ACTA N.� 26-2025

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cuarenta y siete minutos del veinte de marzo de dos mil veinticinco, con asistencia de las se�oras Magistradas Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a �quien preside�, Zetty Mar�a Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla, del se�or Magistrado H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s y de la se�ora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la presente sesi�n ordinaria.

B) Se incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:

������� Solicitud de permiso para atenci�n de asuntos sindicales.

������� Solicitud de variaci�n respecto de la primera modificaci�n al presupuesto institucional.

C) Se tiene por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 24-2025 y la de la extraordinaria n.� 25-2025, excepto por la se�ora Magistrada Mannix Arnold quien no particip� de dichas sesiones.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Kattia Jim�nez Zamora de la Oficina Regional de San Carlos. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-0468-2025 del 11 de marzo de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la se�ora Kattia Yorlene Jim�nez Zamora, destacada en la Oficina Regional de San Carlos, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario, seg�n las razones y condiciones que expone.

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de pr�rroga de licencia sin goce de salario de la se�ora Evelyn Brenes Segura. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-0437-2025 del 12 de marzo de 2025, mediante el cual remite a consideraci�n nota suscrita por la se�ora Evelyn Brenes Segura, destacada en la Direcci�n Ejecutiva, con la cual solicita que se le conceda pr�rroga a la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, seg�n las razones y condiciones que expone.

Se dispone: Aprobar la pr�rroga de la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos, as� como la del nombramiento interino que indica. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones en el Departamento de Programas Electorales. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-0549-2025 del 17 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atenci�n a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el an�lisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.� RH-0495-2025, por considerarse oportuno para un mejor servicio p�blico, me permito proponer el encargo de funciones de la se�ora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, en el se�or Jeffrey Solano G�mez, Profesional en Administraci�n Electoral, en ese mismo Departamento, los d�as 24 y 25 de marzo de 2025.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

D) Pr�rroga de nombramientos interinos en el Departamento de Recursos Humanos. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-0552-2025 del 18 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento a lo dispuesto en los reglamentos a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo P�blico y el criterio t�cnico de la Direcci�n Ejecutiva -oficio n.� DE-0720-2025-, me permito proponer la aprobaci�n de las pr�rrogas de los siguientes nombramientos interinos, del 1.� de abril al 1.� de julio de 2025:

1.- De la se�ora Kattya Marcela Varela G�mez, en la plaza n�mero 45521 como Ejecutivo Electoral 1, Jefa del Departamento de Recursos Humanos.

2.- Del se�or Carlos Damid G�mez G�mez, en la plaza n�mero 45522, como Profesional Funcional 1, Subjefe del Departamento de Recursos Humanos.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Consulta de pr�rrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los se�ores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� STSE-0550-2025 del 18 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n a lo planteado por las respectivas jefaturas y al criterio t�cnico del Departamento de Recursos Humanos -en oficio n.� RH-0449-2025- y de conformidad con lo estipulado en el art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobaci�n de las pr�rrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuaci�n:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

N�MERO Y CLASE

DEL PUESTO

1.        Gerardo Arroyo V�quez

Departamento de Programas Electorales

353448, Profesional Ejecutor 3

2.        Juan Gabriel G�mez P�rez

Departamento de Programas Electorales

357823, Profesional Asistente 2

3.        Ericka Castillo Jim�nez

Departamento de Programas Electorales

353471, Profesional Asistente 1

4.        Karina Sotela Mu�oz

Departamento de Programas Electorales

368716, T�cnico Funcional 2

5.        Yeri Johan Padilla Oviedo

Departamento de Programas Electorales

382407, Asistente Administrativo 1

6.        Jonathan Rodr�guez S�nchez

Archivo del Tribunal

90231, Asistente Funcional 2

7.        Josu� Ra�l �lvarez Vargas

Departamento de Programas Electorales

353572, Asistente Administrativo 1

8.        Carolina Zamora Villalobos

Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos

361398, T�cnico Funcional 2

9.        Jennifer Vivian Ulloa Sanabria

Departamento de Registro de Partidos Pol�ticos

382368, Asistente Administrativo 1

10.     Fabricio S�enz Acu�a (pr�rroga por art. 36-Bis � fue aprobado en STSE-2400-2022 del 27 de octubre de 2022)

Departamento de Proveedur�a

54391, Asistente Funcional 3

11.     Alejandra Villalobos Rom�n

Secci�n de Servicio al Cliente de TI

368799, Asistente Funcional 2

12.     Ingrid Mayela Ram�rez Quesada

Direcci�n Ejecutiva

371986, T�cnico Funcional 2

13.     Kimberly Paola Z��iga Campos

Direcci�n Ejecutiva

353428, Asistente Funcional 1

14.     Adriana Mar�a Madrigal Piedra

Departamento de Proveedur�a

21524, T�cnico Funcional 1

15.     Berny Cordero Lara

Departamento Civil

54383, Asistente Administrativo 2

16.     Wendy Pamela Valverde Bonilla

Secci�n de Opciones y Naturalizaciones

45807, Asistente Administrativo 1

17.     Jos� David Zamora Calder�n

Direcci�n Ejecutiva

371991, Profesional Asistente 1

18.     Jennifer Badilla Calder�n

Direcci�n Ejecutiva

97565, T�cnico Funcional 2

19.     Shirley Cristina Rojas Hidalgo

Departamento Legal

72876, Profesional en Gesti�n 2

20.     Dahean Salazar Delgado

Inspecci�n Electoral

382411, Profesional Ejecutor 3

21.     Cindy Natalia V�quez Trejos

Departamento de Registro de Partidos Pol�ticos

370766, Profesional Asistente 2

22.     Karel Alberto Cabezas Espinoza

Secci�n de Inscripciones

45591, Asistente Funcional 2

23.     Luis Roberto Carballo Espinoza

Secci�n de Inscripciones

45572, Asistente Administrativo 2

24.     Jos� Antonio Valverde Castro

Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura

361345, Asistente Funcional 1

25.     Oscar Alberto Calvo Mora

Secci�n de Servicios Generales

45495, Auxiliar Operativo 2

26.     Allan Alberto Lizano Gonz�lez

Oficina Regional de Puriscal

46111, T�cnico Funcional 2

27.     Jos� Alberto Wonsover Miranda

Secci�n de Infraestructura

45881, Asistente Administrativo 1

28.     Juan Manuel Sancho Bola�os

Direcci�n Ejecutiva

107601, Profesional Funcional 1

29.     Ronald Eduardo N��ez Ortiz

Departamento de Contadur�a

382355, Profesional en Gesti�n 1

30.     Kimberly Alvarado R�os

Direcci�n General de Estrategia y Gesti�n Pol�tico-Institucional

370828, Profesional Ejecutor 3

31.     Arelys Mar�a Duarte Calvo

Oficina Regional de Osa

370673, T�cnico Funcional 2

32.     Elioth Antonio Silva Montes

Secci�n de Servicio al Cliente de TI

76490, T�cnico Funcional 1

33.     Cristhian Morera Corrales

Oficina Regional de Coto Brus

45903, Asistente Funcional 3

34.     Bernardo Romero D�az

Oficina Regional de Talamanca

368812, Asistente Funcional 3

35.     Elizabeth Rocha N��ez

Secci�n de Archivo

45531, Asistente Funcional 2

36.     Jefte Hern�ndez Le�n

Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura

97628, Asistente Funcional 1

37.     Henry Jes�s Chavarr�a Cubillo

Secci�n de Servicios Generales

45947, Asistente Administrativo 2

38.     Freddy Antonio Araya Flores

Secci�n de Servicios Generales

45949, Asistente Administrativo 2

39.     Henry Rafael Valerio Santamar�a

Oficina de Seguridad Integral

86911, Auxiliar Operativo 2

40.     Siryi Enid Gallo Mena

Departamento de Programas Electorales

382408, Conserje Electoral�

41.     Roberto Alonso Cort�s Araya

Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura

45609, Asistente Funcional 1

 

En el caso de quienes se ubican en las l�neas de la 1 a la 41 ser�a a partir del 1.� de abril de 2025, por un lapso de 3 meses, seg�n lo dispuesto en el art�culo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el tr�mite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (seg�n sea el caso), y en consideraci�n al acuerdo adoptado en el art�culo �nico de la sesi�n extraordinaria n� 28-2024, celebrada el 08 de marzo de 2024.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N ELECTORAL.

A) Autorizaci�n de convenios de cooperaci�n interinstitucionales para las Elecciones Nacionales de 2026. Del se�or Gerardo Abarca Guzm�n, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, y de la se�ora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.� DPE-068-2025 del 6 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Mediante oficio DPE-013-2025 de fecha 21 de enero del a�o en curso se solicit� elevar a conocimiento del Superior una lista de convenios de cooperaci�n interinstitucionales necesarios para el desarrollo de las Elecciones Nacionales 2026. As� mismo, se pidi� autorizaci�n para que el Departamento Legal iniciara la confecci�n de estos en coordinaci�n con el Departamento de Programas Electorales (DPE).

En virtud de lo anterior, y considerando lo estipulado en los art�culos 183 y 306 del C�digo Electoral, y que el inciso f del art�culo 2 del Reglamento de la Ley General de Contrataci�n P�blica, establece la exclusi�n de los convenios suscritos entre entes de derecho p�blico de la aplicaci�n de esta ley; es que respetuosamente se solicita la adici�n de los siguientes convenios al requerimiento original (DPE-013-2025):

Programa

Convenio

Objetivo

Fecha l�mite para su firma

Transmisi�n de Datos

ICE

Contar con los servicios necesarios para realizar la transmisi�n de resultados provisionales de la noche de elecci�n

15/julio/2025

Transmisi�n de Datos

RACSA

Contar con los servicios necesarios para realizar la transmisi�n de resultados provisionales de la noche de elecci�n

15/julio/2025

 

Es importante indicar, que este despacho brindar� al Departamento Legal todos los insumos necesarios para su desarrollo; y trabajar� en la coordinaci�n oportuna, revisi�n y formalizaci�n de los documentos respectivos.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Advertencia sobre la necesidad de actualizaci�n del protocolo y ausencia de una pol�tica relativa a la confidencialidad en el Tribunal Supremo de Elecciones. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Auditor Interno, se conoce oficio n.� AI-136-2025 del 18 de marzo de 2025, mediante el cual formula advertencia sobre la necesidad de actualizaci�n del protocolo de gesti�n y custodia de documentos e informaci�n confidenciales y de la ausencia de una pol�tica relativa a la confidencialidad en el Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Para su estudio e informe en conjunto, el cual habr� de rendirse en el plazo de cinco d�as h�biles, pase a la Direcci�n Ejecutiva y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitaci�n para la se�ora Ileana Aguilar Olivares al proceso de observaci�n integral de las Elecciones Judiciales 2025 en M�xico. Del se�or Jos� Thompson J., Director Ejecutivo del Centro de Asesor�a y Promoci�n Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, se conoce oficio n.� CA-085-25 del 15 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Instituto Nacional Electoral de M�xico y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos por medio del Centro de Asesor�a y Promoci�n Electoral (IIDH/CAPEL) est�n coordinando un proceso de observaci�n integral para las Elecciones Judiciales 2025 en M�xico. Las Misiones tienen como objetivo promover el intercambio y generaci�n de experiencias en materia electoral, as� como formular recomendaciones y observaciones de car�cter t�cnico electoral de manera objetiva que permitan al INE fortalecer sus procesos de gesti�n en la organizaci�n de procesos electorales.

Para nuestras instituciones ser�a un honor contar con la participaci�n de la se�ora Ileana Aguilar, Secretar�a Acad�mica del IFED. La experiencia de la se�ora Aguilar desde el IFED sumar� en experiencia y conocimiento al grupo de autoridades que las integran

En esta oportunidad, la Secretar�a Ejecutiva va a organizar esta Misi�n en coordinaci�n con el INE, instituci�n que cubrir� los gastos de pasaje a�reo, hospedaje, alimentaci�n y transporte interno. Esta misi�n se va a realizar del 28 de abril al 2 de mayo pr�ximo.

De la manera m�s atenta, agradecemos nos confirme la participaci�n de la se�ora Aguilar, al correo electr�nico [�]".

Se dispone: En el marco de la cooperaci�n horizontal entre organismos electorales, autorizar la participaci�n de la se�ora Ileana Aguilar Olivares, Secretar�a Acad�mica a. i. del IFED, conforme se solicita.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relaci�n con el viaje en cuesti�n se detalla lo siguiente:

Nombre completo de la funcionaria

Cargo que desempe�a

Pa�s a visitar

Per�odo del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificaci�n

Gastos conexos y justificaci�n

Ileana Cristina Aguilar Olivares

Secretar�a Acad�mica a. i. del IFED

Federaci�n de los Estados Unidos Mexicanos

Del 28 de abril al 2 de mayo de 2025.

Misi�n de observaci�n integral para las Elecciones Judiciales 2025

Ninguno.

 

Ninguno.

 

 

ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Comunicaci�n de t�rminos de la auditor�a de car�cter especial acerca de aspectos b�sicos de la capacidad de gesti�n para el funcionamiento del Departamento de Financiamiento de partidos pol�ticos del Tribunal Supremo de Elecciones. De la se�ora Falon Stephany Arias Calero, Gerente de �rea de Fiscalizaci�n para el Desarrollo de la Gobernanza de la Contralor�a General de la Rep�blica, se conoce oficio n.� DFOE-GOB-0154 del 17 de marzo 2025, mediante el cual comunica que, con fundamento en el resultado de la actividad de planificaci�n, proceder� a desarrollar la actividad de examen de la auditor�a de car�cter especial acerca de aspectos b�sicos de la capacidad de gesti�n para el funcionamiento del Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos del Tribunal Supremo de Elecciones, seg�n detalla.

Se dispone: Agradecer la comunicaci�n que hace la se�ora Arias Calero. La Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos brindar� todas las facilidades necesarias para las labores a ejecutar por parte de las autoridades de la Contralor�a General de la Rep�blica, de conformidad con lo planteado en el oficio que se conoce. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de permiso para atenci�n de asuntos sindicales. De la se�ora Fanny Sequeira Mata, Secretaria General de la Confederaci�n de Trabajadoras y Trabajadores Rerum Novarum, se conoce oficio n.� CTRN N�041-2025 del 19 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Reciban un cordial saludo de parte de la Confederaci�n de Trabajadoras y Trabadores [sic] Rerum Novarum CTRN.

Por este medio se les solicita respetuosamente, le brinden el permiso respectivo al compa�ero Julio Arroyo L�pez, Suplente N�4 de nuestro Comit� Ejecutivo, para que participe en la sesi�n ordinaria del Comit� Ejecutivo convocada para el pr�ximo martes 25 de marzo en modalidad presencial a partir de las 8:00 a.m. en el Auditorio Carmen Lyra de nuestro sindicato afiliado SEC, sita en Lourdes de Montes de Oca.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Autorizar la participaci�n del se�or Arroyo L�pez. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, as� como la jefatura inmediata del se�or Arroyo L�pez. ACUERDO FIRME.

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Solicitud de variaci�n respecto de la primera modificaci�n al presupuesto institucional. De la se�ora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.� CDIR-0080-2025 del 19 de marzo de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, respecto de la solicitud de la se�ora Sandra Mora Navarro para que se var�e lo acordado en relaci�n con la primera modificaci�n al presupuesto institucional, sobre las subpartidas presupuestarias conforme se�ala, recomendando dicho Consejo su aprobaci�n.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa del proyecto de "Reforma del art�culo 154 del C�digo Municipal", expediente n.� 24.714. De la se�ora Guiselle Hern�ndez Aguilar, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas VIII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPEMUN-0195-2025 del 18 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 24.714 �REFORMA DEL ART�CULO 154 DE LA LEY N.� 7794, C�DIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998, Y SUS REFORMAS�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 31 de marzo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta �el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 26 de marzo de 2025� pase al se�or se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 25 de marzo de 2025. Tomen nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 31 de marzo de 2025. ACUERDO FIRME.

B) Respuesta a la consulta legislativa del proyecto de �Ley para la promoci�n responsable de la inteligencia artificial en Costa Rica�, expediente n.� 23.919. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.� AL-CPEDER-0198-2025 del 10 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisi�n Permanente Ordinaria de Gobierno y Administraci�n, en virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 017, ha dispuesto consultarles su criterio sobre texto sustitutivo aprobado del proyecto de Ley Expediente N.� 23.919 �LEY PARA LA PROM�CI�N RESPONSABLE DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN COSTA RICA�, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 20 de marzo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.��

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos� electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente, el proyecto sometido a consulta tiene como objetivo principal la promoci�n del uso, investigaci�n, dise�o, desarrollo, despliegue, utilizaci�n, implementaci�n y aplicaci�n de la inteligencia artificial en Costa Rica, siguiendo los principios de �tica, responsabilidad, dignidad humana, igualdad, equidad y transparencia. Su prop�sito principal es tutelar los derechos de las personas ante el nuevo cambio tecnol�gico que supone la implementaci�n de esta herramienta inform�tica, en procura de contribuir al mejoramiento de las condiciones, sociales, laborales, econ�micas, ambientales, productivas y humanas del pa�s.

III. Sobre el proyecto.

Del an�lisis de la propuesta legislativa, si bien este Tribunal como �rgano integrante de la Administraci�n coincide y no es ajeno a la necesidad de que temas como la evoluci�n tecnol�gica que implica aspectos de la inteligencia artificial como una actividad al servicio del bienestar de la poblaci�n, cuenten con una regulaci�n y la definici�n de pol�ticas y l�neas de acci�n de car�cter general, es lo cierto que, a nuestro juicio, a partir de la lectura del texto sometido en consulta, se advierten aspectos que en los t�rminos sugeridos en su redacci�n podr�an contrariar principios constitucionales que, para una mejor comprensi�n, se detallan a continuaci�n:

-                   Sobre una eventual lesi�n al principio de independencia, funciones sustantivas y excluyentes de que goza el Tribunal Supremo de Elecciones:

En relaci�n con el �mbito de aplicaci�n, la propuesta legislativa establece que ser� aplicable a toda persona f�sica y jur�dica, p�blica o privada, nacional o extranjera, que desarrolle, investigue, dise�e, use, despliegue y aplique los procesos de inteligencia artificial en el territorio nacional. Por su parte, el art�culo 6 propone que la rector�a de los procesos de inteligencia artificial recaiga exclusivamente en el Ministerio de Ciencia, Tecnolog�a, Innovaci�n y Telecomunicaciones (Micitt), �rgano que eventualmente ser�a el rector de la inteligencia artificial en Costa Rica y le corresponder�a a la persona ministra de esa cartera, dictar la pol�tica p�blica en esta materia. Adicionalmente, en su art�culo 7 se propone la creaci�n de una Comisi�n Interinstitucional para el Desarrollo de la Inteligencia Artificial (CIDIA), as� como un Comit� de asesor�a �tico, t�cnico y cient�fico (art�culo 10), ambos adscritos al Micitt, cuyo criterio se constituir�a en una condici�n esencial para desarrollar, dise�ar, investigar, utilizar, desplegar, aplicar e implementar la actividad, obra o proyecto relacionado con Inteligencia Artificial.

Entre las atribuciones exclusivas que tendr�a la CIDIA se encuentran: tramitar las propuestas de inteligencia artificial que sean sometidas a su conocimiento, valoraci�n y evaluaci�n declaradas de inter�s p�blico; analizar y recomendar los proyectos de alianzas p�blico-privadas, aplicaciones sobre inteligencia artificial, de conformidad con la normativa vigente o aquellos basados en figuras jur�dicas contractuales donde coparticipen el sector p�blico y privado; proponer los reglamentos requeridos de la inteligencia artificial y someterlos a su aprobaci�n al Poder Ejecutivo; evaluar y aprobar el certificado de alto riesgo de los proyectos actividades, invenciones y obras de inteligencia artificial declaradas de inter�s p�blico; ser� la encargada de la ejecuci�n, implementaci�n, monitoreo y seguimiento de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial; y definir prototipos de regulaci�n, designar reguladores sectoriales o instituci�n a cargo y establecer las regulaciones respectivas.

En lo que respecta al Comit� de asesor�a �tico, t�cnico y cient�fico, entre sus funciones se destaca: examinar y analizar las propuestas de inteligencia artificial declaradas de inter�s p�blico, que se sometan a su conocimiento y trasladarlas a la CIDIA, para el desarrollo de la inteligencia que se se�ala en esa ley, para su respectiva valoraci�n y aprobaci�n; velar por el racional y efectivo uso de los fondos, as� como el seguimiento y ejecuci�n de los proyectos y convenios, conforme a las disposiciones reglamentarias dictadas por el Poder Ejecutivo, y la normativa interna emitida por la Comisi�n; conservar y custodiar los archivos de los proyectos y asuntos sometidos a su conocimiento y toda documentaci�n que respalde su accionar, de conformidad con los procedimientos y condiciones que establece el reglamento de esta ley, bajo los principios y normas que rigen la confidencialidad de esta documentaci�n; y recomendar otras acciones, procedimientos y propuestas que se consideren necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.

Del examen exhaustivo del texto propuesto, este Colegiado advierte una serie de aspectos que, en caso de que se apruebe en los t�rminos se�alados, podr�a estarse en presencia de una infracci�n a la independencia funcional que este Tribunal ostenta en el ejercicio de las competencias que constitucionalmente le han sido conferidas, debido a una eventual intromisi�n de un �rgano del Poder Ejecutivo en la gesti�n propia del Tribunal Supremo de Elecciones, en caso de que se decida desarrollar, investigar, dise�ar, usar, desplegar o aplicar inteligencia artificial en nuestros procesos registrales o eleccionarios.

Por ejemplo, un aspecto especialmente sensible que debemos se�alar es el referido a la gesti�n de nuestras bases registrales, en especial la base civil la cual alimenta nuestro padr�n electoral, como elemento primordial que no solo garantiza la pureza del sufragio sino que adem�s facilita la conformaci�n de la lista de electores nacionales, as� como la expedici�n de c�dulas de identidad, cuya integridad y confiabilidad descansa en que ninguna instituci�n externa al �rgano Electoral tiene dominio de tal informaci�n, pues de lo contrario podr�amos estar en presencia de un riesgo inminente en la infraestructura inform�tica debido a los avances acelerados que supone la Inteligencia Artificial en la gesti�n de la informaci�n, la cual eventualmente podr�a incidir sustancialmente en la prestaci�n de los servicios que brinda nuestra instituci�n.

En ese sentido, la sola posibilidad de que agentes externos o ajenos a estos organismos electorales, sean p�blicos o privados, tengan acceso a informaci�n relativa a la infraestructura inform�tica y tecnol�gica de nuestra instituci�n, podr�a comprometer los mecanismos de seguridad internos al otorgar la vigilancia de informaci�n sensible a instancias que el constituyente originario quiso mantener alejadas de la administraci�n de los comicios. Por ende, ante una eventual aprobaci�n de la norma, en la cual se permita a los referidos �rganos de rector�a, la supervisi�n, control y tramitaci�n de las propuestas de inteligencia artificial, dentro de las que se incluyen la ejecuci�n, implementaci�n, monitoreo y seguimiento de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, podr�a generar una vulneraci�n en la arquitectura tecnol�gica del Tribunal Supremo de Elecciones en aspectos tales como las configuraciones, controles de seguridad u otros an�logos, en perjuicio del servicio sustancial que realiza este �rgano electoral.

Sobre ese particular, es importante recalcar que el suministro de tal informaci�n y el eventual acopio de esta en unos entes centralizados adscritos al Poder Ejecutivo, no es conveniente y representa un riesgo, pues podr�a dejar en estado de vulnerabilidad informaci�n sensible de la infraestructura cr�tica en el ejercicio de las tareas sustantivas de estos organismos en detrimento de su independencia y autonom�a.

En consecuencia, consideramos que el proyecto de ley presenta vicios de constitucionalidad pues de aprobarse en los t�rminos propuestos provocar�a en la pr�ctica, que la autonom�a constitucionalmente garantizada a este Tribunal se diezme, pues la propuesta legislativa equiparar�a a este Organismo Electoral con otros proveedores de servicios de inteligencia artificial y bajo el escrutinio de �rganos adscritos a una cartera ministerial del Poder Ejecutivo, lo cual evidentemente ri�e con las prerrogativas que constitucionalmente le han sido conferidas al Tribunal Supremo de Elecciones, que como se ha venido insistiendo, est� librada no solo del control o injerencia de otros actores, sino adem�s de la posibilidad de que su ejercicio sea escrutado por terceros ajenos a estos organismos electorales ante un eventual uso, investigaci�n, dise�o, desarrollo, despliegue, utilizaci�n, implementaci�n y aplicaci�n de la inteligencia artificial en la organizaci�n, direcci�n y vigilancia de los actos relativos al sufragio o registraci�n civil.

En abono a lo anterior, es importante recordar que la administraci�n de nuestros sistemas inform�ticos, incluyendo una eventual administraci�n de la aplicaci�n de la inteligencia artificial, as� como el mantener en reserva nuestros protocolos y acciones de seguridad en esta materia, son manifestaciones de la independencia que tiene este �rgano frente a cualquier otro Poder del Estado, por lo que permitir que un �rgano externo, adscrito al Poder Ejecutivo, fiscalice y revise las actuaciones de la instituci�n en temas que se vinculan estrechamente con los actos relativos al sufragio, implica volver a escenarios que justamente se quisieron eliminar en la parte org�nica de la Constituci�n Pol�tica vigente, al se�alarse que este Tribunal Supremo de Elecciones �tiene a su cargo en forma exclusiva e independiente� todo lo relativo a los comicios nacionales y locales, situaci�n que no escapa el �mbito de acci�n de la inteligencia artificial en ese tema.

Finalmente, consideramos que la inteligencia artificial no es, y lo ser� menos en el futuro, una �plataforma� que, por su naturaleza, corresponda encargarla a una u otra instituci�n del Estado, pues se trata de procesos que son y ser�n transversales al quehacer humano, en �mbitos tan dis�miles como la seguridad p�blica, la salud p�blica o lo electoral, de ah� que las instancias interinstitucionales deber�an ser de promoci�n y coordinaci�n m�s que de rector�a, respetando �mbitos constitucionalmente reservados en exclusiva a distintas instancias, como es la materia electoral en el caso del TSE.

Conforme lo expuesto, este Colegiado considera que debido a los principios de separaci�n de poderes e independencia de funciones que rige a ese �rgano Electoral en relaci�n con las funciones que ejerce el Poder Ejecutivo, y siendo que la iniciativa legislativa incidir�a en las funciones que en materia electoral y registral ejerce este Tribunal, deviene objetar el proyecto consultado en los t�rminos dispuestos en el art�culo 97 de la Constituci�n Pol�tica.�

En todo caso, a efecto de subsanar el vicio de constitucionalidad advertido, se sugiere que, en la redacci�n de la propuesta legislativa en lo que al �mbito de aplicaci�n refiere, se excluya de manera expresa al Tribunal Supremo de Elecciones en lo que a materia electoral y registral civil respecta, en virtud del mandato constitucionalmente dispuesto en los art�culos 102 y 104 de la Carta Magna.

V. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, al estimar que la iniciativa en los t�rminos propuestos resulta inconstitucional por ser contraria al principio constitucional de separaci�n de poderes y supone un detrimento a la independencia y las funciones que recaen en este organismo electoral, este Tribunal objeta la iniciativa legislativa consultada, en los t�rminos y con las consecuencias se�aladas en el art�culo 97 constitucional. ACUERDO FIRME.

A las once horas y seis minutos termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold