N.° 8670-M-2025.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, once horas cincuenta y cinco minutos del cinco de diciembre de dos mil veinticinco.

 

Diligencias de cancelación de credenciales de la concejal suplente del distrito La Victoria cantón Jiménez, provincia Cartago, que ostenta la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar.

RESULTANDO

            1.- La señora María Soledad Rojas Calderón, secretaria del Concejo Municipal de Jiménez, en oficio n.º SC-3858-2025 del 27 de noviembre de 2025 (recibida en la Secretaría General de este Tribunal el mismo día), informó que ese órgano, en la sesión ordinaria n.º 82-2025 del 26 de noviembre del año en curso, conoció la renuncia de la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar. Junto con esa comunicación, se recibió la carta original de dimisión del interesado (folios 1 a 3).

            2.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

            Redacta el Magistrado Fernández Masís; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados.  De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar, cédula de identidad n.° 304670404, fue electa concejal suplente del distrito La Victoria, cantón Jiménez, provincia Cartago (ver resolución n.° 2469-E11-2024 de las 14:40 horas del 18 de marzo de 2024,  folios 4 a 6); b) que esa ciudadana fue propuesta, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 4); c) que la referida funcionaria renunció a su cargo (folio 3); d) que el Concejo Municipal de Jiménez, en sesión ordinaria n.° 82-2025 del 27 de  noviembre de 2025, conoció la renuncia de la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar (folios 2); y, e) que el señor Francisco Acuña Zúñiga, cédula de identidad n.° 303240470, es el candidato, propuesto por el PLN, que no resultó electo ni designado por este Tribunal para desempeñarse como concejal suplente (folios 7 a 10).

II.- Sobre la renuncia formulada por la señora Elizondo Aguilar. El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, las personas integrantes de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución.

Ante la renuncia de la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar, a su cargo de concejal suplente del Concejo de Distrito de La Victoria, cantón Jiménez, provincia Cartago, lo que corresponde es cancelar su credencial y, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante.

III.- Sobre la sustitución la señora Elizondo Aguilar. Al cancelarse la credencial de la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar, se produce una vacante entre las concejalías suplentes del citado Concejo de Distrito que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, sea, con la persona candidata de la misma naturaleza (concejalía suplente) que siga en la lista de la agrupación política que postuló a quien dimite.

Por tal motivo y siendo que el señor Francisco Acuña Zúñiga, cédula de identidad n.° 303240470, es quien se encuentra en tal supuesto, se le designa como concejal suplente del distrito La Victoria.

POR TANTO

Se cancela la credencial de concejal suplente del distrito La Victoria, cantón Jiménez, provincia Cartago que ostenta la señora Ligia Elena Elizondo Aguilar. En su lugar, se designa al señor Francisco Acuña Zúñiga, cédula de identidad n.° 303240470. Esta designación rige desde su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil veintiocho. Notifíquese a la señora Elizondo Aguilar, al señor Acuña Zúñiga, al Concejo Municipal de Jiménez y al Concejo de Distrito de La Victoria. Publíquese en el Diario Oficial.

 

 

 


Eugenia María Zamora Chavarría



Max Alberto Esquivel Faerron      Zetty María Bou Valverde


Luz de los Ángeles Chinchilla Retana      Hector Enrique Fernández Masís


 

 

 

 

Exp. n.º 587-2025

Renuncia concejal suplente

Distrito La Victoria, cantón Jiménez

JLRS/ksc/smz.-