ACTA N.º 14-2019


Sesión extraordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las quince horas del veinte de marzo de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.


ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Traslado de gestión. Del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de la Dirección General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-0061-2019 del 20 de marzo de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Dirección recibió el día de ayer, memorial suscrito por el señor Danny José Mora Núñez, representante legal de la Asociación de Protección al Ciudadano y Consumidor Nacional (APROCICON), mediante el cual, por los motivos que se sirve exponer en referencia a la licitación pública n.° 2018LN-000007-001230001: [sic] “Solución para identificación y comparación multi-biométrica automatizada (ABIS) y el mantenimiento preventivo y correctivo de dicha solución”, cuya adjudicación se concretó en el artículo primero de la sesión extraordinaria n.° 11-2019 celebrada por el Consejo de Directores el 8 de los corrientes, oficio n.° CDIR-0071-2019, solicita tomar en consideración lo que establece el artículo 89 (revocatoria del acto no firme) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y, en caso de que la decisión adoptada con respecto al acto de adjudicación de la licitación en cuestión se mantenga, solicita la siguiente información con fundamento en la Ley n.° 9097: “Ley de Regulación al Derecho de Petición”:

a.        ¿Cuáles son los mecanismos establecidos cartelariamente y contractualmente para garantizar la integridad de la información que manejará el consorcio adjudicado en virtud de esa contratación?

b.        ¿Cuáles son los mecanismos cartelarios que garantizan el correcto cumplimiento de todas las condiciones cartelarias que persigue este proceso por parte de todos los integrantes del consorcio adjudicado?

c.        ¿Si al momento de tomar la decisión de adjudicación, este Tribunal tuvo conocimiento de la relación existente entre las empresas IDEMIA Identity & Security France S.A.S y IDEMIA France S.A.S?

d.        ¿Si existe fundamento legal que permita al Tribunal Supremo de Elecciones contratar a una empresa que ha sido excluida por el Banco Mundial de su lista de empresas elegibles para contratar, por incumplimiento a Políticas de Fraude y Corrupción?

e.        ¿Cuál es el origen de los fondos para financiar el proceso de contratación de referencia? ¿Existen fondos provenientes del Banco Mundial para este proyecto?

Por lo anterior, siendo que de conformidad con lo establecido en el artículo inciso f) del Reglamento del Consejo de Directores del Tribunal Supremo de Elecciones, en relación con el numeral 24 inciso 1. del Reglamento Interno de la Proveeduría, una las funciones del Consejo es adjudicar, revocar, readjudicar o declarar infructuosas o desiertas las licitaciones, traslado a su conocimiento la gestión presentada por el señor Mora Nuñez.".

Se dispone: Pase al Departamento Legal para que, en un plazo improrrogable de 2 días hábiles, analice e informe a este Consejo, si con base en las argumentaciones expuestas por el señor Danny José Mora Núñez, representante legal de la Asociación de Protección al Ciudadano y Consumidor Nacional, existe mérito suficiente para que la Administración, por razones de oportunidad o legalidad, revoque el acto de adjudicación dictado en el trámite 2018LN-000007-0012300001. En caso negativo, informe si existe fundamento legal que permita al Tribunal Supremo de Elecciones contratar a una empresa que ha sido excluida por el Banco Mundial de su lista de empresas elegibles para contratar, por incumplimiento a Políticas de Fraude y Corrupción, tal como lo consulta el señor Mora Núñez. ACUERDO FIRME.

A las quince horas veinte minutos terminó la sesión.





Erick Adrián Guzmán Vargas





José Francisco Rodríguez Siles




Héctor Enrique Fernández Masís




Dennis Cascante Hernández