N.º 7199-M-2022.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de síndico propietario del distrito Jesús, cantón Santa Bárbara, provincia Heredia, que ostenta el señor Brandon José Mora Carballo.

 

RESULTANDO

1.- La señora Fanny Campos Chavarría, secretaria del Concejo Municipal de Santa Bárbara, por oficio n.° SCSB-0357-2022 del 21 de octubre de 2022, informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.° 127-2022 del 3 de octubre del año en curso, conoció la renuncia del señor Brandon José Mora Carballo, síndico propietario del distrito Jesús. Junto con esa comunicación, se recibió copia certificada de la carta de dimisión del interesado (folios 2 y 3).

 2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Brandon José Mora Carballo, cédula de identidad n.° 1-1674-0061, fue electo como síndico propietario del distrito Jesús, cantón Santa Bárbara, provincia Heredia (ver resolución                n.° 1861-E11-2020 de las 14:15 horas del 12 de marzo de 2020, folios 5 a 8); b) que el señor Mora Carballo renunció a su cargo (folio 3); c) que el Concejo Municipal de Santa Bárbara, en la sesión ordinaria n.° 127-2022 del 3 de octubre de 2022, conoció de la dimisión del señor Mora Carballo (folio 2); y, d) que la señora Jessenia Patricia Zárate Hernández, cédula de identidad n.° 4-0166-0229, es la síndica suplente del distrito Jesús, cantón Santa Bárbara, provincia Heredia (folios 4, 7 vuelto y 9).

II.- Sobre el fondo. Al tenerse por probado que el señor Brandon José Mora Carballo renunció a su cargo y que tal dimisión fue conocida por el Concejo Municipal de Santa Bárbara, lo procedente es –de conformidad con los artículos 58 y 24 inciso c) del Código Municipal– cancelar su credencial de síndico propietario del distrito Jesús, como en efecto se ordena.

Al cancelarse la credencial del señor Mora Carballo, se produce una vacante que es necesario llenar según se desprende de la relación de los artículos 58 y 25, inciso c), del Código Municipal. Por ello, al haberse acreditado que la síndica suplente de ese distrito es la señora Jessenia Patricia Zárate Hernández, cédula de identidad n.° 4-0166-0229, se le designa como síndica titular del referido distrito. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veinticuatro.

          III.- Sobre la improcedencia de sustituir la vacante del cargo de síndica suplente que ocupaba la señora Zárate Hernández. El artículo 58 del Código Municipal dispone -de forma expresa- que a los síndicos les resultan aplicables los procedimientos de sustitución correspondientes a los regidores; no obstante, dichas reglas no operan en el caso de la vacante en el cargo de síndico suplente, por la imposibilidad material de sustituirlo.

          En efecto, el artículo 172 de la Constitución Política establece que “Cada distrito estará representado ante la Municipalidad del respectivo cantón por un Síndico Propietario y un Suplente”, lo cual también se contempla en el artículo 55 del Código Municipal. Por ello, siendo que cada distrito será representado ante el Concejo Municipal por un síndico propietario y uno suplente, electos popularmente, este último no tiene sustituto ni constitucional ni legalmente establecido.

POR TANTO

Se cancela la credencial de síndico propietario del distrito Jesús, cantón Santa Bárbara, provincia Heredia, que ostenta el señor Brandon José Mora Carballo. En su lugar, se designa a la señora Jessenia Patricia Zárate Hernández, cédula de identidad n.° 4-0166-0229. Esta designación rige a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2024. Notifíquese a los señores Mora Carballo y Zárate Hernández, así como a los concejos Municipal de Santa Bárbara y de Distrito de Jesús. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Zetty María Bou Valverde


 

 

 

 

 

 

Exp. n.° 338-2022

ACT/smz.-