N.° 3257-M-2024.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas del diecinueve de abril de dos mil veinticuatro.

 

Cancelación de credencial de alcalde de la Municipalidad de Curridabat, provincia San José, que ostenta el señor Jimmy Cruz Jiménez.

 

RESULTANDO

1.- Por oficio n.° MC-ALC-0252-04-2024 del 9 de abril de 2024, recibido en la Secretaría del Despacho el día siguiente, el señor Jimmy Cruz Jiménez renunció a su cargo de alcalde de la Municipalidad de Curridabat, provincia San José (folio 2).

2.- La Magistrada instructora, en auto de las 9:05 horas del 17 de abril de 2024, puso en conocimiento del Concejo Municipal de Curridabat la dimisión del señor Cruz Jiménez para que, si a bien lo tenía, se pronunciara sobre el particular (folio 5).

3.- La señora Dayana Álvarez Cisneros, secretaria del Concejo Municipal de Curridabat, en oficio n.° MC-CM 00132-04-2024 del 18 de abril de 2024, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.° 207-2024 del 16 de abril de 2024, conoció la renuncia del señor Cruz Jiménez (folio 11).

4.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Mannix Arnold; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Jimmy Cruz Jiménez fue electo Alcalde de la Municipalidad de Curridabat, provincia San José, para el periodo 2020-2024 (ver resolución n.° 1280-E11-2020 de las 10:00 horas del 21 de febrero de 2020, folios 13 a 16); b) que ese ciudadano fue postulado, en su momento, por el partido Curridabat Siglo XXI (PCSXXI) (folio 12); c) que el señor Cruz Jiménez renunció a su cargo a partir del 16 de abril de 2024 (folio 2); d) que el Concejo Municipal de Curridabat, en la sesión ordinaria n.° 207-2024 del 16 de abril de 2024, conoció la renuncia del señor Cruz Jiménez (folio 11); e) que la señora Ana Lucía Ferrero Mata, cédula de identidad n.° 105230212, fue electa, Vicealcaldesa primera de la Municipalidad de Curridabat (folios 12, 16 y 17); y, f) que el PCSXXI no inscribió candidatura a la Vicealcaldía segunda de Curridabat, por lo que ese puesto se ha mantenido vacante (folios 12, 16 y 17).

II.- Sobre la renuncia presentada. El Código Electoral señala que corresponde a este Tribunal acordar la cancelación de credenciales de las personas funcionarias de elección popular en los supuestos expresamente previstos por la ley (artículo 253). De igual manera, el artículo 25.b) del Código Municipal precisa que este Colegiado es el órgano constitucional competente para, entre otras, cancelar o declarar la nulidad de las credenciales conferidas a quienes se desempeñen en las alcaldías municipales.

Ahora bien, el numeral 18.f) del citado Código Municipal establece que será causal pérdida de la credencial de alcalde el “Renunciar voluntariamente a su puesto”. De esa suerte, ante la dimisión del señor Jimmy Cruz Jiménez a su cargo de alcalde de la Municipalidad de Curridabat, provincia San José, lo procedente es cancelar su credencial, como en efecto se dispone.

III.- Sobre la sustitución del señor Cruz Jiménez. Al cancelarse la credencial del alcalde municipal se produce una vacante que es necesario suplir de acuerdo con las reglas que determinaron la respectiva elección, sea, designando a quien ocupe la vicealcaldía primera del cantón. Por ello, al tenerse por acreditado que la señora Ana Lucía Ferrero Mata, cédula de identidad                   n.° 105230212, es quien se desempeña en ese puesto, corresponde designarla como Alcaldesa de la Municipalidad de Curridabat.

IV.- Sustitución de la señora Ferrero Mata. Al designarse a la señora Ana Lucía Ferrero Mata como Alcaldesa de Curridabat, queda vacante la Vicealcaldía primera de ese cantón, cargo que no es dable suplir en tanto, como se tuvo por acreditado, el gobierno local carece de Vicealcaldía segunda.

POR TANTO

Se cancela la credencial de Alcalde de la Municipalidad de Curridabat, provincia San José, que ostenta el señor Jimmy Cruz Jiménez. En su lugar, se designa a la señora Ana Lucía Ferrero Mata, cédula de identidad n.° 105230212. Esta designación lo es desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2024. Notifíquese al señor Cruz Jiménez, a la señora Ferrero Mata y al Concejo Municipal de Curridabat. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Zetty María Bou Valverde


Luis Diego Brenes Villalobos      Mary Anne Mannix Arnold

 

 

 

 

 

 

Exp. n.° 104-2024

ACT/smz.-