Nº 2112-M-2006.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas treinta minutos del trece de julio de dos mil seis.
Diligencias de cancelación de la credencial que como síndica propietaria del distrito Ipís, cantón Goicoechea, provincia de San José, ostenta la señora Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón.
RESULTANDO
1.- En escrito recibido en el fax de la Secretaría de este Tribunal el 22 de mayo de 2006 (folio 1), la señora Zahyra Artavia Blanco, Jefe del Departamento de Secretaría de la Municipalidad de Goicoechea, comunica a este Tribunal la elección de la señora Norma Morales Benavides como regidora propietaria para el período 2006-2010, quien además funge como sÍndica propietaria electa para el período 2003-2007, por lo que solicita reponer en el puesto de síndico propietario al señor Jorge Arturo Barquero Arroyo.
2.- Mediante resolución de las 7:50 horas del 22 de junio de 2006, siete horas con cincuenta minutos del veintidós de junio del dos mil seis, este Tribunal previno al Concejo Municipal de Goicoechea indicar si en la presentación del presente asunto media renuncia formal de la señora Morales Benavides a alguno de los cargos municipales para los que fue electa, y dado el caso, informar si dicha renuncia ya fue conocida por ese Concejo, con la remisión del original o copia certificada de la carta de renuncia, el respectivo acuerdo del Concejo Municipal, e indicar la dirección exacta en que pueda ser notificada la señora Morales Benavides.
3.- Mediante oficio SM-818-06, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 12 de julio de 2006 (folio 39), la señora Zahyra Artavia Blanco, en su condición de Jefe del Departamento de Secretaría de la Municipalidad de Goicoechea, remitió a este Tribunal la nota suscrita por la señora Norma Morales Benavides en que renunció al cargo de síndica propietaria por el Partido Independiente Obrero, y puso en conocimiento lo acordado por el Concejo Municipal en artículo 20º de la sesión ordinaria número 26-06 del 3 de julio de 2006, en que dispuso aceptar dicha renuncia como síndica propietaria.
4.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones legales.
Redacta el Magistrado Rodríguez Chaverri, y;
CONSIDERANDO
I.- HECHOS PROBADOS. Para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que las señora Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón es síndica propietaria por el distrito Ipís, cantón Goicoechea, provincia de San José, pues habiendo figurado como candidata resultó electa y así lo declaró este Tribunal en resolución número 062-E-2003 de las 9:35 horas del 27 de enero de 2003 (copia de la citada resolución a folio 6 de este expediente); b) que la señora Morales Benavides fue propuesta por el Partido Independiente Obrero (copia de la nómina a folio 5 y de la citada resolución a folio 6 del expediente); c) que en memorial fechado 22 de junio de 2006, la señora Morales Benavides presentó ante el Concejo Municipal de Goicoechea su renuncia al cargo de síndica propietaria del distrito Ipis, cantón Goicoechea, provincia de San José, en virtud de haber sido electa como regidora propietaria del Concejo Municipal de Goicoechea (copia del escrito visible a folio 40 de este expediente); d) que el Concejo Municipal de Goicoechea, provincia de San José, mediante acuerdo adoptado en el artículo 20º de la sesión ordinaria número 26-06, celebrada el 3 de julio de 2006, conoció y aceptó la renuncia de la señora Norma Morales Benavides como síndica propietaria; e) que el síndico suplente del distrito Ipís, cantón Goicoechea, provincia de San José, por el Partido Independiente Obrero, es el señor Jorge Arturo Barquero Arroyo (copia de la nómina a folio 5 y de la resolución 062-E-2003 a folio 6 de este expediente).
II.- SOBRE EL FONDO. A partir de lo dispuesto en el artículo 58 del Código Municipal, queda claro que a los síndicos les resultan aplicables las disposiciones del Título III de ese mismo cuerpo legal en punto a requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de los regidores. Siendo que el artículo 24 ibídem, inciso c), dispone que es causal de pérdida de la credencial de regidor la renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo Municipal, al constatar que dicho órgano en la Municipalidad de Goicoechea, provincia de San José, conoció de la renuncia presentada por la señora Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón, lo procedente es cancelar su credencial de síndica propietaria.
Al cancelarse la credencial de la señora Morales Benavides se produce una vacante en la Municipalidad antes mencionada que es necesario llenar conforme lo dispuesto en los artículos 58 y 25, inciso c), del Código Municipal. Al haberse probado en autos que el síndico suplente por el Partido Independiente Obrero, en el distrito Ipís, del cantón Goicoechea, provincia de San José, es el señor Jorge Arturo Barquero Arroyo, se le designa para llenar la vacante que dejó la señora Morales Benavides como síndica propietaria.
POR TANTO
Se cancela la credencial que como síndica propietaria por el distrito Ipís, cantón Goicoechea, provincia de San José, ostenta la señora Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón, designándose en dicho cargo al señor Jorge Arturo Barquero Arroyo. Dicha designación rige a partir de la juramentación del señor Barquero Arroyo y finaliza en el momento que los síndicos electos en las elecciones de diciembre de 2006 asuman sus cargos. Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese esta resolución a la señora Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón, al señor Jorge Arturo Barquero Arroyo, así como al Concejo Municipal de Goicoechea.-
Oscar Fonseca Montoya
Luis Antonio Sobrado González Juan Antonio Casafont Odor
Ovelio Rodríguez Chaverri Zetty Bou Valverde
Exp. 714-R-2006
Cancelación de credenciales
Síndica propietaria, Municipalidad de Goicoechea, San José
Norma Morales Benavides c.c. Norma María Morales Calderón
VMM/er