ACTA N.º 39-2023

 

Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las ­catorce horas y seis minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, con asistencia de los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Héctor Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional.

 

De conformidad con el orden del día aprobado por el suscrito para esta sesión ordinaria, el cual incluye los documentos de agenda y sus respectivos antecedentes, los cuales fueron de conocimiento previo de las señoras Directoras y señores Directores, se procede al conocimiento y votación de cada uno de dichos asuntos.

ARTÍCULO PRIMERO. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA ANTERIOR.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) No hay documentos para incorporar.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 37-2023 con excepción de los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Héctor Fernández Masis, Hugo Picado León y Gustavo Román Jacobo, quienes no participaron de dicha sesión, y de la sesión extraordinaria n.° 38-2023, con excepción del señor Héctor Fernández Masis quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Autorización uso de vehículos de oficinas regionales para fiscalización de asambleas. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-336-2023-SUSTITUIR del 24 de agosto de 2023, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 35-2023 celebrada el 8 de agosto de 2023 por este Colegiado, remite informe relacionado con la “Autorización del uso de vehículos de oficinas regionales para fiscalización de asambleas y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:

"1.- Que la dependencia encargada de la administración para el uso y disposición de los vehículos institucionales es la Unidad de Transportes, sin embargo, cuando esta actividad es desarrollada en las oficinas regionales, las labores son coordinadas con la participación directa de sus jefaturas y conductores designados, quienes posteriormente reportan sus actividades a la primera. Ante esta realidad y la posibilidad de atender la solicitud planteada, se deberá exigir una coordinación aún más exhaustiva y detallada entre las dependencias involucradas, es decir la Unidad de Transportes, la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, el Departamento de Registro de Partidos Políticos y cada una de las oficinas regionales a considerar.

2.- Si bien es cierto, el Manual Descriptivo de Clases de Puesto establece que solo los Asistentes Funcionales 3 o Asistente en Servicios Ambulantes, de Notificación y a Domicilio, pueden conducir las motocicletas institucionales en las oficinas regionales, el reglamento institucional que regula dicha labor establece una excepción a esa condición de uso, permitiendo que otros funcionarios los conduzcan, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos para esos efectos.

3.- Que, para estos casos, se deberán contemplar no solo los requisitos exigidos para los conductores (legales y cualquier otro que la encargada de las Unidades haya determinado), sino también los de usuarios y administración regulados en la normativa aplicable, inclusive el de informar a la Dirección General de Policía de Tránsito, los días y horario en los que puede circular las móviles, así como el nombre de las personas conductoras y los lugares que deberá visitar con motivo de las giras.

4.- Que, para la atención de la solicitud planteada, deberán considerarse la no afectación de los servicios ordinarios prestados por la institución por medio de las distintas dependencias, específicamente a través de las oficinas regionales y verificar que con el desarrollo de la actividad los costos involucrados en ella (al requerir la participación de varios funcionarios y dependencias en el proceso), no sobrepasen aquellos en los que eventualmente podría incurrirse si el representante institucional asiste por otros medios o método, en cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Control Interno. 

5.- Que, por disposición reglamentaria, la unidad administrativa competente para autorizar en última instancia si se presta o no el servicio en las condiciones planteadas, es la Dirección Ejecutiva, según lo establecen los artículos 1 y 14 del Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos propiedad del Tribunal Supremo de Elecciones, así como aquellos que se encuentren en su custodia en calidad de arrendamiento o convenio interinstitucional, a quien deberá planteársele directamente la solicitud.

6.- Los despachos intervinientes en el trámite de autorización, deberán documentar no solo el cumplimiento de los requisitos legales para la conducción por parte de la persona funcionaria autorizada, sino además de que ella conoce y acepta expresamente las obligaciones, deberes y responsabilidades derivadas del  Reglamento para el uso, control y mantenimiento de los vehículos propiedad del Tribunal Supremo de Elecciones, así como aquellos que se encuentren en su custodia en calidad de arrendamiento o convenio interinstitucional; implementando además mecanismos de control sobre el bien, entre ellos y como sugerencia, acta o documento de entrega y devolución del vehículo, en que figure el kilometraje, el estado del mismo, entre otros aspectos.

Con base en lo expuesto, este departamento estima jurídicamente viable la propuesta objeto de estudio y en tal sentido, de disponer su aprobación, se recomienda a ese colegiado instruir a cada uno de los despachos vinculados al trámite de autorización de uso de los referidos vehículos y en lo que a sus competencias respecta, la observancia de los aspectos señalados en punto a las labores de coordinación que entre ellos debe darse, con ocasión a la necesidad y requerimiento de los vehículos, así como la implementación y/o mejora de los mecanismos de control que sobre dichos bienes corresponde ejercer; todo lo anterior, referido en las conclusiones puntualizadas en este acápite y sin perjuicio de aquellas otras medidas que estime a bien disponer."

Interviene el señor Director Fernández Masis: “Nada más una aclaración, este trámite pareciera que es para un asuntito de cada muerte de obispo, pero en eso misma ya tenemos doscientos treinta asambleas, y estos otros fines de semana van a estar así porque hacen falta cuatro maso menos de cara para que los partidos puedan completar.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Yo creo que el propósito era que se autorizara el uso, que está en el informe que vamos a aprobar, me parece que está bien, creo que el criterio de Departamento Legal va más que todo en el resguardo, uso, mantenimiento, y lo que hay que establecer como si estuviéramos alquilando.”

Interviene el señor Director Bolaños Bolaños:Tal vez en la práctica sea más sencillo, esas motos las van a usar personas que hacen regionalización, nadie más.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Lo que pasa es que si por x o y razón, si alguno de las regionales estuviera incapacitado o algo así por el estilo vamos a tener que autorizar a otro funcionario.”

Interviene el señor Director Bolaños Bolaños: “Esta bien, pero hay dos personas más que cumplen los requisitos.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Para mí creo que esto da en el clavo, es para las personas que no están autorizadas ya de previo por la regional, digamos, sí a mi me toca ir a hacer una asamblea.”

Interviene el señor Director Fernandez Masís: “También tiene razón Luis, porque eso que mencionan, digamos, él está autorizado pero no está autorizado.”

Interviene el señor Director Bolaños Bolaños: “Eso es, sino empiezan a complicar todo.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Creo que, para simplificar el asunto y condensar estas recomendaciones-conclusión de Legal, podemos hacer un formulario donde nada más se llena.”

Interviene el señor Director Fernandez Masís: “Sí, el machotito, donde nada más se llena nombre, placa, y que en todos los casos se les pase así.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Exactamente. Y el formulario, que el compañero que lo va a hacer sepa cuales son las responsabilidades.”

Interviene la señora Directora Navarro Mora: “Sí, las autorizaciones las firma Fabián, pero igual ahí podemos verlo, es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “La idea es que en ese documentito del formulario esté condensado esto, para recuerdo de nosotros más que todo.”

Interviene el señor Director Bolaños Bolaños: “Sí, para no hacerlo tan complicado, más este tiempo que hay un montón de asambleas.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Correcto, y muy pocas motos, ¿cuántas tenemos? ¿Cada regional tiene una moto?, ¿no verdad?”

Interviene el señor Director Fernandez Masís: “No.”

Interviene el señor Director Bolaños Bolaños: “Diecinueve.”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Bueno, y para el uso de otros vehículos, también está abierto verdad.”

Se dispone: Tener por rendido el informe el cual se acoge. Tomen nota los despachos concernidos sobre las conclusiones y recomendación esgrimidas por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Informe sobre la fecha definitiva para el inicio del cobro de las solicitudes de reposición de cédula de identidad. De la Adriana Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del TSE, se conoce oficio n.° STSE-2061-2023 del 24 de agosto de 2023, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 77-2023, celebrada el 24 de agosto de 2023 por el Tribunal Supremo de Elecciones, relativo al “Informe sobre la fecha definitiva para el inicio del cobro de las solicitudes de reposición de cédula de identidad”.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Este era el asuntito de la consulta de la señora Andrea Fauaz, que íbamos a tener una fecha fija ya de cuando se iba a hacer el cobro, ahora después del proceso electoral.”

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME

C) Consulta sobre carnet de vacunación COVID-19 para personas estudiantes. De la señora Ileana Aguilar Olivares, Secretaria Académica a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce el oficio n.° IFED-0224-2023 del 25 de agosto de 2023, mediante el cual realiza la consulta sobre la vigencia de solicitud de la vacuna contra COVID-19, a estudiantes universitarios que se postulan para hacer prácticas profesionales, TCU o pasantía en el TSE, y literalmente concluye:

"Siendo el IFED el brazo académico del Tribunal Supremo de Elecciones a lo largo del año atiende muchas solicitudes de esta naturaleza de estudiantes universitarios (de universidad pública o privada) y ante la posibilidad de seguir encontrando casos similares en relación con esta vacunación, se eleva a consulta si ante petitorias de personas estudiantes que solicitan un espacio para cooperar bajo la figura de pasantía, práctica profesional, meritorio o trabajo comunal universitario se requiere todavía solicitar la demostración de la vacuna contra el COVID-19 o el certificado médico de excepción, o si se les puede liberar de este condicionamiento.".

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Este asunto viene también a raíz de que, a nivel de Recursos Humanos, estamos viendo que en informe les piden que cumplan con el esquema de vacunación, esto ya en algún momento el Ministerio de Salud había derogado tal disposición, pero nosotros aún la mantenemos vigente, con esto creo que ya podríamos contar con un elemento de insumo para derogar ese requisito.”

Se dispone: Para su estudio y criterio, el cual habrá de rendirse en el plazo de 5 días hábiles pase a la Comisión COVID institucional. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Solicitud para aprobar la readjudicación de la partida 1 trámite 2023LE-000005-0012300001 “GARANTÍAS EXTENDIDAS PARA UNIDAD ALMACENAMIENTO HP 3PAR 8400 Y 2 SWITCH FIBRA HP BROCADE, 34 ACCESS POINT CISCO, 2 Y 4 SERVIDORES DELL TIPO POWEREDGE”. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional, se conoce oficio n.° PROV-0445-2023 del 25 de agosto de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio de esta Proveeduría No. PROV-0351-2023 del 06 de julio de 2023, se recomendó a ese Consejo la adjudicación de la partida 1 de la licitación 2023LE-000005-0012300001 GARANTÍAS EXTENDIDAS PARA UNIDAD ALMACENAMIENTO HP 3PAR 8400 Y 2 SWITCH FIBRA HP BROCADE, 34 ACCESS POINT CISCO, 2 Y 4 SERVIDORES DELL TIPO POWEREDGE”, a favor de GRUPO COMPUTACION MODULAR AVANZADA SOCIEDADANONIMA, cédula jurídica: 3101073308, por un monto de $57.841,2309. Aprobado en la sesión ordinaria n.º 31-2023, celebrada el 11 de julio de 2023 y comunicado mediante oficio No. CDIR-0280-2023 de la misma fecha.

Luego, la empresa Componentes El Orbe S. A, cédula jurídica 3101111502, interpuso recurso de revocatoria contra la adjudicación de esta partida, lo que conllevó remitir dicho recurso al Departamento Legal, donde mediante resolución CDIR-002-2023 de las nueve horas con treinta minutos del quince de agosto de dos mil veintitrés., el Consejo dispuso:

 “…declara parcialmente con lugar el recurso interpuesto por la empresa Componentes El Orbe S. A., contra el acto de adjudicación de la línea 1En tal virtud, se dispone lo siguiente: a) Se acoge la petición de la recurrente en el sentido que, para este trámite en particular, la no presentación de los currículos de los técnicos no representa una documentación de tal relevancia que amerite descalificar su oferta… b) Se rechaza el argumento de la Proveeduría institucional referente a que la no presentación de la póliza de riesgos de trabajo implica, per se, descalificar la oferta de la recurrente… c) Se anula el acto de adjudicación de la línea 1 de esta contratación, recaído en favor de Grupo Computación Modular Avanzada S. A. y, en su lugar, se readjudica dicho ítem a la empresa Componentes El Orbe S. A., por cumplir técnica y legalmente y, además, ofrecer el mejor precio, que es el único factor de evaluación discriminante entre las ofertas cumplientes. d) El Administrador del Contrato deberá requerir a la contratista, antes de iniciar la ejecución respectiva, presentar la póliza de riesgos de trabajo.”

Así las cosas, dadas las anteriores consideraciones y el resumen que el sistema muestra en la pantalla “Detalles de la solicitud de verificación” en el botón “ver la pantalla de la información relacionada”, donde encontrará el informe de la recomendación de readjudicación. En virtud del cumplimiento legal y técnico, la Proveeduría recomienda al Consejo de Directores readjudicar como se indica:

·               Componentes El Orbe S. A, cédula jurídica 3101111502 por un monto de $50.614,96, con un 13% de I.V.A.

         El plazo máximo para readjudicar es el 30 del presente mes.

En caso de que el Consejo de Directores avale esta recomendación, salvo mejor criterio, deberá instruirse lo siguiente:

 • Que la Proveeduría solicite la garantía de cumplimiento y cancelación de las especies fiscales que correspondan y proceda con los pasos siguientes en el sistema SICOP.

Que la Dirección Ejecutiva tome nota del compromiso para los siguientes ejercicios presupuestarios.

De aprobarse esta recomendación, sugiero hacerla del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, de la señora Mariana Gómez     Bolaños en calidad de Administradora del Contrato, de los señores Luis Andrés Camacho Montero y Marvin Morales Abarca, Contrapartes Técnicas, y de la Auditoría Interna.

Quedo atento a lo que se estime disponer.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

  Por unanimidad declaremos la firmeza de todos los acuerdos.

 A las catorce horas y veinticuatro minutos terminó la sesión.

 

 

 

                                  

Luis Guillermo Chinchilla Mora


Luis Antonio Bolaños Bolaños        Sandra Mora Navarro


Héctor Enrique Fernández Masis         Hugo Ernesto Picado León


Xenia Guerrero Arias        Gustavo Román Jacobo