N.° 6472-M-2024.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veinticuatro.

Diligencias de cancelación de credenciales de dos concejales del distrito Santa María, cantón Dota, provincia San José.

RESULTANDO

1.- En oficio n.° 185-SCMD-24 del 27 de agosto de 2024 (recibido por correo electrónico en la Secretaría del Despacho el día siguiente), el señor Alexander Martín Díaz Garro, secretario del Concejo Municipal de Dota, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.° 00017-2024 del 26 de agosto de 2024, conoció las renuncias de las señoras Andrea Ureña Mora y María Dalila Sandí Solís a las concejalías propietaria y suplente del distrito Santa María. Junto con el acuerdo respectivo se remiten copias certificadas de las cartas de dimisión de las interesadas (folios 1 a 3).

2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.   

          Redacta la Magistrada Mannix Arnold; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Andrea Ureña Mora, cédula de identidad n.° 305530323, fue designada concejal propietaria del distrito Santa María, cantón Dota, provincia San José, para el período 2024-2028 (ver resolución de este Tribunal n.º 2443-E11-2024 de las 12:40 horas del 18 de marzo de 2024 a folios 4 al 6); b) que la señora María Dalila Sandí Solís, cédula de identidad n.° 305530323, fue electa concejal suplente de la citada circunscripción (ver misma prueba); c) que las señoras Ureña Mora y Sandí Solís fueron propuestas, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 8); d) que las señoras Ureña Mora y Sandí Solís renunciaron a sus cargos de concejal propietaria y concejal suplente, respectivamente (folios 2 y 3); e) que el Concejo Municipal de Dota, en su sesión ordinaria n.° 00017 del 26 de agosto del año en curso, conoció las dimisiones de las señoras Ureña Mora y Sandí Solís (folios 1 y 2); f) que el señor Bernardo Augusto López Elizondo, cédula de identidad n.° 106350165, es el candidato a concejal propietario -propuesto por el PLN- que no resultó electo ni designado para desempeñar ese cargo (folios 5 vuelto, 7 y 8); y, g) que el señor Douglas Rafael Fallas Calderón, cédula de identidad n.° 304430146, es el candidato a concejal suplente -propuesto por el PLN- que no resultó electo ni designado para desempeñar ese cargo (ver misma prueba).

II.- Sobre las renuncias formuladas por las señoras Ureña Mora y Sandí Solís. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante las renuncias de las señoras Andrea Ureña Mora y María Dalila Sandí Solís a sus cargos de concejal propietaria y concejal suplente, respectivamente, del Concejo de Distrito de Santa María, cantón Dota, provincia San José, lo que corresponde es cancelar sus credenciales, como en efecto se ordena.

III.- Sobre la sustitución de la señora Ureña Mora. Al cancelarse la credencial de la señora Andrea Ureña Mora, se produce una vacante que es necesario suplir con la candidatura no electa de la nómina propuesta por el PLN para las concejalías propietarias de Santa María (artículo 208 del Código Electoral).

Por tal motivo, al verificarse que el señor Bernardo Augusto López Elizondo, cédula de identidad n.° 106350165, es quien se encuentra en el citado supuesto, se le designa como concejal propietario del referido distrito.

IV.- Sobre la vacante que deja la señora Sandí Solís. Al cancelarse la credencial de la señora María Dalila Sandí Solís, se produce una vacante entre las concejalías suplentes del citado Concejo de Distrito que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sea, con la persona candidata de la misma naturaleza (concejalía suplente) que siga en la lista de la agrupación política que postuló a quien dimite.

Por tal motivo y siendo que el señor Douglas Rafael Fallas Calderón, cédula de identidad n.° 304430146, es quien se encuentra en tal supuesto, se le designa como concejal suplente del distrito Santa María.

POR TANTO

Se cancelan las credenciales de concejal propietaria y concejal suplente del distrito Santa María, cantón Dota, provincia San José, que ostentan, respectivamente, las señoras Andrea Ureña Mora y María Dalila Sandí Solís. En sus lugares, se designa al señor Bernardo Augusto López Elizondo, cédula de identidad n.° 106350165, como concejal propietario, y al señor Douglas Rafael Fallas Calderón, cédula de identidad n.° 304430146, como concejal suplente, ambos en representación del PLN. Estas designaciones rigen desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2028. Notifíquese a las señoras Ureña Mora y Sandí Solís, a los señores López Elizondo y Fallas Calderón, al Concejo Municipal de Dota y al Concejo de Distrito de Santa María. Publíquese en el Diario Oficial. 

 

 

 

 

 


Eugenia María Zamora Chavarría



Zetty María Bou Valverde      Mary Anne Mannix Arnold


 

                             

 

 

 

 

 

 

Exp. n.° 272-2024

Cancelación credenciales

Concejalías propietaria y suplente

Distrito Santa María, Dota

JLRS/smz.-