ACTA N.� 36-2021

 

 

Sesi�n extraordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las nueve horas del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil; Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo; H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica.

 

ART�CULO �NICO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Orientaci�n a los usuarios externos sobre los servicios que se est�n ofreciendo tanto de forma presencial como a trav�s de la p�gina web institucional. Del se�or Max Sol�rzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.� CS-119-2021 del 27 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante acuerdo tomado en sesi�n 70-2020, art�culo segundo inciso a) al conocer dicho Consejo el informe de este despacho referido al servicio de certificaciones de hechos vitales y civiles, se acord� lo siguiente:

�Proceda la Contralor�a a establecer como tarea permanente la orientaci�n hacia el usuario antes de su ingreso a la instituci�n�.

Una vez conocido dicho acuerdo esta Contralor�a de Servicios en forma alterna ha venido realizado dicha labor, considerando el personal disponible en este despacho, y la atenci�n de las funciones propias de este �rgano contralor, a fin de atender las actividades sustanciales de este despacho, tanto a nivel de los estudios sobre los servicios como de la atenci�n de las gestiones planteadas por las personas usuarias que se siguen recibiendo tanto presencial como en forma electr�nica.

Con el fin de no afectar la labor continua de informaci�n, y con el apoyo del personal de Seguridad Integral para la entrega del mismo y que recibe a las personas usuarias en primera l�nea, se ide� un cintillo con la informaci�n del servicio en l�nea de certificaciones, lo cual ha funcionado perfectamente por cuanto se entrega informaci�n exacta a las personas usuarias sobre el funcionamiento del mismo, que al final fue el objetivo inicial de la instrucci�n, sin que exista un peligro a la salud del personal de este despacho y de riesgos de contagio, situaci�n que coincide con las acciones implementadas por el Tribunal al efecto.

Ante esta situaci�n el suscrito ha planteado al se�or Secretario General, la dificultad que implica realizar esa labor en forma permanente, considerando la presencialidad del personal en este despacho (aforo m�ximo del 20% en las oficinas), a fin de dar cumplimiento efectivo de las disposiciones aprobadas por el Tribunal y ese mismo Consejo, en enviar a la mayor cuant�a posible del personal de las oficinas a trabajo remoto y de no afectar el trabajo de este despacho la atenci�n de las labores propias y del personal de este despacho.

Dada la situaci�n actual de la crisis sanitaria, el personal de este despacho ha manifestado a esta jefatura la preocupaci�n desde el punto de vista de la salud, de realizar dicha labor conforme lo acord� el Consejo y manifiestan que la misma va en contra de los mismos acuerdos del Tribunal de protecci�n al personal a fin de evitar riesgos de contagio.

Actualmente en la oficina somos 5, de los cuales 03 presentan factores de riesgo en relaci�n al covid-19 y han manifestado que los mismos acuerdos del Tribunal y del mismo Consejo han apelado a cuidarlos a fin de evitar posibles contagios, dado que esa labor que se ha realizado de estar afuera en las filas de espera, implica una exposici�n directa dado el contacto cercano que se debe tener con el usuario para explicarles lo pertinente, sin ninguna otra protecci�n que la mascarilla y que algunas personas usuarias no la portan, lo cual implicar�a una gran riesgo de posible contagio, considerando adem�s las variante Delta que ya est� en nuestro pa�s.

Consciente de ello y de que yo como jefatura podr�a asumir una responsabilidad por un eventual riesgo a la salud de mis compa�eros y considerando lo indicado, solicito a dicho Concejo analizar la situaci�n ante las nuevas circunstancias de la crisis sanitaria dada las variantes de la enfermedad m�s contagiosas, a fin de determinar la pertinencia de seguir realizando dicha labor y en caso de que la misma se deba hacer, la instituci�n ofrezca las medidas sanitarias y de protecci�n respectivas que los compa�eros solicitan.

Es importante indicar que si dicho Concejo estima necesario seguir haciendo dicha labor a pesar de que el suscrito considera que con la medida de la entrega de los cintillos de informaci�n, las personas usuarias se han informado claramente de dicho servicio en l�nea, ser�a pertinente que se dote en calidad de pr�stamo temporal a este despacho de al menos dos funcionarios sin factores de riesgo, de los puestos de informaci�n, a fin de apoyar dicha labor y as� tener m�s personal que permita disminuir el tiempo de permanec�a de cada funcionario, considerado la condici�n de salud del personal de este despacho y las medidas adoptadas por el Tribunal de salvaguardar la salud de sus funcionarios.

Cabe destacar que dicha labor ha sido apoyada por este despacho sin menoscabo alguno dentro de sus posibilidades y sin afectar las funciones propias de este �rgano contralor, no obstante, el destacar personal propio en forma permanente a dicha labor ha afectado y afectar�a el cumplimiento de las labores sustantivas de esta Contralor�a de Servicios; asimismo se hace necesario referir a lo acordado por ese mismo Consejo en el art�culo segundo de la sesi�n 63-2015, celebrada el 13 de mayo de 2015, ratificado por el Tribunal en sesi�n 91-2016, art�culo tercero inciso a), oficio STSE-1801-2016, respecto a la prohibici�n de este despacho de realizar funciones propias de la administraci�n activa, conforme lo dispone el art�culo 13 de la ley 9158, no obstante con gusto apoyamos dicha labor pero la misma no debiera ser de responsabilidad directa de este despacho como se ha interpretado.".

Se dispone: 1.- Que las directrices giradas por la magistratura de estos organismos electorales y por este �rgano colegiado, para abordar la situaci�n de emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia por Covid-19, est�n dirigidas a contribuir con la reducci�n de la propagaci�n del virus, tal y como lo han solicitado las autoridades de salud; no obstante, han sido tomadas procurando, primordialmente, no demeritar la prestaci�n del servicio p�blico que, como principio fundamental que rige el quehacer de la Administraci�n P�blica, debe procurarse para dar satisfacci�n al inter�s de la ciudadan�a. En esa tesitura, y no obstante este Consejo comprende la situaci�n expuesta por el se�or Contralor de Servicios, m�xime que en todas las dependencias existe personal con factores de riesgo, en este momento la instituci�n requiere la asistencia presencial del personal que est� involucrado con la atenci�n de los servicios esenciales, dentro de los cuales est� la atenci�n al p�blico y para lo cual es fundamental el rol que cumple la Contralor�a de Servicios en el adecuado direccionamiento de los usuarios externos sobre los servicios que se est�n ofreciendo tanto de forma presencial como a trav�s de la p�gina web institucional, tal y como le fue encomendado por este Consejo en la sesi�n n.� 70-2020, celebrada el 10 de noviembre de 2020. En ese sentido, este colegiado recalca que acatar lo encomendado en la citada sesi�n es de vital importancia para la oportuna atenci�n de los servicios que brinda la instituci�n; asimismo, el buen direccionamiento de los usuarios previo ingreso a las instalaciones de este ente electoral,� supone una disminuci�n en el riesgo de contagio, de ah� que el no acatamiento de lo dispuesto no solo contraviene el deber de obediencia contemplado en el art�culo 107 de la Ley General de la Administraci�n P�blica, sino tambi�n la pol�tica del Tribunal respecto a la calidad del servicio y mejora continua, as� como lo se�alado en el inciso a) del art�culo 2 del Reglamento Aut�nomo de Servicios institucional que obliga a los funcionarios a cumplir con las �rdenes de sus respectivas jefaturas relativas no solo al servicio y a los deberes del puesto que ostentan, sino tambi�n a cualquier otra funci�n que se les encomiende dentro de las propias de la instituci�n, ello con las consecuencias que establece el citado reglamento. Por lo anterior, se agradece al se�or Contralor de Servicios cumplir con la mayor diligencia, anuencia y buena voluntad la instrucci�n girada por este �rgano colegiado e informar semanalmente sobre el particular a la Secretar�a General del Tribunal. 2.- Se instruye a la Oficina de Seguridad Integral para que d� seguimiento a lo dispuesto en el punto anterior. 3.- Que la Direcci�n Ejecutiva valore, para el pr�ximo ejercicio presupuestario, la solicitud planteada por el se�or Contralor de Servicios, en cuanto a la asignaci�n de recurso humano.� ACUERDO FIRME.

A las nueve horas quince minutos termin� la sesi�n.

 

 

Erick Adri�n Guzm�n Vargas      Luis Guillermo Chinchilla Mora



Franklin Mora Gonz�lez��      H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s



Ileana Cristina Aguilar Olivares��      Xenia Guerrero Arias