Acta #592


Sesión celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las las catorce horas del día veinte de octubre de mil novecientos cincuenta y dos con la asistencia de los señores Magistrados Orozco Castro, quien preside, Echeverría Flores y Calzada Carboni.


Articulo Cuatro: Se acordó consignar en el expediente N° 54434 del Registro Civil, venido a conocimiento de este Tribunal en virtud de apelación, la siguiente resolución:

Expediente N° 54.434.-


Tribunal Supremo Elecciones San José, a las diecinueve horas del veintidós de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.-


Vista la resolución del Registro Civil, de las catorce horas del diecisiete de este mes, y


Considerando


Que el artículo 37 del Código Electoral dice categóricamente: “El Director General, bajo ningún pretexto, podrá negarse a mostrar libros, expedientes o documento alguno de la Oficina al ciudadano que lo solicitaré”.  Sin embargo, es natural que cuando se está en el cotejo de las adhesiones presentadas por un Partido Político que sea inscribirse, el Director del Registro podrá, sólo en ese caso, para evitar confusiones o demoras, postergar el examen solicitado, el cual deberá otorgarse inmediata u oportunamente cuando ese el procedimiento del recuento de adhesiones.  Por las razones expuestas debe confirmarse la resolución recurrida.

Por tanto: Confirmase la resolución del Registro Civil, de las catorce horas del diecisiete de Octubre de mil novecientos cincuenta u dos.-

Publíquese en el Diario Oficial.-



Orozco Castro


Echeverría Flores                                                 Calzada Carboni.



LA PRESENTE ACTA ES COPIA FIEL DE LA ORIGINAL UBICADA EN EL LIBRO DE ACTAS NUMERO 8 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, FOLIOS 14, 15.