N.° 7013-M-2018.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.  San José, a las trece horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil dieciocho.


Diligencias de cancelación de credenciales del señor Melvin Brenes Torres, concejal suplente del distrito Santa Cruz, cantón Turrialba, provincia Cartago, por no presentarse a jurar el cargo.


  1. RESULTANDO

1.- Este Tribunal, en resolución n.° 5381-M-2018 de las 10:00 horas del 20 de agosto de 2018, entre otros, dispuso que se previniera al señor Melvin Brenes Torres, concejal suplente del distrito Santa Cruz, cantón Turrialba, provincia Cartago, para que indicara si deseaba asumir el referido puesto, ya que, según informó la señora Secretaria del Concejo Municipal del citado cantón (certificación n.° 112-2018 del 16 de agosto del año en curso), ese ciudadano no se había presentado a jurar el cargo (folios 39 a 42). 

2.- En auto de las 10:40 horas del 24 de agosto de 2018, la Presidencia de este Tribunal concedió audiencia al señor Melvin Brenes Torres para que indicara si deseaba ejercer su cargo y, de ser así, se incorporara a las sesiones del Concejo de Distrito de Santa Cruz; en caso de no responder, según se apercibió, se entendería que su deseo era no asumir el referido puesto (folio 47).

3.- Este Tribunal, por auto de las 10:50 horas del 14 de setiembre de 2018, solicitó a la Secretaría del Concejo Municipal de Turrialba que certificara si el señor Brenes Torres tomó posesión de su cargo (folio 51).

4.- En virtud de que, al 3 de octubre del año en curso, la Secretaría del Concejo Municipal de Turrialba no había cumplido con lo apercibido en el resultando anterior, por auto de las 13:10 horas del citado 3 de octubre, se requirió de nuevo la información (folio 55).

5.- Por certificación n.° 132-2018 de las 10:30 horas del 10 de octubre de 2018, la cual la señora Noemy Chaves Pérez, Secretaria del Concejo Municipal de Turrialba, indicó que el señor Melvin Brenes Torres, concejal suplente del distrito Santa Cruz, no se ha presentado a las sesiones de la instancia distrital (folio 60).

       6-  En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,

CONSIDERANDO

I.-  Hechos probados. Para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Melvin Brenes Torres fue designado como concejal suplente del distrito Santa Cruz, cantón Turrialba, provincia Cartago (resolución de este Tribunal n.° 1490-M-2017 de las 9:00 horas del 22 de febrero de 2017, folio 62); b) que el señor Brenes Torres fue propuesto, en su momento, por el partido Acción Ciudadana (PAC) (folio 61 vuelto); c) que el referido funcionario no se presentó a jurar el cargo en el que fue designado (folio 60); d) que, pese a ser debidamente notificado de la prevención de este Tribunal en la que se le apercibió que indicara si deseaba permanecer en sus cargo,  el señor Brenes Torres no contestó la audiencia conferida; en esa actuación jurisdiccional, además se advirtió que, de no pronunciarse, se entendería que su voluntad era renunciar a su cargo (folios 47 a 50 y acuse de recibo n.° 124585); y, e) que la candidata que sigue en la nómina de concejales suplentes del PAC que no ha sido electa ni designada por esta Autoridad Electoral para ejercer el cargo en el citado distrito, es la señora Mercedes Quesada Chinchilla, cédula de identidad n.° 1-0767-0976 (folios 61 vuelto, 63 y 64).

       II.- Sobre el fondo.  De acuerdo con la prevención formulada en el auto de las 10:40 horas del 24 de agosto de 2018, el señor Melvin Brenes Torres, concejal suplente del Concejo de Distrito de Santa Cruz, cantón Turrialba, provincia Cartago, debía indicar si deseaba desempeñar el cargo de elección popular en el que fue designado (puesto que ni siquiera se habían presentado a la respectiva juramentación) y, de ser así, debían incorporarse -de inmediato- a las sesiones del citado concejo de distrito.

       En caso de que no se contestara la audiencia conferida, se apercibió al referido funcionario que se entendería que su voluntad era la de renunciar al puesto que ostentaba, en cuyo caso se procedería a la cancelación de la respectiva credencial.

       De esa suerte, al tenerse por probado que el señor Brenes Torres, pese a ser notificado de la referida actuación jurisdiccional, no contestó la audiencia conferida y que no mostró interés en asumir el puesto de elección popular en el que fue nombrado desde el año 2017, lo procedente es cancelar su credencial de concejal suplente, como en efecto se dispone.        

       III.- Sobre la sustitución del señor Brenes Torres. Al cancelarse la credencial del señor Melvin Brenes Torres como concejal suplente, se produce una vacante de entre los concejales suplentes del referido concejo de distrito que es necesario cubrir. Por ello, al haberse acreditado que la siguiente candidata en la nómina de concejales suplentes del PAC, en la citada circunscripción, que no ha sido electa ni designada por este Tribunal para ejercer el cargo es la señora Mercedes Quesada Chinchilla, cédula de identidad n.° 1-0767-0976, se le nombra en tal puesto vacante para el período que va desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2020.

POR TANTO

       Se cancela la credencial de concejal suplente del Concejo de Distrito de Santa Cruz, cantón Turrialba, provincia Cartago, que ostenta el señor Melvin Brenes Torres. En su lugar, se designa a la señora Mercedes Quesada Chinchilla, cédula de identidad n.° 1-0767-0976.  Esa designación rige desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2020. Notifíquese a los señores Brenes Torres y Quesada Chinchilla, al Concejo Municipal de Turrialba y al Concejo de Distrito de Santa Cruz. Publíquese en el Diario Oficial.

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

Juan Antonio Casafont Odor                                         Mary Anne Mannix Arnold

                              

ACT/smz.-