N.° 3198-M-2019.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil diecinueve.
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del distrito Llano Grande, cantón Cartago, provincia Cartago, que ostenta la señora Paola Rivera Barquero.
RESULTANDO
1.- Por escrito del 16 de mayo de 2019, recibido en la Secretaría del Despacho ese día, la señora Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria del Concejo Municipal de Cartago, informó que ese órgano, en la sesión n.° 237-2019 del 14 de mayo del año en curso, conoció de la renuncia de la señora Paola Rivera Barquero, concejal propietaria del Concejo de Distrito de Llano Grande. Junto con el referido acuerdo, se remitió copia certificada mediante firma digital de la carta de dimisión de la interesada (folios 1 a 3).
2.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados. De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Paola Rivera Barquero, cédula de identidad n.° 3-0373-0254, fue electa concejal propietaria del distrito Llano Grande, cantón Cartago, provincia Cartago (ver resolución n.° 1733-E11-2016 de las 15:00 horas del 8 de marzo de 2016, folios 5 a 13); b) que la señora Rivera Barquero fue postulada, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 4 vuelto); c) que la señora Rivera Barquero renunció a su cargo y su dimisión fue conocida por el Concejo Municipal de Cartago en la sesión n.° 237-2019, celebrada el 14 de mayo del año en curso (folios 1 a 3); y, d) que el candidato a concejal propietario que sigue en la respectiva nómina propuesta por el PLN, que no ha sido electo ni designado por este Tribunal para desempeñar tal cargo, es el señor Michael Andrés Camacho Mora, cédula de identidad n.º 3-0413-0068 (folios 4 vuelto, 12, 14 y 16).
II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Rivera Barquero. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar su sustitución.
Ante la renuncia de la señora Paola Rivera Barquero a su cargo de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Llano Grande, cantón Cartago, provincia Cartago, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de propietarios que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer ese cargo.
III.- Sobre la sustitución de la señora Rivera Barquero. En el presente caso, al haberse tenido por probado que el candidato que sigue en la nómina del PLN, que no ha sido electo ni designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Michael Andrés Camacho Mora, cédula de identidad n.º 3-0413-0068, se le designa como concejal propietario del distrito Llano Grande, cantón Cartago, provincia Cartago. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinte.
POR TANTO
Se cancela la credencial de concejal
propietaria del Concejo de Distrito de Llano Grande, cantón Cartago, provincia
Cartago, que ostenta la señora Paola Rivera Barquero. En su lugar, se designa
al señor Michael Andrés Camacho Mora, cédula de identidad n.º 3-0413-0068.
La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta
de abril de dos mil veinte. Notifíquese a los señores Rivera Barquero y
Camacho Mora, al Concejo Municipal de Cartago y al Concejo de Distrito de Llano
Grande. Publíquese en el Diario Oficial.
Luis Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría Max Alberto Esquivel Faerron
Exp. n.° 175-2019
ACT/smz.-