Nº 2029-M-2006.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las once horas con cuarenta minutos del cuatro de julio del dos mil seis.
Diligencias de cancelación de credencial de regidor propietario de la Municipalidad del Cantón Central de Heredia, Provincia de Heredia, que ostenta el señor José Francisco Garita Vílchez.
RESULTANDO
1.- Mediante oficio recibido en la Secretaría del Tribunal el día seis de marzo del año dos mil seis, el señor José Francisco Garita Vílchez, presentó su renuncia al cargo de regidor propietario por la Municipalidad del Cantón Central de Heredia, Provincia de Heredia (folio 1).
2.- Mediante auto de las doce horas con diez minutos del quince de marzo del dos mil seis se solicitó al Concejo Municipal del cantón Central de Heredia indicar y remitir: 1) si la renuncia que gestiona el señor Garita Vílchez fue conocida y aceptada por el Concejo Municipal de Heredia y de ser así, enviar copia debidamente certificada de la sesión municipal en que tal renuncia se conoció y se aceptó; 2) certificación de la dirección exacta en que pueda ser notificado el señor Garita Vílchez (folio 16); esta audiencia por un error material no fue debidamente notificada al Concejo Municipal indicado.
3.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Casafont Odor; y,
CONSIDERANDO
I. Hechos probados. Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a). Que el señor José Francisco Garita Vílchez fue nombrado como regidor propietario de la Municipalidad del cantón Central de Heredia, provincia de Heredia, pues habiendo sido presentado en la nómina de candidatos del Partido Unidad Social Cristiana (folio 02), fue declarado así por este Tribunal en la Resolución 586-E-2002 de las ocho horas y quince minutos del diecinueve de abril del año dos mil dos (folios 3 y 9). b). Que por un error material el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia no fue debidamente notificado (folio 17).
II. Sobre el fondo. De conformidad con lo que establece el artículo 25 del Código Municipal, corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a los regidores municipales; por ello, es a partir del momento en que este Órgano Electoral declara la respectiva cancelación, que jurídicamente cesa el nombramiento del funcionario. El nombramiento del regidor propietario José Francisco Garita Vílchez en la Municipalidad del cantón Central de Heredia concluyó el día 8 de mayo del año en curso, al terminar el período por el cual resultó electo. En virtud de lo expuesto, estas diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual y lo que corresponde es ordenar el archivo del expediente.
POR TANTO
Archívese el expediente. Notifíquese al Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, provincia de Heredia.
Oscar Fonseca Montoya
Juan Antonio Casafont Odor Ovelio Rodríguez Chaverri
Marisol Castro Dobles Fernando del Castillo Riggioni
Exp. Nº 628-CO-2006
José Francisco Garita Vílchez
Regidor propietario
Municipalidad de Heredia
Vcm/lpm