Nº 428-M-2007.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas veinticinco minutos del nueve de febrero del dos mil siete.

Diligencias de cancelación de credenciales de Alcalde Propietario de la Municipalidad de Santa Cruz, provincia Guanacaste, que ostenta el señor Pastor Gómez Ruiz.

RESULTANDO

1.- Mediante resolución n.º 1542-M-2003 de las 10:15 horas del 21 de junio del 2004, este Tribunal remitió a la Procuraduría General de la República la denuncia interpuesta por el Tribunal Ambiental Administrativo en contra el señor Pastor Gómez Ruiz, Alcalde Propietario de la Municipalidad de Santa Cruz, Provincia de Guanacaste, por presunta violación a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre (folios 28 y 29 del presente expediente).

2.- En resolución n.º 2240-M-2004 de las 15:30 del 26 de agosto del 2004 este Organismo Electoral dispuso rechazar el incidente de nulidad de notificación y los recursos de revocatoria o reposición y apelación interpuestos por el señor Pastor Gómez Ruiz, en contra de la supracitada resolución n.º 1542-M-2003. Asimismo, el Tribunal procedió de oficio a corregir la numeración de la resolución 1542-M-2003 por la secuencia n.º 1542-M-2004 (folios 51 a 55).

3.- El 29 de setiembre del 2005, mediante nota suscrita por la Magistrada Instructora Zetty Bou Valverde, se contestó la solicitud de información sobre el estado del proceso, requerida por Tribunal Ambiental Administrativo según oficio n.º TAA-404-05 del 14 de setiembre del 2005, indicándosele a dicho Tribunal que en razón del contenido de la denuncia, los autos fueron remitidos a la Procuraduría General de la República mediante la supracitada resolución del 21 de junio del 2004 (folios 87 a 89).

4.- En auto de las 14:30 horas del 9 de enero del 2006, este Tribunal solicitó a la Procuraduría General de la República información sobre el estado de las presentes diligencias. Dicha actuación fue notificada el 2 de febrero de 2006 sin que a la fecha se haya recibido respuesta (folios 93 y 94).

5.- Mediante resolución n.º 3551-M-2006 de las 8:40 horas del 10 de noviembre del 2006, dictada dentro del expediente de este Tribunal n.º 968-S-2006, se ordenó cancelar la credencial de Alcalde Propietario de la Municipalidad de Santa Cruz, Provincia Guanacaste, que hasta entonces ostentaba el señor Pastor Gómez Ruiz (folios 98 a 101).

6.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Sobrado González; y

CONSIDERANDO

ÚNICO.- De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal (Ley n.º 7794 del 30 de abril de 1998, publicada en el Diario Oficial n.º 94 del 18 de mayo de 1998), corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los regidores municipales; por ello, es a partir del momento en que este Órgano Electoral declara la respectiva cancelación, que jurídicamente cesa el nombramiento del funcionario. El nombramiento como Alcalde titular de la Municipalidad de Santa Cruz que ostentaba el señor Pastor Gómez Ruiz, se canceló por parte de este Tribunal mediante la resolución n.º 3551-M-2006 de las 8:40 horas del 10 de noviembre del 2006 y ante la renuncia del cargo que éste formulara. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo del expediente.

No obstante el archivo que se ordena, se advierte que éste no precluye la investigación que realiza la Procuraduría General de la República, así como tampoco incide sobre las eventuales consecuencias penales que pueden derivarse de los hechos denunciados.

POR TANTO

Archívese el presente expediente. Notifíquese a la Municipalidad de Santa Cruz, al Tribunal Ambiental Administrativo y a la Procuraduría General de la República.

 

 

  

 

Oscar Fonseca Montoya 

  

 

 

Luis Antonio Sobrado González Fernando del Castillo Riggioni   

Exp. n.º 047-S-2004

Cancelación de credenciales

Pastor Gómez Ruiz

Alcalde Propietario

Municipalidad de Santa Cruz

LDB/ACT/lpm