N.� 1221-E11-2022. TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San Jos�, a las doce horas con treinta minutos del primero de marzo de dos mil veintid�s.

Se ordena la celebraci�n de una segunda votaci�n para elegir Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica de Costa Rica para el per�odo constitucional comprendido entre el 8 de mayo de 2022 y el 8 de mayo de 2026.

RESULTANDO

1.- Que, de conformidad con lo establecido en los art�culos 9, 99, 102 inciso 1), 133, 134, 136 y 138 de la Constituci�n Pol�tica y 52 inciso k), 147, 148, 150, 166, 187 y 188 del C�digo Electoral, el 6 de octubre de 2021, mediante decreto n.� 13-2021, aprobado en sesi�n solemne n.� 85-2021, este Tribunal convoc� a todos los ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho constitucional al sufragio en votaci�n DIRECTA y SECRETA, concurrieran a las respectivas juntas receptoras de votos el domingo 6 de febrero de 2022, a fin de que procedieran a elegir Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica, en los t�rminos establecidos en la referida convocatoria.

2.- Que para dicha elecci�n inscribieron en el Registro Electoral sus respectivos candidatos los siguientes partidos pol�ticos: Accesibilidad sin Exclusi�n, Acci�n Ciudadana, Alianza Dem�crata Cristiana, Costa Rica Justa, De los Trabajadores, Encuentro Nacional, Frente Amplio, Fuerza Nacional, Integraci�n Nacional, Justicia Social Costarricense, Liberaci�n Nacional, Liberal Progresista, Movimiento Libertario, Movimiento Social Dem�crata Costarricense, Nuestro Pueblo, Nueva Generaci�n, Nueva Rep�blica, Progreso Social Democr�tico, Pueblo Unido, Republicano Social Cristiano, Restauraci�n Nacional, Unidad Social Cristiana, Unidos Podemos, Uni�n Costarricense Democr�tica, Uni�n Liberal.

3.- Que la primera votaci�n presidencial se celebr� el domingo 6 de febrero de 2022, fecha en la cual los electores sufragaron ante las juntas receptoras de votos numeradas en forma consecutiva de la uno a la seis mil ochocientos cuarenta y siete e instaladas en los dos mil ochenta y dos distritos electorales de todo el pa�s, as� como en cuarenta y dos pa�ses para el caso de voto en el extranjero, con un padr�n total de tres millones quinientos cuarenta y un mil novecientos ocho electores.

4.- Que, seg�n lo dispuesto en los art�culos 102 incisos 7) y 8) de la Constituci�n Pol�tica, 12 inciso b), 197 y 198 del C�digo Electoral y la resoluci�n n.� 5721-E8-2009 de las 11 horas del 18 de diciembre de 2009, este Tribunal efectu� el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos para la elecci�n de Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica, al cual dio prioridad por disponerlo as� la normativa citada; y

CONSIDERANDO

I.- Del escrutinio definitivo de los sufragios emitidos para elegir Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica en la referida votaci�n se derivan los siguientes resultados:

COSTA RICA: VOTOS V�LIDOS PARA PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIAS DE LA REP�BLICA POR PROVINCIA Y EXTRANJERO,

SEG�N PARTIDO POL�TICO, ELECCIONES 6 DE FEBRERO DE 2022


PARTIDO POL�TICO

COSTA RICA

%

SAN JOS�

ALAJUELA

CARTAGO

HEREDIA

GUANACASTE

PUNTARENAS

LIM�N

EXTRANJERO

TOTAL

2 094 816

100,00

725 747

420 067

269 062

232 955

133 270

160 754

146 699

6 262

ACCESIBILIDAD SIN EXCLUSI�N

12 418

0,59

4 329

1 958

1 851

1 297

912

827

1 238

6

ACCI�N CIUDADANA

13 803

0,66

5 000

2 389

1 737

1 688

1 224

989

673

103

ALIANZA DEM�CRATA CRISTIANA

5 697

0,27

1 602

1 142

778

434

301

732

694

14

COSTA RICA JUSTA

19 951

0,95

6 045

4 354

2 010

2 172

1 417

1 613

2 294

46

DE LOS TRABAJADORES

1 951

0,09

680

385

270

185

113

129

183

6

ENCUENTRO NACIONAL

4 639

0,22

1 015

819

733

435

434

788

412

3

FRENTE AMPLIO

182 789

8,73

70 803

30 530

27 327

24 002

8 202

10 887

9 978

1 060

FUERZA NACIONAL

16 576

0,79

5 057

2 378

2 939

1 471

1 548

1 408

1 760

15

INTEGRACI�N NACIONAL

3 022

0,14

873

645

349

185

276

319

368

7

JUSTICIA SOCIAL COSTARRICENSE

6 759

0,32

1 294

782

820

391

513

560

2 383

16

LIBERACI�N NACIONAL

571 518

27,28

203 483

114 762

80 684

61 618

37 923

40 513

30 901

1 634

LIBERAL PROGRESISTA

259 788

12,40

113 850

47 042

36 895

40 126

7 934

6 419

6 202

1 320

MOVIMIENTO LIBERTARIO

1 406

0,07

385

264

225

150

131

133

116

2

MOVIMIENTO SOCIAL DEM�CRATA COSTARRICENSE

2 032

0,10

498

481

221

143

261

251

174

3

NUESTRO PUEBLO

3 359

0,16

1 375

456

491

327

198

276

219

17

NUEVA GENERACI�N

11 643

0,56

4 135

2 530

1 359

1 381

688

792

738

20

NUEVA REP�BLICA

311 633

14,88

90 879

61 784

23 963

26 196

23 392

41 072

43 953

394

PROGRESO SOCIAL DEMOCR�TICO

351 453

16,78

116 052

92 449

36 748

38 982

22 406

26 506

17 377

933

PUEBLO UNIDO

1 495

0,07

611

280

152

120

80

103

145

4

REPUBLICANO SOCIAL CRISTIANO

12 224

0,58

4 191

2 298

1 982

947

704

1 210

876

16

RESTAURACI�N NACIONAL

11 160

0,53

2 800

1 185

1 495

801

641

1 382

2 840

16

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

259 767

12,40

80 925

46 047

41 196

26 618

21 907

21 710

20 799

565

UNIDOS PODEMOS

16 496

0,79

5 668

2 644

3 033

1 956

997

959

1 205

34

UNI�N COSTARRICENSE DEMOCR�TICA

6 604

0,32

1 924

1 097

1 025

538

636

668

708

8

UNI�N LIBERAL

6 633

0,32

2 273

1 366

779

792

432

508

463

20

 

II.- Los art�culos 138 de la Constituci�n Pol�tica y 201 del C�digo Electoral establecen que la Presidencia y las Vicepresidencias de la Rep�blica sean elegidas simult�neamente, por una mayor�a de votos que exceda el cuarenta por ciento del n�mero total de sufragios v�lidamente emitidos y que, si ninguna de las n�minas alcanzare la indicada mayor�a, se practicar� una segunda elecci�n popular el primer domingo de abril del mismo a�o entre las dos n�minas que hubieran recibido m�s votos, quedando elegidos los que obtengan el mayor n�mero de sufragios. Asimismo, mediante resoluci�n n.� 2587-E-2001 de las 14 horas del 29 de noviembre de 2001, en ejercicio de la funci�n que se�ala el art�culo 102 inciso 3) de la Constituci�n Pol�tica, este Tribunal interpret� el art�culo 138 constitucional, en orden a establecer que los votos nulos y en blanco no deben considerarse para calcular aquel cuarenta por ciento.

III.- De las cifras consignadas anteriormente y la aplicaci�n de las normas referidas, resulta que ninguna de las n�minas super� el cuarenta por ciento del n�mero total de sufragios v�lidamente emitidos, por lo que procede ordenar una segunda votaci�n entre las n�minas de los partidos pol�ticos Liberaci�n Nacional y Progreso Social Democr�tico, por ser las que obtuvieron mayor cantidad de votos.

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de orden constitucional y legal de que se ha hecho menci�n, se ordena celebrar una segunda votaci�n para elegir Presidencia y Vicepresidencias de la Rep�blica el domingo 3 de abril de 2022, en la que participar�n �nicamente las n�minas correspondientes a los partidos Liberaci�n Nacional y Progreso Social Democr�tico. Esa segunda votaci�n se regir� por lo establecido en el C�digo Electoral y en el Reglamento para la celebraci�n de la segunda votaci�n del proceso electoral 2022, decreto de este Tribunal n.� 4-2022, publicado en La Gaceta n.� 34 del 21 de febrero de 2022. Notif�quese a los partidos pol�ticos que inscribieron candidaturas para dicha elecci�n, a los Poderes de la Rep�blica, a la Contralor�a General de la Rep�blica, a la Procuradur�a General de la Rep�blica, a la Defensor�a de los Habitantes y al Ministerio P�blico. Publ�quese en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.

 

EUGENIA MAR�A ZAMORA CHAVARR�A

PRESIDENTA

 

MAX ALBERTO ESQUIVEL FAERRON

VICEPRESIDENTE

 

LUZ DE LOS �NGELES RETANA CHINCHILLA

MAGISTRADA

 

HUGO ERNESTO PICADO LE�N

MAGISTRADO

 

ZETTY MAR�A BOU VALVERDE

MAGISTRADA

 

 

ERICK ADRI�N GUZM�N VARGAS

SECRETARIO GENERAL

MGB/MBCH