ACTA N.� 2-2025

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y siete minutos del nueve de enero de dos mil veinticinco, con asistencia del se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron �quien preside� de la se�ora Magistrada Zetty Mar�a Bou Valverde y del se�or Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:

�������� Propuesta de modificaci�n al Reglamento sobre la rendici�n de cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones.

�������� Consulta sobre la despersonalizaci�n del n�mero de oficio en los documentos emitidos por la Auditor�a Interna.

�������� Invitaci�n para Especialista en Justicia Electoral en la Misi�n de Observaci�n Electoral en el marco de las Elecciones Generales de la Rep�blica del Ecuador.

C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 1-2025.

ART�CULO SEGUNDO. INFORMES DE LAS SE�ORAS Y DE LOS SE�ORES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.

Sale del sal�n de sesiones el se�or Magistrado Brenes Villalobos.

A) Informe de participaci�n en Misi�n de Observaci�n Electoral en el Estado Plurinacional de Bolivia. Del se�or Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado Suplente de este Tribunal, se conoce nota del 6 de enero de 2025, mediante la cual rinde informe relativo a su participaci�n como observador electoral en las elecciones judiciales bolivianas, celebradas el 15 de diciembre de 2024 en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretar�a General de este Tribunal a cursar los agradecimientos que se proponen. Rem�tanse las publicaciones y documentos que se adjuntan al Centro de Documentaci�n y al Archivo de este Tribunal, seg�n corresponda. ACUERDO FIRME.

Reingresa al sal�n de sesiones el se�or Magistrado Brenes Villalobos.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe del seguimiento del Plan de mejora de la Autoevaluaci�n de la Calidad de la Auditor�a Interna. Del se�or Jose Andr�s Blanco Chaves, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.� AI-554-2024 del 18 de diciembre de 2024, mediante el cual remite el Informe de seguimiento n.� IPAC-003-2024 relativo a las acciones del plan de mejora de la Autoevaluaci�n de la Calidad de la Auditor�a Interna del Tribunal de los periodos 2021, 2022 y 2023 as� como, de la validaci�n independiente de la autoevaluaci�n de 2021.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. ACUERDO FIRME.

B) Informe de gesti�n de cobro por sumas giradas de m�s a exfuncionario. De la se�ora Guiselle Valverde Calder�n, Contadora a. i., se conoce oficio n.� CONT-0916-2024 del 20 de diciembre de 2024, mediante el cual rinde informe respecto de las gestiones realizadas para recuperar sumas giradas de m�s a un exfuncionario, seg�n detalla.

Se dispone: Para lo que corresponda, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

C) Informe del Departamento Legal sobre la atenci�n a las inquietudes realizadas por las diferentes Superintendencias. Del se�or Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-3-2025 del 7 de enero de 2025, mediante el cual remite informe sobre la atenci�n a las inquietudes realizadas por la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia General de Entidades Financieras, la Superintendencia General de Valores y la Superintendencia General de Seguros, sobre la posibilidad de acceder a informaci�n registral, en relaci�n con lo se�alado en el oficio DL-367-2023, del 18 de setiembre de 2023.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge; para su atenci�n pase a las direcciones generales del Registro Civil y de Estrategia Tecnol�gica. H�gase del conocimiento de las instituciones gestionantes. ACUERDO FIRME.

D) Propuesta de modificaci�n al Reglamento sobre la rendici�n de cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones. Del se�or Ronny Alexander Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-543-2024 del 18 de diciembre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atenci�n al acuerdo tomado por el Tribunal en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 121-2024, celebrada el 10 de diciembre de 2024, comunicada en el oficio n.� STSE-2610-2024 de esa misma fecha, en el que se dispuso que este Departamento Legal remitiera la propuesta de modificaci�n al Reglamento sobre la rendici�n de cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con las modificaciones solicitadas en oficio n.� CONT-0600-2024 del 8 de agosto de 2024, suscrito por las se�oras Guiselle Valverde Calder�n, Contadora a. i. e Hirlanny Mar�a Ortiz Campos -en aquel momento-, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, y de los se�ores Abraham Paniagua Gonz�lez, Subcontador y Walter Jim�nez Gonz�lez, Profesional del Departamento de Recursos Humanos, me permito adjuntar un borrador de propuesta de decreto en los t�rminos acordados por el Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por rendido el informe. Prom�lguese el respectivo decreto de conformidad con el siguiente texto:

"EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren el inciso 10) del art�culo 102 de la Constituci�n Pol�tica y el inciso �) del art�culo 12 del C�digo Electoral, y

CONSIDERANDO

I. Que en el informe de Control Interno n.� ICI-05-2020 emitido en abril de 2020 por la Auditor�a Interna, relativo a la evaluaci�n del cumplimiento de la normativa sobre las cauciones que deben rendir los funcionarios del Tribunal, en el que otras consideraciones se recomend� al Consejo de Directores, girar las instrucciones necesarias a los funcionarios de las instancias correspondientes para reformar el Reglamento sobre la rendici�n de cauciones del Tribunal Supremo de Elecciones.

II. Que la Contadur�a Institucional, en conjunto con el Departamento de Recursos Humanos, recomend� al Consejo de Directores, mediante el oficio n.� CONT-0334-2024 del 22 de marzo de 2024, autorizar el ajuste y la actualizaci�n de las cauciones que deben rendir las personas funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones, de acuerdo con la disposici�n normativa correspondiente.

III. Que el Consejo de Directores, en el art�culo segundo, inciso j), de la sesi�n ordinaria n.� 13-2024, celebrada el 2 de abril de 2024, dispuso: �Pase a estudio individual de los se�ores Directores y las se�oras Directoras, para que en un plazo m�ximo de 15 d�as h�biles se refieran al respecto�.

IV. Que la Direcci�n General de Estrategia Tecnol�gica y la Direcci�n General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Pol�ticos, en oficios n.� DGET-131-2024 del 16 de abril de 2024 y n.� DGRE-0502-2024 del 22 de abril de 2024, rindieron el informe respectivo.

V. Que el Consejo de Directores, en el art�culo segundo, inciso a), de la sesi�n ordinaria n.� 17-2024, celebrada el 30 de abril de 2024, dispuso: �En virtud de los argumentos expuestos por la se�ora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica y el se�or H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se devuelve dicho informe para que sean tomados en consideraci�n y se remita a este Colegiado un nuevo informe, en el plazo de 30 d�as h�biles�.

VI. Que la Contadur�a Institucional en conjunto con el Departamento de Recursos, por oficio n.� CONT-0600-2024 del 8 de agosto de 2024, remiti� el informe respectivo al Consejo de Directores con la solicitud de aprobar modificaciones efectuadas al Reglamento sobre la rendici�n de cauciones del Tribunal Supremo de Elecciones, en atenci�n a las recomendaciones emitidas por la Auditor�a Interna.

VII. Que el Consejo de Directores, en el art�culo segundo, inciso a), de la sesi�n ordinaria n.� 36-2024, celebrada el 27 de agosto de 2024, dispuso: �1- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. 2.- H�gase de conocimiento del Superior con la recomendaci�n de aprobar�.

VIII. Que el Tribunal Supremo de Elecciones, en el art�culo tercero, inciso b), de la sesi�n ordinaria n.� 121-2024, celebrada el 10 de diciembre de 2024, dispuso: �1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme lo recomienda el Consejo de Directores...�.

DECRETA

La siguiente:

REFORMA AL REGLAMENTO SOBRE LA RENDICI�N DE CAUCIONES EN FAVOR DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ART�CULO 1.- Ref�rmense los art�culos 3, 5, 11, y 15 del Reglamento sobre la Rendici�n de Cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.� 2-2008 y sus Reformas, para que en lo sucesivo se lean as�:

�(�)

Art�culo 3.- Forma de rendir la cauci�n. La cauci�n en favor del Tribunal Supremo de Elecciones se har� mediante la suscripci�n con cargo al peculio del funcionario obligado a rendir cauci�n, de un seguro o p�liza -de fidelidad ante las entidades o empresas aseguradoras autorizadas.

(�)

Art�culo 5.- Momento para rendir la cauci�n. Los funcionarios obligados a rendir cauci�n deber�n hacerlo una vez notificados de su designaci�n en el puesto y, como plazo m�ximo, dentro de los diez d�as h�biles siguientes a la fecha en que asumen el cargo. Dentro de ese plazo, corresponder� al Departamento de Recursos Humanos informar al Departamento de Contadur�a respecto de las personas obligadas a rendir la garant�a correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden al jerarca y a los titulares subordinados. Una copia del documento de p�liza rendida por el funcionario previamente remitida por el Departamento de Contadur�a, se agregar� al expediente personal o prontuario en custodia del citado departamento.

(�)

Art�culo 11.- Revisi�n del listado de personas funcionarias obligadas a caucionar. En el mes de diciembre de cada a�o, la Contadur�a y el Departamento de Recursos Humanos revisar�n el listado de personas funcionarias obligadas a caucionar, para lo cual deber� de considerar, entre otros, los siguientes aspectos:

a.����� La existencia de las funciones y actividades de administrar, custodiar o recaudar fondos y valores p�blicos, en forma separada o combinada

b.����� La confiabilidad y eficacia del sistema de control interno y el grado de riesgo de acuerdo con la valoraci�n realizada por la Administraci�n.

c.����� El nivel de la responsabilidad y el monto o bienes a cargo o administrado por la persona funcionaria.

En caso de que se compruebe que alguna persona funcionaria que no ocupa alguno de los puestos mencionados anteriormente, realiza una o varias de las funciones previstas en el art�culo 13 de la Ley de la Administraci�n Financiera de la Rep�blica y Presupuestos P�blicos, esto es, la de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores p�blicos, deber� rendir la respectiva cauci�n en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, previo requerimiento escrito por parte de la Contadur�a institucional. La Contadur�a y el Departamento de Recursos Humanos determinar�n los casos en que ello proceda, a partir de las funciones definidas en el correspondiente Manual de Puestos de la Instituci�n.

(�)

Art�culo 15.- Competencia. Compete a la Contadur�a del Tribunal la administraci�n general de las cauciones que se rindan a favor del Tribunal Supremo de Elecciones, y para ello deber�:

a.����� Calcular y mantener actualizados los montos que por concepto de las garant�as deben rendir los caucionantes.

b.����� Velar por que, en ninguna circunstancia, el monto de la cauci�n que sea determinado para los diferentes niveles sea inferior al monto de la cobertura para este tipo de seguros.

c.����� Recibir, custodiar y verificar la efectividad de los documentos que comprueban la presentaci�n de garant�as por parte de los caucionantes, estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad pertinentes.

d.����� Notificar por escrito al caucionante, con un m�nimo de veinte d�as h�biles de anticipaci�n, del momento en que debe renovar o actualizar la cauci�n. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovaci�n de la cauci�n.�

e.����� Informar al Departamento de Recursos Humanos y al superior jer�rquico, cualquier incumplimiento observado en el proceso de presentaci�n de la cauci�n.�

f.������ Efectuar las acciones correspondientes para la ejecuci�n de la cauci�n cuando la responsabilidad del caucionante haya sido declarada conforme lo establece el ordenamiento jur�dico.

g.����� Mantener un registro actualizado de los caucionantes que contenga al menos: nombre, puesto, tipo de garant�a, n�mero de p�liza, grupo al que pertenece, monto desglosado de la prima, monto asegurado, fecha de emisi�n y vencimiento de la garant�a y estado actual en cuanto a su vigencia�.

ART�CULO 2.- Derogar el art�culo 16 del Reglamento sobre la Rendici�n de Cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.� 2-2008 y sus Reformas.

ART�CULO 3.- Corr�jase la numeraci�n de los actuales art�culos 17 y 18 del Reglamento sobre la Rendici�n de Cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.� 2-2008 y sus Reformas, para que se consignen sucesivamente como art�culos 16 y 17, respectivamente; y, este �ltimo se lea de la siguiente manera:

�Art�culo 17.- Responsabilidad por la no presentaci�n o renovaci�n de la cauci�n. La falta de presentaci�n de la garant�a ser� causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal, en los t�rminos del art�culo 120 de la Ley de la Administraci�n Financiera de la Rep�blica y Presupuestos P�blicos, en aquellos casos en que, prevenido al efecto el funcionario omiso, mantenga su incumplimiento por m�s de veinte d�as h�biles. Conforme lo dispuesto en los art�culos 110 inciso l) y 113 de la Ley de la Administraci�n Financiera de la Rep�blica y Presupuestos P�blicos, en el caso de los funcionarios encargados de administrar y controlar la presentaci�n de cauciones, darle al servidor obligado posesi�n del cargo sin rendir la cauci�n dispuesta dentro del plazo de los 20 d�as que ha sido se�alado, constituir� un hecho generador de responsabilidad administrativa y la aplicaci�n del r�gimen sancionatorio correspondiente�.

ART�CULO 4.- Incorp�rese un nuevo art�culo 18 del Reglamento sobre la Rendici�n de Cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.� 2-2008 y sus Reformas, para que se lea de la siguiente manera:

�Art�culo 18.- De la revisi�n peri�dica del Reglamento. Este reglamento ser� revisado cada cinco a�os para su actualizaci�n de acuerdo con las directrices emanadas por los entes correspondientes�.

ART�CULO 5.- APLICACI�N Y VIGENCIA. La presente reforma empezar� a regir a partir de su publicaci�n en el Diario Oficial La Gaceta.

TRANSITORIO �NICO.- En relaci�n con lo dispuesto en el art�culo 11 de la reforma, el cual establece que en el mes de diciembre de cada a�o, la Contadur�a y el Departamento de Recursos Humanos revisar�n el listado de personas funcionarias obligadas a caucionar, se entiende que dicha revisi�n comenzar� a regir a partir de diciembre de 2025.". ACUERDO FIRME.

E) Consulta sobre la despersonalizaci�n del n�mero de oficio en -los documentos emitidos por la Auditor�a Interna. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-005-2025 del 8 de enero de 2025, mediante el cual realiza consulta sobre la despersonalizaci�n del n�mero de oficio en los documentos emitidos por la Auditor�a Interna.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para su estudio e informe, el cual habr� de rendirse dentro del plazo de cinco d�as h�biles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitaci�n para Especialista en Justicia Electoral en la Misi�n de Observaci�n Electoral en el marco de las Elecciones Generales de la Rep�blica del Ecuador. Del se�or Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperaci�n y Observaci�n Electoral de la Secretar�a para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organizaci�n de los Estados Americanos, se conoce oficio n.� SFD-DECO-586-24 del 9 de diciembre de 2024, mediante el cual cursa invitaci�n para que el se�or Alejandro Robles Leal, Letrado de este Tribunal, participe en calidad de Especialista en Justicia Electoral, en la Misi�n de Observaci�n Electoral en el marco de las Elecciones Generales de la Rep�blica del Ecuador, del 2 al 11 de febrero de 2025, seg�n indica, y para lo cual esa Organizaci�n cubrir� los gastos de traslados a�reos, hospedaje, alimentaci�n y traslados internos del se�or Robles Leal.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- En el marco de cooperaci�n horizontal entre organismos electorales, autorizar la participaci�n del se�or Robles Leal, conforme se solicita.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relaci�n con el viaje en cuesti�n se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempe�a

Pa�s a visitar

Per�odo del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificaci�n

Gastos conexos y justificaci�n

Alejandro Robles Leal

Letrado del TSE

Rep�blica del Ecuador

2 al 11 de febrero de 2025

Misi�n de Observaci�n Electoral en el marco de las Elecciones Generales

Ninguno.

Ninguno.

 

ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Recordatorio del Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y Diputaciones a la Asamblea Legislativa. Se dispone: H�gase del conocimiento de los Poderes de la Rep�blica, de la Contralor�a General de la Rep�blica, de la Procuradur�a General de la Rep�blica, de la Defensor�a de los Habitantes, de los partidos pol�ticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas �a este �ltimo para su difusi�n� el siguiente recordatorio de las fechas m�s relevantes para el mes de febrero de 2025, seg�n el Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y Diputaciones a la Asamblea Legislativa:

"FEBRERO 2025

S�BADO 1

A partir de este d�a se integrar�n a la conformaci�n ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones, dos magistrados suplentes que fungir�n como propietarios hasta seis meses despu�s de celebrarse las elecciones (art�culos 100 de la Constituci�n Pol�tica y 13 del C�digo Electoral).

JUEVES 13

�ltimo d�a para solicitar la creaci�n de distritos electorales (art�culo 5 del Reglamento para la Formulaci�n de la Divisi�n Territorial Electoral).". ACUERDO FIRME.

A las diez horas y cincuenta y cinco minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos