ACTA N.º 55-2021

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Firma digital o autógrafa de documentos suscritos por más de una persona de documentos. De la señora Katia Zamora Guzmán, Jefa del Archivo Central, se conoce circular n.° AC-001-2021 del 15 de noviembre de 2021, recibida el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante la cual evacúa consultas sobre la firma digital o autógrafa de documentos suscritos por más de una persona.

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

B) Informe contentivo y cronograma de actividades del “Informe de estudio especial de auditoria n.° IES-02-2021, relativo a la evaluación de la conectividad del edificio electoral.”. De las señoras Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva y Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° STSE-2716-2021 del 15 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual se refieren al “Informe de estudio especial de auditoría n.° IES-02-2021, relativo a la evaluación de la conectividad del edificio electoral” y adjuntan cronograma de actividades para el cumplimiento de recomendaciones. 

Se dispone: Tener por rendido el informe y aprobar las acciones planteadas por las Direcciones Ejecutiva, General de Estrategia Tecnológica y la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con el cronograma de cumplimiento propuesto. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

C) Protocolo aplicable para la atención de consultas y asesoría en materia estadística y el acceso a microdatos del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-479-2021 del 15 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al requerimiento realizado por medio de oficio DE-2961-2021 del 28 de octubre de 2021, suscrito por el señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, mediante el cual propone para su valoración y publicación, el “Protocolo aplicable para la atención de consultas y asesoría en materia estadística y el acceso a microdatos del Tribunal Supremo de Elecciones”, me permito indicar:

Del análisis integral del documento sometido a estudio, este departamento considera que el mismo se encuentra ajustado al marco normativo aplicable, toda vez que no modifica, contraría o invade competencias o disposiciones vigentes a lo interno de la institución. De tal manera, se concluye que resulta procedente su aprobación, tal como se sugiere en el referido oficio.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, se aprueba el “Protocolo aplicable para la atención de consultas y asesoría en materia estadística y el acceso a microdatos del Tribunal Supremo de Elecciones”, el cual se remite al Instituto de Formación y Estudios en Democracia para efectos de su sistematización. ACUERDO FIRME.

D) Propuesta de actualización del Protocolo de seguridad para la custodia y manejo de los insumos utilizados en la producción de los documentos de identidad del TSE. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-480-2021 del 15 de noviembre de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 51-2021, celebrada el 26 de octubre de 2021 por el Consejo de Directores, comunicado en oficio n.° CDIR-0433-2021 de esa misma fecha, mediante el cual traslada para estudio e informe de este despacho propuesta de actualización del Protocolo de seguridad para la custodia y manejo de los insumos utilizados en la producción de los documentos de identidad del Tribunal Supremo de Elecciones”, previa disculpa del caso por la demora en la atención del asunto, respetuosamente, me permito informar:

Del estudio y análisis del contenido del documento sometido a estudio, este departamento concluye que el mismo se encuentra ajustado a derecho, por lo que resulta procedente su actualización. Para tal efecto, se remite el documento final.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, se aprueba la actualización del “Protocolo de seguridad para la custodia y manejo de los insumos utilizados en la producción de los documentos de identidad del Tribunal Supremo de Elecciones”, el cual se remite al Instituto de Formación y Estudios en Democracia para efectos de su sistematización. ACUERDO FIRME.

 E) Obligatoriedad de la aplicación de la vacuna contra el COVID-19, para todos los funcionarios del sector público. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-482-2021 del 16 de noviembre de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe sobre Decreto Ejecutivo n.° 43249-S, del siete de octubre de dos mil veintiuno, publicado en el Alcance n.° 206 a La Gaceta n.° 196 el día doce de octubre de dos mil veintiuno relativo a la obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19, a todos los funcionarios del Sector Público y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:

"V. Conclusión y Recomendaciones

Conforme lo expuesto, este departamento considera que la modificación al Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación realizada en el Decreto Ejecutivo No.43249-S del 7 de octubre del 2021, estableció la obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 para todas las personas funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones y en ese tanto será necesario asumir el contenido de esa norma bajo las siguientes recomendaciones:

·                                                                                            Que el Superior emita un acto administrativo mediante el cual se plasme lo acordado por la Comisión Nacional de Vacunación en las regulaciones internas propias de la relación de empleo del Tribunal Supremo de Elecciones, a efectos de su aplicación obligatoria a las personas funcionarias.

·                                                                                            Que resulta procedente establecer como requisito para nuevos ingresos, ascensos y sus respectivas prorrogas en el Tribunal Supremo de Elecciones la obligatoriedad de encontrarse debidamente vacunado contra el COVID- 19.

·                                                                                            Que en las disposiciones que se adopten respecto de la obligatoriedad de la vacunación, se deba tomar en cuenta la situación de aquellas personas funcionarias que, por contraindicación médica debidamente declarada, no les sea posible recibir la vacuna contra el Covid-19.

·                                                                                            A las personas funcionarias que no cumplan lo ordenado por el Superior sobre el tema objeto del presente criterio, les sería aplicable las disposiciones del artículo 81.H del Código de Trabajo, en el entendido de que sólo podría generarse responsabilidad disciplinaria, en tanto haya reiteración en cuanto a la conducta omisiva, por lo que se requerirá necesariamente realizar dos prevenciones formales que hayan sido incumplidas, como condición necesaria para el ejercicio de una eventual potestad disciplinaria.

·                                                                                            En la aplicación de las decisiones administrativas atinentes a la implementación del acuerdo que adopte el Superior sobre el tema objeto del presente criterio se recomienda previo al ejercicio de una eventual potestad administrativa sancionadora, realizar un proceso técnico y accesible de convencimiento, sensibilización y educación a las personas funcionarias renuentes.

·                                                                                            Previo a ejercer la potestad disciplinaria contra alguna persona funcionaria de la institución por la reticencia de vacunarse contra el covid-19 se otorguen plazos prudentes y suficientes para que estas puedan adecuar su comportamiento a lo establecido por el Tribunal Supremo de Elecciones en la normativa interna.

De esta forma dejo atendida la solicitud de criterio.".

Se dispone: Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.

F) Modelo de cálculo para el costo de producción de la cédula de identidad. De la señora Mariana Gómez Bolaños, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° STSE-2759-2021 del 18 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 100-2021, celebrada el 18 de noviembre de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones, en el que se aprobó el modelo de cálculo para el costo de producción de cédula de identidad. 

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

G) Conformación del Registro de Elegibles Temporal para optar por puestos de Oficinista 1 Electoral –clase Asistente Administrativo 1 S. U.-. De la señora Kattya Marcela Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2250-2021 del 19 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite propuesta para la conformación del Registro de Elegibles Temporal para optar por puestos de Oficinista 1 Electoral –clase Asistente Administrativo 1 S. U.–. 

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. En dicho informe se analizará la posibilidad de prorrogar por el mismo plazo el registro actual. ACUERDO FIRME.

H) Remisión de Informe de control interno n.° ICI-3-2021, sobre el Sistema Integrado de Recursos Humanos (SIRH), a cargo del Departamento de Recursos Humanos. De la señora Nidia Elvira Aguilar Acuña, Auditora Interna a. i., se conoce oficio n.° AI-327-2021 del 22 de noviembre de 2021, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines pertinentes, me permito remitir a ese estimable Consejo de Directores el documento “Informe de control interno n.° ICI-03-2021, sobre el Sistema Integrado de Recursos Humanos (SIRH), a cargo del Departamento de Recursos Humanos”

Con el propósito de observar debidamente lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley General de Control Interno, N.° 8292, respecto del plazo en el cual deben ser analizados los informes de auditoría que se remiten a los titulares subordinados, respetuosamente se les solicita disponer las acciones correspondientes, en el curso de los quince días hábiles siguientes a su recibo.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de seis días hábiles, pase a las Direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnológica. ACUERDO FIRME.

A las trece horas cuarenta y cinco minutos terminó la sesión.

 

 

 

 

 

Erick Adrián Guzmán Vargas        Luis Antonio Bolaños Bolaños


Franklin Mora González          Héctor Enrique Fernández Masís


Ileana Cristina Aguilar Olivares         Xenia Guerrero Arias