N.° 0931-M-2019.-TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES. San José, a las once horas del cuatro de
febrero de dos mil diecinueve.
Cancelación de credencial de alcalde de la
Municipalidad de Paraíso, provincia Cartago, que ostenta el señor Marvin
Solano Zúñiga.
RESULTANDO
- Por oficio n.° MUPA-ALC-23-2019 del
14 de enero de 2019, recibido en la Secretaría del Despacho ese mismo día, el
señor Marvin Solano Zúñiga, alcalde de la Municipalidad de Paraíso,
provincia Cartago, presentó ante esta Magistratura la nota por medio de la
cual informó de su renuncia a ese cargo (folios 1 a 2).
- Por resolución de las 10:10 horas
del 15 de enero de 2019, el Tribunal Supremo de Elecciones trasladó la nota de
renuncia del señor Solano Zúñiga al Concejo Municipal de Paraíso, para que
se pronunciara al respecto (folio 3).
- Por oficio n.° MUPA-SECON-17-2019
del 18 de enero de 2019, recibido vía correo electrónico el 22 de enero de
2019, la señora Ana Rosa Ramírez Bonilla, secretaria del Concejo Municipal de
Paraíso, remitió copia escaneada del acuerdo adoptado en el artículo 12 de
la sesión ordinaria n.° 222 del 15 de enero de 2019, en el que ese órgano
deliberativo conoció de la dimisión del señor Solano Bonilla (folios 7 a
9).
- Por resolución de las 09:05 horas
del 25 de enero de 2019, el Magistrado instructor previno al Concejo Municipal
que aportara el original o la copia certificada del acuerdo en el que se
conoció la renuncia del señor Solano Zúñiga (folio 10).
- Por oficio MUPA-SECON-41-2019 del 28
de enero de 2019, recibido el día siguiente en la secretaría del Tribunal
Supremo de Elecciones, la señora Ramírez Bonilla aportó la documentación
prevenida (folios 13 a 16).
- En los procedimientos se han
observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
CONSIDERANDO
- Hechos probados. De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen,
como debidamente acreditados, los siguientes:
- El señor Marvin Solano Zúñiga fue
electo alcalde de la Municipalidad de Paraíso, provincia Cartago, para el
periodo 2016-2020 (ver resolución n.° 1310-E11-2016 de las 10:35 horas del 25
de febrero de 2016, folios 19 a 23).
- El señor Solano Zúñiga fue
postulado, en su momento, por el partido Accesibilidad sin Exclusión (PASE)
(folio 18 vuelto).
- El señor Solano Zúñiga renunció
a su cargo (folios 1 a 2).
- El Concejo Municipal de Paraíso, en
el artículo 12 de la sesión ordinaria n.° 222 del 15 de enero de 2018,
conoció de la referida dimisión (folios 14 a 17).
- Las señoras Laura Rebeca Morales
Brenes, cédula de identidad n.° 3-0376-0850, y Milagro Bonilla Moya, cédula
de identidad n.° 3-0357-0239, fueron electas, por su orden, vicealcaldesas
primera y segunda de la Municipalidad de Paraíso (folios 19 a
23).
- Sobre la renuncia
presentada. El Código Electoral señala que
corresponde a este Tribunal acordar la cancelación de credenciales de los
funcionarios públicos de elección popular en los supuestos expresamente
previstos por la ley (artículo 253). De igual manera, el artículo 25.b) del
Código Municipal precisa que este Colegiado es el órgano constitucional
competente para, entre otras, cancelar o declarar la nulidad de las
credenciales conferidas al alcalde municipal.
Ahora bien, el numeral 18.f) del citado
Código Municipal establece que será causal pérdida de la credencial de
alcalde municipal “Renunciar voluntariamente a su
puesto”. De esa suerte, ante la dimisión del señor
Marvin Solano Zúñiga a su cargo de alcalde de la Municipalidad de Paraíso,
provincia Cartago, lo procedente es cancelar su credencial, como en efecto se
dispone.
- Sobre la sustitución del señor
Solano Zúñiga. Al cancelarse la credencial del
alcalde municipal se produce una vacante que es necesario suplir de acuerdo con
las reglas que determinaron la respectiva elección, sea, designando a quien
ocupe la vicealcaldía primera del cantón. Por ello, al tenerse por acreditado
que la señora Laura Rebeca Morales Brenes, cédula de identidad n.°
3-0376-0850, es quien se desempeña en ese puesto, corresponde designarla como
alcaldesa de la Municipalidad de Paraíso. La designación referida rige desde
su juramentación y hasta el 30 de abril de 2020.
- Sustitución de la señora Morales
Brenes. Al designarse a la señora Morales Brenes como
alcaldesa de Paraíso, queda vacante la vicealcaldía primera de ese cantón,
puesto que es necesario suplir según lo interpretara esta Magistratura
Electoral en resolución n.° 1293-M-2011 de las 13:15 horas del 3 de marzo de
2011.
En efecto, al ser la vicealcaldesa primera
una funcionaria permanente de la corporación municipal, con las funciones
administrativas y operativas que le asigne el alcalde, debe sustituirse con
quien ocupe el puesto de vicealcaldesa segunda si sobreviene una ausencia
definitiva, como ocurre en este caso.
De este modo, al tenerse por acreditado que
la vicealcaldesa segunda de la citada corporación municipal es la señora
Milagro Bonilla Moya, cédula de identidad n.° 3-0357-0239, se le designa como
vicealcaldesa primera del referido gobierno local. Esta designación lo será
desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2020.
Por último, importa señalar que, en lo
atinente al puesto que deja vacante la señora Bonilla Moya como vicealcaldesa
segunda, no procede sustitución alguna dado que la normativa vigente no lo
prevé ni lo permite.
POR TANTO
Se cancela la credencial de alcalde de la
Municipalidad de Paraíso, provincia Cartago, que ostenta el señor Marvin
Solano Zúñiga. En su lugar, se designa a la señora Laura Rebeca Morales
Brenes, cédula de identidad n.° 3-0376-0850. De igual modo, se designa a la
señora Milagro Bonilla Moya, cédula de identidad n.° 3-0357-0239, como
vicealcaldesa primera. Ambas designaciones lo son desde las respectivas
juramentaciones por parte del Concejo Municipal y hasta el 30 de abril de 2020.
Notifíquese al señor Solano Zúñiga, a las señoras Morales Brenes y Bonilla
Moya y al Concejo Municipal de Paraíso. Publíquese en el Diario
Oficial.-
Luis Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría
Max
Alberto Esquivel Faerron
Exp. n.° 018-2019
Marvin Solano Zúñiga
Alcalde municipal de Paraíso,
Cartago
Cancelación de credenciales por
renuncia
ARL