ACTA N.� 80-2025

 

 

Sesi�n solemne celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas con veinti�n minutos del primero de octubre de dos mil veinticinco, con asistencia de la se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, acompa�ados en la mesa principal por el se�or Presidente de la Rep�blica, Rodrigo Chaves Robles, la se�ora Vicepresidenta de la Asamblea Legislativa, Vanesa Castro Mora, y la se�ora Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Damaris Vargas V�squez.

 

ART�CULO PRIMERO. La se�ora Magistrada Presidenta Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a procede a abrir la sesi�n solemne de convocatoria a elecciones presidenciales y legislativas de 2026.

ART�CULO SEGUNDO. El se�or Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, Luis Guillermo Chinchilla Mora, da lectura al decreto n.� 21-2025, el cual se procede a firmar, por parte de las se�oras Magistradas y de los se�ores Magistrados, en el mismo acto y que literalmente dice:

"DECRETO DE CONVOCATORIA A ELECCIONES

N.� 21-2025    

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con lo establecido en los art�culos 9, 99, 102 inciso 1), 106, 107, 116, 133, 134, 136 y 138 de la Constituci�n Pol�tica; 52 inciso k), 142, 147, 148, 150, 151, 166, 187, 202 y 205 del C�digo Electoral,

DECRETA

ART�CULO PRIMERO.- Se convoca a las ciudadanas y a los ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho fundamental al sufragio en votaci�n DIRECTA Y SECRETA, concurran a las respectivas juntas receptoras de votos el d�a domingo primero de febrero de dos mil veintis�is, a fin de que procedan a elegir la Presidencia y las Vicepresidencias de la Rep�blica para el per�odo constitucional comprendido entre el ocho de mayo de dos mil veintis�is y el ocho de mayo de dos mil treinta y las Diputaciones a la Asamblea Legislativa para el per�odo constitucional comprendido entre el primero de mayo de dos mil veintis�is y el treinta de abril de dos mil treinta. Las elecciones se efectuar�n en todo el territorio nacional, desde las seis hasta las dieciocho horas de ese d�a, ininterrumpidamente, seg�n lo establece el art�culo 166 del C�digo Electoral. En el extranjero y �nicamente para la elecci�n de la Presidencia y las Vicepresidencias de la Rep�blica, conforme al art�culo 187 del C�digo Electoral, la votaci�n se efectuar� desde las nueve hasta las diecinueve horas, de acuerdo con los husos horarios de las respectivas zonas geogr�ficas en las que se instalen juntas receptoras de votos.

ART�CULO SEGUNDO.- Seg�n lo preceptuado en el art�culo 106 de la Constituci�n Pol�tica, las cincuenta y siete Diputaciones a la Asamblea Legislativa se elegir�n por provincias, en cantidades proporcionales a la poblaci�n de cada una de ellas y de acuerdo con las estimaciones oficiales de poblaci�n 2023, basadas en el ejercicio censal de poblaci�n m�s reciente, el cual para la elecci�n a la que aqu� se convoca, corresponde al del a�o dos mil veintid�s. Se elegir�, en consecuencia, el siguiente n�mero de Diputaciones por provincia:

CANTIDAD DE DIPUTACIONES A ELEGIR POR PROVINCIA

PROVINCIA

CANTIDAD

SAN JOS�

18 (DIECIOCHO)

ALAJUELA

12 (DOCE)

CARTAGO

6 (SEIS)

HEREDIA

5 (CINCO)

GUANACASTE

5 (CINCO)

PUNTARENAS

6 (SEIS)

LIM�N

5 (CINCO)

TOTAL

57 (CINCUENTA Y SIETE)

 

ART�CULO TERCERO.- En atenci�n a lo que establece el art�culo 151 del C�digo Electoral, los partidos pol�ticos que participen en la elecci�n de las Diputaciones designar�n, adem�s, un exceso de candidaturas a esos cargos de un veinticinco por ciento, el cual ser� por lo menos de dos candidaturas, por lo que deber�n designar un exceso de cinco candidaturas a Diputaciones por la provincia de San Jos�, tres por Alajuela y dos por cada una de las dem�s provincias.

ART�CULO CUARTO.- El plazo para la presentaci�n de solicitudes de inscripci�n de candidaturas ante el Registro Electoral vence a las quince horas del d�a viernes diecisiete de octubre de dos mil veinticinco, seg�n lo establecido en el art�culo 148 del C�digo Electoral.

ART�CULO QUINTO.- De acuerdo con lo dispuesto en el art�culo 138 de la Constituci�n Pol�tica, en caso de empate en la elecci�n Presidencial �sea en la primera elecci�n o, de ser necesaria, en la segunda� se tendr� por elegido en laPresidencia al candidato o candidata de mayor edad de entre las n�minas que hubieren obtenido igual n�mero de votos; asimismo, en caso de empate en la elecci�n de las Diputaciones se aplicar� an�logamente dicha norma y el art�culo 202 del C�digo Electoral, en orden a tener por elegida a la candidatura de mayor edad de entre quienes estuvieren disputando un esca�o en situaci�n de empate.

ART�CULO SEXTO.- Independientemente de la escala en la que est�n inscritos los partidos pol�ticos, las designaciones de las candidaturas a la Presidencia y las Vicepresidencias de la Rep�blica, as� como a las Diputaciones a la Asamblea Legislativa, deber�n recaer en ciudadanos y ciudadanas que cumplan con los requisitos que establece el ordenamiento jur�dico en cada caso y de conformidad con lo que prescriban sus propios estatutos sobre el particular, debiendo ser ratificadas por la asamblea superior de cada agrupaci�n pol�tica (salvo que se trate de convenciones para la designaci�n de la candidatura a la Presidencia de la Rep�blica, en cuyo caso la voluntad mayoritaria de ese proceso se tendr� como firme), tal y como lo ordena el inciso k) del art�culo 52 del C�digo Electoral.

ART�CULO S�TIMO.- Conforme al art�culo 142 del C�digo Electoral, a partir del d�a siguiente a esta convocatoria y hasta el propio d�a de las elecciones, se proh�be a las instituciones del Poder Ejecutivo, de la administraci�n descentralizada y de las empresas del Estado, a las alcald�as y a los concejos municipales, difundir, mediante cualquier medio de comunicaci�n, informaci�n publicitaria relativa a la obra p�blica realizada. Esta restricci�n aplica, seg�n lo dispuesto por este Tribunal en la resoluci�n n.� 4190-E8-2025 de las trece horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veinticinco, a espacios en medios de comunicaci�n tradicionales (televisi�n, radio o prensa escrita, entre otros), medios de comunicaci�n digitales y plataformas digitales institucionales (�Facebook�, �YouTube�, �X�, �TikTok�, p�ginas web u otros del mismo g�nero), ya sea que medie pago o no, para su divulgaci�n.

ART�CULO OCTAVO.- Comun�quese a los Poderes de la Rep�blica, a la Contralor�a General de la Rep�blica, a la Procuradur�a General de la Rep�blica, a la Defensor�a de los Habitantes y a los partidos pol�ticos inscritos. Publ�quese en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.

Dado en la ciudad de San Jos� el primero de octubre de dos mil veinticinco.".

ART�CULO TERCERO. El se�or Presidente de la Rep�blica Rodrigo Chaves Robles, traslada el mando de la Fuerza P�blica al Tribunal Supremo de Elecciones, entregando simb�licamente a la se�ora Magistrada Presidenta Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, los estandartes respectivos.

ART�CULO CUARTO. La se�ora Magistrada Presidenta Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a pronuncia el siguiente discurso:

"Bienvenidos a esta, que es la casa de ustedes, la casa de la democracia costarricense, el Tribunal Supremo de Elecciones. Nos re�ne hoy la celebraci�n de una sesi�n solemne, la convocatoria a las pr�ximas elecciones nacionales.Las elecciones n�mero veintis�is que dirigir� este Tribunal desde el a�o 1953 y, de entre estas, la n�mero diecinueve para elegir presidencia, vicepresidencias y diputadas y diputados a la Asamblea Legislativa.

Se dice r�pido, pero perm�tanme dimensionar ese dato: de los casi doscientos pa�ses miembros de las Naciones Unidas, menos de veinticinco, en toda la Tierra, tienen, a la fecha, 18 o m�s elecciones presidenciales o generales seguidas, es decir sin rupturas del orden constitucional.

Se trata, por eso, de la m�s noble y distintiva de las tradiciones costarricenses, la que mejor nos define y compromete como herederos y herederas de un valioso legado: el de un pueblo que pac�fica y libremente escoge a sus gobernantes, en las urnas. Un pueblo que, sin sobresaltos, peri�dicamente acude a votar, y al d�a siguiente de hacerlo, retoma sus faenas cotidianas, sabiendo que el pa�s sigue su marcha y que la vida continua. Un acontecimiento, eso s�, que, aunque hayamos repetido tantas veces, no debe ser banalizado, vaci�ndolo de sentido. �Mucho menos degradarlo!

Por eso, siempre es importante recordar cu�l es el esp�ritu de la democracia, del cual deriva la �tica de las elecciones; recordar para qu� hacemos procesos electorales, y cu�l es la raz�n de ser de las reglas que los rigen.

Recordar que tenemos principios fundamentales en los que creemos y defendemos: que todas las personas merecen respeto y tienen el derecho a incidir en las decisiones del pa�s; que no estamos obligados a pensar de una manera determinada y que est� bien que entre nosotros haya distintas formas de ver las cosas.Que para convivir pac�ficamente, respetando esa libertad de defender la propias ideas, votamos peri�dicamente, en este caso por la presidencia, que la gana un solo partido y se define por mayor�a, y por cincuenta y siete representantes populares, de distintos partidos pol�ticos, seg�n la proporci�n de votos recibidos por cada uno.

Unas y otras, las personas que resulten electas en la presidencia y en las vicepresidencias, as� como las que accedan a una diputaci�n, nos representar�n en nuestra diversidad.Por eso, merecen nuestro respeto, porque respetar nuestra diversidad, es respetar lo que somos como sociedad plural. Sesenta personas que, como no puede ser de otra forma en democracia, ejercer�n temporalmente un cargo, sujetos al imperio de la ley y a lo que resuelvan los tribunales de justicia de la rep�blica. Ese es nuestro pacto de convivencia.

De modo que a eso vamos el pr�ximo 1� de febrero: a escoger a esas sesenta personas, de entre centenares de costarricenses, que leg�timamente ser�n propuestos por los distintos partidos pol�ticos. Todas y todos los electores somos responsables de hacerlo bien y eso depender�, en buena medida, de c�mo aprovechemos los meses de esta campa�a electoral.

Podemos malgastar ese valioso tiempo en insultar a los rivales, caricaturizar sus ideas, repetir -sin reflexionar- unos pocos esl�ganes y avivar las llamas de la ira y el miedo mutuos. O podemos invertir estos cuatro meses en poner sobre la mesa, con franqueza y rigor, los problemas nacionales y los desaf�os que enfrentamos como sociedad, y analizar -con seriedad- las propuestas que cada partido pol�tico plante� para solucionarlos, as� como las capacidades para hacerlo de los equipos que aspiran a gobernar.

Para tener un proceso electoral provechoso, hoy Costa Rica demanda de sus hijas e hijos, sobre todo, valent�a, esa virtud c�vica apreciada como fundamental desde la Grecia cl�sica. No la valent�a impostada, teatral, del grito, de la injuria, de los golpes de pecho y de la agresi�n verbal, sino el valor, el enorme valor que se necesita para apreciar verdad y razones en los otros, para reconocer los errores propios, para atreverse a dudar de los prejuicios con los que cada grupo caracteriza a sus rivales.Para asumir que la convivencia en democracia exige actitudes maduras proclives a los acuerdos, pues los berrinches airados -por no poder imponer la propia voluntad- son est�riles y corrosivos de la hermandad entre nosotros.

En otras palabras, de cara a este proceso electoral -al que hoy el Tribunal Supremo de Elecciones convoca a los costarricense- tenemos que decidir, todos y todas, pero, con especial responsabilidad los partidos pol�ticos y los medios de comunicaci�n, si esta campa�a va a ser una guerra de lodo, manipulaci�n y descalificaciones mutuas, o -un tiempo para informarnos, contrastar y decidir lo mejor para el pa�s.En vez de un ring de boxeo, una mesa de trabajo donde cada candidatura muestre sus planos para construir la casa com�n, se discuta cu�l dise�o es m�s s�lido, qu� materiales usar y, sobre todo, c�mo garantizar que todos y todas podamos habitarla.

Eso aspiramos que sea la democracia costarricense: una casa com�n donde todos y todas quepamos� en tiempos convulsos y oscuros, nuestro lugar en el mundo, una tierra donde nuestros hijas e hijos puedan crecer sin miedo, en paz y en libertad.

En el Tribunal Supremo de Elecciones somos fuertes y estamos unidos. Y estamos listos. Lo estoy yo, su Magistrada presidenta, y lo est�n mis compa�eras magistradas y mis compa�eros magistrados, personas de una enorme experiencia y de un reconocido prestigio electoral en las Am�ricas, y tambi�n lo est�n m�s de dos mil funcionarias y funcionarios expertos en la gesti�n de procesos electorales admirados en el mundo entero. Acompa�ados, como de costumbre, por una nutrida observaci�n internacional y, como lo ordena nuestra Constituci�n Pol�tica, al mando de la Fuerza P�blica, les garantizaremos, una vez m�s, elecciones en las que se exprese, n�tida, la voluntad popular, y se respete el resultado de las urnas.

Muchas gracias.".

ART�CULO QUINTO. La se�ora Magistrada Presidenta Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a levanta la sesi�n solemne.

A las once horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Zetty Mar�a Bou Valverde

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s