N.° 6179-M-2010.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las catorce horas veinte minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez.
Diligencias de cancelación de credenciales de alcaldesa propietaria de la Municipalidad de Alajuela que ostenta la señora Joyce Mary Zürcher Blen, por presunta violación al artículo 15 inciso c) del Código Municipal.
RESULTANDO
1.- Mediante oficio número PAC-DSIAS-0424-2009, suscrito por el señor Sergio Iván Alfaro Salas, entonces Diputado de la República, y memorial suscrito por el señor Luis Rolando Barrantes Chinchilla, síndico propietario del distrito San Antonio, cantón Central, provincia Alajuela, se denuncia que la señora Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal de Alajuela, trasladó su residencia habitual fuera de ese cantón, ya que la citada funcionaria en oficio número 0111-AM-EX2009 del 2 de marzo del 2009 manifestó que, desde hace pocas semanas, reside en el cantón de Santa Ana (ver folios 1 al 4).
2.- Mediante resolución de las 10:05 horas del 7 de julio del 2009 este Tribunal ordenó a la Inspección Electoral que procediera con la apertura del procedimiento administrativo de cancelación de credenciales contra la señora Zürcher Blen (folio 5).
3.- Mediante resolución de las 09:30 horas del 23 de setiembre del 2009, la Inspección Electoral, en su condición de Órgano Director del Procedimiento, ordenó la apertura del procedimiento administrativo contra la señora Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Propietaria de la Municipalidad de Alajuela, por el presunto traslado de su domicilio a otro cantón (ver folios 168 a 174).
4.- En escrito recibido el 29 de setiembre del 2009 en la Inspección Electoral la señora Joyce Zürcher Blen interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución dictada por la Inspección Electoral (folios 188 al 203).
5.- Mediante resolución de las 13:10 horas del 30 de setiembre del 2009 la Inspección Electoral rechazó de plano el recurso de revocatoria interpuesto, por inadmisible, y remitió el de apelación para ante este Tribunal (folios 205 al 207).
6.- Mediante resolución número 4583-M-2010 de las 10:50 horas del 16 de octubre del 2009 este Tribunal declaró inadmisible el recurso de apelación y remitió el expediente a la Inspección Electoral (folios 211 al 213).
7.- Mediante oficio número IE-023-2010 del 14 de enero del 2010 el señor Jaime Gerardo Garita Sánchez, entonces Inspector Electoral, remitió el informe del procedimiento administrativo realizado (folios 460 al 469).
8.- Mediante resolución de las 08:05 horas del 27 de enero del 2010 este Tribunal dispuso suspender el dictado de la resolución final de este asunto, hasta que la Sala Constitucional resolviera la acción de inconstitucionalidad formulada contra el criterio jurisprudencial que obliga a los regidores y alcaldes a mantener, durante el desempeño del cargo, una residencia en el cantón en que sirven el cargo (folio 470).
9.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
CONSIDERANDO
Único.- En virtud de que este Tribunal, mediante resolución número 6061-M-2010 de las 12:15 horas del 13 de setiembre del 2010, canceló por otra causa las credenciales de alcaldesa propietaria de la Municipalidad de Alajuela que ostentaba la señora Joyce Zürcher Blen (ver folios 474 y siguientes), las presentes diligencias de cancelación de credenciales carecen de interés actual, por lo que se ordena su archivo.
POR TANTO
Se ordena el archivo de las presentes diligencias. Notifíquese.
Luis Antonio Sobrado González
Eugenia María Zamora Chavarría
Max Alberto Esquivel Faerron
Mario Seing Jiménez
Zetty Bou Valverde
Exp. n.º 211-S-2009
Cancelación Credenciales
C/Joyce Zürcher Blen
Alcaldesa Alajuela
JLR/er.-