ACTA N.� 23-2022
Sesi�n extraordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintid�s, con asistencia de los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo; H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica.
ART�CULO �NICO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Medida decretada por la Presidencia de la Rep�blica en relaci�n con la obligatoriedad del uso de mascarilla o careta. Del se�or Carlos Fabi�n Jim�nez Murillo, Coordinador del Equipo de Apoyo Institucional por la Pandemia COVID-19, se conoce oficio n.� DE-1303-2022 del 11 de mayo de 2022, recibido el mismo d�a en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En fecha 11 de mayo del presente a�o, en el Alcance n�mero 94 a La Gaceta n� 86, mediante Decreto Presidencial n.� 43544-S, se reforma el art�culo 3 del Decreto Ejecutivo 42421-S del 10 de marzo de 2021, denominado �Uso obligatorio de mascarilla o careta�, siendo que, a lo vinculante a nuestra instituci�n, indica lo siguiente:
�Uso obligatorio de mascarilla. Con fundamento en el art�culo 147 de la Ley General de Salud, Ley n�mero 5395 del 30 de octubre de 1973, se dispone del uso obligatorio de mascarilla por ser equipo de protecci�n personal, para todos los funcionarios de salud de primera l�nea de atenci�n del sector p�blico y privado del pa�s, as� mismo el uso de mascarilla como uso obligatorio a las personas cuando requieran acceder a los establecimientos de salud del pa�s.� Todas las personas que no sean personal de primera l�nea de atenci�n o que no requieran acceder a los establecimientos de salud, est�n exentos de esta obligaci�n.
El Ministerio de Salud deber� establecer, bajo razones t�cnicas, objetivas y con enfoque de derechos humanos, los casos excepcionales en los cuales queda excluido el uso obligatorio de la mascarilla".
El Ministerio de Salud mediante decreto, podr� variar los alcances del presente decreto ejecutivo, si la situaci�n epidemiol�gica del pa�s lo amerite.�.
Es por lo anterior que, este Equipo de Apoyo Institucional por la Pandemia COVID-19, sugiere al Consejo Directivo por usted coordinado, analizar la oportunidad de aplicar a nivel institucional la medida decretada por la Presidencia de la Rep�blica, sea este en el sentido de excluir como medida sanitaria el uso de las mascarillas en los diferentes recintos que conforman el complejo institucional, as� como en los locales perif�ricos y sedes regionales, siendo de aplicaci�n tanto para los recurrentes a nuestros servicios como a la poblaci�n laboral, esto a partir de la fecha de la publicaci�n del mencionado decreto.�
Por otra parte, como se indica en el texto referido, que su uso sea de obligatoriedad para el personal del Consultorio M�dico, incluyendo aquellas personas funcionarias que recurran a ese dispensario de salud.� Adem�s, instruir su utilizaci�n a discrecionalidad en la atenci�n y desarrollo de las diferentes tareas institucionales de proyecci�n externa.� Asimismo, que contin�e vigente la medida de lavado de manos y que el uso de la mascarilla sea una recomendaci�n general para la prevenci�n del contagio del virus COVID-19, mientras se mantenga la amenaza de la quinta ola pand�mica.
Al respecto, se efect�o [sic] consulta v�a telef�nica a la Secretar�a del Poder Judicial, con el objetivo de contar con referencia de decisi�n que en tal sentido haya emitido ese Poder de la Rep�blica, sin embargo, la respuesta fue de que ese Consejo Superior a�n no se ha pronuncia [sic].".
Se dispone: En virtud de lo expuesto por el Coordinador del Equipo de Apoyo Institucional por la Pandemia COVID-19, con ocasi�n del Decreto Presidencial n.� 43544-S, que reforma el art�culo 3 del Decreto Ejecutivo n.� 42421-S del 10 de marzo de 2021, relacionado con el uso obligatorio de la mascarilla y la careta, este colegiado considera oportuno sugerir al Superior acoger la propuesta planteada. ACUERDO FIRME.
A las catorce horas cuarenta
minutos termin� la sesi�n.
Erick Adrián Guzmán Vargas Luis Antonio Bolaños Bolaños
Franklin Mora González Héctor Enrique Fernández Masís
Rodrigo Abdel Brenes Prendas Xenia Guerrero Arias