DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

SAN JOSE, COSTA RICA 

N° 072-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las diez horas veinticinco minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Curridabat de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Curridabat de la provincia de San José, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional, Movimiento Curridabat, Curridabat Siglo XXI y Acción Ciudadana en todos y cada uno de ellos; el partido Renovación Costarricense en el distrito Curridabat, y el partido Coalición Cambio 2000 sólo inscribió candidaturas para Síndicos propietario y suplente en los distritos Curridabat, Granadilla y Tirrases.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Curridabat de la Provincia de San José.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

    1. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito el partido Coalición Cambio 2000 según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor – al haberse emitido por candidaturas inexistentes – no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

    2. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

    3. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Curridabat de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

Cuadro N° 1

 

 

 

 

 

Cuadro N° 2

 

    1. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Curridabat de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 
CURRIDABAT
Cifra cociente
773,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
386,875
 
 
 
 
Partido a sustraer: COALICION CAMBIO 2000 = 453
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
639
0
0,00
1
LIBERACION NACIONAL
490
0
0,00
1
MOVIMIENTO CURRIDABAT
398
0
0,00
0
RENOVACION COSTARRICENSE
147
0
0,00
0
CURRIDABAT SIGLO XXI
785
1
11,25
0
ACCION CIUDADANA
636
0
0,00
1
TOTAL
3095
1
 
3
El Partido ganador de Síndico es: CURRIDABAT SIGLO XXI
 
 
 
 
GRANADILLA
Cifra cociente
197,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
98,875
 
 
 
 
Partido a sustraer: COALICION CAMBIO 2000 = 187
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
265
1
67,25
0
LIBERACION NACIONAL
132
0
0,00
1
MOVIMIENTO CURRIDABAT
37
0
0,00
0
CURRIDABAT SIGLO XXI
190
0
0,00
1
ACCION CIUDADANA
167
0
0,00
1
TOTAL
791
1
 
3
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANCHEZ
Cifra cociente
132,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
66,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
47
0
0,00
0
LIBERACION NACIONAL
78
0
0,00
1
MOVIMIENTO CURRIDABAT
10
0
0,00
0
CURRIDABAT SIGLO XXI
289
2
24,00
0
ACCION CIUDADANA
106
0
0,00
1
TOTAL
 
530
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: CURRIDABAT SIGLO XXI
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TIRRASES
Cifra cociente
296,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
148,250
 
 
 
 
Partido a sustraer: COALICION CAMBIO 2000 = 148
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
389
1
92,50
0
LIBERACION NACIONAL
290
0
0,00
1
MOVIMIENTO CURRIDABAT
197
0
0,00
1
CURRIDABAT SIGLO XXI
148
0
0,00
0
ACCION CIUDADANA
162
0
0,00
1
TOTAL
1186
1
 
3
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Curridabat de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas: 

CURRIDABAT
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Pablo José Rojas Marín
Karen Jacqueline Garbanzo Mora
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Roberto Ángel Román Córdoba
Ángela Eugenia Baltodano Bejarano
Mauricio Miranda Chavarría
Patricia Jiménez Valladares
Eric Madrigal Monge
Marta Eugenia Monge Cordero
Luis Alberto Fernández González
Ivannia Madrigal Muñoz
 
 
GRANADILLA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Rafael Enrique Castro Navarro
Olga María Coto Aguirre
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ernesto Díaz Sánchez
Miguel Ángel Valdelomar Velásquez
Ana Patricia Lang Guier
Ricardo José Retana Chinchilla
Luis Alberto Chavarría Fallas
Carlos Manuel Solera Molina
Virgilio Manuel Cordero Ortiz
Antonio Cordero Calderón
 
 
SANCHEZ
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Rodolfo Luis Gutiérrez Fernández
Norma Evans Lasa
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Carlos Eduardo Villalobos Clare
Alejandro José Quirce Jiménez
Ana Lucrecia Ugalde Bolaños
Ileana Jiménez Montealegre
Adrián José Arias Aguilar
María Marta Allen Chaves
Anna Paola Desanti Menéndez
Orlando Castro Quesada

 

TIRRASES
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Carlos Luis Díaz Bran
Marita Solano Quesada
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ingrid Taidy Carrillo Badilla
Luis Barrientos Solano
Alfredo Valerín Chévez
Carlos Alberto Calvo Cordero
Yorleni González Jiménez
Luz Sequeira Robles
Joaquín De la Asunción Poquet
Sonia Abarca Mora
 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal