N.° 1758-M-2022.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.  San José, a nueve horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós.

Cancelación de credenciales del señor Carlos Andrés Robles Obando, regidor propietario de la Municipalidad de Puntarenas, provincia Puntarenas.

RESULTANDO

1.- Por resolución n.° 1555-E11-2022 de las 15:45 horas del 16 de marzo de 2022, este Tribunal declaró electo –entre otros– al señor Carlos Andrés Robles Obando, cédula de identidad n.º 6-0297-0099, como diputado a la Asamblea Legislativa para el período constitucional comprendido entre el 1.° de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2026. En ese acto jurisdiccional, se le indicó al señor Robles Obando que tenía un plazo de tres días hábiles para oponerse a su designación parlamentaria y conservar así su cargo de regidor propietario de la Municipalidad de Puntarenas; de no presentar objeción, se entendería que su voluntad era asumir como diputado y, habida cuenta de la incompatibilidad constitucional entre ambos puestos, se procedería a cancelar la credencial que ostenta en el gobierno local del citado cantón (folios 1 a 7).

2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Bou Valverde; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución de este asunto se tienen, como debidamente demostrados, los siguientes: 1) que el señor Carlos Andrés Robles Obando fue electo regidor propietario de la Municipalidad de Puntarenas, provincia Puntarenas (ver resolución de este Tribunal n.° 1565-E11-2020 de las 11:05 horas del 3 de marzo de 2020, folios 10 a 14); 2) que el señor Robles Obando fue postulado, en su momento, por el partido Unidad Social Cristiana (PUSC) (folio 9); 3) que este Tribunal, por resolución n.° 1555-E11-2022 de las 15:45 horas del 16 de marzo de 2022, declaró electo al señor Carlos Andrés Robles Obando como diputado a la Asamblea Legislativa para el período constitucional comprendido entre el 1.° de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2026 (folios 1 a 7); 4) que esa declaratoria de elección como legislador le fue notificada al interesado el 17 de marzo de 2022 (folio 8); y, 5) que el candidato que sigue en la nómina de regidores propietarios del PUSC, que no ha sido electo ni designado por esta Autoridad Electoral para ejercer el cargo en el citado gobierno local, es el señor Mauricio García García, cédula de identidad n.° 6-0222-0862 (folios 9, 12 vuelto, 15 y 17).

II.- Hechos no probados. Ninguno de relevancia para el dictado de esta resolución.

III.- Sobre el fondo. Al existir una incompatibilidad constitucional sobreviniente entre el cargo de regidor propietario de Puntarenas que actualmente ostenta el señor Robles Obando y su designación como diputado a la Asamblea Legislativa (para el período comprendido entre el 1.° de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2026), este Tribunal, en la resolución n.° 1555-E11-2022 de las 15:45 horas del 16 de marzo de 2022, indicó que tal declaratoria de elección como legislador tendría plena eficacia jurídica si el interesado, en los tres días hábiles siguientes, no planteaba una objeción al respecto. 

De esa suerte, al haber transcurrido el plazo otorgado sin que el señor Robles Obando hubiera objetado su elección como diputado a la Asamblea Legislativa, lo procedente es, tal y como se advirtió en el acto jurisdiccional antes indicado, disponer la cancelación –a partir del 1.° de mayo próximo– de su credencial como funcionario municipal de elección popular.

IV.- Sobre la sustitución del señor Robles Obando. Al cancelarse la credencial del señor Carlos Andrés Robles Obando, se produce una vacante entre los regidores propietarios de la citada municipalidad que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sea, con la candidata de la misma naturaleza (edil propietario) que sigue en la lista del PUSC, que no ha sido electa ni designada para desempeñar tal cargo.

Por ello, al tenerse por acreditado que el señor Mauricio García García, cédula de identidad n.° 6-0222-0862, es quien se encuentra en tal condición, se le designa para reponer la vacante. Esta designación lo será por el período que va desde el 1.° de mayo de 2022 hasta el 30 de abril de 2024.

POR TANTO

Se cancela, a partir del 1.° de mayo de 2022, la credencial de regidor propietario de la Municipalidad de Puntarenas, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Carlos Andrés Robles Obando. En su lugar, se designa al señor Mauricio García García, cédula de identidad n.° 6-0222-0862. Esa designación rige del 1.° de mayo del año en curso y hasta el 30 de abril de 2024. Notifíquese a los señores Robles Obando y García García, así como al Concejo Municipal de Puntarenas. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Luz de los Ángeles Retana Chinchilla


Hugo Ernesto Picado León       Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

 

 

 

Exp. n.º 135-2022

ACT/smz.-