Nº 1265-M-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con diez minutos del cuatro de junio del dos mil siete.

Diligencias de cancelación de credencial de Concejal Propietaria de distrito San Marcos, cantón Tarrazú, provincia San José, que ostenta la señora Flor del Carmen Hernández Godínez.

RESULTANDO

1.- En oficio número ORTZ 065-2007 del 14 de febrero del 2007, el señor Rolando Ml. Ortiz Mora, en su condición de Jefe de la Oficina Regional de Tarrazú, remitió la nota suscrita por la señora Flor del Carmen Hernández Godínez, de fecha 02 de febrero del 2007, en la que formulaba la renuncia a su cargo de concejal propietaria en el distrito San Marcos, cantón Tarrazú, debido a que había asumido otros compromisos relacionados con el trabajo comunal.

2.- Mediante resolución de las 13:45 horas del 13 de marzo del 2007, este Tribunal, dio traslado al Concejo Municipal de Tarrazú de la renuncia formulada por la señora Flor del Carmen Hernández Godínez, a los efectos de que se pronunciara al respecto.

3.- En oficio número SM-152-2007, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 9 de mayo del 2007, la señora Teresita Blanco Meza, en su condición de Secretaria Municipal, comunicó el acuerdo tomado en la sesión ordinaria número 51-2007, celebrada el 2 de mayo del 2007, en el que se conoció la renuncia formulada por la señora Hernández Godínez.

4.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Bou Valverde; y,

CONSIDERANDO

I.- HECHOS PROBADOS. Para la resolución del presente asunto, se tienen por acreditados los siguientes: a) que por resolución número 0121-E-2007 de las siete horas con veinticinco minutos del 15 de enero del 2007, este Tribunal designó como Concejal Propietaria del distrito San Marcos, cantón Tarrazú, provincia San José, a la señora Flor del Carmen Hernández Godínez (copia de la citada resolución a folios 04 al 13 de este expediente); b) que la señora Hernández Godínez fue propuesta por el Partido Acción Ciudadana (ver nómina de candidatos visible a folio 3 de este expediente); c) que el Concejo Municipal de Tarrazú en la sesión ordinaria número 51-2007 celebrada el 2 de mayo de 2007, conoció la renuncia formulada por la señora Flor del Carmen Hernández Godínez, al cargo de Concejal Propietaria del distrito San Marcos (oficio número SM-152-2007, folio 16); f) que el primer Concejal Suplente en el Concejo de Distrito San Marcos, es el señor José Miguel Sánchez Navarro (folios 03 y 18); g) que la candidata a Concejal Suplente del distrito San Marcos que sigue en la nómina del Partido Acción Ciudadana que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar dicho cargo es la señora Ana Patricia Badilla Naranjo (ver misma prueba).

II.- SOBRE EL FONDO: El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia y sustitución de los concejales de distrito, estableciendo que:

“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo, con los suplentes del mismo partido político, siguiendo el orden de elección (el subrayado no es del original).

Este Tribunal, es del criterio que la renuncia formulada por un concejal en los términos establecidos en el artículo 56 del Código Municipal, constituye causal para la cancelación de la credencial que en ese carácter ostenta. Por ello, siendo que la señora Flor del Carmen Hernández Godínez renunció voluntariamente a su cargo como Concejal Propietaria y que su renuncia fue conocida por el Concejo Municipal, lo que procede es, según la norma transcrita, llenar el puesto vacante con el primer Concejal Suplente electo por el Partido Acción Ciudadana, que es el señor José Miguel Sánchez Navarro, quien deberá ser juramentado como Concejal Propietario por el Concejo Municipal de Tarrazú, para que integre el Concejo de Distrito de San Marcos.

III.- Ahora bien, en lo que respecta a la vacante que se produce entre los concejales suplentes por la designación del señor Sánchez Navarro como Concejal Propietario, conforme a la interpretación realizada por este Tribunal en resolución número 858-M-2003 de las 09:30 horas del 16 de mayo del 2003, procede en aplicación analógica de lo dispuesto en los artículos 25 inciso d) del Código Municipal, completar el número de suplentes, escogiendo entre los candidatos que no resulten electos, a quien había seguido según las reglas que determinaron la elección.

En el caso concreto, al probarse en autos que la candidata a Concejal Suplente que sigue en la lista propuesta por el Partido Acción Ciudadana, que no fue electa ni ha sido designada por el Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Ana Patricia Badilla Naranjo, es a ella a quien se designa para completar de esta manera el número de concejales suplentes del Concejo de Distrito San Marcos, quien deberá ser juramentada como concejal suplente por el Concejo Municipal de Tarrazú, para que integre el citado Concejo de Distrito.

POR TANTO

Se cancela la credencial de Concejal Propietaria del distrito San Marcos, cantón Tarrazú, provincia San José, que ostenta la señora Flor del Carmen Hernández Godínez. Para reponer la vacante que se produce con la anterior cancelación y completar así el número de concejales de distrito propietarios por el Partido Acción Ciudadana en dicho distrito, se designa al señor José Miguel Sánchez Navarro como Concejal Propietario. Asimismo, para suplir la vacante producida por esta última designación y completar el número de concejales suplentes del Partido Acción Ciudadana, se designa a la señora Ana Patricia Badilla Naranjo. Estas designaciones rigen a partir de la juramentación y hasta el seis de febrero de dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes.

  

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría Zetty Bou Valverde

  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Exp. 068-F-2007

Cancelación de credenciales

Flor Del Carmen Hernández Godínez, Concejal Propietaria

Concejo de Distrito San Marcos, Municipalidad Tarrazú

JLRS/lpm