N.° 3621-M-2024.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil veinticuatro.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de concejal suplente del distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la señora Mariana Obando Arroyo.

 

 

RESULTANDO

          1.- En oficio n.° SC-AC-0406-ORD.01-2024 del 7 de mayo de 2024, recibido en la Secretaría del Despacho el 10 de esos mismos mes y año, el señor Mauricio Antonio Salas Vargas, secretario del Concejo Municipal de Montes de Oca, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.° 01/2024 del 6 de mayo de 2024, conoció la renuncia de la señora Mariana Obando Arroyo, concejal suplente del distrito Mercedes. Junto con ese documento, se recibió copia de la carta de dimisión de la funcionaria interesada, respaldada con la firma digital del señor secretario municipal (folios 2 a 4).

          2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

          Redacta la Magistrada González Araya; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados.  De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Mariana Obando Arroyo, cédula de identidad n.° 603870793, fue electa concejal suplente del distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José (ver resolución                 n.° 2439-E11-2024 de las 12:20 horas del 18 de marzo de 2024, folios 6 a 9);              b) que la señora Obando Arroyo fue propuesta, en su momento, por la Coalición Gente Montes de Oca (CGMO) (folio 5); c) que la señora Obando Arroyo renunció a su cargo (folios 3 y 4); d) que el Concejo Municipal de Montes de Oca, en la sesión ordinaria n.° 01/2024 del 6 de mayo de 2024, conoció de la dimisión de la señora Obando Arroyo (folio 2); y, e) que las listas de candidaturas presentadas por la CGMO, para competir por las concejalías propietarias y suplentes del distrito Mercedes, se agotaron (folios 5, 9 y 10).

II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Obando Arroyo. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia de la señora Mariana Obando Arroyo a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito de Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante.

III.- Sobre la sustitución de la señora Obando Arroyo. Al cancelarse la credencial de la señora Mariana Obando Arroyo, se produce una vacante entre los concejales suplentes del citado Concejo de Distrito que es necesario suplir; no obstante, al haberse agotado tanto la nómina de candidaturas a los puestos titulares y la lista a los cargos suplentes de ese órgano, la citada plaza no puede ser suplida y, en consecuencia, queda vacante (sobre esa imposibilidad de sustitución, ver, entre otras, la sentencia n.º 5757-M-2020).

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la señora Mariana Obando Arroyo. Notifíquese a la señora Obando Arroyo, al Concejo Municipal de Montes de Oca y al Concejo de Distrito de Mercedes. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos



Hugo Ernesto Picado León       Wendy de los Ángeles González Araya


 

 

 

Exp. n.º 161-2024

ACT/smz.-