N.º 966-E5-2018.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las doce horas con diez minutos del catorce de febrero de dos mil dieciocho.


Diligencias para llenar la vacante definitiva de diputado a la Asamblea Legislativa, producida por la renuncia al cargo del señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz.


RESULTANDO


1.- Que mediante oficio n.° AL-DSDI-OFI-0212-2018 del 13 de febrero de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, el señor Edel Reales Noboa, Director a. i.  de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, hizo del conocimiento de este organismo electoral que el Plenario Legislativo, en sesión ordinaria n.° 133 del 13 de febrero de 2018, conoció la renuncia del señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz. 


2.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 264 del Código Electoral, corresponde a este Tribunal cancelar las credenciales de los diputados por renuncia, luego de que esta sea conocida por la Asamblea Legislativa.


3.- Que, al tenor de lo establecido en el artículo 208 del Código Electoral, cuando se produjere la renuncia al puesto de diputado con posterioridad a la votación para elegir este cargo, este Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercerlo, por el resto del período constitucional, a quien siga en la misma lista.


4.- Que en la tramitación de este asunto se han observado las prescripciones legales de rigor; y,


CONSIDERANDO


I.- Para los efectos de las presentes diligencias, se tienen como demostrados los siguientes hechos: a) Que el señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz, titular de la cédula de identidad n.° 1-0882-0284, fue propuesto como candidato a diputado en la provincia San José por el partido Restauración Nacional (vid. nómina de candidatos a diputados del partido Restauración Nacional en la provincia San José, resolución de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos n.º 10-IC-P-2013 de las ocho horas con cincuenta minutos del catorce de octubre de dos mil trece); b) que este Tribunal, en resolución n.º 0830-E11-2014 de las diez horas del tres de marzo de dos mil catorce, publicada en "La Gaceta"  n.º 60 del 26 de marzo de 2014, la cual corresponde a la “[…] elección de Diputados a la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica para el período constitucional comprendido entre el primero de mayo del dos mil catorce y el treinta de abril del dos mil dieciocho.", con fundamento en el resultado de las elecciones presidenciales y legislativas celebradas el 2 de febrero de 2014 y en lo preceptuado en los artículos 102, inciso 8) y 106 de la Constitución Política, declaró electo diputado a la Asamblea Legislativa, por la provincia San José, al señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz durante el período comprendido entre el 1.° de mayo de 2014 y el 30 de abril de 2018 (vid. declaratoria de elección referida); c) que el señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz renunció al cargo antedicho a partir del 16 de febrero de 2018 (vid. memorial de renuncia); d) que en la sesión ordinaria n.° 133 celebrada el 13 de febrero de 2018, el Plenario Legislativo conoció la renuncia presentada por el señor Alvarado Muñoz al cargo de  cita (vid. oficio del Director a. i. de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa); e) que de conformidad con la nómina presentada por el partido Restauración Nacional y la respectiva inscripción practicada por la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, en la papeleta correspondiente a la elección de diputados por la provincia San José, la candidata que sigue en la lista es la señora ALEXANDRA LORÍA BEECHE, titular de la cédula de identidad número 1-0483-0297 (vid. nómina de candidatos a diputados del partido Restauración Nacional en la provincia San José, resolución de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos n.º 10-IC-P-2013 de las ocho horas con cincuenta minutos del catorce de octubre de dos mil trece).


II.- Los artículos 264 y 208 del Código Electoral, respectivamente establecen:


"ARTÍCULO 264.- Cancelación de credenciales por renuncia


El TSE cancelará la credencial del presidente, los vicepresidentes o de los diputados por renuncia, luego de que esta sea conocida por la Asamblea Legislativa.".


"ARTÍCULO 208.- Muerte, renuncia o incapacidad del candidato antes de la elección


Si después de la inscripción de las candidaturas y antes de la votación para los cargos de diputados, regidores o concejales de distrito, ocurre la renuncia, el fallecimiento o la incapacidad de alguno de los candidatos, su lugar se tendrá como vacante y se llenará ascendiendo, automáticamente, al candidato de la misma lista que esté colocado en el puesto inmediato inferior.


Si tales circunstancias son posteriores a la votación, el Tribunal dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda. […]”.


De conformidad con lo anterior, dado que existe una vacante definitiva en la Asamblea Legislativa, ocasionada por la renuncia del señor Alvarado Muñoz, juzga este Tribunal aplicables las citadas disposiciones legales y en esa virtud procede a cancelar su credencial de diputado y llamar para que cubra dicha vacante por lo que resta del período constitucional, a la señora ALEXANDRA LORÍA BEECHE, titular de la cédula de identidad número 1-0483-0297, quien es la persona que sigue en la lista, según la papeleta de candidatos a diputados propuestos por el partido Restauración Nacional para la provincia San José en la elección supra referida.


POR TANTO


Cancélese la credencial de diputado del señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz, titular de la cédula de identidad número 1-0882-0284 y, en consecuencia, se llama al ejercicio del cargo de diputada a la Asamblea Legislativa a la señora ALEXANDRA LORÍA BEECHE, titular de la cédula de identidad número 1-0483-0297, a partir del próximo 16 de febrero de 2018 y por el resto del presente período constitucional, el cual finalizará el 30 de abril de 2018. Comuníquese al señor Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz, a la señora Alexandra Loría Beeche, a los Poderes de la República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y al Ministerio Público. Publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.

Luis Antonio Sobrado González

 

Eugenia María Zamora Chavarría                           Max Alberto Esquivel Faerron

 

Zetty María Bou Valverde                                         Luis Diego Brenes Villalobos

 


Diligencias para llenar vacante de

Diputado a la Asamblea Legislativa

Exp. 086-2018

EAGV/KDA