N.° 3254-M-2021.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las diez horas quince minutos del seis de julio del dos mil veintiuno.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietario del distrito Curridabat, cantón Curridabat, provincia San José, que ostenta el señor Alexander Monge Figueroa.

RESULTANDO

1.- Por nota recibida en la ventanilla única de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE) el 23 de junio de 2021, el señor Alexander Monge Figueroa renunció a su cargo de concejal propietario del distrito Curridabat, cantón Curridabat, provincia San José (folio 1).

2.- El Magistrado Instructor, en auto de las 10:35 horas del 24 de junio de 2021, previno al Concejo Municipal de Curridabat para que se pronunciara acerca de la dimisión del señor Monge Figueroa (folio 3).

3.- La señora Dayana Álvarez Cisneros, secretaria del Concejo Municipal de Curridabat, en oficio n.º MC-CM 236-06-2021 del 30 de junio de 2021, comunicó que ese órgano, en la sesión ordinario n.º 61-2021 del 29 de junio del año en curso, dispuso aceptar la dimisión del señor Monge Figueroa (folio 7).

4.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta el Magistrado Picado León; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Alexander Monge Figueroa, cédula de identidad n.° 1-1126-0503, fue electo concejal propietario del distrito Curridabat, cantón Curridabat, provincia San José (ver resolución n.º 1755-E11-2020 de las 15:25 horas del 10 de marzo de 2020, folios 9 a 11); b) que el señor Monge Figueroa fue propuesto, en su momento, por el partido Curridabat Siglo XXI (PCSXXI) (folio 8); c) que el señor Monge Figueroa renunció a su cargo (folio 1);               d) que el Concejo Municipal de Curridabat, en la sesión ordinaria n.º 61-2021 del 29 de junio de 2021, conoció la renuncia del señor Monge Figueroa (folio 7); y, e) que el señor Luis Gustavo Cedeño Sánchez, cédula de identidad n.º 1-1443-0562, es el candidato a concejal propietario -propuesto por el PCSXXI- que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar ese cargo (folios 8, 10 vuelto, 12 y 13).

II.- Sobre la renuncia formulada por el señor Monge Figueroa. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia del señor Alexander Monge Figueroa a su cargo de concejal propietario del Concejo de Distrito de Curridabat, cantón Curridabat, provincia San José, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante.

III.- Sobre la sustitución del señor Monge Figueroa. Al cancelarse la credencial del señor Alexander Monge Figueroa se produce una vacante que es necesario suplir, con el candidato no electo que sigue en la nómina propuesta por el PCSXXI para las concejalías propietarias de Curridabat.

Por ello, al haberse tenido por probado que el señor Luis Gustavo Cedeño Sánchez, cédula de identidad n.º 1-1443-0562, es quien se encuentra en tal supuesto, se le designa como concejal propietario del citado distrito. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal propietario del Concejo de Distrito de Curridabat, cantón Curridabat, provincia San José, que ostenta el señor Alexander Monge Figueroa. En su lugar, se designa al señor Luis Gustavo Cedeño Sánchez, cédula de identidad n.º 1-1443-0562. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Notifíquese a los señores Monge Figueroa y Cedeño Sánchez, al Concejo Municipal de Curridabat y al Concejo de Distrito de Curridabat. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González



Max Alberto Esquivel Faerron     Luz de los Ángeles Retana Chinchilla



Hugo Ernesto Picado León      Fernando del Castillo Riggioni

 

 

 

 

 

Exp. n.° 212-2021

ACT/smz.-