N.° 0341-M-2022.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietario del distrito Puerto Cortés, cantón Osa, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Marvin Elizondo Granados.

RESULTANDO

1.- Por oficio n.° PCM-1544-2020-2024 del 17 de diciembre de 2021, recibido en la Secretaría del Despacho el 3 de enero del año en curso, el señor Allan José Herrera Jiménez, Secretario del Concejo Municipal de Osa, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.° 85-2020-2024 del 15 de diciembre del año anterior, conoció de la renuncia del señor Marvin Elizondo Granados, concejal propietario del distrito Puerto Cortés. Junto con esa misiva, el señor secretario envió copia certificada (mediante su firma digital) de la carta de dimisión del interesado (folios 2 a 6).

 2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta el Magistrado Picado León; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Marvin Elizondo Granados, cédula de identidad n.° 6-0160-0750, fue electo concejal propietario del distrito Puerto Cortés, cantón Osa, provincia Puntarenas (ver resolución n.º 1910-E11-2020 de las 11:15 horas del 17 de marzo de 2020, folios 8 a 11); b) que el señor Elizondo Granados fue propuesto, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 7); c) que el señor Elizondo Granados renunció a su cargo y su dimisión fue conocida por el Concejo Municipal de Osa (folios 2 y 6); d) que el PLN, para competir por cargos en el Concejo de Distrito de Puerto Cortés, solo presentó candidaturas a cargos propietarios, por lo que el señor Geral Méndez Meza, cédula de identidad n.º 6-0444-0095, fue designado como concejal suplente, aunque inicialmente se postuló como candidato a concejal propietario (tercer lugar) (folios 7, 10 y 12); y, e) que no existen candidatos postulados por el PLN, para competir por plazas titulares o suplentes en el referido órgano distrital, que no hayan resultado electos (folios 7, 10 y 12).

II.- Sobre la renuncia presentada. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia del señor Marvin Elizondo Granados a su cargo de concejal propietario del Concejo de Distrito de Puerto Cortés, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, designar a quien ha de sustituir el puesto vacante.

III.- Sobre la sustitución del señor Elizondo Granados. Al cancelarse la credencial del señor Marvin Elizondo Granados, se produce una vacante entre los concejales propietarios del citado concejo de distrito que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sea, con el candidato de la misma naturaleza (concejal propietario) que siga en la lista de la agrupación política que postuló al funcionario dimitente; sin embargo, en este asunto, la aplicación de tal regla lleva a designar a quien fue declarado electo en la primera plaza suplente que tiene a su haber el PLN en el órgano distrital.

En efecto, el señor Geral Méndez Meza es quien, a este momento, sigue en el orden de la lista de candidatos a concejales propietarios no electos, por lo que debe llamársele a ocupar el cargo; empero, al no haber postulado -la citada agrupación política- candidatos a las suplencias del Concejo de Distrito de Puerto Cortés, fue declarado electo como concejal suplente.

Pese a ello, lo cierto es que su postulación inicial, como se indicó, lo fue como concejal propietario por el tercer lugar (folio 7), sea existe en su favor el derecho a ser tomado en cuenta en el orden de precedencia para las vacantes de los puestos titulares.

Por tal motivo, corresponde designar al señor Geral Méndez Meza, cédula de identidad n.º 6-0444-0095, como concejal propietario del distrito Puerto Cortés, cantón Osa, provincia Puntarenas.

IV.- Sobre la sustitución del señor Méndez Meza. Al haberse designado al señor Geral Méndez Meza como concejal propietario, queda vacante la plaza de concejal suplente que ocupaba; no obstante, al haberse acreditado que las nóminas de candidatos a las concejalías de Puerto Cortés, propuestas por el PLN, se han agotado, tal puesto quedará vacante (sobre esa imposibilidad de sustitución, ver, entre otras, la sentencia    n.º 1499-M-2019).

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal propietario del Concejo de Distrito de Puerto Cortés, cantón Osa, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Marvin Elizondo Granados. En su lugar, se designa al señor Geral Méndez Meza, cédula de identidad    n.º 6-0444-0095. Esta designación rige a partir de la juramentación del funcionario y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Elizondo Granados y Méndez Meza, al Concejo Municipal de Osa y al Concejo de Distrito de Puerto Cortés. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Luz de los Ángeles Retana Chinchilla


Hugo Ernesto Picado León       Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

 

Exp. n.° 007-2022

ACT/smz.-