N.° 3878-E9-2008.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José,a las nueve horas veinte minutos del treinta y uno de octubre de dos mil ocho.

Autorización del formulario para la recolección de firmas necesarias para convocar a un referéndum por iniciativa ciudadana el proyecto de Ley unión civil entre personas del mismo sexo.

RESULTANDO

1.- Mediante resolución número 3401-E9-2008 de las 09:10 horas del 30 de setiembre del 2008 este Tribunal autorizó la recolección de firmas, en los términos señalados en los artículos 6 inciso e), 7 y 8 de la Ley sobre Regulación del Referéndum, en relación con el proyecto de “Ley de unión civil entre personas del mismo sexo”. En la citada resolución se definieron las reglas que rigen el presente procedimiento de recolección de firmas, entre las cuales se encuentra, el deber de los gestores de la consulta popular de presentar ante este Tribunal, para su aprobación, un plan de recolección de firmas con indicación de los lugares que se utilizarán para ello y las personas responsables de la custodia de los formularios. Asimismo, se estableció que la Coordinación de Programas Electorales diseñaría una propuesta de los formularios que este Tribunal debe autorizar para la recolección de firmas (folios 223-232).

2.- Mediante oficio número CPE-409-2008 del 8 de octubre del 2008 la Coordinación de Programas Electoral remitió a conocimiento de este Tribunal la propuesta del formulario para la recolección de firmas necesarias para convocar a un referéndum por iniciativa ciudadana sobre el citado proyecto (folios 246-248).

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

CONSIDERANDO

I.- Sobre la autorización de los formularios para la recolección de firmas: De conformidad con el artículo 7 de la Ley sobre Regulación del Referéndum y una vez analizada la propuesta de formulario presentada por la Coordinación de Programas Electorales, este Tribunal autoriza la plantilla del formulario de recolección de firmas para la convocatoria a un referéndum de iniciativa ciudadana relativo al proyecto de “Ley de unión civil entre personas del mismo sexo”, el cual se pone a disposición de los gestores.

a).- Características del formulario de recolección de firmas: La plantilla autorizada por este Tribunal será imprimido por los interesados en papel de 21.6 centímetros de largo por 33 centímetros de ancho (8.5 pulgadas x 13 pulgadas).

b).- Contenido de la plantilla de los formularios de recolección de firmas: Este Tribunal autoriza el diseño del formulario que tendrá las siguientes características:

Anverso:

Reverso:

 

II.- Sobre los requisitos previos al inicio del proceso de recolección de firmas: Conforme se indicó en la resolución número 3401-E9-2008 de las 09:10 horas del 30 de setiembre del 2008, de previo a iniciar el proceso de recolección de las firmas, los gestores deberán presentar ante este Tribunal -para su aprobación- los siguientes documentos:

En apego al inciso b) del artículo 7 de la Ley sobre Regulación del Referéndum se advierte a los gestores que cada uno de los lugares que este Tribunal fije para la recolección de firmas, de acuerdo con el plan de recolección que presenten los interesados, deberá contar con el número suficiente de copias del texto completo que se pretende someter a consulta.

III.- Sobre el número de firmas requerido para la convocatoria a referéndum por iniciativa ciudadana: En atención a lo dispuesto en el considerando VI de la resolución n.° 3401-E9-2008 de las 09:10 horas del 30 de setiembre del 2008, el padrón electoral a utilizarse para determinar el 5% de las firmas que indica el inciso d) artículo 6 de la Ley sobre Regulación del Referéndum será aquel que se cerró al mes inmediatamente anterior a la fecha de la resolución indicada, es decir, se utilizará el padrón con cierre al 31 de agosto del 2008, cuyo cómputo provisional es de 2.735.010 electores (dos millones setecientos treinta y cinco mil diez electores) (ver folio 326). En consecuencia, los gestores deberán recolectar no menos de 136.751 firmas.

POR TANTO

Se autoriza el formulario para la recolección de firmas descrito en el considerando I de la presente resolución, cuya plantilla se pone a disposición de los gestores, a quienes corresponderá su impresión. Se advierte a los gestores que, de previo al inicio del proceso de recolección de firmas, deberán cumplir con los requisitos que se detallan en esta resolución. Notifíquese.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

Eugenia María Zamora ChavarríaMax Alberto Esquivel Faerron

 

 

Exp. 195-E-2008

Solicitud de recolección de firmas

Proyecto de “Ley de unión civil entre personas del mismo sexo”

JLR/er.-