N.° 4000-M-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas del veintinueve de julio de dos mil once.

Denuncia formulada por el señor Óscar Alberto Talavera Bellido, entonces primer alcalde suplente de la Municipalidad de Liberia, contra el señor Eugenio Román Ocampo, regidor propietario de ese cantón.

RESULTANDO

1.- Mediante escrito presentado el 21 de setiembre de 2010 en la Secretaría de este Tribunal, el señor Óscar Alberto Talavera Bellido, entonces primer alcalde suplente de la Municipalidad de Liberia, solicitó se investigara al señor Eugenio Román Ocampo, regidor propietario de esa misma corporación municipal, por considerar que incurrió en una serie de actos irregulares que configuran faltas contra la Hacienda Pública (folios 1 al 26).

2.- En auto de las 14:20 horas del 3 de marzo de 2011, este Tribunal remitió el asunto a la Contraloría General de la República para lo de su cargo, quedando a la espera de un pronunciamiento por parte del órgano contralor (folio 52).

3.- En virtud de que, conforme al artículo 100 de la Constitución Política, el nombramiento de la Magistrada Zetty Bou Valverde cesó a partir del 5 de marzo del 2011, el presente expediente, mediante resolución de las 13:14 horas del 7 de marzo del 2011, se returnó al Magistrado Luis Antonio Sobrado González (folio 56).

4.- Mediante oficio número 5920 del Área de Denuncias e Investigaciones de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República del 30 de junio de 2011 (DFOE-DI-1310), suscrito por los señores Navil Campos Paniagua y Carlos Manuel González Barrantes, y presentado vía fax ante la Secretaría de este Tribunal el 6 de julio de 2011, el órgano contralor se pronunció sobre los hechos puestos en su conocimiento (folios 60 al 64).

4.- En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Redacta la Magistrada Bou Valvede; y,

CONSIDERANDO

ÚNICO.- En oficio número 5920 del Área de Denuncias e Investigaciones de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República del 30 de junio de 2011 (DFOE-DI-1310), los señores Navil Campos Paniagua, Gerente de Área, y Carlos Manuel González Barrantes, Fiscalizador Asociado, informaron lo siguiente:

“Una vez realizadas las valoraciones del caso y conforme con los Lineamientos mencionados, se determina que la presente denuncia no cumple con la totalidad de los requisitos esenciales enunciados en el artículo 6 de los Lineamientos para la atención de denuncias planteadas a la Contraloría General de la República; lo anterior, por cuanto los hechos denunciados no se exponen en forma clara, precisa y circunstanciada; tampoco brinda datos suficientes como es el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos. No cumple con lo estipulado en el artículo 7 de dichos Lineamientos, pues no brinda información complementaria como probables testigos y el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.

En razón de lo expuesto, esta Área de Denuncias e Investigaciones le comunica la desestimación de su gestión, con fundamento en lo establecido por el artículo 12, incisos 1, 3, 5 y 9 de los Lineamientos citados anteriormente …” (el resaltado no es del original).


En virtud de que, a juicio del órgano contralor, los hechos denunciados y los elementos probatorios aportados no cumplen con los requerimientos necesarios para ordenar el inicio de una investigación contra el señor Eugenio Román Ocampo, regidor propietario de la Municipalidad de Liberia, lo que procede es ordenar el archivo del expediente.

POR TANTO

Se ordena el archivo de la denuncia formulada contra el señor Eugenio Román Ocampo, Regidor Propietario de la Municipalidad de Liberia.  Notifíquese al señor Talavera Bellido y al señor Román Ocampo. Comuníquese a la Contraloría General de la República.


Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Faerron Esquivel                                      Zetty Bou Valverde





Exp. 409-B-2010

Cancelación de Credencial

Eugenio Román Ocampo, Regidor Propietario

Municipalidad de Liberia

JLR/er.-