ACTA N.�
104-2025
Sesi�n ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y diecinueve minutos
del diecis�is de diciembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la se�ora
Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or Magistrado
Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a Bou Valverde
y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado H�ctor Enrique
Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n la se�ora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria
General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones.
ART�CULO
PRIMERO.
APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se
tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.
B) Se
tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.�
103-2025.
ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS
DEL CONSEJO DE DIRECTORES.�
A) Informe sobre dedicaci�n
exclusiva de los puestos n.� 370760, 370757, 86899 y
45522. De la se�ora Glenda Victoria
Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce
oficio n.� CDIR-0373-2025 del 10 de diciembre de
2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo respecto de los
informes relativos a las solicitudes de pr�rroga del r�gimen de dedicaci�n
exclusiva de los puestos n.�s 370760 y 370757, correspondientes a
Profesional Asistente Electoral 1 (clase Profesional Asistente 1) adscritos al
Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; del puesto n.� 86899,
correspondiente a Profesional en Gesti�n de Planillas (clase Profesional
Ejecutor 3) adscrito al Departamento de Contadur�a; y del puesto n.� 45522,
correspondiente a Subjefe/a de Recursos Humanos (clase Profesional Funcional
1), adscrito al Departamento de Recursos Humanos; recomendando aprobar dichas
pr�rrogas.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. D�ctense las respectivas resoluciones. ACUERDO FIRME.
ART�CULO TERCERO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Criterio sobre la respuesta
del seguimiento de la advertencia n.� AD-002-2025. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-0610-2025 del 4 de diciembre de 2025, mediante el
cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo quinto de la
sesi�n ordinaria n.� 100-2025, celebrada el 2 de diciembre de 2025, rinde
criterio sobre lo manifestado por la Direcci�n General del Registro Electoral y
de Financiamiento de Partidos Pol�ticos mediante oficio n.� DGRE-0994-2025 del
25 de noviembre anterior, relativo al seguimiento efectuado al servicio
preventivo de advertencia n.� AD-002-2025 (oficio n.� AI-0233-2025) del 22 de mayo del presente a�o,
sobre aspectos de control interno de la Papeleta �nica Electr�nica (PUE).
Se dispone: Tener por rendido el criterio, el cual se aprueba. En consecuencia, se
acoge el servicio de advertencia n.� AD-002-2025: sobre aspectos de control
interno de la Papeleta �nica Electr�nica. Para su atenci�n en el plazo de diez
d�as h�biles pase a la Direcci�n General de Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Pol�ticos para que ampl�e el cronograma para su
implementaci�n, as� como la definici�n de los responsables, a fin de proponer a
este Pleno las actividades de control interno y las acciones espec�ficas y
estructuradas que se realizar�n para minimizar los riesgos se�alados en dicho
servicio de advertencia. ACUERDO FIRME.
El Magistrado Fern�ndez Mas�s se abstiene de votar
este asunto.�
B) Informe relativo a
viabilidad jur�dica de convenio PSI con el Ministerio de Ciencia, Innovaci�n,
Tecnolog�a y Telecomunicaciones. Del se�or Ronny Alexander
Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-457-2025 del 9 de diciembre de 2025, mediante el
cual rinde informe en relaci�n con el oficio n. � MICITT-ANGD-OF-000004-2025,
del 14 de octubre del a�o en curso, suscrito por el se�or Erickson Alexander �lvarez
Calonge, Gerente de la Agencia Nacional de Gobierno Digital del MICITT, en el
que solicita acceso a la informaci�n p�blica contenida en la base de datos del
TSE, con el prop�sito de integrarla al �Portal Pura Vida Digital�; y, con
fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"IV. Conclusi�n y recomendaci�n.
Con base en lo expuesto y,
en concordancia con lo establecido en la Ley n.�
8968, este Departamento Legal, considera viable desde la perspectiva jur�dica,
la solicitud presentada por el se�or Erickson Alexander �lvarez Calonge,
Gerente de la Agencia Nacional de Gobierno Digital del MICITT, a efecto de
suscribir un convenio interinstitucional para que esa instituci�n pueda acceder
mediante conexi�n VPN a las bases de datos p�blicos que resguarda el Registro
Civil del Tribunal Supremo de Elecciones, siempre y cuando se establezcan las
garant�as necesarias para salvaguardar los derechos de las personas
involucradas, se respete de manera estricta el deber de confidencialidad y, que
al generar las investigaciones e intervenciones correspondientes, no se divulguen
datos que permitan identificar a las personas involucradas, ni se utilice
para fines y condiciones distintas a las que se recab�.
Ahora bien, no obstante que
el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante sesi�n ordinaria n.� 13-2025, celebrada el 11 de febrero de 2025 y
comunicado en oficio n. � STSE-0249-2025 de esa misma fecha, defini� claramente
cu�l es el orden establecido para la tramitaci�n de estos casos, es lo cierto
que en la especie ya constan tanto el aval correspondiente del Responsable de
la Base de Datos como la validaci�n t�cnica por parte del DTIC, la cual
mediante oficio n. � DTIC-311-2025 del 17 de octubre de 2025, manifest� su
anuencia para acceder a ese banco de informaci�n por medio de conexi�n v�a
internet, tipo VPN punto a punto entre ambas instituciones.
En consecuencia y atendiendo
a las consideraciones expuestas, lo procedente es remitir la solicitud de la
AGND del MICITT al Tribunal Supremo de Elecciones, a fin de que, en caso de que
el Superior la apruebe, se habilite a la se�ora Magistrada Presidenta para
proceder con su firma, y como es usual de acuerdo con sus competencias, se
encargue al Departamento Legal la debida gesti�n de formalizaci�n, con el
prop�sito de asegurar que dicho instrumento jur�dico se formule en estricto
apego a las disposiciones normativas aplicables y que, a la vez, garantice la
adecuada salvaguarda de los intereses institucionales.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusi�n y
recomendaci�n se acogen. Por consiguiente, se autoriza a la se�ora Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a para que suscriba el respectivo
convenio. ACUERDO FIRME.
C) Propuesta para optimizar la
comunicaci�n interna. Del se�or Gustavo Rom�n
Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional, y de
la se�ora Mar�a Jos� Alvarado Aguilar, Jefa a. i. de Comunicaci�n
Organizacional, se conoce oficio n.� DEGP-244-2025
del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual, en el marco de la Pol�tica de
Comunicaci�n Institucional aprobada por el Superior, solicitan someter a
consideraci�n de las se�oras y se�ores magistrados una propuesta orientada a
optimizar la comunicaci�n interna, labor que desarrolla la Oficina de
Comunicaci�n Organizacional (COM), a fin de regular y mejorar el uso del correo
institucional.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.�
D) Constancia de ingreso del
"Fondo documental: papeletas electorales 1948-2022" al Registro
Nacional Memoria del Mundo. Del se�or Hugo Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en
Democracia, se conoce oficio n.� IFED-402-2025 del 11
de diciembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que
corresponda, me permito adjuntar certificado emitido por el Comit� Nacional de
Memoria del Mundo de la Comisi�n Costarricense de Cooperaci�n con la UNESCO,
mediante el cual hace constar el ingreso del �Fondo documental: papeletas
electorales 1948-2022� al Registro Nacional Memoria del Mundo. Conforme a la
asignaci�n del TSE, me correspondi� el honor de recibir este certificado en el
evento realizado el pasado viernes, a partir de las 10:00 a.m., en el Foyer del
Teatro Nacional.
Sin perjuicio del mejor
criterio de las se�oras y se�ores magistrados, respetuosamente me permito
sugerir la posibilidad de remitir el certificado al Centro de Documentaci�n
institucional, con el prop�sito de que se exponga al p�blico en el mismo sitio
donde se resguarda el referido fondo documental.".
Se dispone: Rem�tase el certificado al Centro de Documentaci�n,
conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Interviene la se�ora
Magistrada Bou Valverde: �Yo quisiera agregar aqu�, que a m� me emocion�
mucho ver este reconocimiento y esta incorporaci�n a un lugar de memoria
hist�rica, porque lo que hace es precisamente dar a conocer al mundo e incluso
a los nuevos costarricenses, como ininterrumpidamente se han celebrado
elecciones en este pa�s, y como se hace el documento para que la gente pueda
emitir el voto. Entonces nada m�s quer�a dejar constancia de eso que me causo
mucha emoci�n���������
Interviene la se�ora
Magistrada Presidenta Zamora Chavarr�a: �De
acuerdo totalmente y justamente me contaban los
compa�eros de comunicaci�n, en estos d�as pidi� ese acto una periodista, as�
que comparto las palabras de la magistrada Bou�
ART�CULO CUARTO.
ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
A) Informe sobre participaci�n
en el taller sobre regulaci�n de plataformas y protecci�n de la democracia en
la era digital. Del se�or Hugo Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en
Democracia, se conoce oficio n.� IFED-404-2025 del 12
de diciembre de 2025, mediante el cual rinde informe sobre su participaci�n en
el taller �Regulaci�n de plataformas y protecci�n de la democracia en la era
digital, realizado en la Universidad Cat�lica de Santo Domingo, Rep�blica Dominicana,
los d�as 8 y 9 de diciembre, en el marco del proyecto de investigaci�n
financiado por la UNESCO y la Uni�n Europea.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO
FIRME.
ART�CULO QUINTO.
ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resoluci�n de la Sala
Constitucional que suspende la tramitaci�n del recurso de amparo contra el TSE.
De la Sala Constitucional de
la Corte Suprema de Justicia, se conoce resoluci�n n.�
2025039360 de las nueve horas veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos
mil veinticinco, mediante la cual suspende la tramitaci�n del recurso de amparo
contra este Tribunal.
Se dispone: H�gase del conocimiento de la Direcci�n General del
Registro Civil, as� como del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.������ ��
B) Transcripci�n de acuerdo
CMA-503-2025. De la se�ora Ana Cecilia
Barrantes Bonilla, Secretaria del Concejo Municipal de
Abangares, se conoce oficio n.� CMA-503-2025 del 11
de diciembre de 2025, mediante el cual remite la transcripci�n del acuerdo n.� 503-2025, adoptado por ese Concejo en la sesi�n
ordinaria n.� 68-2025, celebrada el nueve de
diciembre de dos mil veinticinco, en el cual se expresa el apoyo de ese Concejo
a este Tribunal.
Se dispone: Tener por recibida la comunicaci�n, la cual se agradece. ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO.
ASUNTOS ELECTORALES.
A) Respuesta a consulta del
texto actualizado del proyecto de "Ley Marco de las Asociaciones P�blico-Privadas",
expediente n.� 24.009. Del se�or Edel Reales Noboa, Gerente del Departamento de Secretar�a del
Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio
n.�AL-DSDI-0185-2025 del 08 de diciembre de 2025, recibido ese mismo d�a en la
Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con las
disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto
actualizado sobre el EXPEDIENTE
N� 24.009 LEY MARCO DE LAS ASOCIACIONES P�BLICO
PRIVADAS, que se adjunta.
De conformidad con el
art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado
para referirse al proyecto es de ocho d�as h�biles contados a partir de la
fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o
el ente consultado, se asumir� que no existe objeci�n por el asunto. [�]".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en
forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de
ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar
al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa
formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las
dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses
previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir
en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo
normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo
12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad
Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de
orden constitucional.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente esta ley tiene por objeto establecer el
marco regulatorio para el desarrollo de proyectos mediante la participaci�n
conjunta de los sectores p�blico y privado, por medio de la suscripci�n
voluntaria de un contrato, producto de un proceso competitivo (licitaci�n
p�blica, supletoriamente las modalidades de precalificaci�n y de etapas
previstas para la licitaci�n mayor, seg�n Ley N.�
9986 de 27 de mayo de 2021 y su reglamento), para la provisi�n, gesti�n u
operaci�n de bienes o servicios de inter�s p�blico que, en palabras de los
proponentes, es un paso urgente y necesario para abordar los desaf�os de
inversi�n en infraestructura y servicios p�blicos.
III. Sobre el proyecto.
Al respecto, es preciso se�alar que este mismo
proyecto fue consultado en el a�o 2024 a este Colegiado mediante oficio n. �
AL-CE23144-0086-2024 del 21 de febrero de 2024, suscrito por la se�ora Ana
Julia Araya Alfaro, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas II del Departamento
de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, mismo que fue
analizado y conocido por este Tribunal en el art�culo sexto de la sesi�n
ordinaria numero 25-2024 del 29 de febrero de 2024, el cual, en lo que
interesa, se indic�:
�Del examen de la propuesta
legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna
relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en
modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente
modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente
asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba
emitir su criterio, en los t�rminos
establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.
�IV. Conclusi�n.
Con base en lo expuesto, al
estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al
giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en
los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral. ACUERDO FIRME.
Al advertirse que se trata
del mismo expediente legislativo y que adem�s no constan modificaciones al
texto que ahora se consulta, este Colegiado reitera el criterio expuesto en el
acuerdo antes transcrito.
IV. Conclusi�n.
Con base en lo expuesto, este Tribunal reitera el
criterio externado en el art�culo sexto de la sesi�n ordinaria numero 25-2024
del 29 de febrero de 2024, en cuanto a omitir manifestar criterio alguno en los
t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral, al
estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al
giro de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y treinta y nueve minutos termin� la
sesi�n.
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Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
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Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
Mar�a Bou Valverde |
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Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
H�ctor
Enrique Fern�ndez Mas�s |