ACTA N.�
93-2025
Sesi�n ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cincuenta y
tres minutos del once de noviembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la
se�ora Magistrada Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a -quien preside-, del se�or
Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de las se�oras Magistradas Zetty Mar�a
Bou Valverde y Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y el se�or Magistrado
H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s. Asiste tambi�n el se�or Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal
Supremo de Elecciones.
ART�CULO
PRIMERO.
APROBACI�N DEL ORDEN DEL D�A Y DE ACTAS ANTERIORES.
A)
Se tiene por le�do y aprobado el orden del d�a de la
presente sesi�n ordinaria.
B) Se
incorpora al orden del d�a el siguiente asunto:
������� Comunicaci�n
del Tribunal Superior Electoral de Rep�blica Dominicana.
C) Se
tienen por le�da y aprobada la minuta de la sesi�n ordinaria n.� 92-2025.
ART�CULO SEGUNDO.
INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.
A) Informes de participaci�n
en Misi�n de Observaci�n Electoral (MOE) de la Organizaci�n de Estados
Americanos (OEA) en Bolivia y en seminario internacional en Chile. Del se�or Mario Matarrita Arroyo, Letrado de este
Tribunal, se conocen notas del 5 noviembre de 2025, mediante las cuales rinde
informes relativos a su participaci�n como Especialista en Justicia Electoral
de la Misi�n de Observaci�n Electoral (MOE) desplegada por la Organizaci�n de
los Estados Americanos (OEA) en el Estado Plurinacional de Bolivia, con ocasi�n
de la segunda vuelta electoral de las elecciones generales, celebradas del 14 a
21 de octubre de 2025, as� como de su participaci�n como conferencista en el X
Seminario Jean Monnet Bridge, llevado a cabo en la Rep�blica de Chile, del 28
de setiembre al 3 de octubre de 2025, respectivamente.
Se dispone: Tener
por rendidos los informes. Proceda la Secretar�a General de este Tribunal a
cursar los agradecimientos que se proponen.
ACUERDO FIRME.
ART�CULO TERCERO.
ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.
A) Solicitud de encargo de
funciones de la jefatura de la Secci�n de Inscripciones. Del
se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0901-2025 del 5 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"En virtud de lo expuesto en el oficio
RH-2158-2025 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el
Instructivo para el tr�mite de recargos de funciones y la circular n�mero
STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a
consideraci�n de las se�oras y se�ores Magistrados del Tribunal Supremo de
Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuaci�n:
|
�UNIDAD ADMINISTRATIVA |
PUESTO
|
TITULAR |
SUSTITUYE |
PERIODO Y MOTIVO |
|
Secci�n
de Inscripciones |
Jefatura
|
Irene
Montanaro Lacayo |
Rosa
Mar�a Calvo Jara |
A
partir de la firmeza del acuerdo que as� lo autorice y hasta el 14 de
noviembre de 2025 / incapacidad
m�dica.� |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el
Superior.".
Se dispone: Aprobar
el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO
FIRME.
B) Consulta de nombramiento
interino en plaza de Conductor 1 Electoral. Del
se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General
de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-2634-2025
del 5 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en el
art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y el art�culo 46 de la Ley
Marco de Empleo P�blico y sus respectivos reglamentos, as� como en las
�Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de
Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos
Consultivos y Electorales� y con base en el criterio t�cnico emitido por el
Departamento de Recursos Humanos -oficio n.�
RH-2160-2025-, me permito proponer la aprobaci�n del siguiente nombramiento a
plazo fijo, en la plaza de Servicios Especiales, correspondiente al puesto de
Conductor 1 Electoral, clase Auxiliar Operativo 2 -S.U-, del se�or Christopher
Garc�a Gonz�lez, en la plaza n.� 377943, a
partir de la firmeza del acuerdo que as� lo autorice y hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
C) Consulta de nombramientos
interinos por excepci�n de Conserje Electoral S.U. Del se�or Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-2636-2025 SUSTITUIR del 7 de noviembre de 2025,
mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en el
art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y el art�culo 46 de la Ley
Marco de Empleo P�blico y sus respectivos reglamentos, as� como en las
�Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de
Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos
Consultivos y Electorales� y con base en el criterio t�cnico emitido por el
Departamento de Recursos Humanos -oficio n.�
RH-2161-2025 SUSTITUIR-, me permito proponer la aprobaci�n de� los siguientes nombramientos a plazo fijo por
excepci�n, en las plazas de Servicios Especiales, correspondientes al puesto de
Trabajador Operativo Electoral, clase Conserje Electoral -S.U-, de las
siguientes personas: Marco Bonilla Cort�s, en
plaza n.� 382448, Kendall
Cerdas Mora, en plaza n.� 382449, Joshua
Hern�ndez Hern�ndez, en
plaza n.� 382450, William
Hidalgo D�az, en plaza n.� 382451, Isa�as
Picado Ortiz, en plaza n.� 382452, V�ctor
Roberto S�nchez Fonseca, en plaza n.� 382453, Wagner
S�nchez Guti�rrez, en plaza n.� 382454 y Luis
Diego Sand� Sol�s, en plaza n.� 382455,
todos a partir de la firmeza del acuerdo que as� lo autorice y hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone en cada caso, con la observaci�n seg�n la cual eventuales
pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
D) Renuncia del se�or Max
Enrique L�pez Soto del Departamento de Programas Electorales. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa
a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2144-2025 del 4 de noviembre de 2025, mediante el
cual remite a consideraci�n nota suscrita por el funcionario Max Enrique L�pez
Soto, destacado en el Departamento de Programas Electorales, con la cual
solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los
motivos que se sirve exponer.
Se dispone: Tener
por presentada la renuncia del funcionario L�pez Soto, a quien se le agradecen
los servicios prestados; lo anterior, en los t�rminos indicados por el
Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
E) Renuncia de la se�ora
Andrea Salazar Morales del Departamento de Programas Electorales. De la se�ora Kattya Varela G�mez, Jefa
a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-2193-2025 del 7 de noviembre de 2025, mediante el
cual remite a consideraci�n nota suscrita por la funcionaria Andrea Salazar
Morales, destacada en el Departamento de Programas Electorales, con la cual
solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los
motivos que se sirve exponer.
Se dispone: Tener
por presentada la renuncia de la funcionaria Salazar Morales, a quien se le
agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los t�rminos indicados por
el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO
FIRME.
ART�CULO CUARTO.
ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Justificaciones de ausencia
a sesiones del Consejo de Directores. De la se�ora Glenda Moreno Murillo, Profesional en
Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.�
CDIR- 0328-2025 del 7 de noviembre de 2025, mediante el cual se transcribe lo
acordado por ese Consejo, en cuanto a tener por justificadas las ausencias de
la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y los se�ores Hugo Ernesto
Picado Le�n, Director General del Instituto de Formaci�n y Estudios en
Democracia, y Gustavo Rom�n Jacobo, Director General de Estrategia y Gesti�n
Pol�tico-Institucional, a la sesi�n del 7 de noviembre 2025.
Se dispone: Tener
por justificadas las ausencias de la se�ora Mora Navarro, y de los se�ores
Picado Le�n y Rom�n Jacobo. ACUERDO FIRME.
ART�CULO QUINTO.
ASUNTOS DEL PADR�N NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe de la sumaria del
Padr�n Nacional Electoral y de nuevas personas electoras al cierre definitivo
para la Elecciones Presidenciales de 2026. Del
se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0915-2025 del 7 de noviembre de 2025, mediante el
cual remite el informe de la sumaria del Padr�n Nacional Electoral y de nuevas
personas electoras correspondiente al cierre definitivo para las Elecciones
Presidenciales 2026.
Se dispone: Tener
por rendido el informe. H�gase del conocimiento de los Poderes de la Rep�blica,
de la Contralor�a General de la Rep�blica, de la Procuradur�a General de la
Rep�blica, de la Defensor�a de los Habitantes y de los partidos pol�ticos.
ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO.
ASUNTOS DE COMISIONES Y COMIT�S INSTITUCIONALES.
A) Propuesta de sustituci�n de
integrantes en la Comisi�n Institucional en Materia de Discapacidad. Del se�or Wilson Espinoza Coronado, en su condici�n
de Coordinador de la Comisi�n Institucional en Materia de Discapacidad, se
conoce oficio n.� CD-016-2025 del 6 de noviembre de
2025, mediante el cual propone la designaci�n de la se�ora Elizabeth Quir�s
Meza, como integrante propietaria por parte de la Direcci�n Ejecutiva y al
se�or Gerardo Cascante Vega, como integrante suplente por parte de la Direcci�n
General del Registro Civil, de dicha comisi�n, seg�n detalla.
Se dispone: Designar
a la funcionaria Quir�s Meza y al funcionario Cascante Vega, en la Comisi�n
Institucional en Materia de Discapacidad, conforme se propone.
ACUERDO FIRME.
ART�CULO S�TIMO.
ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
A) Comunicaci�n de solicitud
de nombramientos a cargos internos del Cuerpo Nacional de Delegados. Del se�or Nicol�s Prado Hidalgo, Secretario
General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de
Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-
918-2025 del 4 de noviembre de 2025, mediante el cual comunica solicitud de
nombramientos a cargos internos del Cuerpo Nacional de Delegados,
seg�n enlista.
Se dispone: Designar
conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
ART�CULO OCTAVO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Criterio solicitado al
Departamento Legal relativo a lo indicado por la Auditor�a Interna como
advertencia. Del
se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del
Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-426-2025
del 3 de noviembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo
adoptado en el art�culo cuarto de la sesi�n ordinaria n.�
87-2025, celebrada el 23 de octubre de 2025, rinde criterio respecto de lo
indicado por la Auditor�a Interna en la advertencia n.�
AD-AI-0007-2025.
Se dispone: Tener
por rendido el informe, el cual se acoge. H�gase del conocimiento de la
Auditor�a Interna, as� como de las dem�s instancias concernidas. Respecto de lo
indicado por el Departamento Legal y con el prop�sito de que en el futuro la
mencionada funci�n de c�lculo sea realizada por la Unidad de Fiscalizaci�n de
la Ejecuci�n Contractual, proceda la Direcci�n Ejecutiva a programar un estudio
t�cnico de cargas de trabajo y estructura ocupacional en dicha Unidad.
ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de compra por
excepci�n mediante caja chica. Del se�or Nicol�s Prado Hidalgo, Secretario
General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de
Partidos Politicos, se conoce oficio n.�
DGRE-0899-2025 del 4 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"Como parte de las acciones que se llevan a
cabo dentro de la log�stica del Programa de Seguridad Electoral (PSE), se
encuentra el convenio de cooperaci�n institucional con el Ministerio de
Seguridad P�blica (MSP) para el pr�stamo (entre otros) de un funcionario
especialista en radiocomunicaci�n, dicho convenio entr� en vigor a partir de la
Convocatoria a Elecciones. Esta colaboraci�n le permite tanto al citado
programa como a la Oficina de Seguridad Integral realizar labores y determinar
situaciones no previsibles, en el tanto a nivel institucional no se cuenta con
una plaza con esa especialidad ni con funcionarios que cuenten con
conocimientos en esa materia, es por ello por lo que resulta inviable poder
detectar situaciones y necesidades de requerimientos en esta materia de forma
previa y que puedan ser objeto de planificaci�n por cualquiera de las dos
dependencias supra citadas.
Con base en la situaci�n anteriormente descrita, el
t�cnico en radiocomunicaci�n del MSP realiz� una serie de revisiones y an�lisis
que derivaron en un diagn�stico que determina la necesidad urgente de adquirir
licencias para habilitar las cinco repetidoras que se encuentran ubicadas en
los cerros: de la muerte, Iraz�, Paraguas, Berl�n y Volc�n Turrialba, esto por
cuanto los avances tecnol�gicos en sistemas de radiocomunicaci�n exigen el
requerimiento de licencias para poder hacer los enlaces en esa red de comunicaci�n.
Asimismo, en atenci�n a la Ley General de Telecomunicaciones N� 8642, cuyo objeto es regular el uso y explotaci�n del
espectro radioel�ctrico (Art. 1) y garantizar la eficiente y efectiva
asignaci�n, uso, administraci�n y control del mismo (Art. 2 g), resulta urgente
e indispensable contar con las licencias de operaci�n de los repetidores de
radiocomunicaci�n, a fin de asegurar que dichas instalaciones operen conforme
al Plan Nacional de Atribuci�n de Frecuencias (Art. 10), evitando interferencias
perjudiciales, asegurando continuidad, calidad y cobertura del servicio, y
garantizando la legalidad del recurso escaso que representa el espectro
radioel�ctrico.
Resulta importante considerar que el contar con
dichas licencias no solo asegura la operaci�n de las repetidoras antes
se�aladas, sino que, permite garantizar el uso legal, seguro y eficiente del
espectro radioel�ctrico, ratificando la continuidad de las comunicaciones
institucionales y cumpliendo con una de las m�ximas del PSE, que es la
operatividad con comunicaciones confiables a nivel nacional, tomando especial
relevancia las zonas rurales y de dif�cil acceso donde las redes convencionales
(celular e internet) no llegan. Asimismo, se recalca que al contar con el
debido licenciamiento se logra:
������� Garantizar
prioridad en el uso de las frecuencias asignadas.
������� Evitar
interferencias con otros servicios de seguridad o emergencias.
������� Asegurar
la trazabilidad y respaldo jur�dico de la red institucional.
Debido a que este requerimiento se necesita para
antes del mes de diciembre, por lo que no es posible realizar una gesti�n de
contrataci�n por el mecanismo de la contrataci�n p�blica y que, de igual
manera, se cuenta con disponible presupuestario en la subpartida
correspondiente del subprograma 850-02, con todo respeto, se solicita al
Tribunal que autorice esta compra mediante el mecanismo de caja chica, acci�n
que se permite de acuerdo con lo que se�ala el art�culo 3� de la Ley General de
Contrataci�n P�blica y el art�culo 12 de su Reglamento. Es necesario igualmente
recordar que dicha norma contempla la posibilidad de que las Administraciones
puedan realizar compras por ese medio hasta por un 10% del l�mite de la
contrataci�n reducida, es decir, por un monto m�ximo de �6.480.433,80; cifra
que es superior al tope que en la actualidad existe para el uso de la caja
chica en el TSE que asciende a �300.000,00; raz�n por la cu�l
[sic] se dirige esta solicitud de
autorizaci�n a las se�oras magistradas y se�ores magistrados.
No omito indicar que, de acuerdo con la consulta de
mercado realizada por el Programa de Seguridad Electoral, el costo requerido
para la adquisici�n de las citadas licencias no supera el mill�n cuatrocientos
mil colones (�1.400.000,00).".
Se dispone: Autorizar
conforme se solicita, lo anterior, sin que se emita juicio en relaci�n con
eventuales adjudicatarios y precisando que los procedimientos que en
consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las correspondientes
instancias administrativas. ACUERDO FIRME.
C) Informe relativo a la
advertencia de la Auditor�a Interna sobre la implementaci�n de la recomendaci�n
4.4 del Informe especial IES-003-2023. De
las se�oras Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva,
y Xenia Guerrero Arias, Directora General de
Estrategia Tecnol�gica, se conoce oficio n.�
DE-2922-2025 del 4 de noviembre de 2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en
el acuerdo adoptado en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 52-2025,
celebrada el 26 de junio de 2025, rinden informe relativo a la advertencia de
la Auditor�a Interna sobre la implementaci�n de la recomendaci�n 4.4 del
Informe especial IES-003-2023.
Se dispone: De
previo a resolver, rinda criterio la Auditor�a Interna.
ACUERDO FIRME.
D) Informe del Departamento
Legal. Del se�or Vinicio
Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce
oficio n.� DL-429-2025 del 6 de noviembre de 2025,
mediante el cual, seg�n lo ordenado en los acuerdos adoptados en los art�culos
quintos de las sesiones ordinarias n.� 58-2025 y n.� 87-2025, celebradas el 17
de julio y 23 de octubre de 2025 respectivamente, rinde informe requerido sobre
asunto confidencial.
Se dispone: Tener
por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. Proceda
la Inspecci�n Electoral con la investigaci�n administrativa preliminar
correspondiente. En lo relativo a lo indicado en el punto 3, agr�guese al
estudio individual de las se�oras Magistradas y de los se�ores Magistrados que,
en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 82-2025, celebrada el 7 de
octubre de 2025, se dispuso al efecto. H�gase de conocimiento de los personeros
sindicales gestionantes.
ACUERDO FIRME.
E) Lineamientos para el
proceso de formulaci�n y ejecuci�n presupuestaria. De la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora
Ejecutiva, se conoce oficio n.� DE-2932-2025
del 6 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesi�n ordinaria n.�
109-2024 celebrada el 29 de octubre del a�o 2024, el TSE conoci� y aprob� los Lineamientos
para el proceso de formulaci�n y ejecuci�n presupuestaria, lo que fue
comunicado en oficio n.� STSE-2288-2024 del mismo
a�o; no obstante, debido a los cambios generados en la Administraci�n P�blica,
y a partir de la entrada en vigencia de la Ley General de Contrataci�n
P�blica (Ley n.� 9986), en diciembre del a�o 2022,
la Direcci�n Ejecutiva continua realizando esfuerzos a fin de optimizar la gesti�n
presupuestaria de la instituci�n, por lo que, para conocimiento del Superior,
se adjunta el documento con los citados lineamientos actualizados.
Tales instrucciones se emiten con el prop�sito de
coordinar esfuerzos entre las diferentes dependencias institucionales, as� como
para eficientizar el proceso de formulaci�n y ejecuci�n presupuestaria que se
desarrolla durante el primer semestre de cada a�o.
Finalmente, es importante indicar que, una vez
aprobadas por el Superior, estas directrices regir�n a partir del a�o 2026 con
miras a la ejecuci�n presupuestaria de ese a�o y la formulaci�n del proceso
correspondiente al a�o 2027 y siguientes.".
Se dispone: Aprobar
conforme se propone. ACUERDO FIRME.
F) Solicitud de pr�rroga para
rendir informes. De
la se�ora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se
conoce oficio n.� DE-3009-2025 del 7 de noviembre de
2025, mediante el cual, seg�n lo ordenado en el acuerdo adoptado en el art�culo
cuarto de la sesi�n ordinaria n.� 88-2025, celebrada el 28 de octubre de 2025,
solicita una pr�rroga por el mismo lapso otorgado originalmente, para la
remisi�n del estudio e informe requerido sobre recomendaciones relacionadas a
la implementaci�n del proyecto de padr�n electr�nico, seg�n indica.
Se dispone: Conceder
la pr�rroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ART�CULO NOVENO.
ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Consideraciones al Estudio
Integral del Departamento de Recursos Humanos. Del
se�or Ruy L�pez Gonz�lez, Secretario General del
Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.� SETSE-058-2025 CONFIDENCIAL del 5 de noviembre de 2025,
mediante el cual remite observaciones de sobre el Estudio Administrativo
Integral del Departamento de Recursos Humanos.
Se dispone: Agr�guese
al estudio individual de las se�oras Magistradas y de los se�ores Magistrados
que, en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 82-2025, celebrada el 7
de octubre de 2025, se dispuso al efecto. ACUERDO
FIRME.
ART�CULO D�CIMO.
ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Comunicaci�n del Tribunal
Superior Electoral de Rep�blica Dominicana. De
los se�ores Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Juez Presidente, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fern�ndez Cruz y de la se�ora
Hermenegilda del Rosario Fondeur Ram�rez, Jueces y
Jueza Titulares, as� como de los se�ores Juan Manuel Garrido Campillo, Juez
Suplente, y Rub�n Dar�o Cede�o Ure�a, Secretario General,
todos del Tribunal Superior Electoral de Rep�blica Dominicana, se conoce nota
del 27 de octubre de 2025, mediante la cual literalmente manifiestan:
"El Pleno del Tribunal Superior Electoral de
Rep�blica Dominicana (TSE), ante comentarios p�blicos emitidos por un
exmagistrado de esta Alta Corte, informa que dichas expresiones son de car�cter
estrictamente personal y no representan la posici�n institucional.
El TSE no emite pronunciamientos sobre procesos
electorales de otros pa�ses y reconoce el prestigio internacional merecido del
Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica. Reiteramos, adem�s, nuestra
relaci�n de colaboraci�n y respeto con el Tribunal Supremo de Elecciones de
Costa Rica, con el que mantenemos v�nculos de trabajo orientados al
fortalecimiento de la democracia.".
Se dispone: 1.-
Incorporar al orden del d�a. 2.- Tener por recibida la comunicaci�n que remite
el Tribunal Superior Electoral de Rep�blica Dominicana, a quien se le agradecen
las muestras de apoyo a la labor de estos organismos electorales.
ACUERDO FIRME.
ART�CULO D�CIMO
PRIMERO. ASUNTOS ELECTORALES.
A)
Respuesta a consulta legislativa del proyecto de �Reforma de varios art�culos a
la Ley n.� 10.092 �Ley de reducci�n de la deuda p�blica por medio de la venta
de activos ociosos o subutilizados del sector p�blico� del 28 de enero de 2022:
para garantizar su efectiva aplicaci�n en el sector p�blico�, expediente n.�
25.202. Del se�or Leonardo Alberto Salmer�n Castillo, Jefe
de �rea a. i. de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa,
se conoce nuevamente oficio n.�AL-CPOECO-2209-2025 del 29 de octubre de 2025,
recibido ese mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"La Comisi�n Permanente Ordinaria de Asuntos Econ�micos, en
virtud de la moci�n aprobada en sesi�n 33, ha dispuesto consultarles su
criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 25202 �REFORMA DE
VARIOS ART�CULOS A LA LEY N.� 10.092 �LEY DE REDUCCI�N DE LA DEUDA P�BLICA POR
MEDIO DE LA VENTA DE ACTIVOS OCIOSOS O SUBUTILIZADOS DEL SECTOR P�BLICO� DEL 28
DE ENERO DE 2022: PARA GARANTIZAR SU EFECTIVA APLICACI�N EN EL SECTOR P�BLICO�,
el cual se anexa.
De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la
Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho
d�as h�biles que vence el 11 de noviembre de 2025 y, de ser
posible, enviar el criterio de forma digital [�]".
Se dispone: Contestar la consulta
formulada, en los siguientes t�rminos:
I. Consideraciones preliminares.��
El ordinal 97 de la Carta
Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y
aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea
Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio
en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se
necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin
embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular,
solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal
estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo
normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo
12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad
Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo
de esa norma de orden constitucional.
II. Objeto del proyecto.
La iniciativa legislativa
pretende establecer la obligatoriedad de enajenar y rematar aquellos activos
ociosos de todos los entes y �rganos del sector p�blico, as� como incluir una
definici�n precisa del t�rmino �activo subutilizado�. Aunado a lo anterior,
busca garantizar que se aplique la norma actual de acuerdo con los principios
de eficiencia, eficacia y transparencia que permean el accionar de la
Administraci�n. Finalmente, el proyecto procura que las instituciones p�blicas
est�n obligadas a cumplir con el informe y la declaraci�n de activos ociosos,
caso contrario, podr�an ser sancionados.
III. Sobre el proyecto.
Al respecto, es preciso
se�alar que este mismo proyecto fue consultado recientemente a este Colegiado
mediante oficio n.� AL-CPOEXO-2124-2025 del 22 de octubre de 2025, suscrito por la se�ora
Nancy Patricia V�lchez Obando, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas V
del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea
Legislativa, mismo que fue analizado y conocido por este Tribunal
en el art�culo octavo de la sesi�n ordinaria n�mero 89-2025 del 30 de octubre
de 2025, el cual, en lo que interesa,� se
indic�:
�Del examen de la propuesta
legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna
relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en
modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o
indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias
constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual
este Tribunal deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los
art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.
Ahora bien, este Tribunal,
como jerarca institucional y �rgano integrante de la Administraci�n P�blica,
entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad
pol�tico-parlamentaria y al no advertir que menoscabe las competencias y potestades
que como administraci�n activa ejerce, no existe objeci�n alguna que hacer
respecto del texto consultado.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta
ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos
manifestar criterio alguno en los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y
12 del C�digo Electoral. ACUERDO FIRME.�
Al advertirse que se trata
del mismo expediente legislativo y que adem�s no constan modificaciones de
fondo al texto que ahora se consulta, este Colegiado reitera el criterio
expuesto en el acuerdo antes transcrito.
IV. Conclusi�n.
Con
base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al
Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos
manifestar criterio alguno en los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y
12 del C�digo Electoral. ACUERDO FIRME.
B)
Respuesta a consulta legislativa del proyecto de �Reforma de la Ley Reguladora
del Sistema Nacional de Contralor�as de Servicios, n�
9158, de 8 de agosto de 2013�, expediente n.� 23.158. De la se�ora Ericka Ugalde
Camacho, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas III
de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio
n.�AL-CPPLEIII-1664-2025 del 30 de octubre de 2025, recibido ese mismo d�a en
la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"La Comisi�n con Potestad Plena Tercera, en virtud del informe
de Consulta Obligatoria del Departamento de Servicios T�cnicos, ha dispuesto
consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.� 23.158 �REFORMA DE LA LEY REGULADORA DEL SISTEMA
NACIONAL DE CONTRALOR�AS DE SERVICIOS, N� 9158, DE 8
DE AGOSTO DE 2013�, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la
Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho
d�as h�biles que vence el 10 [sic] de
noviembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma
digital [�]".
Se dispone: Contestar la consulta
formulada, en los siguientes t�rminos:
I. Consideraciones preliminares.��
El ordinal 97 de la Carta
Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y
aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea
Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio
en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se
necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin
embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular,
solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal
estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo
normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo
12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad
Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo
de esa norma de orden constitucional.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente la propuesta legislativa tiene por objeto reformar varios
art�culos de la Ley Reguladora del Sistema de Nacional de Contralor�a de
Servicios, mediante los cuales se propone que sea la Defensor�a de los
Habitantes de la Rep�blica, la administradora del Sistema Nacional de
Contralor�a de Servicios, procurando con ello �seg�n la exposici�n de motivos-
la independencia, la mejora en la coordinaci�n y el buen funcionamiento de las
Contralor�as de Servicios, sin que se presente injerencia por parte de las
autoridades p�blicas en la labor imparcial y de mejora de los servicios
p�blicos.
III. Sobre el proyecto.
Del examen del proyecto
consultado, no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con
la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno
actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen,
menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos
organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio,
en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo
Electoral.
Ahora bien, este Tribunal,
como jerarca institucional y �rgano integrante de la Administraci�n P�blica,
entendiendo que la iniciativa legislativa es propia de la discrecionalidad
pol�tico-parlamentaria y al no advertir que menoscabe las competencias y potestades
que como administraci�n activa ejerce, no existe objeci�n alguna que hacer
respecto del texto sometido a estudio.
IV. Conclusi�n.
Con base en lo expuesto, al
estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al
giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en
los t�rminos de los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral. ACUERDO
FIRME.
C)
Recordatorio del Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de
la Rep�blica y Diputaciones a la Asamblea Legislativa. Se dispone: H�gase del conocimiento de los Poderes de la
Rep�blica, de la Contralor�a General de la Rep�blica, de la Procuradur�a
General de la Rep�blica, de la Defensor�a de los Habitantes, de los partidos
pol�ticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de
Comunicaciones y Relaciones P�blicas �a este �ltimo para su difusi�n� el
siguiente recordatorio de las fechas m�s relevantes para el mes de diciembre de
2025, seg�n el Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 1.� de
febrero de 2026, de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica y Diputaciones
a la Asamblea Legislativa:
"DICIEMBRE 2025
LUNES 1
�ltimo d�a para que el
programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero se pronuncie acerca de
las propuestas de locales donde podr�n ser instaladas las juntas receptoras de
votos en el extranjero y comunique lo resuelto (art�culo 20 del Reglamento para
el Ejercicio del Voto en el Extranjero).
A partir de esta fecha
pueden retirarse de exhibici�n las listas provisionales de electores (art�culo
152 del C�digo Electoral).
Vence el plazo para que
los partidos pol�ticos comuniquen, por escrito, a la respectiva junta cantonal
los nombres de los delegados propietarios y suplentes para conformar las juntas
receptoras de votos (art�culo 41 del C�digo Electoral).
�ltimo d�a para que el
programa electoral Voto Costarricense en el Extranjero se pronuncie sobre las
personas propuestas por las agrupaciones pol�ticas como miembros propietarios y
suplentes en las juntas receptoras de votos que se instalar�n fuera de Costa
Rica. (art�culo 12 del Reglamento para el Ejercicio del Voto en el Extranjero).
MARTES 2
A partir de esta fecha
inicia el per�odo para que solo los partidos pol�ticos con candidaturas
inscritas soliciten, ante la delegaci�n cantonal respectiva de la Fuerza
P�blica, la inscripci�n de nuevos locales o clubes pol�ticos (art�culo 141 del
C�digo Electoral en relaci�n con el art�culo 2 del Reglamento sobre la
Autorizaci�n y Funcionamiento de los Locales para Uso de los Partidos
Pol�ticos).�
JUEVES 4
�ltimo d�a para que la
respectiva junta cantonal acoja las designaciones que hayan hecho los partidos
pol�ticos de los integrantes propietarios y suplentes de las juntas receptoras
de votos y para que se publique el acuerdo en que se declaren integradas estas
juntas, seg�n el orden de la Divisi�n Territorial Electoral (art�culo 41 del
C�digo Electoral).
MARTES 9
Los candidatos a la
Presidencia de la Rep�blica deben remitir por escrito a este Tribunal el
respectivo plan de medios que detalle la pauta publicitaria de los mensajes
navide�os; si no fuesen a divulgar este tipo de mensajes durante el citado
per�odo, as� lo informar�n (art�culo 7 del Reglamento para la difusi�n de los
mensajes navide�os de los candidatos a la presidencia de la rep�blica).
SABADO 13
�ltimo d�a para que el
TSE realice los nombramientos de los integrantes de las juntas receptoras de
votos (art�culo 36 del C�digo Electoral).
MARTES 16
A partir de esta fecha y
hasta el 1� de enero, inclusive, se suspende la difusi�n de propaganda pol�tica
en medios de comunicaci�n colectiva, as� como la celebraci�n de reuniones y
otras actividades proselitistas en v�as o lugares p�blicos. �nicamente los
candidatos a la Presidencia podr�n divulgar tres mensajes navide�os, de acuerdo
con la reglamentaci�n correspondiente (art�culos 136 y 137 inciso d) del C�digo
Electoral).
MI�RCOLES 31
�ltimo d�a para que el
Registro Civil imprima las listas definitivas de electores (art�culo 154 del
C�digo Electoral).". ACUERDO FIRME.
A las once horas y veintitr�s minutos termin� la sesi�n.
|
Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
|
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
Mar�a Bou Valverde |
|
Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
H�ctor
Enrique Fern�ndez Mas�s |