ACTA N.º 17-2021

 

Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las trece horas del seis de abril de dos mil veintiuno, con la asistencia de los señores Héctor Fernandez Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a.i del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud del IFED en relación con líneas de acción del PEI 2019-2024. De la señora Mariana Gómez Bolaños, Prosecretaria General a.i del TSE, se conoce el oficio No. STSE-0641-2021 de fecha 23 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 26-2021, celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones, que dice:

«Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-091-2021 (…) mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 14-2021, celebrada (…) por el Consejo de Directores, (…) que dice:

«Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce el oficio No. DE-610-2021 de fecha 15 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Solicitud del IFED en relación con líneas de acción del PEI 2019-2024”, que dice:

“Esta Dirección recibió el oficio n.° IFED-034-2021 de hoy, suscrito por la señora Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, en respuesta a lo requerido por este despacho mediante oficio n.° DE-579-2020 (sic) del 12 del mes en curso.

Lo externado por el IFED permite conocer su propuesta para el año 2021 en relación con dos indicadores del PEI 2019-2024:

1) indicador 3.1.1 (…)

2) indicador 3.2.1 (…)

En tal tesitura, lo señalado por la señora Aguilar Olivares, en lo que interesa dice:

(…) Ante tal panorama, y en eras (sic) de no afectar la consecución de las metas propuestas a nivel institucional, le solicito plantear la modificación del PEI 2019-2024 mediante la suspensión de las metas en los objetivos supracitados en lo que corresponde a 2021. (Lo resaltado en negrita es suplido).

Por consiguiente, a la luz de lo indicado por la señora Aguilar, procede hacer del conocimiento del CDIR su solicitud de suspensión en lo tocante a las líneas de acción supra referidas, con las siguientes recomendaciones:

1) tener por suspendida la gestión de las líneas de acción LA 3.1 y LA 3.2 durante el año 2021, (…)

2) elevar lo anterior al Tribunal, considerando que la eventual aprobación de lo solicitado representa un ajuste en el PEI vigente y los instrumentos presupuestarios y de planificación que de él se desprenden, incluyendo informes pedidos por entes hacendarios;

3) que el IFED, como unidad responsable de gestionar ambas líneas de acción, continúe monitoreando las condiciones del entorno e informe oportunamente al CDIR y al Tribunal, respecto del momento de su reactivación, así como otra valoración o abordaje proclive a la consecución de objetivos y metas planteadas, considerando que se trata de líneas de acción orientadas a la atención y acercamiento con poblaciones en situación de vulnerabilidad, alineadas con el marco filosófico y políticas institucionales.”

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Aprobar conforme se propone. 3. Elévese a conocimiento del Tribunal con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.»

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

B) Aclaración para solicitud de prórroga. De la señora Sandra Mora Navarro, Secretaria General Dirección Ejecutiva, se conoce el oficio No. DE-0694-2021 de fecha 24 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante el cual expresamente señala:

“En sesión ordinaria n.° 14-2021 (…) comunicada en oficio n.° CDIR-090-2021 (…) el Consejo de Directores aprobó la prórroga solicitada por esta Dirección para atender las recomendaciones 4.1 y 4.2 del informe de control interno n° ICI-01-2020, relativo al estudio de auditoria sobre la red de datos institucional (II Informe).

Sin embargo, resulta necesario aclarar que la solicitud de prórroga corresponde solamente a la recomendación 4.1, toda vez que la 4.2 fue atendida en conjunto con las recomendaciones 4.1, 4.2 y 4.3 del ICI-01-2018, informe que fue aprobado por el CDIR en sesión ordinaria n.° 58-2020 del 22 de setiembre de 2020, comunicada en oficio n.° CDIR-302-2020 de igual fecha.”

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

C) Informe de verificación de metas del ejercicio económico 2020. De la señora Mariana Gómez Bolaños, Prosecretaria General del TSE, se conocen los oficios No. STSE-0727-2021 y STSE-0728-2021, ambos de fecha 25 de marzo de 2021 y recibidos el mismo día en la coordinación de este Consejo, mediante los cuales comunica el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 27-2021, celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones, que dice:

«Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-105-2021 (…) mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 15-2021, celebrada el 23 de marzo de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a.i del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce el oficio No. DE-0670-2021 de fecha 22 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica lo siguiente:

“Para atender lo requerido en el oficio n.° DM-0180-2021/MIDEPLAN-DM-OF-0240-2021 (…) suscrito conjuntamente por el Señor Ministro de Hacienda Elián Villegas Valverde y la Señora Ministra de Planificación y Política Económica María del Pilar Garrido Gonzalo, como parte de la ejecución presupuestaria del periodo 2020 y su Ley de Presupuesto Nacional de la República (LPR), con el fin de asegurar la veracidad de la información remitida en su momento mediante el oficio n.° TSE-0272-2021 del 02 de febrero de 2021.

Considerando lo solicitado, se utilizó -según las indicaciones- el instrumento “Guía para uniformar la verificación de resultados de metas del PNDIP y de la LPR 2020”. De conformidad con los criterios de selección se procedió con la escogencia de las 17 unidades de medida o indicadores para el análisis de cada factor. Basados en la metodología para la verificación, lo cual implica constatar los resultados reportados al Ministerio de Hacienda, se procedió con la verificación de las metas mediante reunión sostenida con la analista de la Dirección General de Presupuesto Nacional, Hailyn Nuñez Valerio el día 22 de marzo de 2021.  Con lo cual se han generado los anexos diseñados para evidenciar los alcances comunicados que son “Cronograma para el proceso de verificación de metas de la LPR, por producto” y “Matriz de Verificación de metas de la LPR, por producto” los cuales se adjuntan.

Por lo anterior, se recomienda, en cumplimiento de los artículos 32, 55 y 56 de la Ley 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP), los artículos 73 y siguientes de su Reglamento, la aprobación de la presente verificación de metas del ejercicio económico 2020, según lo solicitado por la autoridad hacendaria y el Ministerio de Planificación y Política Económica. De aprobarse tal cual lo solicitado, se insta además, elevarse al Superior con la recomendación de aprobar y comunicar a los requirentes, Ministerio de Hacienda y Ministerio de Planificación y Política Económica.”

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Aprobar conforme se propone. 3. Elévese al Tribunal con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

D) Advertencia sobre seguridad lógica en equipos relacionados con el Centro de Personalización de Documentos de Identidad (CPDI). De la señora Nidya Aguilar Acuña, Auditora Interna a.i, se conoce el oficio No. AI-074-2021 de fecha 26 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Advertencia sobre seguridad lógica en equipos relacionados con el Centro de Personalización de Documentos de Identidad (CPDI), y que en lo que interesa indica:

“En uso de las competencias que le confiere a esta Auditoría Interna el artículo 22, inciso d) de la Ley General de Control Interno, (…) me permito advertir lo que de seguido se detalla sobre la actualización de los equipos relacionados con el Centro de Personalización de Documentos de Identidad (CPDI), situación detectada durante la ejecución de las labores ejecutadas por los funcionarios de este Órgano de Fiscalización, correspondientes al Seguimiento al informe n.° ICI-10-2018, que se detallan a continuación:

1.     Antecedentes (…)

2.     Sobre el sistema operativo y actualización de antivirus en los equipos de CPDI (…)

Asimismo, la señora Aguilar Acuña a modo de conclusión indica:

“En virtud de lo anterior, este Órgano de Fiscalización en el ejercicio de sus competencias, respetuosamente se permite advertir a ese estimable Consejo, sobre la necesidad de que se realicen las gestiones pertinentes con el proveedor del CPDI, con el fin de solventar las situaciones detectadas, tanto por esta Auditoría Interna como por la RSI, a fin de responder de forma oportuna con las acciones necesarias para evitar que se materialicen los riesgos que podrían afectar la emisión del documento de identidad; así como, la imagen de la Institución.

Con fundamento en lo anteriormente indicado, mucho agradeceré se sirvan comunicar, las acciones administrativas que disponga ese estimable Consejo con el propósito de atender las situaciones aquí expuestas.

Finalmente, cabe señalar que oportunamente este Órgano de Fiscalización verificará, por los medios que estime convenientes, la puesta en práctica de las acciones que al efecto se disponga. (…)”

Se dispone: Pase a la Dirección General de Estrategia Tecnológica, para que rinda informe sobre los hechos indicados por la Auditoria Interna. ACUERDO FIRME.

E) Habilitación de la Ventanilla Única de recepción de documentos de la Dirección General del Registro Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce el oficio No. DGRC-0235-2021 de fecha 26 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Habilitación de la Ventanilla Única de recepción de documentos de la Dirección General del Registro Electoral” y que en lo que interesa indica:

“Mediante acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 36-2020, (…) como parte de las medidas implementadas a nivel institucional por la emergencia sanitaria, se dispuso “…Que se implemente una ventanilla única de recepción de documentos físicos dirigidos a cualquier oficina ubicada en San José.”.

Para atender dicha disposición, (…) esta Dirección General puso en funcionamiento en el Puesto de Información situado en la entrada principal del Edificio La Torre (Planta Baja) la ventanilla única de recepción de documentos físicos dirigidos a cualquier oficina del TSE ubicada en San José. Esta ventanilla al día de hoy se mantiene habilitada y ha posibilitado la recepción y atención de más de 1.400 documentos presentados por personas usuarias.

Si bien es cierto en dicha ventanilla se reciben documentos de todo tipo, existen algunos cuya naturaleza demanda una atención más inmediata por parte de la administración, así como de una revisión más minuciosa de su contenido. Tal es el caso de la documentación relacionada con gestiones electorales y partidos políticos, la cual, de acuerdo con los controles establecidos para la gestión documental en esa ventanilla, representa aproximadamente un 36% (más de 530 documentos) del total de la documentación recibida.

Por tal motivo, teniendo en cuenta que nos encontramos de cara a la celebración de las Elecciones Presidenciales 2022, en aras de agilizar la tramitación de gestiones de carácter electoral, respetuosamente me permito solicitar a ese órgano colegiado que se valore la posibilidad de rehabilitar la atención presencial de público en la Ventanilla Única de recepción de documentos de la Dirección General del Registro Electoral.”

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Informe de adjudicación trámite 2021LA-000001-0012300001 “Ampliación de unidad de almacenamiento”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional, se conoce el oficio No. PROV-0106-2021 de fecha 26 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Informe de adjudicación trámite 2021LA-000001-0012300001 “Ampliación de unidad de almacenamiento”, que en lo que interesa indica:

 “Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría (…) plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

Línea

Objeto

Adjudicatario

Monto de adjudicación

(incluye  I.V.A)

01

Ampliación de unidad de almacenamiento

Componentes El Orbe Sociedad Anónima 

$53.499,9969*

                                                          

*Monto que muestra SICOP

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, del señor Mario Pereira Granados, contraparte técnica y de la Auditoría Interna.”

Se dispone: 1. Aprobar conforme se propone. 2. Hágase del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Departamento Legal, de la señora Herminda Morales Arroyo en calidad de Administradora del Contrato, del señor Mario Pereira Granados, en calidad de contraparte técnica y de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

G) Modificación de la Ley de Presupuesto por Reprogramación Presupuestaria (Referencia H-004). Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce el oficio No. DE-0730-2021 de fecha 5 de abril de 2021, recibido el día siguiente en la coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Modificación de la Ley de Presupuesto por Reprogramación Presupuestaria (Referencia H-004)” y que expresamente recomienda: 

“De conformidad con lo establecido en los artículos 99 y siguientes, y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda que se apruebe y se le dirija al Superior la presente propuesta de modificación a los productos e indicadores programáticos del título 401 “Tribunal Supremo de Elecciones” incluida en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico de 2021, Ley n.° 9926, con la recomendación de aprobar también y le remita tal propuesta en atenta instancia a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. No omito mencionar que, los cambios en las metas están sustentados en el análisis respectivo que hiciera al Plan Operativo Institucional (POI) 2021 el equipo técnico del Área de Planificación Institucional y la Unidad de Estadística. Además, estos cambios deberán ser incluidos en el Sistema de Formulación Presupuestaria, en su respectivo módulo, como deberán quedar en la mencionada normativa, de lo cual se encargará esta Dirección.”

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Aprobar conforme se propone. 3. Elévese al Tribunal con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.

H) Informe sobre dedicación exclusiva estudio de los puestos n.° 361365 y 361402. De las señoras Sandra Mora Navarro y Jocelyn Brown Pérez, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva y Jefa del Departamento de Recursos Humanos respectivamente, y el señor Ronny Jiménez Padilla Jefe a.i del Departamento Legal; se conoce el oficio n.° DE-0721-2021 de fecha 5 de abril del 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite el informe de estudio sobre la dedicación exclusiva de los puestos n.° 361365 y 361402, en los cuales se concluye que para los puestos indicados, se evidencian elementos que permiten determinar que es de conveniencia institucional someterlos al régimen de dedicación exclusiva.

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendidos los informes, cuyas conclusiones se acogen. 3.- Con base en el razonamiento establecido en los citados informes y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, n.° 2166 del 9 de octubre de 1957 reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, n.° 9635, se recomienda al Tribunal que mediante resolución administrativa razonada, determine la procedencia de incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva los puestos n.° 361365 y 361402, en razón de las funciones asociadas a dichos puestos y el beneficio para el interés público que de ello se deriva. Se adjuntan los respectivos proyectos de resolución elaborados por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Resolución contractual. De la señora Herminda Morales Arroyo, Encargada a.i de la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, se conoce el oficio No. DE-0501-2021 de fecha 22 de marzo de 2021, recibido el día 24 del mismo mes y año en la coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Resolución Contractual” y que en lo que interesa indica:

“En atención a las funciones que competen a esta Unidad (…) se tiene el oficio [sic] PROV00032-2021 de 28 de enero de 2021, el señor Allan Antonio Herrera Herrera, Proveedor, trasladó documento digitalizado (…) suscrito por la señora Hazel Mena Rojas, Apoderada Generalísima de la empresa DESCA SYS CENTROAMÉRICA S.A., mediante el cual informó que por una directriz corporativa, la línea de negocios del área de redes y telecomunicaciones que brinda al Tribunal, será cesada de las operaciones de la empresa, a partir 29 de enero de 2021, por lo que se descontinuarán con todos los servicios de cita, a partir esa fecha.

Adicionalmente la señora Morales Arroyo señala una relación de hechos que consta de 10 apartados, y concluye lo siguiente:

“se traslada para consideración del Consejo de Directores la recomendación de resolver de pleno derecho el contrato derivado de la contratación No. 2018LA-000017-0012300001 “Mantenimiento preventivo y extensiones de garantías para servidores y otros”, que resultó en la adjudicación de la empresa DESCA SYS CENTROAMERICA S.A. (líneas 5, 6, 7 y 8). Lo anterior según regula el artículo 14 inciso o) del Reglamento de la Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, Decreto N° 3-2017 y en específico: ARTÍCULO 14.- Atribuciones de la Unidad. Además de las ya indicadas en esta normativa, la Unidad tendrá las siguientes funciones, sin que ellas constituyan una lista taxativa, pues se consideran numerus apertus: (…) o) Recomendar al CDIR, con amplia fundamentación, sobre la resolución unilateral de un contrato. De aprobarse la recomendación, el Consejo ordenará a la Inspección Electoral tramitar el procedimiento administrativo ordinario para ese efecto.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

A las quince horas terminó la sesión.

 

 

 

 

Héctor Fernández Masís                                  

 

 

 

  Erick Adrián Guzmán Vargas

 

 

 

 

 

 

 

 

Luis Antonio Bolaños Bolaños

 

 

 

 

 

 

 

 

 Franklin Mora González

 

 

 

 

 

 

Ileana Cristina Aguilar Olivares                           

 

 

 

 

 

 

 Xenia Guerrero Arias