder con su firma, y como es usual de acuerdo con sus competencias, se encargue al Departamento Legal la debida gesti�n de formalizaci�n, con el prop�sito de asegurar que dicho instrumento jur�dico se formule en estricto apego a las disposiciones normativas aplicables y que, a la vez, garantice la adecuada salvaguarda de los intereses institucionales.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusi�n y recomendaci�n se acogen. Por consiguiente, se autoriza a la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a para que suscriba el respectivo convenio. ACUERDO FIRME.

C) Propuesta para optimizar la comunicaci�n interna. Del se�or Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, y de la se�ora Mar�a Jos� Alvarado Aguilar, Jefa a. i. de Comunicaci�n Organizacional, se conoce oficio n.� DEGP-244-2025 del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual, en el marco de la Pol�tica de Comunicaci�n Institucional aprobada por el Superior, solicitan someter a consideraci�n de las se�oras y se�ores magistrados una propuesta orientada a optimizar la comunicaci�n interna, labor que desarrolla la Oficina de Comunicaci�n Organizacional (COM), a fin de regular y mejorar el uso del correo institucional.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

D) Constancia de ingreso del "Fondo documental: papeletas electorales 1948-2022" al Registro Nacional Memoria del Mundo. Del se�or Hugo Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.� IFED-402-2025 del 11 de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda, me permito adjuntar certificado emitido por el Comit� Nacional de Memoria del Mundo de la Comisi�n Costarricense de Cooperaci�n con la UNESCO, mediante el cual hace constar el ingreso del �Fondo documental: papeletas electorales 1948-2022� al Registro Nacional Memoria del Mundo. Conforme a la asignaci�n del TSE, me correspondi� el honor de recibir este certificado en el evento realizado el pasado viernes, a partir de las 10:00 a.m., en el Foyer del Teatro Nacional.

Sin perjuicio del mejor criterio de las se�oras y se�ores magistrados, respetuosamente me permito sugerir la posibilidad de remitir el certificado al Centro de Documentaci�n institucional, con el prop�sito de que se exponga al p�blico en el mismo sitio donde se resguarda el referido fondo documental.".

Se dispone: Rem�tase el certificado al Centro de Documentaci�n, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Interviene la se�ora Magistrada Bou Valverde: �Yo quisiera agregar aqu�, que a m� me emocion� mucho ver este reconocimiento y esta incorporaci�n a un lugar de memoria hist�rica, porque lo que hace es precisamente dar a conocer al mundo e incluso a los nuevos costarricenses, como ininterrumpidamente se han celebrado elecciones en este pa�s, y como se hace el documento para que la gente pueda emitir el voto. Entonces nada m�s quer�a dejar constancia de eso que me causo mucha emoci�n���������

Interviene la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: De acuerdo totalmente y justamente me contaban los compa�eros de comunicaci�n, en estos d�as pidi� ese acto una periodista, as� que comparto las palabras de la magistrada Bou�

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Informe sobre participaci�n en el taller sobre regulaci�n de plataformas y protecci�n de la democracia en la era digital. Del se�or Hugo Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.� IFED-404-2025 del 12 de diciembre de 2025, mediante el cual rinde informe sobre su participaci�n en el taller �Regulaci�n de plataformas y protecci�n de la democracia en la era digital, realizado en la Universidad Cat�lica de Santo Domingo, Rep�blica Dominicana, los d�as 8 y 9 de diciembre, en el marco del proyecto de investigaci�n financiado por la UNESCO y la Uni�n Europea.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Resoluci�n de la Sala Constitucional que suspende la tramitaci�n del recurso de amparo contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resoluci�n n.� 2025039360 de las nueve horas veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, mediante la cual suspende la tramitaci�n del recurso de amparo contra este Tribunal.

Se dispone: H�gase del conocimiento de la Direcci�n General del Registro Civil, as� como del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.������ ��

B) Transcripci�n de acuerdo CMA-503-2025. De la se�ora Ana Cecilia Barrantes Bonilla, Secretaria del Concejo Municipal de Abangares, se conoce oficio n.� CMA-503-2025 del 11 de diciembre de 2025, mediante el cual remite la transcripci�n del acuerdo n.� 503-2025, adoptado por ese Concejo en la sesi�n ordinaria n.� 68-2025, celebrada el nueve de diciembre de dos mil veinticinco, en el cual se expresa el apoyo de ese Concejo a este Tribunal.

Se dispone: Tener por recibida la comunicaci�n, la cual se agradece. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Respuesta a consulta del texto actualizado del proyecto de "Ley Marco de las Asociaciones P�blico-Privadas", expediente n.� 24.009. Del se�or Edel Reales Noboa, Gerente del Departamento de Secretar�a del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.�AL-DSDI-0185-2025 del 08 de diciembre de 2025, recibido ese mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE N� 24.009 LEY MARCO DE LAS ASOCIACIONES P�BLICO PRIVADAS, que se adjunta.

De conformidad con el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho d�as h�biles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumir� que no existe objeci�n por el asunto. [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto establecer el marco regulatorio para el desarrollo de proyectos mediante la participaci�n conjunta de los sectores p�blico y privado, por medio de la suscripci�n voluntaria de un contrato, producto de un proceso competitivo (licitaci�n p�blica, supletoriamente las modalidades de precalificaci�n y de etapas previstas para la licitaci�n mayor, seg�n Ley N.� 9986 de 27 de mayo de 2021 y su reglamento), para la provisi�n, gesti�n u operaci�n de bienes o servicios de inter�s p�blico que, en palabras de los proponentes, es un paso urgente y necesario para abordar los desaf�os de inversi�n en infraestructura y servicios p�blicos.

III. Sobre el proyecto.

Al respecto, es preciso se�alar que este mismo proyecto fue consultado en el a�o 2024 a este Colegiado mediante oficio n. � AL-CE23144-0086-2024 del 21 de febrero de 2024, suscrito por la se�ora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas II del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, mismo que fue analizado y conocido por este Tribunal en el art�culo sexto de la sesi�n ordinaria numero 25-2024 del 29 de febrero de 2024, el cual, en lo que interesa, se indic�:

�Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral. ACUERDO FIRME.

Al advertirse que se trata del mismo expediente legislativo y que adem�s no constan modificaciones al texto que ahora se consulta, este Colegiado reitera el criterio expuesto en el acuerdo antes transcrito.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, este Tribunal reitera el criterio externado en el art�culo sexto de la sesi�n ordinaria numero 25-2024 del 29 de febrero de 2024, en cuanto a omitir manifestar criterio alguno en los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.

A las diez horas y treinta y nueve minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s