ACTA N.�
81-2025
Sesi�n ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y
tres minutos del dos de octubre de dos mil veinticinco, con asistencia de la
se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, el se�or
Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, las se�oras Magistradas Zetty Mar�a
Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado
H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal
Supremo de Elecciones.
ART�CULO
PRIMERO.
APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.
A)
Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la
presente sesi�n ordinaria.
B) Se
incorporan al orden del d�a los siguientes asuntos:
������� Reglamento
de la c�dula de identidad con nuevas caracter�sticas.
������� Consulta
legislativa del proyecto de �Definici�n del l�mite entre los cantones de
Alajuela y Bel�n de las provincias de Alajuela y Heredia, expediente
legislativo n.� 24.625.
������� Invitaci�n
a Misi�n de Observaci�n Internacional de las Elecciones de Consejos Municipales
y Locales de Juventudes 2025 en Colombia.
C) Se
tienen por le�das y aprobadas las minutas de las sesiones ordinaria n.� 79-2025 y solemne n.�
80-2025.
ART�CULO SEGUNDO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe anual de valoraci�n
de riesgos del SIVAR. De
las se�oras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva,
y Elizabeth Quir�s Meza, Coordinadora de la Unidad de Control Interno de la
Direcci�n Ejecutiva, se conoce oficio n.�
DE-2565-2025 del 26 de setiembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado
en el acuerdo adoptado en el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.�
20-2024, celebrada el 13 de febrero de 2024, rinde el informe anual de
valoraci�n de riesgos del Sistema de Valoraci�n de Riesgos (SIVAR),
correspondiente al periodo 2024.
Se dispone: Tener
por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen.
ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de pr�rroga para
presentaci�n de informe sobre advertencia de la Auditor�a Interna. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora
Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-2607-2025
del 30 de setiembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo
adoptado en el art�culo s�timo de la sesi�n ordinaria n.�
77-2025, celebrada el 23 de setiembre de 2025, solicita se le conceda una
pr�rroga de tres d�as h�biles adicionales para remisi�n del informe requerido.
Se dispone: Conceder
la pr�rroga que solicita. En consecuencia, el informe deber� remitirse a este
Tribunal a m�s tardar el martes 7 de octubre de 2025. ACUERDO
FIRME.
ART�CULO TERCERO.
ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Calendario mensual para el
uso de licencia sindical durante el mes de octubre de 2025. De la se�ora Cindy Vega Figueroa, Secretaria
General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de
Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.�
SETSE-054-2025 del 29 de setiembre de 2025, mediante el cual adjunta la
calendarizaci�n y el listado de los integrantes de ese grupo sindical que
tomar�n licencia sindical durante el mes de octubre de 2025.
Se dispone: Autorizar
conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos
Humanos, as� como la inmediata de la se�ora Vega Figueroa y de las personas
funcionarias que se indica. ACUERDO FIRME.
ART�CULO CUARTO.
ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de informaci�n
presupuestaria para el Patronato Nacional de la Infancia. De la se�ora Kennly Garza
S�nchez, Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional
de la Infancia, se conoce oficio n.�
PANI-PE-OF-2689-2025 del 24 de setiembre de 2025, mediante el cual remite
solicitud de informaci�n de presupuesto, gasto y beneficiarios a las
instituciones p�blicas incluidas en el c�lculo de la inversi�n p�blica en ni�ez
y adolescencia y persona enlace, para los periodos 2022-2023-2024.
Se dispone: Para
su atenci�n, h�gase del conocimiento de la Direcci�n Ejecutiva.
ACUERDO FIRME.
B) Invitaci�n al se�or Gustavo
Rom�n Jacobo a participar como expositor en tema "Post verdad,
desinformaci�n y fake news". De la se�ora Marta Acosta Z��iga, Contralora General
de la Rep�blica, se conoce oficio n.� 17241 (DC-028)
del 29 de setiembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Por este medio le solicito,
respetuosamente, nos permita invitar al se�or Gustavo Rom�n Jacobo, asesor del
Tribunal Supremo de Elecciones, a una actividad formativa en la Contralor�a
General de la Rep�blica, en un tema en el que el se�or Rom�n es un referente
acad�mico y de expertise: "Post verdad,
desinformaci�n y fake news". En la Contralor�a
quisi�ramos contar con su enorme experiencia nacional e internacional para una
mejor comprensi�n de dichos fen�menos en la sociedad actual y su impacto en los
entornos actuales y futuros.
Para la coordinaci�n respectiva, nuestra Jefe de Prensa de la CGR, Mariela Azofeifa Olivares,
coordinar� lo pertinente con el se�or Rom�n, en aspectos de log�stica y
establecer fecha y horario de dicha actividad, a la que asistir�n funcionarios
del nivel gerencial de la instituci�n.
Agradezco de antemano contar con su venia para dicha
participaci�n.".
Se dispone: Autorizar
la participaci�n del se�or Rom�n Jacobo en los t�rminos indicados.
ACUERDO FIRME.
C) Resoluci�n de la Sala
Constitucional que declara con lugar recurso de amparo contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia, se conoce resoluci�n n.� 2025031149 de las
nueve horas veinticinco minutos del veintis�is de setiembre de dos mil
veinticinco, mediante la cual se declara con lugar recurso de amparo contra
este Tribunal.
Se dispone: H�gase
del conocimiento de la Secci�n Especializada de este Tribunal, de la Direcci�n
General del Registro Civil y de la Inspecci�n Electoral.
ACUERDO FIRME.
ART�CULO QUINTO.
ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Misi�n de Observaci�n
Internacional de las Elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventudes
2025 en Colombia. Del se�or Alberto Guevara Castro, Director General
de Relaciones Institucionales Internacionales del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federaci�n de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce correo
electr�nico del 2 de octubre de 2025, mediante el cual remite la invitaci�n del
se�or �lvaro Hern�n Prada Artunduaga, Presidente del Consejo Nacional Electoral
de la Rep�blica de Colombia, dirigida a la Asociaci�n de Magistradas
Electorales de las Am�ricas (AMEA), para integrar una Misi�n de Observaci�n
Internacional en las Elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventudes
2025, a realizarse en la Rep�blica de Colombia el pr�ximo 19 de octubre de
2025, indicando que ha propuesto a los anfitriones que sea la se�ora Wendy
Gonz�lez Araya, Magistrada suplente de este Tribunal, quien participe en
representaci�n de esa Asociaci�n.
Se conoce adem�s correo electr�nico del se�or Juli�n
David Mar�n Duque, de Cooperaci�n y Relaciones Internacionales de dicho Consejo
indicando que cubrir�n lo relativo a gastos de alimentaci�n, hospedaje,
traslados internos y boletos a�reos de la persona designada para participar.
Se dispone: 1.-
Incorporar al orden del d�a. 2.- Agradecer al se�or Guevara Castro la
invitaci�n que cursa. Se autoriza la participaci�n de la se�ora Wendy Gonz�lez
Araya, Magistrada suplente de este Tribunal.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal
en el inciso h) del art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 87-2008,
celebrada el 2 de octubre de 2008, en relaci�n con el viaje en cuesti�n se
detalla lo siguiente:
|
Nombre completo de la
funcionaria |
Cargo que desempe�a |
Pa�s a visitar |
Per�odo del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de
gastos de viaje y justificaci�n |
Gastos conexos y
justificaci�n |
|
Wendy Gonz�lez Araya |
Magistrada suplente del TSE |
Rep�blica de Colombia |
16 al 20 de octubre de 2025 |
Misi�n de Observaci�n Internacional de las Elecciones de Consejos
Municipales y Locales de Juventudes 2025 |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO.
ASUNTOS ELECTORALES.
A) Consulta legislativa del
proyecto de �Reforma a la Ley General de la Administraci�n P�blica para
suprimir la transcripci�n literal y garantizar actas claras y eficientes en los
�rganos colegiados�, expediente n.� 25.169. De
la se�ora Daniella Ag�ero Berm�dez, Jefa de �rea de
Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� AL-CPAJUR-0821-2025 del 30 de setiembre de 2025,
mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n Permanente de Asuntos
Jur�dicos, aprob� una moci�n que dispuso consultar su criterio sobre el
proyecto de ley Expediente N.� 25.169, �REFORMA
A LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACI�N P�BLICA PARA SUPRIMIR LA TRANSCRIPCI�N
LITERAL Y GARANTIZAR ACTAS CLARAS Y EFICIENTES EN LOS �RGANOS COLEGIADOS.�,
cuyo texto me permito copiar de forma adjunta.
De conformidad con lo que establece el art�culo 157
del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en
el plazo de ocho d�as h�biles que vence
el 13 de octubre y, de ser posible, enviar el criterio de forma
digital [...]".
Se dispone: Para
que se proponga el respectivo proyecto de respuesta �el cual habr� de rendirse
a m�s tardar el 6 de octubre de 2025� h�gase del conocimiento del se�or Ronny
Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento
Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 7 de octubre de 2025. Tome
nota el referido funcionario y la Secretar�a General de este Tribunal que el
plazo para responder la consulta planteada vence el 13 de octubre de 2025.
ACUERDO FIRME.
B) Recordatorio del Cronograma
Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de
febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y
Diputaciones a la Asamblea Legislativa. Se
dispone: H�gase del conocimiento de los Poderes de la
Rep�blica, de la Contralor�a General de la Rep�blica, de la Procuradur�a
General de la Rep�blica, de la Defensor�a de los Habitantes, de los partidos
pol�ticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de
Comunicaciones y Relaciones P�blicas �a este �ltimo para su difusi�n� el
siguiente recordatorio de las fechas m�s relevantes para el mes de noviembre de
2025, seg�n el Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de
febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y Diputaciones
a la Asamblea Legislativa:
"NOVIEMBRE
2025
MIERCOLES
5
�ltimo d�a para que el TSE se pronuncie acerca las
designaciones de las personas propuestas como integrantes de las juntas
cantonales (art�culo 37 del C�digo Electoral).
DOMINGO
16
A partir de esta fecha inicia la confecci�n de las
listas definitivas de electores (art�culo 153 del C�digo Electoral).
VIERNES
28
�ltimo d�a para que los partidos pol�ticos o
coaliciones con candidaturas inscritas a escala nacional, remitan al programa
electoral Voto Costarricense en el Extranjero las listas de quienes proponen
para integrar, como miembros propietarios y suplentes, cada una de las juntas
receptoras de votos que se instalar�n fuera de Costa Rica (art�culo 11 del
Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).".
ACUERDO FIRME.
C) Respuesta a consulta
legislativa del proyecto de �Reforma del art�culo 2 de la Ley General de
Contrataci�n P�blica, n.� 9986�, expediente n.� 23.561. De
la se�ora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de �rea de
Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente
oficio n.� AL-CPPLEIII-1560-2025 del 24 de setiembre
de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n con Potestad Plena Tercera, en
virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios
T�cnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley
Expediente N.� 23.561 �REFORMA DEL ART�CULO 2 DE LA
LEY GENERAL DE CONTRATACI�N P�BLICA, N.� 9986�, el
cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el art�culo 157
del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en
el plazo de ocho d�as h�biles que vence el 3 [sic]
de octubre y,
de ser posible, enviar el criterio de forma digital [...]".
Se dispone: Contestar
la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:
I. Consideraciones
preliminares.��
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en
forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de
ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar
al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa
formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las
dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses
previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir
en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la
disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo
Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar
las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de
orden constitucional.
A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico
conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la
interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano
Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo
comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en
la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o
indirectamente se relacionen con los procesos�
electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y
vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los
art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente, la iniciativa en estudio pretende
adicionar un inciso i) al art�culo 2 de la Ley General de Contrataci�n P�blica
(Ley n.� 9986) para que se excluya de la aplicaci�n
de esta norma, el arrendamiento de veh�culos de los funcionarios de la
Administraci�n cuando en el ejercicio del cumplimiento de sus funciones deban
desplazarse y resulte m�s econ�mico y razonable.
III. Sobre el proyecto
consultado.
Del examen de la propuesta legislativa consultada,
no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia
electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos
relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen,
menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos
organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio,
en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo
Electoral.
No obstante, este Colegiado estima pertinente se�alar que la propuesta legislativa pretende incorporar un
inciso i) al numeral 2 de la Ley N.� 9986, cuyo
apartado ya se encuentra contemplado en la disposici�n normativa vigente, raz�n
por la cual, en caso de prosperar la iniciativa, lo procedente ser�a continuar
la secuencia alfab�tica respectiva, correspondiendo asignar a la nueva
disposici�n la denominaci�n de inciso k).
IV. Conclusi�n.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta
legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos
electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los t�rminos de los
art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral. Sin perjuicio de lo
anterior, se advierte que el numeral 2 de la Ley 9986, consta de incisos que
van desde la letra a) hasta la j), por lo que en caso
de prosperar la iniciativa, lo procedente ser�a mantener la secuencia
alfab�tica establecida, asign�ndole la denominaci�n k.
ACUERDO FIRME.
D) Consulta legislativa del
proyecto de �Definici�n del l�mite entre los cantones de Alajuela y Bel�n de
las provincias de Alajuela y Heredia, expediente legislativo n.� 24.625. Del
se�or Edel Reales Noboa, Gerente del Departamento de Secretar�a del Directorio
de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.�
AL-DSDI-OFI-0143-2025 del 1.� de octubre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"De conformidad con las disposiciones del
Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta texto de actualizado de
discusi�n sobre el EXPEDIENTE LEGISLATIVO N� 24.625, DEFINICI�N DEL L�MITE ENTRE LOS CANTONES DE
ALAJUELA Y BELEN DE LAS PROVINCIAS DE ALAJUELA Y HEREDIA,
que se adjunta.
De conformidad con el art�culo 157 del Reglamento de
la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de
ocho d�as h�biles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio;
de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumir� que no
existe objeci�n por el asunto [...]".
Se dispone: 1.-
Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de
respuesta �el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 6 de octubre de 2025�
h�gase del conocimiento del se�or Andrei Cambronero Torres, Jefe
del Despacho de la Presidencia. Para su examen se fijan las 11:15 horas del 7
de octubre de 2025. Tome nota el referido funcionario y la Secretar�a General
de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 13
de octubre de 2025. ACUERDO FIRME.
E) Reglamento de la c�dula de
identidad con nuevas caracter�sticas. Del se�or Luis
Antonio Bola�os Bola�os, Director
General del Registro Civil, se conoce oficio n.�
DGRC-0791-2025 del 30 de setiembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"Como es de su conocimiento, en el marco de
la ejecuci�n de la l�nea n.� 1 de la contrataci�n
2023LY-000001-0012300001 - SOLUCI�N PARA EL SERVICIO INTEGRAL PARA LA EMISI�N
DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD, el pr�ximo 06 de octubre de 2025 entrar� en
producci�n la emisi�n de la c�dula de identidad con nuevas caracter�sticas.
Por tal motivo, respetuosamente me permito someter a
consideraci�n de las se�oras Magistradas y se�ores Magistrados una propuesta de
reglamento para habilitar al Registro Civil la expedici�n de los documentos de
identidad en el nuevo formato y dotar de plena validez a sus caracter�sticas.".
Se dispone: 1.-
Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se propone. Promulgar el
decreto que interesa de conformidad con el siguiente texto:
"EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
De conformidad con las atribuciones que le confieren
los incisos 10) y 3) de los art�culos 102 y 104, respectivamente, de la
Constituci�n Pol�tica, el art�culo 93 y concordantes de la Ley Org�nica del
Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, y
CONSIDERANDO
I.����� Que es
facultad de este Tribunal determinar la informaci�n que contendr� la c�dula de
identidad para identificar plenamente a su titular, as� como confeccionar dicho
documento.
II.���� Que
corresponde al Registro Civil, bajo la dependencia exclusiva de este Tribunal,
expedir las c�dulas de identidad, utilizando las t�cnicas m�s avanzadas y
seguras para la identificaci�n personal.
DECRETA:
El siguiente:
REGLAMENTO
DE LA C�DULA DE IDENTIDAD CON NUEVAS CARACTER�STICAS
Art�culo 1.- A partir del d�a seis de octubre de dos
mil veinticinco, el Registro Civil podr� expedir la c�dula de identidad con las
caracter�sticas que se indican en el art�culo segundo de este reglamento. Las
c�dulas de identidad que se expidan con dichas caracter�sticas tendr�n plena
validez, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo noventa y tres y
concordantes de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil.
Art�culo 2.- El formato de la c�dula de identidad
indicada en el art�culo anterior ser� el siguiente:



El sustrato del documento
es de policarbonato, en el anverso ser� visible con luz ultravioleta una imagen
precolombina y en el reverso ser� visible con luz ultravioleta una imagen
dentro de un c�rculo alusiva al s�mbolo nacional de la guaria morada (flor).
Art�culo 3.- Sin
perjuicio de lo dispuesto en los art�culos anteriores, las c�dulas de identidad
expedidas con las caracter�sticas aprobadas por este Tribunal en el Decreto N.� 9-2016 y sus reformas, publicado en La Gaceta N.� 156 del 16 de agosto de 2016, mantendr�n su validez
hasta la fecha que en ellas se indique.
Art�culo 4.- Rige a
partir del seis de octubre de dos mil veinticinco. Publ�quese en el Diario
Oficial.".
ACUERDO FIRME.
A las diez horas y cuarenta y nueve minutos termin� la
sesi�n.
|
Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
|
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
Mar�a Bou Valverde |
|
Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
H�ctor
Enrique Fern�ndez Mas�s |