ACTA N.º 30-2025

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cincuenta y siete minutos del tres de abril de dos mil veinticinco, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, y del señor Magistrado Héctor Enrique Fernández Masís. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se incorpora al orden del día el siguiente asunto:

        Informe sobre la necesidad de actualización del protocolo y ausencia de una política relativa a la información confidencial en el Tribunal Supremo de Elecciones.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 29-2025, excepto por la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Encargo de funciones de la jefatura del Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0275-2025 del 31 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-0625-2025 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO

TITULAR

SUSTITUYE

PERIODO Y MOTIVO

Archivo del Registro Civil

Jefatura

Laura Quesada Ramírez

Adriana Mena Aguilar

Del 22 al 25 de abril de 2025 / vacaciones.

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones de la jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0657-2025 del 31 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, en el señor Carlos Damid Gómez Gómez, Subjefe en ese mismo departamento, los días 3 y 4 de abril de 2025.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Respuesta a observaciones de la UNEC, respecto a propuesta de modificación al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-0747-2025 del 19 de marzo de 2025, mediante el cual rinde informe sobre las observaciones emitidas por la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) -en oficio UNEC-006-2025- respecto a la propuesta de modificación al Manual Descriptivo de Clases de Puestos del cargo de Profesional en Administración Electoral 2 del Departamento de Programas Electorales, concluyendo que las observaciones formuladas son de recibo parcial y, con los ajustes practicados, remite una nueva propuesta de descripción, según expone.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión y recomendación se acoge. Tener por realizadas las modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, según lo indicado por la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de gestión de asuntos relativos a condición laboral. De la señora Adriana Espinoza Sibaja, funcionaria destacada en la Dirección Ejecutiva, se conoce nota del 1.º de abril de 2025, mediante la cual gestiona asuntos relativos a su condición laboral.

Se dispone: De previo a resolver, emita criterio la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre el criterio jurídico del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-136-2025 del 28 de marzo de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 23-2025, celebrada el 13 de marzo de 2025, rinde informe sobre el criterio jurídico del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS), relativo al trámite de solicitud y entrega de cédula de identidad para personas con discapacidad que se encuentren en situación de compromiso de su estado de conciencia u hospitalizada y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"VII. Conclusión y recomendación.

Conforme lo expuesto, este Departamento Legal concluye que el criterio remitido por el Consejo Nacional de Discapacidad (CONAPDIS) mediante oficio n.° CONAPDIS-DE-0728-2025 del 10 de marzo de 2025 carecería de interés actual, debido a que, la Dirección General del Registro Civil emitió el oficio DGRC-0191-2025, en el cual se modificó el procedimiento para la atención de gestiones de cédula de identidad (solicitud o entrega) para personas con alguna condición que limite su capacidad de actuar, modificación que ha dado lugar a un proceso más eficiente y alineado con las garantías de los derechos humanos y las libertades fundamentales de esta población.

En consecuencia, se recomienda informar al CONAPDIS sobre las actuaciones adoptadas por la Administración en el presente caso, en atención a los derechos fundamentales de las personas en situación vulnerable, debido al menoscabo temporal o permanente de las capacidades cognitivas y volitivas.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión y recomendación se acogen. Hágase del conocimiento de la señora Bilbia Alejandra González Ulate, Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS). ACUERDO FIRME.

B) Informe Anual de Labores de la Contraloría de Servicios, 2024. Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.° CS-078-2025 del 28 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de La Ley del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, me permito adjuntar el Informe Anual de Labores de esta Contraloría de Servicios del año 2024, el cual, de previo a ser enviado a la Secretaría Técnica del sistema en el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), debe contar con el aval del Tribunal y cuyo plazo de presentación vence el 20 de mayo del año en curso.

No omito indicar que conforme con la nueva guía metodológica 2024 para el presente informe, fueron instauradas las tablas cuantitativas donde se registraban las cuantías de las distintas gestiones atendidas por este despacho.

Dado lo anterior, lo que se requiere enviar a dicho [sic] Secretaría Técnica sería el oficio donde el Superior le da el respectivo aval al presente informe de labores indicado junto con el informe propiamente.".

Se dispone: Avalar la remisión del Informe Anual de Labores de esa Contraloría de Servicios, al Ministerio de Planificación y Política Económica, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Definición de cupos de oferentes para concursos externos en plazas de servicios especiales. De las señoras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DE-0864-2025 del 31 de marzo de 2025, mediante el cual someten para aprobación el informe relativo a la “propuesta de estimación de cupos para limitar la oferta de personas interesadas en los procesos concursales que deben promoverse a lo externo de la institución para ocupar las plazas de Servicios Especiales” y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen y recomiendan:

"3. CONCLUSIONES

3.1 El establecimiento de cupos ajustados a la capacidad operativa del Departamento de Recursos Humanos, en particular del área de Gestión de Empleo, asegura que los procedimientos de nombramiento se realicen de manera eficiente y efectiva, respetando los tiempos establecidos y evitando que se dilaten o se vean comprometidos por la sobrecarga de actividades.

3.2 El enfoque de la propuesta es coherente con el principio de buena administración, que implica que las entidades públicas deben procurar el uso óptimo de los recursos humanos, materiales y financieros en función de los resultados esperados, según lo establece el artículo n.°9 de la Ley General de Administración Pública.

4. RECOMENDACIONES

4.1 Que se apruebe la programación de los 10 concursos externos para llenar las plazas vacantes de servicios especiales, necesarias para el próximo proceso electoral según se detalla en tabla 1 del presente informe.

4.2 Que se apruebe la propuesta de cupos para limitar la oferta de personas interesadas en los procesos concursales que deben promoverse a lo externo de la institución para ocupar las plazas de servicios especiales para el próximo proceso electoral.

4.3 Que la Dirección Ejecutiva dote de la jornada extraordinaria requerida por el departamento de Recursos Humanos para la ejecución de la propuesta aquí planteada.

4.4 Que se apruebe una suspensión de seis meses con posibilidad de prórroga sobre gestiones activas y futuras en materia de gestión de empleo, a efectos de asegurar la implementación de la propuesta que nos ocupa.

4.5 Que la Dirección General del Registro Electoral, coordine con el Departamento de Recursos Humanos, a efectos de que le brinde apoyo mediante la disponibilidad de profesionales en derecho que colaborarán en la atención de eventuales acciones recursivas para los 10 procesos concursales programados.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones, en virtud de la urgencia del cronograma electoral, que así lo requiere, se aprueban. ACUERDO FIRME.

D) Celebración del 100 aniversario del voto directo. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° IFED-100-2025 del 12 de marzo de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito informarle que el próximo 23 de julio de 2025 se cumple el centenario de la aprobación del voto directo en nuestro país. Por ese motivo, el IFED está organizando actividades alusivas a esa fecha, entre ellas la confección de lonas con textos que destacan la importancia del ejercicio directo del voto. Dichas lonas serían colocadas en las columnas de la Plaza de la Libertad Electoral, con el objetivo de que sean visibles para las personas que pasen por esa zona, durante los meses de julio y agosto.

No omito informarle que, en conjunto con la Oficina de Ingeniería y Arquitectura, se hizo el estudio de viabilidad sobre la colocación de ese material en las citadas columnas, cuyo resultado fue positivo. A su vez, recibimos las indicaciones necesarias sobre las características requeridas para que las lonas puedan mantenerse firmes. Adjunto encontrarán la fotografía de cómo se ubicarían las lonas.

En virtud de lo citado, agradeceremos plantear al Superior la solicitud de aprobación de esta propuesta.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Informe sobre la necesidad de actualización del protocolo y ausencia de una política relativa a la información confidencial en el Tribunal Supremo de Elecciones. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-0846-2025 del 28 de marzo de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 26-2025, celebrada el 20 de marzo de 2025, rinden informe respecto a la advertencia de la Auditoría Interna en su oficio n. ° AI-136-2025 del 18 de marzo del corriente, sobre la necesidad de acciones administrativas para la actualización del protocolo de gestión y custodia de documentos confidenciales y ausencia de una política relativa a la confidencialidad en el Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. 3.- Aprobar la actualización del Protocolo de gestión y custodia de documentos e información confidenciales, con el objetivo de fortalecer el Sistema de Control Interno y garantizar una adecuada conceptualización, gestión y aplicación de la información de carácter confidencial, para lo cual se conformará un equipo interdisciplinario con representación de cada una de las direcciones institucionales, así como el apoyo del Departamento Legal y del Archivo Central. 4.- Los despachos mencionados deberán remitir al Consejo de Directores, en un plazo máximo de cinco días hábiles, el nombre de la persona que le representará en dicho equipo de trabajo. Además, el Consejo de Directores será responsable de dar seguimiento al cronograma establecido para la actualización del referido protocolo, el cual deberá ser sometido para su aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en la sesión ordinaria n.° 14-2017. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Resolución de la Sala Constitucional que declara sin lugar recurso de amparo. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resolución n.° 2025009519 de las nueve horas quince minutos del veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, mediante la cual se declara sin lugar recurso de amparo contra la Fiscalía General de la República y este Tribunal.

Se dispone: Tener por recibida la comunicación. Hágase del conocimiento del Departamento Legal y del Cuerpo de Letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

A las once horas y seis minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Héctor Enrique Fernández Masís