N.º 1031-M-2017.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas del dos de febrero de dos mil diecisiete.


Diligencias de cancelación de credenciales de regidor suplente del cantón Alajuelita, provincia San José, que ostenta el señor Melvin Alejandro Rodríguez Macle, por incurrir, presuntamente, en la causal prevista en artículo 24 inciso b) del Código Municipal.


RESULTANDO

1.- Por oficio n.°  SM-Of-087-2016 del 2 de noviembre de 2016, recibido en la Secretaría del Despacho el día siguiente, la señora Emilia Martínez Mena, Secretaria del Concejo Municipal de Alajuelita, solicitó la cancelación de las credenciales de los señores Melvin Rodríguez Macle, regidor propietario, Alonso Mauricio Marín Tenorio, síndico propietario del distrito Alajuelita, Roberto José González Ugarte, síndico suplente del distrito San Josecito, Erick Alexander Retana Campos, síndico suplente del distrito San Antonio, y Betuel Mora Acuña, síndico suplente del distrito Concepción, por presuntas ausencias injustificadas a las sesiones del referido órgano local (folios 1 y 2).

2.- Este Tribunal, por resolución n.° 7396-M-2016 de las 13:00 horas del 4 de noviembre de 2016, rechazó la solicitud de cancelación de las credenciales de los señores Marín Tenorio, González Ugarte, Retana Campos y Mora Acuña; además, se dispuso tramitar en expediente separado lo relativo a la cancelación de la credencial del señor Rodríguez Macle (folios 40 a 42).

3.- Por auto de las 11:00 horas del 10 de noviembre de 2016, cuya notificación se tramitó a través de la empresa Correos de Costa Rica S.A., el Magistrado Instructor concedió audiencia al señor Rodríguez Macle a fin de que, dentro del término de ocho días hábiles, justificara sus ausencias o bien manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses (folios 43 a 47).

4.- Debido a que, según lo acreditó la empresa Correos de Costa Rica S.A., resultó imposible localizar al señor Rodríguez Macle, por auto de las 11:40 horas del 5 de enero de 2017, el Despacho Instructor ordenó notificar el auto reseñado en el resultando anterior por edicto en el Diario Oficial (folio 50).

5.- El edicto correspondiente fue publicado en La Gaceta n.° 8 del 11 de enero de 2017 (folio 52).

6.- En el procedimiento se ha observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De importancia para la resolución de este asunto se estiman, como debidamente demostrados, los siguientes: a) que el señor Melvin Alejandro Rodríguez Macle fue electo regidor suplente del cantón Alajuelita, provincia San José, según resolución del Tribunal n.° 1376-E11-2016 de las 14:30 horas del 26 de febrero de 2016 (folios 54 a 67); b) que, en su momento, el señor Rodríguez Macle fue postulado por el partido Nueva Generación (PNG) (folio 53 vuelto); c) que el señor Rodríguez Macle se ausentó injustificadamente de las sesiones del Concejo Municipal de Alajuelita desde el 16 de agosto y hasta el 25 de octubre ambas fechas de 2016 (folios 1, 2 y 21 a 39); d) que el señor Rodríguez Macle fue debidamente notificado del proceso de cancelación de credenciales en su contra, pero no contestó la audiencia conferida (folio 52); y, e) que el candidato que sigue en la nómina de regidores suplentes del PNG, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo en ese concejo municipal, es el señor Jonathan Miguel Arrieta Ulloa, cédula de identidad n.° 1-1247-0393 (folios 53 vuelto, 64 vuelto, 68 y 69).

II.- Sobre el fondo. El Código Municipal, en el artículo 24.b), dispone que es causal de pérdida de la credencial de regidor la ausencia injustificada a las sesiones del concejo por más de dos meses.

En cuanto a lo comunicado por el Concejo Municipal de Alajuelita y considerando el elenco de hechos que se han tenido por acreditados, se desprende que, en el período comprendido entre el 16 de agosto y hasta el 25 de octubre              ambas fechas de 2016, el señor Melvin Alejandro Rodríguez Macle se ausentó injustificadamente de las sesiones del concejo municipal del citado cantón y, pese a que fue debidamente notificado del proceso de cancelación de credenciales en su contra para que justificara sus ausencias, o bien, manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses, no respondió a la audiencia conferida. En consecuencia, lo procedente es cancelar la credencial de regidor suplente que ostenta el señor Rodríguez Macle, como en efecto se dispone.

III.- Sobre la sustitución del señor Rodríguez Macle. Al cancelarse la credencial del señor Rodríguez Macle, se produce una vacante de entre los regidores suplentes de la citada municipalidad que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, con el candidato de la misma naturaleza (regidor suplente) que siga en la lista del PNG, que no haya resultado electo ni haya sido designado para desempeñar el cargo, que en este caso es el señor Jonathan Miguel Arrieta Ulloa, cédula de identidad n.° 1-1247-0393, quien deberá ser juramentado por el Concejo Municipal de Alajuelita a la mayor brevedad. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril de 2020.

POR TANTO

Cancélese la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de Alajuelita, provincia San José, que ostenta el señor Melvin Alejandro Rodríguez Macle. En su lugar, se designa al señor Jonathan Miguel Arrieta Ulloa, cédula de identidad n.° 1-1247-0393. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinte. Notifíquese, de forma automática, al señor Rodríguez Macle. Comuníquese, además, al señor Arrieta Ulloa y al Concejo Municipal de Alajuelita. Publíquese en el Diario Oficial.

Eugenia María Zamora Chavarría

 

Max Alberto Esquivel Faerron                                    Mary Anne Mannix Arnold


Exp. n.° 398-E-2016

Cancelación de credenciales

Melvin Alejandro Rodríguez Macle

Regidor suplente, Alajuelita

ACT/smz.-