ACTA N.º 34-2019


Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas del nueve de julio de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a.i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Certificación de norma ISO. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio STSE-1390-2019 del 1 de Julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite copia del oficio SFD/272/2019 suscrito por la señora Maria T. Mellemkamp, Oficial senior a cargo del Órgano Internacional de Acreditación Electoral (IEAB) de la Organización de los Estados Americanos, respecto de la certificación de normas ISO, el cual literalmente manifiesta:

“Es grato dirigirme a usted a fin de referirme a la recientemente aprobada ISO/TS 54001:2019, Sistema de Gestión de Calidad Requisitos para la aplicación de la Norma ISO 9001:2015 a Órganos Electorales en todos los niveles de Gobierno.

Sobre el particular, deseo invitarle a explorar la posibilidad de certificar el órgano electoral a su cargo bajo la ISO/TS 54001.

La implementación de un sistema de gestión de calidad en órganos electorales puede coadyuvar al logro de importantes resultados tanto internos como externos. Entre los que destacamos:

1. Fomenta un sistema de administración simple y confiable que reduce la burocracia, simplifica las actividades y enfoca a la organización al logro de su misión; 2. Resulta en una considerable reducción de errores  y  menor tiempo de procesamiento de las operaciones; 3. Conduce a aumentar la productividad y la eficacia; 4. Mejora el rendimiento de las personas al establecer un adecuado ambiente de trabajo; 5. Ayuda a reducir los gastos de personal en organizaciones de servicio; 6. Promueve la innovación del personal, lo que lleva a mejorar el servicio y los procesos;

7. Refuerza la capacidad del organismo electoral para generar y mantener la confianza del público; 8. Garantiza la administración eficiente y comprometida del servicio electoral y un uso responsable de los recursos públicos; 9. Demuestra un compromiso con los ideales democráticos y la voluntad de ponerlos en práctica; 10. Construye una imagen institucional robusta y servicios públicos profesionalizados; 11. Incluye a la organización como parte de un grupo global de élite de instituciones públicas acreditadas.

Sabemos que iniciar este camino requiere de un esfuerzo y recursos adicionales. Teniendo esto en cuenta, y si estuviera interesado, la OEA podría recomendarle consultores especializados que podrían asistirle en la implementación de este estándar. Nuestros consultores asegurarán que el proyecto es implementado de forma correcta, compartiendo toda la información y conocimientos necesarios a fin de garantizar la sostenibilidad del sistema de gestión de calidad en el largo plazo.

De requerir información adicional por favor no dude en contactarme por correo a mmellenkamp@oas.org, o por teléfono a   (202) 370-4527.”

Aprovecho la oportunidad para saludarle muy atentamente.

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

B) Estudio de factibilidad para la construcción del nuevo edificio del Tribunal Supremo de Elecciones. De la señora Verónica Quesada Portuguez, Prosecretaria General a.i. del TSE, se conoce oficio STSE-1402-2019 del 2 de Julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 63-2019 celebrada el 2 de julio de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones, relativo al estudio de factibilidad para la construcción del nuevo edificio del Tribunal Supremo de Elecciones, el cual literalmente dispone:

“Se dispone: Autorizar conforme se solicita, procedan a gestionar lo que corresponda a sus cargos -de forma prioritaria- la Dirección Ejecutiva y la Proveeduría institucional. Conforme al criterio del Consejo de Directores, este Tribunal entiende que la mejor forma de satisfacer la necesidad de construir en los terrenos de estos organismos electorales para cesar en el pago de alquileres lo es la vía del fideicomiso, conforme a las valoraciones expuestas en el referido estudio de factibilidad. No obstante, también es lo cierto que por la situación fiscal que atraviesa el país, el realizar erogaciones que aumenten el presupuesto institucional resulta inconveniente, por lo que se instruye al Consejo de Directores para que adecúen su propuesta constructiva de forma tal que los costos de la consecución de dicho fideicomiso no superen las erogaciones que actualmente realiza la institución por concepto de alquiler, debiendo para ello replantear el anteproyecto constructivo a uno más austero, lo anterior en el plazo de un mes. ACUERDO FIRME.»

Se dispone: Pase a la Dirección Ejecutiva para que proceda a adecuar la propuesta constructiva de acuerdo a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones. ACUERDO FIRME.


C) Informe n.° IPAC-02-2019, relativo a la autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna en 2018. De la señora Verónica Quesada Portuguez, Prosecretaria General a.i. del TSE, se conoce oficio STSE-1404-2019 del 2 de Julio de 2019, recibido el 3 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 63-2019, celebrada el 2 de julio de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones, con respecto al Informe n.° IPAC-02-2019, relativo a la autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna en 2018, el cual literalmente dispone:

“Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.»”

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

D) Protocolo de atención preferencial. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio STSE-1453-2019 del 4 de julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite para su respectiva valoración, el Protocolo para atención de personas usuarias que soliciten trato preferencial en la realización de un trámite.

Se dispone: Pase a estudio individual de los señores directores. ACUERDO FIRME.

E) Comisión de Salud Ocupacional 2019 propuesta. Del señor Luis Alberto Sáenz Venegas, Coordinador de Control Interno, se conoce oficio DE-1891-2019 del 5 de Julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite la propuesta para el proceso de elección de los representantes de las personas trabajadoras en la comisión de Salud Ocupacional 2019, el cual después de una serie de consideraciones literalmente recomienda:

“En virtud de lo señalado por el Área de Formación Divulgación y Promoción del Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo, queda facultado el patrono a nombrar los miembros a la Comisión ante la ausencia comprobada de participación como representantes de los trabajadores, por lo tanto, me permito proponer al Consejo las siguientes acciones:

  1. Que el Consejo de Directores proceda a escoger las personas funcionarias que deben conformar la representación de los trabajadores de la Comisión de Salud Ocupacional en los centros de trabajo donde no hubo postulantes, dichos centros son los siguientes: Sede Central (requiere 4 puestos), Edificio Thor (requiere 2 puestos), Bodega las Brisas (requiere 1 puesto) y Oficina Regional de Alajuela (requiere 1 puesto).
  2. Para el edificio los Yoses se propone el nombramiento de las dos personas que se postularon: Guido Francisco Torres Serrano y Mary Carmen Torrente Herrera.
  3. Que se nombren a los funcionarios: Néstor Alonso Morales Rodríguez, electo en la Regional de Cartago y Maikol Jesús Fonseca Serrano, electo en la Regional de Heredia.  A continuación, se desglosa el resultado de la votación realizada en dichas sedes: 


Votación Oficina Regional de Cartago


Postulantes

Votos Obtenidos

Resultado

Néstor Alonso Morales Rodríguez

5

Electo

Pablo Breiner Bravo Sojo

4



Votación Oficina Regional de Heredia

Postulantes

Votos Obtenidos

Resultado

Luis Gerardo Cascante Solís

3


Maikol Jesús Fonseca Serrano

7

Electo




EN RESUMEN:

En el siguiente cuadro se presenta un resumen de la situación actual con las observaciones en cada uno de los casos:

CUADRO RESUMEN

Centro de trabajo

Postulaciones

Observaciones

Sede Central
(4 puestos)

NO HAY POSTULANTES

El Consejo de Directores designe los 4 puestos requeridos, se sugiere que se designe: 1 en Torre, 1 en Plataformas, 1 en Edificio Elecciones y 1 en IFED.

Edificio Thor
(2 puestos)

Terry Sandoval Carballo

El Consejo de Directores designe los 2 puestos requeridos dado que el funcionario postulante ya no pertenece a este centro de trabajo, dado que fue trasladado a la Dirección General del Registro Civil y su ubicación actual es en la Sede Central. (STSE-1262-2019 del 18 de junio de 2019)

Complejo Los Yoses
(2 puestos)

Guido Francisco Torres Serrano

Se propone que sean designadas las dos únicas personas funcionarias que se postularon en este centro de trabajo

Mary Carmen Torrente Herrera

Bodega Las Brisas
(1 puesto)

NO HAY POSTULANTES

El Consejo de Directores designe el puesto requerido

Oficina Regional de Heredia
(1 puesto)

Maikol Jesús Fonseca Serrano 

El Consejo de Directores designe al señor Maikol Jesús Fonseca Serrano, electo en votación directa.

Luis Gerardo Cascante Solís

Oficina Regional de Cartago

(1 puesto)

Néstor Alonso Morales Rodríguez

El Consejo de Directores designe al señor Néstor Alonso Morales Rodríguez, electo en votación directa.

Pablo Breiner Bravo Sojo

Oficina Regional de Alajuela
(1 puesto)

NO HAY POSTULANTES

El Consejo de Directores designe el puesto requerido


Cabe señalar que, una vez conformada la Comisión, sus integrantes permanecerán en su puesto hasta por tres (3) años, pudiendo ser reelectos, al cabo de ese lapso se realizará un nuevo proceso de elección de los representantes de las personas trabajadoras en la comisión que podrá ser efectuada de manera presencial o electrónica y la invitación a participar la realizará uno de los miembros de dicha Comisión.”

Se dispone: 1.- Acoger las recomendaciones del señor Sáenz Venegas. 2.- En consecuencia, se realizarán los siguientes nombramientos: Sede Central: Edificio Torre: Terry Sandoval Carballo, Plataforma: Xiomara Arce Cabrera, Edificio de Elecciones: Aida De Lemos Medina, IFED: Josué Rojas Rojas, Edificio Thor: Daniel Mauricio Gómez Rodríguez e Ivonne Chaves Cascante, Bodega Las Brisas: Hellen Victoria Ruiz Moya, Oficina Regional Alajuela: Arelis Chavarría Salas. 3.- Elevar a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones los informes presentados por el señor Sáenz Venegas, así como los nombramientos indicados. ACUERDO FIRME.

F) Propuesta línea de acción para el diagnóstico de necesidades de capacitación para 2021. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-1890-2019 del 4 de Julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite propuesta de la línea de acción para el diagnóstico de necesidades de capacitación para el año 2021, el cual después de una serie de consideraciones literalmente recomienda:

“Así las cosas, esta dirección salvo criterio superior, recomienda acoger según se solicita la propuesta de la señora Brown Pérez para atender el tema de cita; y de conformidad con las funciones que le corresponde al Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, se le encargue la logística de recopilación y remisión de los resultados obtenidos del diagnóstico, y elevarlo a ese órgano colegiado para su respectivo análisis y programación financiera.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

G) Solicitud de autorización para aplicar cuestionario. De la señora María Yamileth Hidalgo Herrera, funcionaria del Departamento de Recursos Humanos, se conoce nota sin número del 4 de Julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante la cual solicita autorización para aplicar un cuestionario, con la finalidad de realizar el trabajo de campo de la investigación del curso “Trabajo Final de Graduación”, cuyo tema es “Gestión del Desempeño en el Tribunal Supremo de Elecciones”, el cual está llevando con el propósito de optar por el grado de Licenciatura de la carrera de Administración de Empresas con énfasis en Recursos Humanos de la UNED.

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

H) Informe justificación dedicación exclusiva puesto 370682. De los señores Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva, Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio DE-1886-2019 del 4 de Julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite el informe de justificación de dedicación exclusiva del puesto 370682, el cual después de una serie de consideraciones literalmente concluye:

“Con fundamento en lo expuesto, en criterio de los suscribientes, se concluye entonces, que existen razones objetivas para determinar como una necesidad institucional que el puesto n.° 370682 de Profesional Ejecutor 3 de la clase Profesional Ejecutivo 1, ubicado en la Dirección Ejecutiva, por la especialidad de las funciones que ejecuta según las competencias otorgadas a esa unidad administrativa, se incluya al régimen de dedicación exclusiva en virtud de que al ponderar el costo económico que conlleva esa dedicación, la Administración obtiene mayor beneficio al procurar que se garantice el interés público con la dedicación completa de la persona que ocupe ese puesto en las actividades institucionales.

Corresponderá al CDIR por así haberlo dispuesto el Tribunal en la sesión ordinaria 7-2019 celebrada el 17 de enero de 2019 (oficio n. ° STSE-0117-2019), tomar la decisión de proponerle al Superior la resolución que prescribe el artículo 29 de la Ley n. ° 2166 recientemente reformada por la Ley n. ° 9635, en caso de considerar la procedencia de lo aquí informado.”

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. 2.- Con base en los razonamientos establecidos en el citado informe y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, n.° 2166 del 9 de octubre de 1957 reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, n.° 9635, se recomienda al Tribunal que mediante resolución administrativa razonada, determine la procedencia de incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva al puesto 370682, en razón de las funciones asociadas a dicho puesto y el beneficio para el interés público que de ello se deriva. Se adjunta el respectivo proyecto de resolución elaborado por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

I) Consulta sobre delegación de firma de diversos tipos documentales. Del señor Vinicio Mora Mora, Jefe a.i. Departamento Legal, se conoce oficio DL-385-2019 del 5 de julio de 2019, recibido el 8 de julio en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite informe relacionado con la solicitud realizada por los encargados de los programas electorales para que se les autorice a firmar diversos tipos documentales en el ejercicio de sus funciones, el cual literalmente concluye:

“VI.- Conclusión.

Conforme lo expuesto, este Departamento concluye que resulta viable jurídicamente la propuesta para que los encargados de los programas electorales puedan firmar diversos tipos documentales en el ejercicio de sus funciones, con la finalidad de dotar de agilidad y prontitud a su gestión, respecto a los asuntos propios de cada programa a su cargo.

Para ello bastaría que el órgano competente adopte o emita el correspondiente acuerdo y lo comunique de manera formal con el fin de que su destinatario quede enterado de ello, teniendo claro que, por medio de ese acto que el delegante conserva su competencia, encargando únicamente la realización del acto material de suscribir determinados actos y rubricar diversos tipos de documentos.”

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. 2.- Pase por consiguiente este asunto a la Dirección General del Registro Electoral para que gestione las acciones que correspondan, de acuerdo con la propuesta. ACUERDO FIRME.

J) Gestión respecto de porcentaje por dedicación exclusiva. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio STSE-1475-2019 del 8 de Julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite copia del memorial del 5 de julio de 2019 suscrito por la funcionaria Adriana Soto Segura, en el que plantea gestión respecto del porcentaje de dedicación exclusiva que disfruta.

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Pase al señor Director Ejecutivo, a la jefa del Departamento de Recursos Humanos y al jefe del Departamento Legal, a los efectos de que se pronuncien sobre la dedicación exclusiva del puesto N°45565, en los términos establecidos por este Consejo en sesión ordinaria n°. 20-2019, dentro del plazo de 5 días. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Adjudicación trámite 2019LA-000007-0012300001 “Compra equipo de cómputo”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0301-2019 del 26 de junio de 2019, recibido el 1 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:


Partida

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

01

Equipo multifuncional láser con dispositivo RADF

Productive Business Solutions Costa Rica S.A.


$20.987,25

03

Impresora láser color duplex

06

Impresora láser a color, amplio formato A3

09

Impresora láser alto rendimiento

10

Impresora láser color duplex

23

Escáner con sistema de captura aérea  a una cara

Aplicom S.A.

$1.018,35

13

Escáner con una velocidad en blanco y negro

Arrendadora Comercial R & H Sociedad Anónima

$23.200,00

17

Escáner de alto rendimiento para Proyecto de Digitalización

24

Escáner de alto rendimiento para Proyecto de Digitalización

02

Monitor de 73,66 cm

Infotron Sociedad Anónima

$42.200,76

04

Monitor de 73,66 cm

05

Impresora de punto

14

Computadora portátil Macbook Pro

15

Computadora portátil Pantalla de 39.62 Cm 

22

Computadora portátil Pantalla de 39.62 Cm

19

Escáner cama plana con alimentador automático de documentos ADF

Decisiones Inteligentes en Computación Deico Sociedad Anónima

$9.080,21

20

Escáner cama plana con alimentador automático de documentos ADF

25

Scanner tipo portátil con respectivo estuche

26

Escáner a color con alimentador automático de documentos ADF 

21

Computadora estándar de escritorio

PC Notebook de Costa Rica

$14.289,00

07

Impresora multifuncional láser de color

Declarar infructuosas

08

Impresora de inyección de tinta (Mini plotter)

11

Impresora de inyección de tinta

12

Impresora multifuncional láser a color

16

Dispositivo portátil tipo tableta tamaño 17.78cm táctil, tipo de sensor GFF

18

Escáner para puertos de Switch, portátil


       

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, de la señora Ana Yansi Gutiérrez Francis, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Adjudicación trámite 2019CD-000153- 0012300001 “Servicio de Información Electoral (Servicio de IVR para 1020 Y 800 Elector, Mensajería de Texto, Planes para Telefonía Celular)”. De la señora Lucrecia Mora Marín, Proveedora a.i., se conoce oficio n.° PROV-0326-2019 del 28 de junio de 2019, recibido el 1 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Partidas Nos.

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

1

Servicio de Información Electoral (Servicio de IVR para 1020 Y 800 Elector, Mensajería de Texto, Planes para Telefonía Celular)

Instituto Costarricense de Electricidad

¢42.234.421,16

¢27.718.627,44 (2019)

¢14.515.793,72 (2020)


En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, de los señores Karina Calvo Soto y Gerardo Arroyo Víquez, contrapartes técnicas y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atenta a lo que se estime disponer.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

C) Adjudicación trámite 2019LA-000014-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0327-2019 del 3 de julio de 2019, recibido el 5 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Partidas Nos.

Objeto

Adjudicatario

Monto

4

Tóner

Jiménez Y Tanzi Sociedad Anónima

$269,65

3

Instalaciones Telefónicas Costa Rica Sociedad Anónima

$245,66

10, 11, 14, 18, 19, y 20

Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales Sociedad Anónima

$22.099,70

6, 7, 9 y 22

La Goveta Sociedad Anónima

$5.473,00

8

Tinta para impresora de inyección de tinta

Distribuidora Ramirez Y Castillo Sociedad Anónima

$468,00

13, 15, 16, 17 y 21

Tóner

I M Inversiones Multiaccess Sociedad Anónima

$6.994,00

12

Sistems Enterprise Costa Rica Sociedad Anónima

$8.459,20

1, 2 y 5

Corporación Mundo De La Importación Sociedad Anónima

$708,00


En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la señorita Herminda Morales Arroyo, Administradora del Contrato y Encargada a.i. de la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, señor William Montero Mayorga, contraparte técnica, así como de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

D)        Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000158-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0331-2019 del 1 de julio de 2019, recibido el 2 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:

Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°2016-000015 procedimiento N°2015LN-000004-85001:Compra de insumos para la producción de tarjetas de identidad de menores TIM, contratista Consorcio CR Soluciones ABM.

$237.602,20

27 enero de 2020

No


En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señor Javier Vega Garrido y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

E) Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000178-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0332-2019 del 1 de julio de 2019, recibido el 2 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:

Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°2015-0000027 procedimiento 2014LN-000002-85001:Servicio de seguridad y vigilancia, contratista Oficina de Investigación Confidencial Seguridad y Vigilancia OFICSEVI S.A.

¢80.387.469,36

1 de julio de 2019

No


En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señor Richard Poveda Solorzano y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

F) Infructuosidad por inopia de oferta del trámite 2019CD-000187-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0333-2019 del 1 de julio de 2019, recibido el 2 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Mediante solicitud de contratación número 0062018002800104 se requirió la iniciación del procedimiento 2019CD-000187-0012300001 con la contratista Marleny Molina Quesada para la migración de contrato N°2002-401028, trámite en CompraRed 2002LN-000002-85001: Alquiler Oficina Regional de Los Chiles, amparado en la Directriz DGABCA-0012-2018 del 17 de octubre de 2018 de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda,  donde se establece el procedimiento para la migración  de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP.

La Proveeduría Institucional, de conformidad con su competencia, señaló la apertura de las ofertas para el 27 de junio, a las nueve horas con cinco minutos; sin embargo, transcurrido el plazo, la contratista no presentó oferta. 

Según informó el Analista encargado del trámite, en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP-, al realizarse la apertura y no existir oferta se selecciona la opción de “infructuoso” visible en este momento al consultar el expediente-, por lo que se opta comunicarle al Consejo dicha inopia a través de este oficio.

Se sugiere que la Dirección Ejecutiva gestione una nueva solicitud para que así se pueda realizar el procedimiento de migración de contrato.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

G) Adjudicación trámite 2019CD-000159-0012300001: “Servicio de publicidad en diario oficial La Gaceta. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0334-2019 del 2 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

N.° de trámite

Objeto

Partida

Resultado

2019CD-000159-0012300001

Servicio de Publicidad en Diario Oficial La Gaceta

1

¢ 98,08


En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad de Fiscalización, del Departamento Legal y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

H) Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000146-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0336-2019 del 2 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:


Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°2016-000014 procedimiento 2016LA-000001-85002:Servicio de tramitación de mensajes electrónicos certificados, contratista Empresa Rpost S.A

¢211,57 por mensaje

01 de marzo de 2020

No

       

En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señora Katia Zamora Guzmán y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

I) Solicitud de aprobación de verificación, trámite 2019CD-000179-0012300001: “Contrato adicional de servicio de vigilancia y seguridad para la sede central del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0340-2019 del 3 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación para aplicación del contrato adicional, conforme al siguiente detalle:

N.° de trámite

Objeto

Partida

Resultado

2019CD-000179-0012300001

Contrato adicional de servicio de vigilancia y seguridad para la sede central del Tribunal Supremo de Elecciones seis meses-

1

¢ 40.193.734,68


En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad de Fiscalización, del Departamento Legal y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

J) Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000188-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0341-2019 del 4 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:


Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°2013-000095, procedimiento 2013LA-000034-85001: Alquiler Oficina Regional Sarapiquí, contratista Argo de Sarapiquí A y G S.A

¢28.646.015,04

25 de noviembre de 2019

2 prórrogas de 3 años


En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señora Alcides Chavarría Vargas y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

K) Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000170-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0343-2019 del 4 de julio de 2019, recibido el 5 de julio en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:


Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°1977-401011 procedimiento 1977CD-000001-85001: Alquiler Oficina (antigua oficina Proveeduría 84 mts2) contratista Corporación Inversionista Costarricense S.R.L

¢17.936.850,60

01 de Setiembre de 2021

1 prórroga de 5 años

     

En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señor Tito José Alvarado Contreras y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.



L) Informe para aplicar migración de contrato en SICOP, trámite 2019CD-000169-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0344-2019 del 4 de julio de 2019, recibido el 5 de julio en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Realizado el procedimiento correspondiente a la migración de contratos que aún se encuentran vigentes del fenecido sistema CompraRED al actual Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la directriz DGABCA-0012-2018  “Procedimiento para la migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al sistema integrado de compras públicas SICOP” y oficio DE-4117-2018 “Migración de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Púbicas SICOP” emitido por la Dirección Ejecutiva, esta Proveeduría - con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales, plantea al Consejo de Directores de este Tribunal la recomendación de aplicar la condición de aprobado en el Sistema Integrado de Compras Públicas, a través del mecanismo de adjudicación, a fin de proseguir con la migración del objeto conforme al siguiente detalle:



Partida

Objeto

Monto actual del contrato

Vencimiento contrato

Prórroga(s) pendientes

1

Migración de contrato N°1977-401010 procedimiento 1977CD-000002-85001: Alquiler Oficina (bodega y oficinas anterior Proveeduria 1000 mts2), contratista Corporación Inversionista Costarricense S.R.L.

¢106.767.000,00

01 de Setiembre de 2021

1 Prórroga de 5 años


En caso afirmativo, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la Administradora del Contrato, señora Herminda Morales Arroyo, de la contraparte técnica, señor Tito José Alvarado Contreras y de la Auditoría Interna.

Igualmente es importante aclarar que al ser un contrato objeto de migración no se alteran las condiciones contractuales establecidas en el convenio que le da origen, preexistente en CompraRED.

Quedo atento a lo que se estime disponer.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

M) Infructuosidad por inopia de oferta del trámite 2019CD-000204-0012300001:” Migración de contrato N°2015-000011 procedimiento 2014LN-00001-85002, contratista Consorcio ICE-IDEMIA. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0347-2019 del 5 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Mediante solicitud de contratación número 0062018002800104 se requirió la iniciación del procedimiento 2019CD-000188-0012300001 con el contratista Consorcio ICE-IDEMIA para la  “Migración de contrato N°2015-000011 procedimiento 2014LN-000001-85002: Centro de Personalización de Documentos de Identidad , amparado en la Directriz DGABCA-0012-2018 del 17 de octubre de 2018 del Ministerio  de Hacienda donde se establece el procedimiento para la migración  de contratos que se encuentran en el sistema CompraRED 2.0 al Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP.

De conformidad con ese trámite, la Proveeduría Institucional señaló la apertura de las ofertas para el 5 de julio, a las nueve horas con cinco minutos; sin embargo, transcurrido el plazo, no se presentó oferta. 

Según informó el Analista encargado del trámite, en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP-, al realizarse la apertura y no existir oferta se selecciona la opción de “infructuoso” visible en este momento al consultar el expediente-, por lo que se opta comunicarle al Consejo dicha inopia a través de este oficio.

Se sugiere que la Dirección Ejecutiva gestione una nueva solicitud para que así se pueda realizar el procedimiento de migración de contrato.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.






Héctor Enrique Fernández Masis




   Erick Adrián Guzmán Vargas




Luis Antonio Bolaños Bolaños               




   José Francisco Rodríguez Siles




Rodrigo Abdel Brenes Prendas




   Armenia Masis Soto